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lineamientos para clasificar unidades médicas del issste

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5.3.2 Centro Médico Nacional “20 de Noviembre” (CMN)………………..…… 315.4 Clasificación de Unidades Médicas por Tipo de Tenencia <strong>del</strong> Inmueble……… 326. Escalonamiento de las Unidades Médicas……………………………………………… 337. Solicitud <strong>para</strong> Construcción, Fortalecimiento, Alta o Baja de Unidades Médicas….. 337.1 Áreas y Unidades Responsables……………………………...…………………… 337.2Requerimientos Específicos <strong>para</strong> Solicitar Acciones de Construcción y Fortalecimiento de UnidadesMédicas.…………………………………………….347.3Requerimientos Específicos <strong>para</strong> Solicitar Alta o Baja de UnidadesMédicas..………………………………………………………………………………7.3.1 Alta de Unidades Médicas………………………………………………….. 35357.3.2 Arrendamiento de Inmuebles <strong>para</strong> Unidades Médicas…………….…… 387.3.3 Baja de Unidades Médicas…………………………………………………. 387.3.4Diagrama de los Requerimientos Específicos <strong>para</strong> Solicitar Acciones de Construcción yFortalecimiento de UnidadesMédicas……………….……………………………………………………… 397.3.5Diagrama de los Requerimientos Específicos <strong>para</strong> Solicitar Alta o Baja de UnidadesMédicas………………………………………………………..408. Especialidades Médicas y Servicios de Apoyo por Tipo y Nivel Operativo………… 418.1 Primer Nivel de Atención………………………………………………...…………. 418.2 Segundo Nivel de Atención Ambulatorio………………………………………….. 428.3 Segundo y Tercer Nivel de Atención Hospitalaria…….…………………………. 438.4 Cuadros de Niveles Operativos……………………………………………………. 458.4.1 Descripción de <strong>unidades</strong> de primer nivel según su nivel operativo……. 458.4.2 Descripción de <strong>unidades</strong> de segundo nivel según su nivel operativo…. 468.4.3 Descripción de <strong>unidades</strong> de tercer nivel según su nivel operativo…….. 47Autorizaciones……………………………………………………………………………... 48


PresentaciónCon fundamento en el Artículo 45 fracción III <strong>del</strong> Estatuto Orgánico <strong>del</strong> ISSSTE, la SubdirecciónGeneral Médica, como área sustantiva responsable de la normatividad médica institucional, haactualizado el presente documento con la finalidad de adecuar la clasificación y tipología de las<strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong> considerando la infraestructura existente.Representa el análisis y consenso de diversas áreas involucradas y corresponsales en el otorgamientode esta prestación. Fueron relevantes las participaciones de la Subdirección General de Finanzas, <strong>del</strong>a Coordinación General de Administración, así como de la Coordinación General de DesarrolloDelegacional.La actualización de los presentes <strong>lineamientos</strong>, contribuye al proceso de modernización que se estállevando a cabo en el Instituto, así como a la transparencia administrativa y la rendición de cuentas.A t e n t a m e n t eEl Subdirector General MédicoDr. Manuel Urbina Fuentes


1. IntroducciónLa Subdirección General Médica dentro de sus procesos de modernización, adecuación y fortalecimiento; procedió a larevisión y análisis de los criterios <strong>para</strong> Clasificar, Solicitar la Construcción, Fortalecer, dar de Alta o Baja Unidades Médicas,de tal forma que al contar con los elementos técnicos suficientes permitan tener una puntual actualización de estos<strong>lineamientos</strong> y proceder a su implantación en todas las Unidades Médicas <strong>del</strong> Instituto.Dentro de este concepto, se considera el Mo<strong>del</strong>o Integral de Salud Familiar Preventivo y el reordenamiento técnicoadministrativode los servicios de salud, específicamente en su Programa de Regionalización de los Servicios de Salud, queorganiza a las <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong> de los tres niveles de atención conforme al número de derechohabientes, las isócronas detraslado a las <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong> y las localidades en las que residen habitualmente los asegurados, la capacidad físicainstalada, los recursos humanos por tipo y especialidad; así como la complejidad <strong>del</strong> equipamiento y tecnología susceptiblesde ser utilizados con adecuado aprovechamiento; actualizando y fortaleciendo las regiones, atendiendo sus rezagos, <strong>para</strong>dar solución a los problemas de salud que afectan a la población am<strong>para</strong>da, independientemente de su ubicación en el país,garantizando la igualdad de oport<strong>unidades</strong> y la accesibilidad a los servicios.Responsable de ejecutar la normalización, validación, seguimiento, supervisión y difusión de los procesos <strong>para</strong> su estrictocumplimiento, la Subdirección General Médica apoyada en análisis técnico-médicos, de costo/efectividad,costo/oportunidad, costo/beneficio, en indicadores de productividad con apego a las políticas de operación y a lanormatividad vigentes, validan la clasificación de <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong>, las solicitudes de construcción, de modificación, defortalecimiento, las altas y bajas; así como las ampliaciones y/o remo<strong>del</strong>aciones.La última versión de este documento data de 1992 y no responde a las necesidades actuales <strong>del</strong> Instituto. Su actualización ypuesta al día favorecerán la administración y operación eficiente de los servicios de salud, contribuyendo a los Programasde Transparencia y Combate a la Corrupción porque define puntualmente los procedimientos <strong>para</strong> ubicar la tipología,especialidades, subespecialidades y servicios de apoyo <strong>para</strong> todas y cada una de las <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong> que se podráconsultar en la página <strong>del</strong> Instituto publicada en Internet y en general, a optimizar la calidad de la atención que el Institutobrinda a sus derechohabientes.


2. ObjetivosObjetivo General♦Contar con un documento normativo que permita de manera puntual y objetiva la caracterización y losprocedimientos <strong>para</strong> <strong>clasificar</strong>, solicitar la construcción, fortalecer, y dar de alta o baja las <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong> <strong>del</strong>Instituto, a fin de que las autoridades centrales, <strong>del</strong>egacionales y de las mismas <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong>, administren losservicios de salud en estricto cumplimiento a esta normatividad.Objetivos Específicos♦♦♦♦♦Integrar el "CATALOGO ÚNICO DE UNIDADES MÉDICAS DEL ISSSTE", que será permanentemente actualizadodebido a la dinámica de cambio en la infraestructura instalada, nivel de atención, tipo de tenencia <strong>del</strong> inmueble, tipode servicio médico prestado, entre otros.Proporcionar una fuente de información institucional, única y confiable, de la organización, infraestructura instalada yfuncionamiento de las <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong>.Precisar los criterios <strong>para</strong> la clasificación de las <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong> en los tres niveles de atención.Normar los procesos técnicos, administrativos y financieros <strong>para</strong> un mejor aprovechamiento de la infraestructurainstalada.Precisar los procesos que deben realizar las <strong>del</strong>egaciones y <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong> <strong>para</strong> efectuar los trámitesadministrativos de modificación, construcción, fortalecimiento, alta o baja.


3. Políticas Generales3.1 La Subdirección General Médica, de acuerdo con el Artículo 45 <strong>del</strong> Estatuto Orgánico en vigor, es la única SubdirecciónGeneral <strong>del</strong> Instituto facultada <strong>para</strong> autorizar modificaciones a las <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong>, así como a este documento.3.2 En los casos de construcción de una Unidad Nueva o fortalecimiento de una existente, <strong>para</strong> lo cual sea necesario ajustar omodificar la regionalización o microregionalización actual, será preciso apegarse a lo establecido en el documento “Programade Regionalización de los Servicios Médicos Institucionales”, expedido el 29 de agosto de 1994.3.3 La Subdirección General Médica autorizará la construcción de obra nueva <strong>para</strong> <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong>, cuando se cumplan lossiguientes requisitos:3.3.1 Dictamen técnico-médico avalado por la Subdirección General Médica.3.3.2 Reserva territorial en propiedad plena <strong>del</strong> Instituto.3.3.3 Dictámenes favorables de suficiencia presupuestal en los capítulos de gasto de servicios personales, materialesy suministros, servicios generales, equipamiento y obra pública.3.3.4 Que no exista obra suspendida o nueva terminada sin operar en la microregión.3.4. La Subdirección General Médica autorizará la instalación y apertura de <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong>, cuando se cumplan lossiguientes requisitos:3.4.1 Dictamen técnico-médico avalado por la Subdirección General Médica.3.4.2 Exista inmueble propio, arrendado, en convenio o prestado.3.4.3 Dictámenes favorables de suficiencia presupuestal en los capítulos de gasto de servicios personales, materialesy suministros, servicios generales, equipamiento y en su caso, obra pública.3.4.4 Que no exista obra suspendida o nueva terminada sin operar en la microregión.3.5 La Subdirección General Médica autorizará la desincorporación de servicios de primer nivel de <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong>, cuando secumplan los siguientes requisitos:3.5.1 Dictamen técnico-médico avalado por la Subdirección General Médica.3.5.2 Reserva territorial en propiedad plena <strong>del</strong> Instituto, inmueble arrendado o en convenio.3.5.3 Dictámenes favorables de suficiencia presupuestal en los capítulos de gasto de servicios personales, materialesy suministros, servicios generales, equipamiento y en su caso, obra pública.3.5.4 Que no exista obra suspendida o nueva terminada sin operar en la localidad.3.6 La Subdirección General Médica podrá autorizar a las <strong>unidades</strong> de medicina familiar, módulos resolutivos Tipo 1 o Tipo 2, y/oalgunas especialidades <strong>para</strong> atender los problemas de salud de mayor frecuencia; siempre y cuando se cumplan lossiguientes requisitos:3.6.1 Exista justificación sobre la base de los índices de morbilidad y mortalidad de la población, las isócronas detraslado a la unidad médica <strong>del</strong> siguiente nivel de atención y la accesibilidad de los servicios.3.6.2 Dictamen técnico-médico avalado por la Subdirección General Médica.3.6.3 Reserva territorial en propiedad plena <strong>del</strong> Instituto.3.6.4 Dictámenes favorables de suficiencia presupuestal en los capítulos de gasto de servicios personales,materiales y suministros, servicios generales, equipamiento y en su caso, obra pública.3.6.5 Que no exista obra nueva terminada, infraestructura ociosa o servicios sin operar en la microregión.3.7 En el caso de que funcione una unidad médica con características diferentes a las definidas en este documento, deberá serregularizada conforme a esta normatividad.3.8 La Subdirección General Médica mantendrá actualizados estos <strong>lineamientos</strong>, el catálogo de <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong>, así como, losindicadores <strong>para</strong> la construcción, ampliación y/o remo<strong>del</strong>ación, los de asignación de recursos humanos <strong>para</strong> las <strong>unidades</strong><strong>médicas</strong> y los demás relacionados con estas disposiciones.3.9 La Subdirección General Médica será la responsable de la difusión de estos <strong>lineamientos</strong>, así como, controlar y evaluar sudebido cumplimiento.3.10 Sólo se autorizará a las <strong>del</strong>egaciones estatales y regionales la construcción, adecuación, ampliación-remo<strong>del</strong>ación o laaceptación de donación de inmuebles <strong>para</strong> utilizarlos como <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong>, que cumplan con los <strong>lineamientos</strong>establecidos en este documento.3.11 Todo programa de atención médica que autorice la Subdirección General Médica deberá apoyarse en infraestructuradisponible, el equipamiento, los recursos humanos, el presupuesto y sin contravenir la tipología definida en este documentonormativo.3.12 Los indicadores institucionales <strong>para</strong> la asignación de recursos humanos, materiales y financieros, deberán derivarse de lacaracterización y tipología de las <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong> definidas en este documento normativo.4. Marco Jurídico y Regulatorio


Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Promulgada el día 5 de febrero de 1917 y sus reformas.4.1 Leyes:Ley Federal de los Trabajadores al Servicio de] Estado, Reglamentarla <strong>del</strong> Apartado B) <strong>del</strong> artículo 123 constitucional.Publicada en el D.0.F. el 28 de diciembre de 1963 y sus reformas.Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.Publicada en el D.0.F. el 29 de diciembre de 1976 y sus reformas.Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.Publicada en el D.0.F. el 31 de diciembre de 1976 y sus reformas.Ley <strong>del</strong> Impuesto al Valor Agregado.Publicada en el D.0.F. el 29 de diciembre de 1978 y sus reformas.Ley de Planeación.Publicada en el D.0.F. el 05 de enero de 1983 y sus reformas.Ley <strong>del</strong> Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores <strong>del</strong> Estado.Publicada en el D.0.F. el 27 de diciembre de 1983 y sus reformas.Ley General de Salud.Publicada en el D.0.F. el 07 de febrero de 1984 y sus reformas.Ley Federal de las Entidades Paraestatales.Publicada en el D.0.F. el 14 de mayo de 1986 y sus reformas.Ley General <strong>del</strong> Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.Publicada en el D.0.F. el 28 de enero de 1988 y sus reformas.Ley Federal sobre Metrología y Normalización.Publicada en el D.0.F. el 01 de julio de 1992 y sus reformas.Ley Federal de Procedimiento Administrativo.Publicada en el D.0.F. el 04 de agosto de 1994 y sus reformas.Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios <strong>del</strong> Sector Público.Publicada en el D.0.F. el 04 de enero de 2000 y sus reformas.Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.Publicada en el D.0.F. el 04 de enero de 2000 y sus reformas.Ley General de Protección Civil.Publicada en el D.0.F. el 12 de mayo de 2000 y sus reformas.Ley <strong>del</strong> Impuesto Sobre la Renta.Publicada en el D.0.F. el 01 de enero de 2002 y sus reformas,Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.Publicada en el D.0.F. el 13 de marzo de 2002.Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.Publicada en el D.0. F. el 11 de junio de 2002 y sus reformas.Ley General de Bienes Nacionales.Publicada en el D.0.F. el 20 de mayo de 2004.


Norma Oficial Mexicana NOM-001-SSA2-1993, Que establece los requisitos arquitectónicos <strong>para</strong> facilitar el acceso, tránsitoy permanencia de los discapacitados a los establecimientos de atención médica <strong>del</strong> Sistema Nacional de Salud.Publicada en el D.0.F. el 06 de diciembre de 1994.Acuerdo Nacional <strong>para</strong> la Descentralización de los Servicios de Salud.Publicado en el D.0.F. el 25 de septiembre de 1996.Lineamientos que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en losprocedimientos de contratación de seguros de bienes patrimoniales y de personas.Publicado en el D.0.F. el 04 de agosto de 1997.Norma 0ficial Mexicana NOM-156-SSA1-1996, Salud ambiental. Requisitos técnicos <strong>para</strong> las instalaciones enestablecimientos de diagnóstico médico con rayos XPublicada en el D.0.F. el 26 de septiembre de 1997 y sus reformas.Norma Oficial Mexicana NOM-026-STPS-1998, colores y señalares de seguridad e higiene, e identificación de riesgos porfluidos conducidos en tuberías.Publicada en el D.0.F. el 13 de octubre de 1998.Acuerdo 7.1246.98 mediante el cual se autoriza la creación <strong>del</strong> Comité Institucional de Fortalecimiento <strong>del</strong> Primer Nivel deAtención a la Salud.Publicado en el D.0.F. el 25 de noviembre de 1998 y sus reformas.Acuerdo por el que se expide el Manual de Procedimientos <strong>para</strong> la Contratación de Servicios.Publicado en el D.O. F. el 03 de diciembre de 1998Acuerdo de la Directora General <strong>del</strong> ISSSTE, por el que se expide el Manual de Normas y Procedimientos <strong>para</strong> el Ejercicio<strong>del</strong> Presupuesto Institucional.Publicado en el D.0.F. el 30 de diciembre de 1998.OFICIO-CIRCUIAR mediante el cual se informa <strong>del</strong> procedimiento que deberá observarse en la contratación deadquisiciones, arrendamientos, obra pública y servicios, en lo relativo a la acreditación de los proveedores y contratistas deencontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.Publicado en el D.0.F. el 20 de octubre de 1999.Norma Oficial Mexicana NOM-178-SSA1-1998, Que establece los requisitos mínimos de Infraestructura y equipamiento deestablecimientos <strong>para</strong> la atención médica de pacientes ambulatorios.Publicada en el D.0.F. el 29 de octubre de 1999.Norma Oficial Mexicana NOM-173-SSA1-1998, Para la atención integral a personas con discapacidad.Publicada en el D.0.F. el 19 de noviembre de 1999.Acuerdo por el que se establecen las reglas <strong>para</strong> la determinación y acreditación <strong>del</strong> grado de contenido nacional,tratándose de procedimientos de contratación de carácter nacional.Publicado en el D.0.F. el 03 de marzo de 2000.Condiciones Generales de Trabajo 2000 <strong>del</strong> Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores <strong>del</strong> Estado Envigor a partir <strong>del</strong> 15 de mayo de 2000, fecha en que fueron depositadas en el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.Acuerdo de la Directora General <strong>del</strong> ISSSTE, por el que se expide el Manual de Procedimientos <strong>para</strong> Evaluar y Determinarla Factibilidad de los Proyectos de Inversión.Publicado en el D.0.F. el 12 de septiembre de 2000.Acuerdo de la Directora General <strong>del</strong> ISSS'TE, por el que se expide el Manual de Procedimientos <strong>para</strong> la Recepción deServicios de Mantenimiento Preventivo y/o Correctivo Contratados.Publicado en el D.0.F. el 27 de septiembre de 2000.Acuerdo por el que se expide el clasificador por objeto <strong>del</strong> gasto <strong>para</strong> la Administración Pública Federal.}Publicado en el D.0.F. el 13 de octubre de 2000 y sus reformas.Acuerdo de la Directora General <strong>del</strong> ISSSTE por el que se expide el Manual de Organización de Hospitales Regionales.Publicado en el D.0.F. el 09 de noviembre de 2000.Acuerdo de la Directora General <strong>del</strong> ISSSTE, por el que se expide el Manual de Organización de las Unidades Médicas <strong>del</strong>Primer Nivel de Atención.


Publicado en el D.0.F. el 23 de noviembre de 2000.Norma Oficial Mexicana NOM-026-SSA2-1998, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de las infeccionesnosocomiales.Publicada en el D.0.F. el 26 de enero de 2001 y sus reformas.Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan los Reglamentos Interiores de la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico y <strong>del</strong> Servicio de Administración Tributarla, y se establecen diversas disposiciones en materia de serviciospersonales y de evaluación de proyectos de inversión pública <strong>para</strong> la Administración Pública Federal.Publicado en el D.0.F. el 30 de abril de 2001.Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006.Publicado en el D.0.F. el 30 de mayo de 2001.Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006.Publicado en el D.0.F. el 30 de mayo de 2001.Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional de Salud 2001-2006Publicado en el D.0.F. el 21 de septiembre de 2001.Programa Nacional de Salud 2001-2006Publicado en el D.0.F. el 21 de septiembre de 2001.Acuerdo por el que se dan a conocer a las dependencias y entidades qué productos objeto de una licitación internacional,deberán incluir en sus bases, la manifestación de los licitantes referentes a que sus propuestas económicas, no se cotizanen condiciones de prácticas desleales de comercio internacional.Publicado en el D.0.F. el 27 de septiembre de 2001.Norma Oficial Mexicana NOM-197-SSA1-2000, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento dehospitales y consultorios de atención médica especializada.Publicada en el D.0.F. el 24 de octubre de 2001.Acuerdo 36.1270.2001 de la Junta Directiva <strong>del</strong> ISSSTE por el que aprueba el Programa Institucional 2001-2006.Expedido el 13 de diciembre de 2001.Acuerdo <strong>del</strong> Director General <strong>del</strong> Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores <strong>del</strong> Estado, por el que seexpide el Manual de Integración y Funcionamiento de los Comités Desconcentrados de Adquisiciones, Arrendamientos yServicios <strong>del</strong> Fondo de la Vivienda y <strong>del</strong> Sistema Integral de Tiendas y Farmacias, y de los Comités Desconcentrados deAdquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obra Pública de las Delegaciones Regionales y Estatales, HospitalesRegionales y <strong>del</strong> Centro Médico Nacional 20 de Noviembre.Publicado en el D.0.F. el 27 de febrero de 2002.Acuerdo que establece las disposiciones de ahorro en la Administración Pública Federal <strong>para</strong> el Ejercicio Fiscal 2002.Publicado en el D.0.F. el 28 de febrero de 2002.Decreto por el que se aprueba el Programa Sectorial denominado Programa Nacional de Combate a la Corrupción yFomento a la Transparencia y el Desarrollo Administrativo 2001-2006.Publicado en el D.0.F. el 22 de abril de 2002.Programa Nacional de Combate a la Corrupción y Fomento a la Transparencia y el Desarrollo Administrativo 2001-2006.Publicado en el D.0.F. el 22 de abril de 2002.Acuerdo de la Junta Directiva 35.1275.2002 mediante el cual se autoriza crear el Comité Institucional de Atención aProgramas Federales (CIAPF).Publicado en el D.0.F. el 29 de julio de 2002.Oficio-Circular por el que se da a conocer el Código de Etica de los Servidores Públicos de la Administración PúblicaFederal.Publicado en el D.0.F. el 31 de julio de 2002.Acuerdo por el que se expide el Manual de Normas Presupuestarias <strong>para</strong> la Administración Pública Federal.Publicado en el D.0.F. el 03 de septiembre de 2002 y sus reformas.Acuerdo por el que se establecen las bases <strong>para</strong> el desarrollo <strong>del</strong> Programa Nacional de Certificación de Establecimientosde Atención Médica.


