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236 ESPAÑA EN PARÍSintelectual local, siendo un ejemplo a inferior escala de la Comisión Central. Además,las comisiones provinciales se encargan de seleccionar los productos a enviar a París,para lo cual toda persona que desee participar como expositor en dicho evento debedirigirse a ellas o a la Comisión Central antes del 1 de octubre de 1854, incluyendo susdatos básicos: nombre y apellidos o razón social, profesión, domicilio, naturaleza ycantidad de productos a exponer, así como el espacio que requiere su instalación. Elplazo para enviar las listas de expositores admitidos a la Comisión Imperial expira dosmeses después, el 30 de noviembre de 1854 7 .Los gobernadores provinciales son responsables de los productos entregados porlos expositores, que reciben un certificado de entrega con el que han de presentarse aretirar los productos una vez acabada la exposición. Para estimular la concurrencia deexpositores, los productos son dispensados de los derechos de puertas en los pueblos depaso, en la entrada y salida del reino y, además, el gobierno se hace cargo de sutransporte desde las capitales provinciales a Francia. Los envíos son recibidos en Parísen las instalaciones de la exposición por un comisario español especial y por el personalde la aduana francesa. Dicho comisario, una vez acabado el certamen, es responsable dela devolución de los productos a sus dueños a través de los gobernadores provinciales.Aquellos expositores que envían por su cuenta sus productos han de incorporar elboletín de admisión expedido por la Comisión Central o por la respectiva comisiónprovincial para poder ser admitidos en París.La Comisión Central se establece en Madrid como guía y ―centro de unidad y deacción‖ de los esfuerzos de las comisiones provinciales y los particulares, al tiempo queactúa como enlace entre éstos y la Comisión Imperial. La comunicación entre ambosextremos se canaliza a través de la Dirección General de Agricultura, Industria yComercio, dependiente del Ministerio Fomento. Este organismo establece, por laCircular de 12 de diciembre de 1854, que los presidentes de las comisiones provincialesadmitan objetos con destino a la exposición hasta el 15 de febrero de 1855. En enero delaño siguiente, el ministro de Fomento, Francisco de Luxán, solicita a los gobernadoresprovinciales que envíen a la Dirección General de Agricultura, Industria y Comerciouna relación con los expositores de su provincia que incluya los datos referidosanteriormente y, en el caso de los artistas debe indicar también ―el lugar y fecha de7 Las listas y demás documentos de las comisiones extranjeras se acompañan de una traducción al francés,según el artículo 12 del ―Reglamento para la Exposición Universal de 1855‖ publicado en la Gaceta deMadrid, 17-V-1854, pp. 1-2.

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