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Calendario académico 2013 - 2014 - United Independent School ...

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Virtualmente toda la información pertinente al desempeño de un estudiante, incluyendo calificaciones, resultados de exámenes y registrosdisciplinarios se consideran como expedientes educativos confidenciales y pueden ser proporcionados a:• Los padres—sin importar si están casados, separados o divorciados—que generalmente tienen acceso a los expedientes. A los padrescuyos derechos hayan sido terminados legalmente se les negará el acceso a los registros si la escuela recibe una copia de la orden decorte en donde se estipula que se terminaron sus derechos.• El estudiante-- La ley federal requiere que, tan pronto como un estudiante cumpla los 18 años, sea emancipado por una corte o asista auna institución de educación postsecundaria, los derechos acordados y el consentimiento requerido de los padres se transfiera de lospadres al estudiante. Los padres pueden tener acceso a los expedientes si el estudiante es un dependiente para propósitos deimpuestos. [Ver FL (LEGAL)]• Los miembros del personal del distrito que tengan lo que la ley federal define como un “interés educativo legítimo” en el expedientede un estudiante. Tales personas incluirían a oficiales escolares (como miembros de la mesa directiva, el superintendente yadministradores), miembros del personal escolar/del distrito (tales como maestros, orientadores, personal de apoyo,conductores/supervisores de autobuses y evaluadores) o una persona o compañía a quien el distrito haya contratado o le hayapermitido proveer un servicio o función en particular (tal como un abogado, asesor, auditor, asesor de salud o terapeuta) o un padreque participe en un comité escolar (es decir, LPAC).• Varias agencias gubernamentales, incluyendo proveedores de servicios juveniles y trabajadores sociales de Servicios de ProtecciónInfantil (Child Protective Services (CPS) o demás representantes de asistentes de menores, en ciertos casos o personas o entidades quetengan acceso en respuesta a una citación u orden de la corte.• Una escuela o institución de educación post-secundaria a la cual el estudiante busque o intente inscribirse o en la cual ya esté inscrito.Proporcionar dichos expedientes a cualquier otra persona o agencia—como un posible empleador o para una solicitud de beca—ocurrirásolamente con el permiso de los padres o del estudiante, como sea apropiado.El director es quien guarda todos los expedientes de los estudiantes actualmente inscritos en la escuela asignada. El Director de Expedientes,cuyo número telefónico es (956) 473-6474, es quien guarda todos los expedientes de los estudiantes que se han salido de la escuela ograduado.Los expedientes pueden ser revisados personalmente durante el horario regular de clases sin cargo alguno al presentar una solicitud porescrito a la persona encargada de los expedientes. Para revisarlos personalmente, la persona encargada o persona asignada estará disponiblepara explicar el expediente o para responder las preguntas que tengan. Se mantendrá la confidencialidad de los expedientes estudiantiles entodo momento y aquellos que se revisen estarán restringidos a usarse solamente en la oficina del superintendente, director u orientador u otrasáreas restringidas asignadas por la persona encargada de los mismos. La copia original del expediente o cualquier documento que seencuentre en el expediente cumulativo no podrá sacarse de la escuela. Si las circunstancias evitan que un padre o estudiante elegibleinspeccione los expedientes, el distrito proveerá una copia solicitada de los mismos o hará arreglos para que los padres o el estudiante revisenlos expedientes requeridos. La persona encargada de dichos documentos o la persona asignada responderá a las peticiones razonables parauna explicación e interpretación de los expedientes. El Director de Expedientes puede ser contactado en:Director de Expedientes201 Lindenwood Dr., Laredo, Texas 78045(956) 473-6474La dirección de las oficinas del director aparece en el directorio del Código de Conducta del Estudiante.El padre (o el estudiante si tiene 18 años o más, está casado o asiste a una institución de educación postsecundaria) puede revisar einspeccionar los expedientes del estudiante y pedir una corrección si se considera que la información del expediente es incorrecta o, de otramanera, viola los derechos de privacidad del estudiante. A más tardar en 15 días hábiles de que la persona encargada de los expedientes hayarecibido la solicitud de enmendar un expediente, el distrito notificará a los padres por escrito sobre su decisión a dicha petición y, si el distritorechaza la petición de enmendar los expedientes, el solicitante tiene derecho a pedir una audiencia. Si se solicita una audiencia, se llevará acabo dentro de diez días hábiles del distrito después de recibida la solicitud. Se notificará a los padres con antelación la fecha, hora y lugar dela audiencia. El administrador que no es responsable de los expedientes refutados y que no tenga un interés directo en el resultado de laaudiencia llevará a cabo la misma. Se otorgará a los padres la oportunidad total y justa de presentar evidencia y, por su propia cuenta, puedenser asistidos o representados en la audiencia. Los padres serán notificados por escrito sobre la decisión de la audiencia dentro de diez díashábiles del distrito. La decisión se basará solamente en la evidencia presentada en la audiencia e incluirá un resumen de la evidencia y lasrazones para la decisión. Si los expedientes no se enmiendan como resultado de la audiencia, el solicitante tiene 30 días escolares para ejercerel derecho a presentar un comunicado donde se comente sobre la información en el expediente del estudiante. Aunque se pueden cuestionarlos grados registrados inadecuadamente, el refutar la calificación de un curso de un estudiante se maneja por medio de un proceso de quejasgeneral definido por la política FNG.Las copias de los expedientes del estudiante están disponibles a un costo de 10 centavos por página, en pago por adelantado. Las copias delos expedientes deben solicitarse por escrito. Se les puede negar a los padres copias de los expedientes de un estudiante (1) después de que elestudiante cumpla los 18 años y ya no sea un dependiente para propósitos de impuestos; (2) cuando el estudiante asiste a una institución deeducación postsecundaria; (3) si el padre no sigue los procedimientos apropiados y no paga el costo de las copias o (4) cuando se le da aldistrito una copia de la orden de la corte en donde se terminan los derechos paternales. Si el estudiante califica para comidas gratuitas o aprecio reducido y los padres no pueden ver los expedientes durante el horario regular de clases, por medio de una petición por escrito delpadre, se proveerá una copia del expediente sin costo alguno.<strong>United</strong> <strong>Independent</strong> <strong>School</strong> District61Manual del Estudiante

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