Publicado en el D.0.F. el 20 de septiembre de 2002.Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional de Protección Civil 2001-2006.Publicado en el D.0.F. el 20 de septiembre de 2002.Programa Nacional de Protección Civil 2001-2006.Publicado en el D.0.F. el 20 de septiembre de 2002.Acuerdo <strong>para</strong> la difusión y transparencia <strong>del</strong> marco normativo interno de la gestión gubernamental. Publicado en el D.0.F.el 06 de diciembre de 2002.Acuerdo por el que se autoriza la creación <strong>del</strong> Comité de Adquisiciones, Arrendamiento y Enajenación de Bienes Inmuebles<strong>del</strong> Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores <strong>del</strong> Estado y se aprueban las Políticas, Bases yLineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamiento y Enajenación de Bienes Inmuebles de dicho Instituto.Publicado en el D.0.F. el 23 de diciembre de 2002 y sus reformas.Acuerdo de la Junta Directiva por el que se aprueban las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obra Pública <strong>del</strong>Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores <strong>del</strong> Estado.Publicado en el D.0.F. el 11 de febrero de 2003.Acuerdo por el que se aprueban reformas a las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones,Arrendamientos de Bienes Muebles y Prestación de Servicios de cualquier Naturaleza <strong>del</strong> Instituto de Seguridad y ServiciosSociales de los Trabajadores <strong>del</strong> Estado.Publicado en el D.0.F. el 08 de abril de 2003.Acuerdo por el que se establecen las Reglas <strong>para</strong> la aplicación <strong>del</strong> requisito de contenido nacional en los procedimientos decontratación de obras públicas que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.Publicado en el D.0.F. el 15 de julio de 2003.Lineamientos que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en la recepción,procesamiento, trámite, resolución y notificación de las solicitudes de acceso a datos personales que formulen losparticulares, con exclusión de las solicitudes de corrección de dichos datos.Publicados en el D.0.F. el 25 de agosto de 2003.Acuerdo por el que se dan a conocer los casos de excepción sobre el contenido nacional a requerir en los procedimientosde contratación de obras públicas <strong>para</strong> proyectos llave en mano o integrados mayores, convocados bajo la cobertura de loscapítulos de compras <strong>del</strong> sector público contenidos en los tratados de libre comercio.Publicado en el D.0.F. el 05 de septiembre de 2003.Norma Oficial Mexicana NOM-003-SEGOB/2002. Señales y avisos <strong>para</strong> protección civil. Colores, formas y símbolos autilizar.Publicada en el D.0.F. el 17 de septiembre de 2003.Lineamientos relativos a la contratación de seguros sobre bienes patrimoniales y de personas que realicen lasdependencias y entidades de la Administración Pública Federal.Publicado en el D.0.F. el 24 de octubre de 2003.Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-002-SSA2-1003. Para la vigilancia epidemiológica, prevención y controlde las infecciones nosocomiales.Publicada en el D.0.F. el 26 de noviembre de 2003.Aviso de prórroga D.0.F. 27 de mayo de 2004.Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY.NOM-206-SSA1-2002, Regulación de los servicios de salud.- Que establece loscriterios de funcionamiento y atención en los servicios de urgencias de los establecimientos de atención médica.Publicado en el D.0.F. el 12 de diciembre de 2003.Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-233-SSA1-1993, Que establece los requisitos arquitectónicos <strong>para</strong>facilitar el acceso, tránsito, uso y permanencia de las personas con discapacidad en establecimientos de atención médica,ambulatorio y hospitalaria <strong>del</strong> Sistema Nacional de Salud.Publicado en el D.0.F. el 16 de diciembre de 2003.Presupuesto de Egresos de la Federación <strong>para</strong> el Ejercicio Fiscal 2004.Publicado en el D.0.F. el 31 de diciembre de 2003.


Acuerdo por el que se establecen los <strong>lineamientos</strong> <strong>para</strong> la accesibilidad de las personas con discapacidad a inmueblesfederales.Publicado en el D.0.F. el 12 de enero de 2004.Oficio Circular por el que se dan a conocer las Disposiciones a que se refiere el primer párrafo <strong>del</strong> artículo decimocuartotransitorio <strong>del</strong> Presupuesto de Egresos de la Federación <strong>para</strong> el Ejercicio Fiscal 2004, por las que se determinan losmanuales, formatos y medios a través de los cuales las dependencias y entidades de la Administración Pública Federaldeben remitir el inventario actualizado de los bienes con que cuentan a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.Publicado en el D.0.F. el 28 de enero de 2004.Acuerdo <strong>del</strong> Director General <strong>del</strong> Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores <strong>del</strong> Estado, <strong>para</strong> la mejoracontinua <strong>del</strong> clima organizacional dentro <strong>del</strong> Instituto.Publicado en el D.0.F. el 05 de marzo de 2004.Acuerdo que establece los <strong>lineamientos</strong> <strong>para</strong> efectuar la revisión y ajuste <strong>del</strong> precio <strong>del</strong> acero en los contratos y pedidosformalizados al amparo de las leyes de Obras públicas y Servicios relacionados con las Mismas, y de Adquisiciones,Arrendamientos y Servicios <strong>del</strong> Sector público y sus reglamentos.Publicado en el D.0.F., el 21 de mayo de 2004.5. Clasificación: Tipo y Características de las Unidades MédicasDe acuerdo a planteamientos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) los servicios médicos se clasifican en tresniveles de atención, lo que determina la capacidad resolutiva y estructura de las <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong>; se ordenan de menor amayor grado de complejidad por su estructura, personal, equipo, mobiliario y recursos en general, denominándose porniveles de atención: primero, segundo y tercero, con las siguientes características:♦Primer Nivel, es la estructura básica de la atención médica ambulatoria, que resuelve alrededor <strong>del</strong> 85% de losproblemas de salud de la población derechohabiente y aplica fundamentalmente el esquema de medicina familiar yen forma prioritaria, las acciones de medicina preventiva.♦ Segundo Nivel, tiene un grado intermedio de complejidad, al cual le corresponde resolver aproximadamente el 12%de los casos que no son susceptibles de ser solucionados en el primer nivel; cuenta con área de hospitalización(camas censables) de las cuatro especialidades básicas, así también, se consideran las <strong>unidades</strong> de atenciónambulatoria de una o más especialidades que no cuentan con camas censables.♦Tercer Nivel, posee la más alta complejidad y tecnología, atiende y resuelve aproximadamente el 3% de losproblemas de salud de la población que no puede ser solucionado o diagnosticado en el primero o segundo niveles,por tratarse de padecimientos complicados, de difícil manejo que requieren de instalaciones, equipo de altatecnología, infraestructura y recurso humano altamente calificado; cuentan con área de hospitalización (camascensables) y servicios de alta especialidad.Nivel operativo:Refleja en forma directa la posibilidad de ejecutar determinados procedimientos medico-quirúrgicos y <strong>para</strong>médicos que setraducen en capacidad resolutiva de problemas de salud. Se representa por dos dígitos se<strong>para</strong>dos por un punto, el primerocorresponde al nivel de atención a la salud y el segundo, al grado de complejidad de los procedimientos médicoasistenciales que se realizan en ese nivel. Este último está en función <strong>del</strong> número y tipo de servicios que ofrece, así comode los recursos con los que cuente.La caracterización de cada unidad permite identificar la capacidad física instalada, equipamiento, dotación de insumos yasignación de personal, particularmente en lo referente a médicos, enfermeras y otros profesionales de la salud quegaranticen la cobertura de los derechohabientes con servicios de alta calidad y capacidad técnica.5.1 Primer Nivel de Atención a la SaludRepresenta el primer contacto de atención <strong>del</strong> derechohabiente con el Sistema Institucional de Servicios de Salud; en estenivel se ejecutan acciones de prestación de servicios enfocados básicamente a prevenir enfermedades y riesgos, apreservar la salud mediante actividades de promoción y educación <strong>para</strong> la salud, vigilancia epidemiológica, saneamientobásico, así como protección específica contra las enfermedades más comunes y prevenibles, privilegiando las actividadesde diagnóstico temprano y tratamiento oportuno.Además, atiende y resuelve los padecimientos que se presentan con mayor frecuencia y cuya solución es factible, basadaen una combinación de recursos de poca complejidad técnica y de bajo costo.


El 15% de casos que el primer nivel de atención no tiene la capacidad de resolver son referidos al segundo nivel deatención y en casos excepcionales al tercer nivel en forma directa, <strong>para</strong> lo cual se tiene establecido un proceso de envío depacientes denominado referencia y contrarreferencia, organizado en regiones que se integran por <strong>unidades</strong> de los tresniveles de atención, de tal forma que existe en cada una de ellas capacidad resolutiva similar y facilita la oportunidad,accesibilidad y equidad en la prestación <strong>del</strong> servicio al usuario, independientemente <strong>del</strong> lugar de la República en donde seencuentre.Las <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong> que integran este nivel de atención, tienen diversas características de acuerdo a las cuales seclasifican y tipifican en función a variables de infraestructura, cobertura y capacidad resolutiva, entre otras, como se indicaen el siguiente cuadro. Referente a la infraestructura, las letras que acompañan al tipo de unidad, denotan las diferenciasque existen en cuanto a esta variable; así, la UMF "A" cuenta con menor infraestructura que la UMF "E", dependiendo de lapoblación derechohabiente que atienden.En el primer nivel de atención se tienen ocho niveles operativos, que corresponden al grado de complejidad de las <strong>unidades</strong>relacionado con el número de servicios médicos que se ofrecen a los derechohabientes, además de los servicios de apoyode los que dispone, como rayos “X” y laboratorio.Tipología de <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong> <strong>del</strong> Primer Nivel de AtenciónTipo de Unidad Infraestructura Básica CoberturaUnidad Especial(E.T.E.E.)Tipo deUnidadConsultorioAuxiliarEstancia Temporal <strong>para</strong> Enfermosde los Estados. Establecimiento conCamas no Censables <strong>para</strong>Hospedaje de Pacientes ForáneosReferidos a Unidades Médicas <strong>del</strong>Tercer Nivel <strong>del</strong> D. F.Infraestructura Básica1 Consultorio de Medicina General yen ocasiones 1 de OdontologíaApoyo aDerechohabientesForáneos ReferidosCoberturaTrabajadoresCotizantes <strong>del</strong> Centrode TrabajoNivel Operativo: Nivel deAtención y CapacidadResolutivaNivel Operativo 1.0Nivel Operativo: Nivel deAtención y CapacidadResolutivaNivel Operativo 1.0Ubicada en Instalaciones deEntidades o DependenciasAfiliadasUMF “A” 1 Consultorio de Medicina Familiar 1,500 a 3,165 Nivel Operativo 1.1UMF “B” 2 Consultorios de Medicina Familiar 3,166 a 5,000 Nivel Operativo 1.1UMF “C”UMF “D”UMF “E”CMF “A”2 Consultorios de Medicina Familiar,y 1 de Odontología3 Consultorios de Medicina Familiar,1 de Odontología y 1 de MedicinaPreventiva4 Consultorios de Medicina Familiar,1 de Odontología y 1 de MedicinaPreventiva8 Consultorios de Medicina Familiar,1 de Odontología, 1 MedicinaPreventiva, 1 Sala de Rayos “X” y 2Peines de Laboratorio5,001 a 6,330 Nivel Operativo 1.26,331 a 9,495 Nivel Operativo 1.39,496 a 11,869 Nivel Operativo 1.318,992 a 37,984 Nivel Operativo 1.4CMF “B”12 Consultorios de MedicinaFamiliar, 1 de Odontología, 1Medicina Preventiva, 1 Sala deRayos “X” y 2 Peines de Laboratorio37,985 a 56,976 Nivel Operativo 1.4


