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Calendario académico 2013 - 2014 - United Independent School ...

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Conferencia de debido proceso: Si el distrito escolar hace un esfuerzo en buena fe para informar al estudiante y a suspadres/tutores sobre el lugar y hora de la conferencia de debido proceso, el distrito puede llevar a cabo dicha conferencia, sinimportar si el estudiante, los padres o tutores del mismo u otro adulto en representación del alumno asiste o no. La decisiónfinal se comunicará al estudiante y sus padres tan pronto como sea posible.Grabación en video de estudiantes: Para propósitos de seguridad, se utilizará equipo de video/audio para vigilar elcomportamiento de los estudiantes en autobuses y áreas comunales de la escuela. No se informará a los alumnos cuando se estéutilizando el equipo.El director puede revisar las cintas de grabación rutinariamente y documentar la mala conducta del estudiante. Se impondrá ladisciplina de acuerdo con el Código de Conducta del Estudiante.El padre/madre que desee revisar la cinta grabada sobre el incidente que llevó a tomar la acción disciplinaria contra su hijopuede solicitarlo por escrito. El superintendente/persona asignada considerará la petición y comunicará su decisión de acuerdoa la política FL de la Mesa Directiva y al Acta de Privacidad y Derechos Educativos Familiares (FERPA) (20 USCA 1232g).Los oficiales escolares pueden compartir el material de video con un padre/madre de familia solamente si éste no revelainformación personal identificable sobre otro estudiante.Infracciones por intimidación y acoso: <strong>United</strong> ISD prohíbe cualquier conducta que constituya intimidación o acoso.Además del castigo y las consecuencias establecidas en este Código de Conducta del Estudiante, según la ley estatal y apetición de un padre de familia u otra persona con autoridad para actuar en lugar de un estudiante que sea víctima deintimidación, la mesa directiva o la persona asignada por la mesa directiva puede cambiar a un estudiante que haya participadoen una intimidación a 1) otro salón de clase en la escuela en el cual la víctima fue asignado en el momento en que ocurrió laintimidación o 2) a una escuela en el distrito diferente a la cual la víctima haya sido asignada en el momento en que ocurrió laintimidación.La mesa directiva o persona asignada por la mesa directiva verificará si un estudiante ha sido víctima de intimidación antes detrasladarlo bajo esta sección. Se tomarán en consideración intervenciones, soluciones administrativas, así como su resultadoantes de que se lleve a cabo un cambio bajo esta provisión. La conducta anterior del estudiante puede considerarse paraidentificar a un hostigador. La determinación que tome la mesa directiva o persona asignada por la misma es final y no puedeser apelada. No se requiere que el distrito proporcione transportación a un estudiante que sea trasladado a otra escuela. No hayaudiencias y apelaciones para un traslado debido a conducta hostigadora. Podrían imponerse responsabilidades adicionales orestricciones escolares cuando un estudiante ha participado en conducta de intimidación o que haya sido cambiado a otraescuela debido a una conducta de intimidación.La intimidación ocurre cuando un estudiante o grupo de estudiantes se involucra en una expresión oral o escrita, expresión através de medios electrónicos o conducta física que ocurra en propiedad escolar, en una actividad patrocinada por la escuela orelacionada con la misma o en un vehículo operado por el distrito que:(1) tenga el resultado o tendrá el resultado de dañar físicamente al estudiante, dañar la propiedad del mismo o colocarloen un miedo razonable de sufrir daño hacia su persona o de dañar su propiedad o(2) es lo suficientemente severo, persistente y dominante que la acción o amenaza crea un ambiente académicointimidante, amenazante u ofensivo para el estudiante.Esta conducta se considera una intimidación si 1. Resulta en un desequilibrio de poder entre el/los estudiante(s) victimario(s) yel estudiante víctima a través de expresiones escritas u orales o conductas físicas e 2. Interfiere con la educación del estudianteo interrumpe sustancialmente las operaciones escolares.La intimidación incluye, pero no se limita a, novatadas, amenazas, burlas, bromas, aislamiento, agresión, exigencias de dinero,destrucción de propiedad, robo de posesiones valiosas, insultos, difusión de rumores y exilio.El distrito prohíbe las represalias por parte de estudiantes o empleados del mismo en contra de personas que en buena fedenuncien la intimidación, funjan como testigo o participe en una investigación. Los ejemplos de represalias pueden incluiramenazas, difusión de rumores, exilio, agresión, destrucción de propiedad, castigos injustificados o reducción de calificacióninjustificada. Las represalias ilegales no incluyen desprecios insignificantes o enfados.Los estudiantes que hagan afirmaciones falsas intencionalmente, ofrezcan testimonios falsos o se rehúsen a cooperar con unainvestigación del distrito sobre intimidación estarán sujetos a una acción disciplinaria apropiada. (FFI-Local)Aunque el distrito respeta el derecho de libertad de expresión del estudiante bajo la Primera Enmienda, el alumno puede serdisciplinado debido a conductas que constituyan amedrentación cibernética, como se define en este Código de Conducta delEstudiante.<strong>United</strong> <strong>Independent</strong> <strong>School</strong> District 8 Código de Conducta del Estudiante

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