CMF “C”CMF “D”16 Consultorios de MedicinaFamiliar, 2 de Odontología, 1Medicina Preventiva, 1 Sala deRayos “X” y 2 Peines de Laboratorio20 Consultorios de MedicinaFamiliar, 2 de Odontología, 1Medicina Preventiva, 1 Sala deRayos “X” y 2 Peines de Laboratorio56,977 a 75,968 Nivel Operativo 1.475,969 a 94,960 Nivel Operativo 1.4CMF “E”24 Consultorios de MedicinaFamiliar, 3 de Odontología, 1Medicina Preventiva, 1 Sala deRayos “X” y 3 o más Peines deLaboratorio94,961 a 113,952 Nivel Operativo 1.4Unidad Especial(CAD)Centro de Apoyo Diagnóstico con 6Peines de Laboratorio, 6 Salas deImagenología y 1 Consultorio deMedicina FamiliarApoyo de Auxiliaresde Diagnóstico aUnidades de PrimerNivel y Consulta aDerechohabientesAdscritos al CADNivel Operativo 1.5UMF con MR1Tipo deUnidadA la UMF se incorpora un MR1Infraestructura BásicaLa correspondiente ala UMF de que setrateCoberturaNivel Operativo 1.6Nivel Operativo: Nivel deAtención y CapacidadResolutivaUMF con MR2A la UMF se incorpora un MR2La correspondiente ala UMF de que setrateNivel Operativo 1.7UMF con MR3 A la UMF se incorpora un MR3La correspondiente ala UMF de que seNivel Operativo 1.8trateNota: La diferencia de cobertura entre la UMF “E” y la CMF “A” se atiende estableciendo turno vespertino en la UMF.


SERVICIOS COMPLEMENTARIOS EN UNIDADES DE MEDICINA FAMILIARTipo de Unidad Infraestructura Básica Cobertura ObservacionesMóduloResolutivo 11 Consultorio de Urgencias, 1 Salade Expulsión/Curaciones, 3 Camasde Observación (no censables)Urgencias <strong>del</strong> primernivel, según la UMFdonde se instaleSe establece en UMFautorizadas por la SubdirecciónGeneral MédicaMóduloResolutivo 21 Consultorio de Urgencias, 1 Salade Expulsión/Curaciones, 3 Camasde Observación (no censables), 1Peine de Laboratorio y 1 Sala deRayos “X”Urgencias <strong>del</strong> primernivel, según la UMFdonde se instaleSe establece en UMFautorizadas por la SubdirecciónGeneral MédicaMóduloResolutivo 31 Consultorio de Urgencias, 1 Salade Expulsión/Curaciones, 1 sala deoperaciones, 5 Camas deObservación (no censables), 2Peines de Laboratorio y 1 Sala deRayos “X”Cirugía Ambulatoriaprogramada,Urgencias <strong>del</strong> primernivel, según la UMFdonde se instaleSe establece en UMFautorizadas por la SubdirecciónGeneral Médica5.1.1 Consultorio Auxiliar (CA)Es una Unidad Médica conformada por un consultorio que se ubica en centros laborales de los trabajadores. Los serviciosson otorgados por un médico general, ocasionalmente auxiliado por una enfermera. Se proporciona consulta noprogramada y atención primaria a la salud. Su actividad fundamental es preventiva y suministra tratamientos iniciales,únicamente con medicamento a granel <strong>para</strong> la atención emergente.No tienen población asignada <strong>para</strong> fines programáticos. Dependen de una unidad de mayor capacidad resolutiva y elrégimen de propiedad <strong>del</strong> inmueble es propio o por convenio con dependencias y entidades afiliadas al instituto. Identificalos problemas de salud, orienta al paciente y lo refiere a la unidad médica <strong>del</strong> primer nivel a donde está adscrito, <strong>para</strong> suestudio y tratamiento.Prestan servicios de lunes a viernes fundamentalmente de las 8 a las 14 horas y ocasionalmente en horario vespertino.5.1.2 Unidad de Medicina Familiar (UMF)Se autorizan de 1 a 6 consultorios en este tipo de <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong>, otorgan consulta de medicina general o familiar,preventiva, planificación familiar y odontológica, atendidos por médicos generales o familiares, odontólogos y personal deenfermería. Tienen asignada población derechohabiente <strong>para</strong> la aplicación <strong>del</strong> Mo<strong>del</strong>o Integral de Salud FamiliarPreventivo.Se ubican a menos de dos horas de traslado a la unidad de mayor capacidad resolutiva, a donde refieren a los pacientesque por su problema de salud lo ameriten. Reciben pacientes de su área de influencia o de adscripción.El régimen de tenencia <strong>del</strong> inmueble puede ser propio, en convenio o rentado; así también la consulta puede otorgarse enuna unidad subrogada o prestada; laboran de las 8:00 a las 14:00 horas, de lunes a viernes, estableciendo el serviciovespertino de acuerdo al número de derechohabientes adscritos, demanda de atención y productividad.Las Unidades de Medicina Familiar se clasifican en cinco categorías: A, B, C, D y E, siendo esta última la de mayorcapacidad resolutiva y cobertura de atención.Para instalar una Unidad de Medicina Familiar se requiere de un mínimo de 1,500 derechohabientes en la localidad y áreade influencia.En <strong>unidades</strong> habitacionales <strong>del</strong> FOVISSSTE funcionan Unidades de Medicina Familiar por convenio con los condóminos.


5.1.3 Módulo Resolutivo 1, 2 y 3 (MR-1, MR-2 y MR-3)Son servicios complementarios que se instalan en <strong>unidades</strong> de medicina familiar propias, a las que se agrega a suinfraestructura física <strong>para</strong> atención de urgencias un consultorio, una sala de expulsión-curaciones y un área de observacióncon tres camas no censables o camillas, <strong>para</strong> la atención inicial de pacientes en accidentes y lesiones; asimismo,proporcionan servicios médicos integrales en partos no complicados y procedimientos quirúrgicos de poca a medianacomplejidad.El Módulo Resolutivo 2, cuenta además con servicios de laboratorio y de rayos “X”.En el Módulo Resolutivo 3 se incorpora una sala de operaciones, se aumenta a 5 camas no censables y un peine <strong>del</strong>aboratorio más; en esta clasificación están consideradas las actuales Clínicas de Alta Capacidad Resolutiva (CACR).Se ubican, en localidades alejadas a más de dos horas de traslado de la unidad hospitalaria más cercana, con dificultadesde transporte o comunicaciones.Proporcionan servicios de urgencias médico-quirúrgicas y obstétricas de baja o mediana complejidad, de laboratorio clínico<strong>del</strong> primer nivel de atención y estudios de rayos “X” simples. Prestan servicios las 24 horas de los 365 días <strong>del</strong> año. En losMódulos Resolutivos 3 se realiza cirugía ambulatoria programada.En Módulos Resolutivos seleccionados por la Subdirección General Médica, se establecen programas <strong>para</strong> otorgar cirugíaambulatoria programada (ejemplo CCAREQ) con procedimientos médico-quirúrgicos de mediana complejidad, querequieren periodos de observación no mayores a doce horas.5.1.4 Clínica de Medicina Familiar (CMF)Son <strong>unidades</strong> con 8, 12, 16, 20 ó 24 consultorios de medicina familiar, 1 a 3 consultorios de odontología, 1 de medicinapreventiva, módulos de atención gerontológica, psicología y nutrición, 1 servicio de trabajo social, 2 o más peines <strong>del</strong>aboratorio, 1 sala con equipo fijo de rayos “X” y 1 sala de ultrasonido. Algunas cuentan con el servicio de Unidad deAtención Primaria a la Salud (UAPS), con actividades exclusivamente de campo, orientadas a la promoción de la salud conbase en la atención preventiva y educacional a los derechohabientes.Se ubican en un rango no mayor de 2 horas de traslado a la unidad de mayor capacidad resolutiva a donde refierenpacientes. Prestan servicios 12 horas al día con un horario de 8:00 a 20:00 horas de lunes a viernes.El régimen de propiedad puede ser propio o rentado. Algunas clínicas en el D. F. tienen más de 24 consultorios, debido alvolumen de población derechohabiente adscrita, las cuales ajustarán su infraestructura de acuerdo a su productividad.Las Clínicas de Medicina Familiar, se clasifican de acuerdo a su infraestructura en cinco categorías, a las que se les hanasignado las letras: A, B, C, D y E, siendo esta última la de mayor infraestructura, cobertura y capacidad resolutiva.Estas <strong>unidades</strong> coordinan e integran operativamente los servicios proporcionados por los consultorios auxiliares y <strong>unidades</strong>de medicina familiar ubicados en su zona de influencia.5.1.5. Unidades Especiales (U.E.)5.1.5.1 Centro de Apoyo Diagnóstico (CAD)Unidad especial ubicada en el D. F., que funciona como auxiliar de las <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong> <strong>del</strong> primero y segundo nivel <strong>del</strong> D.F. y área conurbada. Proporciona servicios auxiliares de diagnóstico de laboratorio de análisis clínicos con 6 peines, 1laboratorio de citología exfoliativa, 2 equipos de electrocardiografía y 6 salas de imagenología con 3 equipos de radiología(dos con fluoroscopía), 2 de ultrasonografía, 1 de osteodensitometría, 1 de mastografía y 1 de ortopantomografía.5.1.5.2. Estancia Temporal <strong>para</strong> Enfermos de los Estados (E. T. E. E.)Unidad especial <strong>del</strong> Instituto ubicada en la Delegación Regional Zona Norte; funciona como unidad de apoyo <strong>para</strong>hospedaje de pacientes foráneos referidos <strong>para</strong> atención médica en los tres Hospitales Regionales y el Centro MédicoNacional “20 de Noviembre” ubicados en el D. F. Cuenta solo con servicio de habitación en camas no censables y conapoyo de enfermería, trabajo social, dietología y nutrición.5.2 Segundo Nivel de Atención a la SaludProporciona atención de consulta externa de especialidades y/o hospitalización de las cuatro especialidades básicas:Cirugía General, Gineco- obstetricia, Medicina Interna y Pediatría; auxiliares de diagnóstico y tratamiento con


procedimientos de mediana complejidad a la población derechohabiente de su área de influencia; los servicios que seproporcionan comprenden la atención ambulatoria especializada y/o de hospitalización a pacientes referidos <strong>del</strong> primer nivelde atención o de los que se presenten de modo espontáneo con urgencias médico-quirúrgicas, cuya resolución demanda laconjunción de técnicas y servicios de complejidad intermedia.En este nivel de atención se tienen ocho niveles operativos, que corresponden al grado de complejidad de las <strong>unidades</strong>,relacionado con el número de especialidades <strong>médicas</strong> que se ofrecen a la población derechohabiente, además de losservicios de apoyo de los que dispone.Resuelven aproximadamente el 12% de la patología general, refiere al tercer nivel de atención a pacientes conpadecimientos complicados de difícil solución. Su clasificación se observa en el siguiente cuadro:Tipología de Unidades Médicas <strong>del</strong> Segundo Nivel de AtenciónTipo de Unidad Infraestructura Básica Cobertura *Clínica deEspecialidadesConsultorios de acuerdo a lasespecialidades existentes y enalgunos casos, camas nocensables.Área de influenciaNivel Operativo: Nivel deAtención y Capacidad ResolutivaNivel Operativo 2.0Clínica de Detección y DiagnósticoAutomatizadoNivel Operativo 2.1Clínica de Una o MásEspecialidadesTipo deUnidadClínica HospitalInfraestructura Básica Cobertura *Consultorios de medicinafamiliar y de especialidades, asícomo camas censables deacuerdo a la población adscrita yde su área de influencia.12,500 a 93,750derechohabientesNivel Operativo: Nivel deAtención y CapacidadResolutivaNivel Operativo 2.2Centro de Cirugía AmbulatoriaNivel Operativo 2.3Clínica de Especialidades conCECISNivel Operativo 2.4“A” de 10 a 24 camasNivel Operativo 2.5“B” de 25 a 50 camasNivel Operativo 2.6“C” de 51 a 75 camasHospital GeneralConsultorios de especialidades ycamas censables de acuerdo alnúmero de derechohabientes desu área de influencia y a lasespecialidades que proporciona.93,751 a 250,000población de su áreade influenciaNivel Operativo 2.7“A” de 76 a 120 camasNivel Operativo 2.8“B” de 121 a 200 camas5.2.1 Clínicas de Especialidades (CE)Unidades propias que funcionan como apoyo a las <strong>unidades</strong> <strong>del</strong> primer nivel de atención, proporcionan consulta externa deespecialidades, exámenes de laboratorio de análisis clínicos, estudios de radiodiagnóstico, ultrasonido y otros estudios degabinete. Algunas de ellas otorgan atención médico-quirúrgica ambulatoria de mediana complejidad, con periodos deobservación no mayores a doce horas.Son consideradas <strong>unidades</strong> de segundo nivel <strong>para</strong> fines de asignación de recursos, algunas cuentan con servicios deurgencias no complicadas y camas no censables de recuperación de corta estancia.A continuación se describen cada una de los diferentes tipos de clínicas de especialidades:5.2.1.1 Clínica de Detección y Diagnóstico Automatizado (CLIDDA)


Cuenta con equipamiento adecuado <strong>para</strong> el diagnóstico individual de salud y la detección automatizada de padecimientosfrecuentes de alta prioridad, cuyas acciones se otorgan a grupos de trabajadores referidos.El Nivel Operativo es 2.0 por el equipamiento médico e informático con que cuenta, así como por la disponibilidad deespecialistas que interpretan los estudios realizados. Dispone de servicios de archivo clínico, odontología, psicología,laboratorio de análisis clínicos, radiodiagnóstico, ortopantomografía, mastografía, ultrasonografía, citología exfoliativa,colposcopía, y estudios de tonometría, refractometría, audiometría y electrocardiografía. El horario de funcionamiento es de8:00 a 20:00 horas, de lunes a viernes.5.2.1.2 Clínica de Una o Más EspecialidadesUnidad propia que cuenta solamente con servicio de consulta externa de una especialidad y las subespecialidadescorrespondientes, como la de medicina física y rehabilitación, dentales y neuropsiquiatría, asimismo, las clínicas demultiespecialidades que funcionan como apoyo a las <strong>unidades</strong> <strong>del</strong> primer nivel de atención. Refiere los casos de altacomplejidad o que requieren de internamiento a las <strong>unidades</strong> hospitalarias de segundo y tercer nivel. Nivel Operativo 2.1. Elhorario de de atención es de 8:00 a 20:00 horas, de lunes a viernes.5.2.1.3 Centro de Cirugía Ambulatoria (CCA)Unidad propia de apoyo médico-quirúrgico con camas no censables, ubicada en el Distrito Federal. Atiende a pacientesreferidos de las clínicas de medicina familiar y de algunas <strong>unidades</strong> hospitalarias <strong>para</strong> atención quirúrgica programada depadecimientos de mediana complejidad que se resuelven con periodos de observación postoperatoria no mayor a docehoras. El horario de atención de esta unidad es de 7:00 a 21:00 horas, de lunes a viernes.5.2.1.4 Clínica de Especialidades con Centro de Cirugía Simplificada (CE+CECIS)Unidad propia que otorga servicios de consulta externa de especialidades, odontología, exámenes de laboratorio clínico,radiodiagnóstico, ultrasonido, endoscopía y otros estudios de gabinete.Cuenta con camas no censables o de tránsito <strong>para</strong> proporcionar atención médico-quirúrgica ambulatoria programada decirugía general, gineco-obstetricia, oftalmología, otorrinolaringología, traumatología y ortopedia y otras autorizadas por laSubdirección General Médica. Los procedimientos que se realizan son de mediana complejidad y requieren periodos deobservación no mayor a doce horas. Refiere a hospitales de segundo y tercer nivel los casos de alta complejidad o queameriten internamiento. El horario de atención es de 8:00 a 20:00 horas, de lunes a viernes.En algunas <strong>unidades</strong> de este tipo se otorga atención de medicina familiar y preventiva.5.2.2 Clínica Hospital (CH)Unidad hospitalaria propia que se ubica en las Delegaciones Estatales, con servicios de consulta externa de medicinafamiliar y de especialidad; proporciona atención hospitalaria de las cuatro especialidades básicas (cirugía general, medicinainterna, gineco-obstetricia y pediatría) y las de apoyo consideradas en la matriz de especialidades y servicios incluida eneste documento normativo; así como, ortopedia y traumatología, oftalmología y otorrinolaringología, entre otras, según lasnecesidades detectadas en la población usuaria y la infraestructura instalada. Cuentan con servicios de medicinapreventiva, urgencias, auxiliares de diagnóstico y tratamiento, unidad de cuidados intensivos, y algunas <strong>unidades</strong> realizanactividades de captación de sangre con apoyo <strong>del</strong> Centro Estatal de la Transfusión Sanguínea.En la clínica hospital se brinda atención de primero y segundo nivel. Se ubica en ciudades de alta concentración dederechohabientes, <strong>para</strong> favorecer la oportunidad, calidad y eficiencia de los servicios médicos. El horario de atención de losservicios de primer nivel es de las 8:00 a las 20:00 horas, y el de los servicios de hospitalización, así como los serviciosauxiliares de diagnóstico y tratamiento <strong>para</strong> la atención <strong>del</strong> paciente en estado crítico y urgencias, las 24 horas de los 365días <strong>del</strong> año.La ubicación geográfica de este tipo de unidad tiene una isócrona superior a las 2 horas de traslado a la unidad de mayorcapacidad resolutiva. Recibe pacientes <strong>del</strong> primer nivel de atención de su área de influencia y refiere al hospital general oregional que le corresponda, según la regionalización establecida. También realiza actividades de formación de recursoshumanos <strong>para</strong> la salud, capacitación, educación médica continua.Las Clínicas Hospital se clasifican de acuerdo a su infraestructura en tres categorías, a las que se les han asignado lasletras: A, B y C, siendo esta última la de mayor capacidad resolutiva.5.2.3 Hospital General (HG)Unidad hospitalaria propia ubicada en las principales ciudades <strong>del</strong> país, que atiende a pacientes referidos de <strong>unidades</strong> <strong>del</strong>primer nivel de atención, de clínicas de especialidades y de clínicas hospital, según la regionalización establecida.


Proporciona consulta externa de especialidades y servicios de hospitalización de las cuatro especialidades básicas.Algunas <strong>unidades</strong> de este tipo aún tienen incorporados servicios <strong>del</strong> primer nivel de atención en el propio inmueble o enanexos rentados.Además de las cuatro especialidades básicas, incorporan servicios complementarios definidos en la matriz deespecialidades y servicios incluida en este documento normativo. Cuentan también con servicio de urgencias médicoquirúrgicas,auxiliares de diagnóstico y tratamiento, unidad de cuidados intensivos y banco de sangre. Realiza actividadesde formación de recursos humanos <strong>para</strong> la salud con internos de pregrado y residentes de postgrado, capacitación,educación médica continua e investigación. Refiere pacientes a las <strong>unidades</strong> hospitalarias <strong>del</strong> tercer nivel de atención. Elhorario de atención de los servicios de primer nivel es de las 8:00 a las 20:00 horas, y el de los servicios de hospitalización,así como los servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento <strong>para</strong> la atención <strong>del</strong> paciente en estado crítico y urgencias, las24 horas de los 365 días <strong>del</strong> año.Los Hospitales Generales se clasifican de acuerdo a su infraestructura en dos categorías, a las que se le han asignado lasletras A y B, siendo esta última la de mayor capacidad resolutiva.5.3 Tercer Nivel de Atención a la SaludAtiende a pacientes referidos de las <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong> <strong>del</strong> segundo nivel de atención. Son las <strong>unidades</strong> hospitalarias conmayor capacidad resolutiva por la infraestructura disponible, el personal especializado y la aplicación de tecnologías devanguardia <strong>para</strong> la integración de diagnósticos y ejecución de procedimientos médico-quirúrgicos de alta complejidad.Están ubicadas estratégicamente <strong>para</strong> brindar apoyo a las <strong>unidades</strong> que les corresponden por regionalización.Proporciona servicios de consulta externa y hospitalización especializada, auxiliares de diagnóstico y tratamiento, yservicios de atención al paciente en estado crítico con el equipamiento más avanzado. Incluyen funciones de apoyoespecializado <strong>para</strong> la vigilancia epidemiológica de padecimientos con dificultad de tratamiento y control; actividades deinvestigación, capacitación, educación médica continua y formación y desarrollo de recursos humanos altamentecalificados.En este nivel de atención se tienen tres niveles operativos, que corresponden al grado de complejidad de las <strong>unidades</strong>,relacionado con el número de especialidades <strong>médicas</strong> que ofrecen a la población derechohabiente, además de losservicios de apoyo de los que dispone.Resuelven aproximadamente el 3% de la patología que afecta a los derechohabientes. Los tipos de hospitales regionalesse definen en el cuadro siguiente:Tipología de Unidades Médicas <strong>del</strong> Tercer Nivel de AtenciónTipo de Unidad Infraestructura Básica CoberturaHospitalRegionalNúmero de consultorios y camascensables de acuerdo a losderechohabientes referidos <strong>del</strong>as <strong>unidades</strong> de segundo nivelde su área de influencia y de lasespecialidades que proporciona.Nivel Operativo: Nivel deAtención y Capacidad ResolutivaNivel operativo 3.0“A” de 101 a 200 camas censables.Pacientes referidos<strong>para</strong> atención detercer nivel Nivel operativo 3.1“B” de 201 a 400 camas censables.Centro MédicoNacionalNúmero de consultorios y camascensables de alta especialidad<strong>para</strong> atender a pacientesreferidos de los hospitalesregionales.Pacientes referidos<strong>para</strong> procedimientosmedico-quirúrgicos dealta complejidadNivel Operativo 3.2,Unidad Médica de ConcentraciónNacional.


5.3.1 Hospital Regional (HR)Unidad hospitalaria propia ubicada en las ciudades más importantes <strong>del</strong> país, funciona como cabecera de una regióndefinida por la Subdirección General Médica, concentra a pacientes referidos de las <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong> de segundo nivel desu área de influencia <strong>para</strong> la solución de problemas que requieren de procedimientos de mayor complejidad y precisióndiagnóstica o tratamiento.Proporciona consulta externa y servicios de hospitalización especializada. En hospitalización pueden contar hasta con 400camas censables. Tiene capacidad resolutiva <strong>para</strong> procedimientos complejos de diversas especialidades médicoquirúrgicas.Además, cuentan con servicios de urgencias, auxiliares de diagnóstico y tratamiento especializados,epidemiología, medicina crítica, banco de sangre, unidad de trasplantes, cirugía cardiaca y cardiovascular, hemodinamia,neurocirugía, oncología médica y quirúrgica, medicina nuclear, entre otros, como se describen en los cuadros respectivos alfinal de este documento.Los Hospitales Regionales se clasifican de acuerdo a su infraestructura en dos categorías, a las que se les han asignado lasletras: A y B, siendo esta última la de mayor capacidad resolutiva.Forman y capacitan a médicos de pregrado y postgrado en las diferentes especialidades. Desarrollan actividades deeducación médica continua, investigación clínica básica, epidemiológica y en servicios de salud. Refieren pacientes alCentro Médico Nacional (CMN) “20 de Noviembre”. Prestan servicio las 24 horas de los 365 días <strong>del</strong> año.5.3.2 Centro Médico Nacional “20 de Noviembre” (CMN)Como su nombre lo indica, es la unidad médica de concentración nacional de mayor capacidad resolutiva, que atiende apacientes referidos por los hospitales regionales <strong>del</strong> Instituto, <strong>para</strong> la ejecución de procedimientos de diagnóstico ytratamiento de alta especialidad y complejidad tecnológica de neurociencias, cardiocirugía, oncología médica y quirúrgica, yotras subespecialidades.Cuenta con personal médico, de enfermería y <strong>para</strong>médico altamente calificado y equipamiento de alta tecnología,laboratorio clínico de pruebas sofisticadas, medicina nuclear, litotripsia extracorpórea, resonancia magnética, radiologíaespecializada, microcirugía láser y unidad de transplantes, entre otras.Es la unidad hospitalaria <strong>del</strong> sistema con mejor desarrollo tecnológico y que realiza los procedimientos de mayorcomplejidad técnica y científica.5.4 Clasificación de Unidades Médicas por Tipo de Tenencia <strong>del</strong> InmuebleCon esta clasificación se definen las Unidades Médicas con relación al inmueble que ocupan y al personal que otorga elservicio, como se observa en el siguiente cuadro:Clasificación de Unidades Médicas por Tipo de Tenencia <strong>del</strong> InmuebleTipo de TenenciaCaracterísticasPropiaEl inmueble es propiedad <strong>del</strong> ISSSTE y el personal recibe remuneración <strong>del</strong>Instituto.RentadaExiste contrato de arrendamiento <strong>del</strong> inmueble y el personal reciberemuneración <strong>del</strong> Instituto.• Inmueble prestado sin pago de renta y el personal recibe remuneración<strong>del</strong> ISSSTE.Convenio• Inmueble en comodato.• Inmueble de otra institución de salud en el que se proporcionan serviciosmédicos a derechohabientes sin costo <strong>para</strong> el ISSSTE, a través de unconvenio por escrito y con personal remunerado por el Instituto.


Convenio con dependencias, entidades u organismos afiliados al ISSSTE,<strong>para</strong> que proporcionen un área física donde se instala un consultorio auxiliar<strong>para</strong> la atención de los trabajadores de ese Centro de Trabajo, funciona conrecursos físicos, humanos e insumos <strong>del</strong> Instituto.• Convenio con gobiernos estatales, municipales u organismos afiliados alISSSTE, <strong>para</strong> que proporcionen un área física donde se instala unaUnidad de Medicina Familiar <strong>para</strong> la atención de la poblaciónderechohabiente <strong>del</strong> área de influencia, funciona con recursos físicos,humanos e insumos <strong>del</strong> Instituto.• Convenio con los condóminos de una unidad habitacional FOVISSSTE,<strong>para</strong> que proporcionen un local donde se instala una Unidad de MedicinaFamiliar que funciona con personal remunerado por el Instituto. Otorgaconsulta médica a los derechohabientes que habitan en la unidad, asícomo a los de su área de influencia.SubrogadaInmueble propiedad de una institución pública o privada a la que el ISSSTEle contrata los servicios médicos que se otorgan a los derechohabientes,funciona como Unidad de Medicina Familiar. Los recursos físicos y humanosrequeridos <strong>para</strong> la atención médica son proporcionados por el subrogatario.Prestada*Consultorio particular, donde el médico recibe remuneración con plazapresupuestal <strong>del</strong> ISSSTE, proporciona el servicio médico a losderechohabientes como Unidad de Medicina Familiar.. * Este tipo de servicio debe regularizarse bajo la figura más adecuada.6. Escalonamiento de las Unidades MédicasEl funcionamiento de las <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong> se estructura con base en su capacidad resolutiva. Esto permite escalonar losservicios <strong>para</strong> dar solución integral y oportuna a los problemas de salud que afectan a los derechohabientes. Se organizanpor regiones, con <strong>unidades</strong> de salud de los tres niveles de atención.Bajo la premisa anterior, un paciente que es recibido en una unidad con servicios de primer nivel, se estudia y se definenlas medidas diagnósticas y terapéuticas a seguir, con base en las guías y protocolos de tratamiento correspondientes acada nivel de atención.Si en la unidad no existen recursos <strong>para</strong> la determinación <strong>del</strong> diagnóstico y/o la aplicación <strong>del</strong> tratamiento médico requerido,se recurre al procedimiento de referencia y contrarreferencia de pacientes <strong>para</strong> lograr la solución <strong>del</strong> caso, medianterecursos propios, rentados, subrogados o en convenio.7. Solicitud <strong>para</strong> Construcción, Fortalecimiento, Alta o Baja de Unidades Médicas7.1 Áreas y Unidades ResponsablesLas Delegaciones Estatales o Regionales reciben y analizan la procedencia de las solicitudes de construcción,fortalecimiento, alta o baja de Unidades Médicas. La Sub<strong>del</strong>egación Médica con el apoyo de otras áreas <strong>del</strong>egacionalescorroboran la disponibilidad de reserva territorial e integran en su caso, un estudio de factibilidad de las peticiones querealicen las <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong>, los sindicatos federados, los organismos afiliados y los propios derechohabientes.La Subdirección General Médica será el área responsable de otorgar la autorización correspondiente de las solicitudespresentadas por las Delegaciones Estatales o Regionales <strong>del</strong> Instituto, los sindicatos federados, organismos afiliados y lospropios derechohabientes verificando en campo la procedencia y pertinencia de la solicitud, cuando así se requiera, deconformidad con las políticas establecidas en este documento normativo respecto a disponibilidad territorial, presupuesto,plantilla de recursos humanos autorizada, equipamiento, abastecimiento de insumos, entre otros.Respecto a las <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong> desconcentradas, las solicitudes de acciones de obra se reciben en la SubdirecciónGeneral Médica, debiendo incluir el estudio de factibilidad técnico-médico y las cédulas costo-beneficio de acuerdo a los


<strong>lineamientos</strong> emitidos por la SHCP. La Subdirección General Médica coordina la elaboración <strong>del</strong> estudio de preinversióncorrespondiente y lo integra al Programa Operativo Anual (P.O.A.).La Coordinación General de Administración, a través de la Subdirección de Obras y Contratación, será el área responsablede coordinar el desarrollo de los proyectos médico-arquitectónicos de las propuestas autorizadas e incluidas en elPrograma Operativo Anual (P.O.A.).La Subdirección General de Finanzas, será el área encargada de gestionar ante la SHCP mediante la presentación de losexpedientes técnicos y las cédulas de costo-beneficio, <strong>para</strong> garantizar la suficiencia presupuestal a cada proyecto, asignarla clave presupuestal y definir el presupuesto de operación correspondiente.7.2 Requerimientos Específicos <strong>para</strong> Solicitar Acciones de Construcción y Fortalecimiento de Unidades MédicasLa información que deberá integrar la Delegación o unidad médica desconcentrada <strong>para</strong> toda solicitud de construcción yfortalecimiento de <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong> será la siguiente:a) Solicitud oficial que especifique las acciones a realizar y el número de derechohabientes beneficiados, integrados enun estudio de costo-beneficio, de acuerdo a los <strong>lineamientos</strong> vigentes emitidos por la SHCP.b) Ubicación de la unidad indicando: entidad federativa, municipio o <strong>del</strong>egación política, localidad, domicilio, códigopostal y <strong>del</strong>egación <strong>del</strong> ISSSTE; así como, el croquis de la microregión y área de influencia, que señale laspoblaciones y posibles <strong>unidades</strong> de cobertura de la unidad propuesta a modificar o fortalecer con las distancias enkilómetros y los tiempos de recorridos en los medios habituales de transporte.c) Estudio de factibilidad operativa de acuerdo a la normatividad institucional establecida, acompañado <strong>del</strong> análisis deservicios médico-quirúrgicos proporcionados a pacientes atendidos mediante subrogación y/o referidos, incluyendocostos de los últimos 5 años, problemática registrada por quejas, solicitudes de reembolso, diferimiento de la atención,traslados, entre otros.d) Información sobre la infraestructura médica sectorial en el área de influencia, cobertura, factibilidad de establecercontratos o convenios y la posibilidad de subrogación de servicios o la compensación cruzada a menores costos.e) Distancia y tiempo de traslado de la unidad médica propuesta a la unidad propia <strong>del</strong> siguiente nivel de atención, <strong>para</strong>con ello lograr el escalonamiento de servicios.f) Reserva territorial, croquis o plano, extensión en metros cuadrados disponibles, copia certificada <strong>del</strong> documento quedemuestre la propiedad institucional, constancia de servicios públicos municipales ubicados en el predio y vías o rutasde acceso adecuadas <strong>para</strong> el tránsito de vehículos.La Subdirección General Médica, deberá emitir en un plazo no mayor a 30 días naturales el dictamen de procedencia oimprocedencia de la solicitud de construcción o fortalecimiento, comunicándolo a la <strong>del</strong>egación solicitante. Simultáneamentenotificará a las instancias centrales los proyectos aprobados y en proceso, <strong>para</strong> la actualización <strong>del</strong> catálogo único de<strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong> y las gestiones pertinentes, de acuerdo a las atribuciones de cada área, señaladas en el EstatutoOrgánico <strong>del</strong> Instituto.La Delegación por ningún motivo podrá iniciar la construcción, fortalecimiento, dar de alta o baja <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong>, sincontar con la respuesta aprobatoria oficial de las Subdirecciones Generales Médica, de Finanzas y de la CoordinaciónGeneral de Administración, que aseguren la disponibilidad de los recursos.La Subdirección General Médica emitirá dictamen de improcedencia, por las siguientes causas:a) Documentación incompleta o incorrecta presentada por el o los solicitantes.b) Restricciones presupuéstales a las partidas autorizadas de los Capítulos de Gasto 1000 “Servicios Personales”, 2000“Materiales y Suministros”, 3000 “Servicios Generales”, 5000 “Inversión Pública”, 6000 “Obra Pública” y 7000“Inversiones Financieras”.c) Inexistencia de reserva territorial disponible o adecuada <strong>para</strong> la construcción o ampliación solicitada.d) No estar justificada la propuesta, ni señalado el impacto en la optimización de recursos y en la calidad de la atención.e) Dictamen técnico-médico de improcedencia, donde se precise la argumentación.La Subdirección General Médica determinará las <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong> a considerar en el Programa Operativo Anualseñalando prioridades, según las necesidades más urgentes y enviándolo a la Coordinación General de Administración<strong>para</strong> el trámite conducente.La Subdirección General Médica deberá supervisar físicamente, de forma directa o a través de las Sub<strong>del</strong>egacionesMédicas, el avance <strong>del</strong> proyecto y el proceso de las acciones en las <strong>unidades</strong> consideradas en el Programa OperativoAnual.Los <strong>lineamientos</strong> enunciados anteriormente solamente son aplicables <strong>para</strong> las <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong> propiedad <strong>del</strong> Instituto.7.3 Requerimientos Específicos <strong>para</strong> Solicitar Alta o Baja de Unidades Médicas


7.3.1 Alta de Unidades MédicasLa Delegación Estatal o Regional integrará la solicitud con la justificación de alta de una unidad médica y la presentará antela Subdirección General Médica <strong>para</strong> análisis y en caso procedente, autorización.Para autorizar el alta de una unidad médica propia, rentada o en convenio se requiere contar con un mínimo de 1,500derechohabientes. Cuando en la localidad existan menos de 1,500 derechohabientes se procurará la subrogación de losservicios médicos a través de la partida presupuestal específica con suficiencia de recursos, siempre y cuando seencuentren a más de dos horas de traslado de la unidad médica más próxima <strong>del</strong> Instituto.En caso de no ser posible la subrogación de los servicios médicos, la población derechohabiente será atendida a través <strong>del</strong>os mecanismos que defina la Subdirección General Médica.Las solicitudes de alta deberá integrar invariablemente la siguiente información:a) Solicitud oficial que especifique el tipo de unidad, la ubicación y el número de derechohabientes beneficiados, elrégimen de propiedad que tendrá la unidad y si se tiene la suficiencia presupuestal de la Subdirección General deFinanzas <strong>para</strong> mantenerla en operación.b) Ubicación de la unidad indicando: entidad federativa, municipio o <strong>del</strong>egación política, localidad, domicilio, código postaly <strong>del</strong>egación <strong>del</strong> ISSSTE; así como, el croquis de la microregión y área de influencia, que señale las poblaciones yposibles <strong>unidades</strong> de cobertura de la unidad propuesta a dar de alta con las distancias en kilómetros y los tiempos derecorridos en los medios habituales de transporte.c) Estudio de factibilidad operativa de acuerdo a la normatividad institucional establecida, acompañado <strong>del</strong> análisis deservicios médico-quirúrgicos proporcionados a pacientes atendidos mediante subrogación y/o referidos, incluyendocostos de los últimos 5 años, problemática registrada por quejas, solicitudes de reembolso, diferimiento de la atención,traslados, entre otros.d) Información sobre la infraestructura médica sectorial en el área de influencia, cobertura, factibilidad de establecercontratos o convenios y la posibilidad de subrogación de servicios o la compensación cruzada a menores costos.e) Distancia y tiempo de traslado de la unidad médica propuesta a la unidad propia <strong>del</strong> siguiente nivel de atención, <strong>para</strong>con ello lograr el escalonamiento de servicios.f) Demanda esperada y productividad calculada <strong>para</strong> la unidad propuesta.g) En caso de inmuebles arrendados o en convenio, se presentará la carta compromiso de arrendamiento o de convenio,especificando la ubicación, superficie en metros cuadrados, dotación de servicios públicos municipales accesibles yvías o rutas de acceso adecuadas.La Subdirección General Médica, deberá notificar en un plazo de 30 días a la Delegación la procedencia o improcedencia <strong>del</strong>a solicitud de alta de unidad médica. Simultáneamente notificará a las instancias centrales <strong>para</strong> actualización de catálogos ygestiones pertinentes, de acuerdo a las atribuciones de cada área.En el caso de que se trate de un alta de unidad médica subrogada o por convenio y en los casos en que se contrate alprestador <strong>del</strong> servicio mediante el régimen de honorarios, deberán quedar debidamente legalizados mediante el contratorespectivo, con base en la Ley de Adquisiciones vigente, solicitando la opinión jurídica Delegacional, debiendo turnar copia<strong>del</strong> contrato de honorarios y/o <strong>del</strong> convenio legalizado a la Subdirección General Médica, que es la ventanilla única <strong>para</strong> lostrámites necesarios ante las demás instancias centrales; así como, <strong>para</strong> la actualización de registros y catálogos.La Subdirección General Médica emitirá dictamen de improcedencia, por las siguientes causas:a) Documentación incompleta o incorrecta presentada por la Delegación solicitante.b) Restricciones presupuestales a las partidas autorizadas.c) No estar justificada la propuesta, ni impactar positivamente en la optimización de recursos y en la calidad de laatención.d) Dictamen técnico-médico que considere innecesaria la alta, en cuyo caso se especificará la razón.La Subdirección General Médica enviará en un lapso no mayor a 30 días naturales a las Subdirecciones Generales deFinanzas, Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales, y de Administración, el dictamen de procedencia de alta de launidad médica <strong>para</strong> las afectaciones presupuestales pertinentes y los registros de afiliación y vigencia de derechos, ademásde asignación de la clave presupuestal.El dictamen de procedencia o improcedencia de apertura, formulado por la Subdirección General Médica, se notificará a laDelegación solicitante.Respecto al arrendamiento de inmuebles <strong>para</strong> otorgar el servicio médico, la Delegación deberá apegarse a la normatividadestablecida <strong>para</strong> el efecto.


Los <strong>lineamientos</strong> enunciados anteriormente <strong>para</strong> el alta de <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong> serán aplicables a <strong>unidades</strong> propias,rentadas, subrogadas o en convenio.Ninguna unidad médica propuesta <strong>para</strong> su alta, deberá entrar en funcionamiento sin la aprobación de la SubdirecciónGeneral Médica.7.3.2 Arrendamiento de Inmuebles <strong>para</strong> Unidades MédicasPara realizar contratos de arrendamiento de inmuebles <strong>para</strong> la operación y funcionamiento de <strong>unidades</strong> <strong>médicas</strong>, lasDelegaciones deberán observar la normatividad establecida en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios <strong>del</strong>Sector Público y sujetarse a las disposiciones que sean aplicables en la materia.7.3.3 Baja de Unidades MédicasTodo servicio o unidad médica rentada, subrogada o en convenio que deje de prestar servicios o no reporte productividadsin causa justificada por un periodo mayor a seis meses, la Subdirección General de Finanzas propondrá la baja a laSubdirección General Médica, quien dará respuesta en un lapso no mayor a 30 días naturales.La baja de una unidad médica, no procederá cuando funcione en forma irregular por problemas de personal, durante unlapso menor a seis meses; por lo que la Subdirección General Médica deberá realizar el análisis correspondiente <strong>para</strong>establecer lo procedente, comunicándolo a las instancias correspondientes.Las <strong>del</strong>egaciones solicitarán la baja de <strong>unidades</strong> ante la Subdirección General Médica, la cual deberá acompañarse de uninforme donde se expliquen los factores que condicionaron ésta situación:a) Las solicitudes deberán acompañarse de la justificación técnica correspondiente, así como de las alternativas de solución<strong>para</strong> atender la demanda de los servicios de la población derechohabiente adscrita a la unidad que se proponga <strong>para</strong> baja.b) Ninguna unidad médica podrá darse de baja sin el dictamen y la autorización de la Subdirección General Médica.c) La Subdirección General Médica notificará en un plazo no mayor de 30 días naturales sobre el dictamen de procedencia oimprocedencia de baja, <strong>para</strong> los registros y afectaciones a que hubiere lugar, tanto a las Subdirecciones Generales deFinanzas, Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales, y la Coordinación General de Administración; así como a lasDelegaciones promoventes.


7.3.4 Diagrama de los Requerimientos Específicos <strong>para</strong> Solicitar Acciones de Construcción y Fortalecimientode Unidades MédicasDescripción de ActividadesÁreas que IntervienenSolicitantes (UnidadesMédicas, AutoridadesMunicipales, Estataleso Sindicatos, etc.)Delegación Estatal(Sub<strong>del</strong>egaciónMédica)Subdirección GeneralMédicaSubdirección GeneralJurídicaSubdirección Generalde FinanzasCoordinación Generalde AdministraciónO b s e r v a c i o n e s12Envía a la Delegación Estatal(Sub<strong>del</strong>egación Médica) la solicitudde:Construcción de Obra NuevaAmpliaciónFortalecimientoRecibe solicitud y revisa quecumpla con los criterios normativosLa Delegación integra la información documental de soporteestablecida <strong>para</strong> realizar el trámite solicitado (punto 7.2).Se verifica la existencia de reserva territorial.establecidos al efecto.Comunica al solicitante que no2.1procede la solicitud.Remite “expediente técnico” a la2.2 Subdirección General Médica <strong>para</strong>su autorización.Recibe “expediente técnico” yEn caso de que la información no cumpla con los requisitosestablecidos comunica al solicitante que no procede susolicitud.En caso de ser procedente la solicitud (con los requisitosseñalados en el punto 7.2).3revisa que se ajuste a los criteriosElabora dictamen técnico.3.13.23.3normativos establecidos.Regresa solicitud a la DelegaciónEstatal indicando motivos deimprocedencia <strong>para</strong> que esta a suvez comunique a los solicitantes.Analiza y en su caso autorizasolicitud y la incluye en el“Programa de Necesidades deEdificación”, notificando a laDelegación y a la CoordinaciónGeneral de Administración.La Subdirección General Médica, yla Coordinación General deAdministración elaboran lapropuesta <strong>del</strong> POA.En caso de que no se justifique la obra. (Dictamen TécnicoNegativo)La Subdirección General Médica notifica a la Subdirecciónde Obras y Contratación <strong>para</strong> que se incluya en el“Programa de Necesidades de Edificación”Envía la propuesta <strong>del</strong> POA a la H. Junta Directiva <strong>para</strong> suautorización.4La Coordinación General deAdministración recibe de la H.Junta Directiva el POA autirizado ylo envía a la Subdirección Generalde Finanzas <strong>para</strong> que a su vezhaga las gestiones ante la SHCP.4.1La SHCP asigna el techo presupuestal enviandolo a laSubdirección General de Finanzas, quién a su vez lo remitea la Coordinación General de Administración con copia a laSubdirección General Médica.567En caso de que el techopresupuestal asignado por SHCPsea insuficiente, la SGM y CGAajustarán el programa operativoanual.La Coordinación General deAdministración desarrolla losanteproyectos y los envía los a laSGM <strong>para</strong> su autorización.La Coordinación General deAdministración desarrolla lasacciones de obra y las entrega a la<strong>del</strong>egación estatal o unidadresponsable, interviniendo laSubdirección General Médica.En apego a las necesidades prioritarias de la SubdireciónGeneral MédicaLa Coordinación General de Administración recibe lasautorizaciones de la SGM y ejecuta las acciones <strong>del</strong> POA.La Subdirección de Obras y Contratación de laCoordinación General de Adminsitración envia el acta deentrega-recepción de las acciones de obra a la SubdirecciónGeneral Médica <strong>para</strong> que ésta, a su vez, proceda a darlasde alta ante la Subdirección General de Finanzas y laSubdirección de Personal. Se incluyen en el Catálogo Únicode Unidades Médicas.Nota: Cuando se trate de solicitudes realizadas por Hospitales Regionales o el Centro Médico Nacional " 20 de Noviembre" el trámite inicia en elpunto 2.2 <strong>del</strong> diagrama.


7.3.5 Diagrama de los Requerimientos Específicos <strong>para</strong> Solicitar Alta o Baja de Unidades Médicas.Descripción de Actividades1Áreas que IntervienenEnvía mediante oficio solicitud de alta o baja a laSubdirección General Médica.DelegacionesInicioSubdirecciónGeneral MédicaSubdirecciónGeneral deFinanzasCoordinaciónGeneral deAdministraciónO b s e r v a c i o n e sDocumentos soporte:♦ Solicitud de alta o baja♦ Justificación de Alta o BajaRecibe solicitud y documentos soporte, verifica2 Emite dictámen técnicoque se ajuste a la normatividad establecida.2.1Informa a la Delegacional solicitante medianteoficio la procedencia o improcedencia de lasolicitud de alta o baja de Unidad Médica,especificando los motivos.Si es improcedente, la Delegación no llevará acabo cambio alguno, si es procedente, seráestrictamente responsable de llevar a cabo lasacciones con apego a la normatividad institucional2.2De proceder la solicitud, comunica mediante oficioa la Subdireccion General de Finanzas y a laCoordinación General de Administración la alta obaja de la unidad médica.La Subdirección General de Finanzas y laCoordinación General de Administraciónincorporan o eliminan en su base de datos a launidad médica3La Subdirección General Médica incluye oelimina según sea el caso, <strong>del</strong> Catálogo Único deUnidades Médicas <strong>del</strong> ISSSTE.Actualización permanente <strong>del</strong> Catálogo Único deUnidades Médicas <strong>del</strong> ISSSTE.Fin


8. Especialidades Médicas y Servicios de Apoyo por tipo y Nivel OperativoOperativoOperativo8.1 Primer Nivel de AtenciónESPECIALIDADCAUMF "A" y"B"UMF "C"UMF "D" y"E"UMF CON MR1UMF CON MR2UMF CON MR3CMF "A" a"E"CADETEEN.O. 1.0 N.O. 1.1 N.O. 1.2 N.O. 1.3 N.O. 1.6 N.O. 1.7 N.O. 1.8 N.O. 1.4 N.O. 1.5 N.O. 1.0Especialidades MédicasMEDICINA GENERAL 1 X X X X X X X XMEDICINA FAMILIAR X X X X X X X X 2MEDICINA PREVENTIVA X X X X X X 2URGENCIAS X X XODONTOLOGIA X X X X X XServicios de ApoyoTOCOCIRUGIA X 3 X 3 XGERONTOLOGIA X XCEYE X X X X XCITOLOGIA X X X X X XGINECOLOGIAXPEDIATRIACIRUGIA GENERALMEDICINA INTERNACURACIONES E INYECCIONES X X X X X X XELECTROCARDIOGRAFIALABORATORIO CLINICO X X X XORTOPANTOGRAFIAXULTRASONOGRAFIA X X XRADIOLOGIA X X X XTRABAJO SOCIAL X X X X X X XPSICOLOGIAXNUTRICION X XUAPSXXXXX1Este servicio se irá disminuyendo conforme se incorporen especialistas enmedicina familiar2Los servicios tenderán a desplazarsarse hacia una CMF con todos los servicios3Solo <strong>para</strong> atención de urgencias obstétricas


8.2. Segundo Nivel de Atención AmbulatorioAmbulatorioAmbulatorioCLINICA DE ESPECIALIDADESNo.ESPECIALIDAD O SERVICIOCLIDDAMULTIESPECIALIDADESCCAESPECIALIDADESDENTALESNEUROPSIQUIATRIAMEDICINAFISICA YREHABILIT.CE+CECISN.O. 2.0 N.O. 2.1 N.O. 2.2 N.O. 2.1 N.O. 2.1 N.O. 2.1 N.O. 2.3Especialidades Médicas2 ANESTESIOLOGIA X X X6 CARDIOLOGIA X7 CIRUGIA MAXILOFACIAL X X10 CIRUGIA GENERAL X X13 CIRUGIA RECONSTRUCTIVA X14 DERMATOLOGIA X X16 EPIDEMIOLOGIA X X18 GERIATRIA X X19 GINECO-OBSTETRICIA* X X XMEDICINA FISICA Y REHABILITACIONX26 MEDICINA GENERALMEDICINA FAMILIARX27 MEDICINA INTERNA X X X30 MEDICINA PREVENTIVA X XNEUROLOGIAX38 ODONTOLOGIA X X X X39 OFTALMOLOGIA X X X X41 TRAUMATOLOGIA Y ORTOPEDIA X X42 OTORRINOLARINGOLOGIA X X X43 PEDIATRIA X X46 PSICOLOGIA X X X47 PSIQUIATRIA X49 REUMATOLOGIAServicios de ApoyoAUDIOMETRIAXCURACIONES E INYECCIONES X X XTOCOCIRUGIAX4 CEYE X X X X XELECTRODIAGNOSTICO X X X X X25 FISIOTERAPIA X27 IMAGENOLOGIA*** X X X19 LABORATORIO DE ANALISIS CLINICOS X X XQUIROFANO X X XRADIODIAGNOSTICO DENTAL** X X X29 RECUPERACION POSTQUIRURGICA X X35 TRABAJO SOCIAL X X X X X X X38 URGENCIAS X* En CLIDDA y CE+MR3 existe integrado el procedimiento de colposcopìa** Incluye estudios de Ortopantografìa*** En CLIDDA y CE+MR3 existe equipo de mastografìa


8.3 Segundo y Tercer Nivel de Atención HospitalariaSEGUNDO NIVEL DE ATENCIONTERCER NIVEL DE ATENCIONESPECIALIDAD O SERVICIOCLINICA HOSPITAL HOSPITAL GENERAL HOSPITAL REGIONALCENTROMEDICONACIONALN.O. 2.4 N.O. 2.5 N.O. 2.6 N.O. 2.7 N.O. 2.8 N.O. 3.0 N.O. 3.1 N.O. 3.2Especialidades MédicasALERGOLOGIAALERGOLOGIA E INMUNOLOGIA X X X X X XANESTESIOLOGIA X X X X X X X XANGIOLOGIA X X X XAUDIOLOGIA Y FONIATRIA X XBIOLOGIA DE LA REPRODUCCIONCARDIOLOGIA X X X X X X XCIRUGIA MAXILOFACIAL X X X X XCIRUGIA DE TORAX X XCIRUGIA CARDIOVASCULAR X XCIRUGIA GENERAL* X X X X X X X XCIRUGIA GASTROENTEROLOGICACIRUGIA ONCOLOGICA X X XCIRUGIA PEDIATRICA X X X X X XCIRUGIA RECONSTRUCTIVA X X X XDERMATOLOGIA X X X X X X XENDOCRINOLOGIA X X X X XEPIDEMIOLOGIA X X X X X X X XGASTROENTEROLOGIA X X X X X XGERIATRIA X X X X X XGINECOLOGIA Y OBSTETRICIA* X X X X X X X XHEMATOLOGIA X X X XINFECTOLOGIA X X XMEDICINA FISICA Y REHABILITACION X X X X XMEDICINA FAMILIAR X X X X X XMEDICINA INTERNA* X X X X X X X XNEFROLOGIA X X X X X XNEONATOLOGIA -UCIN- X X X X XNEUMOLOGÍA X X X X XNEUROCIRUGIA X XNEUROLOGIA X X X X XODONTOLOGIA X XOFTALMOLOGIA X X X X X X X XONCOLOGIA MEDICA X X X X XONCOLOGIA PEDIATRICAORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGIA X X X X X X X XOTORRINOLARINGOLOGIA X X X X X X X XPEDIATRIA* X X X X X X X XPERINATOLOGIA X X X X X XPROCTOLOGIA X X X X X XPSICOLOGIA X X X X X X X XPSIQUIATRIA X X X X X XREUMATOLOGIA X X X X XTERAPIA INTENSIVA -UCI- X X X X XTERAPIA INTENSIVA NEONATAL -UCIN- X X X X XTERAPIA INTENSIVA PEDIATRICA X XTERAPIA INTENSIVA INTERMEDIA X X XUNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOSCARDIOVASCULARESUROLOGIA X X X X X X*ESPECIALIDADES TRONCALES QUE COORDINAN HOSPITALIZACIONXXXXServicios de ApoyoPATOLOGIA** X X X X X XAUDIOMETRIA X XBANCO DE SANGRE X X X X XSERVICIO DE TRANSFUSION X X


(continuación..)SEGUNDO NIVEL DE ATENCIONTERCER NIVEL DE ATENCIONESPECIALIDAD O SERVICIOCLINICA HOSPITAL HOSPITAL GENERAL HOSPITAL REGIONALCENTROMEDICONACIONALN.O. 2.4 N.O. 2.5 N.O. 2.6 N.O. 2.7 N.O. 2.8 N.O. 3.0 N.O. 3.1 N.O. 3.2Servicios de Apoyo (continuación)CEYE X X X X X X X XCLINICA DEL DOLOR X X X X X XELECTRODIAGNOSTICO*** X X X X X X X XEXTENSION HOSPITALARIA X X X X X XFISIOTERAPIA X X X XGENETICAHEMODIALISIS X X X X X XHEMODINAMIA X XINHALOTERAPIA X X X X X XINMUNOLOGIA X XENSEÑANZA E INVESTIGACION X X X X X X X XLABORATORIO DE ANALISIS CLINICOS X X X X X X X XLABORATORIO DE ESTUDIOS ESPECIALESMEDICINA NUCLEAR X XMEDICINA PREVENTIVA X X X X X X X XNUTRICION PARENTERAL X X X X X XQUIMIOTERAPIA X XIMAGENOLOGIA**** X X X X X X X XRADIOTERAPIA X XRECUPERACION POSTQUIRURGICA X X X X X X X XRESONANCIA MAGNETICA X XTOCOCIRUGIA X X X X X X X XTRABAJO SOCIAL X X X X X X X XUNIDAD DE TRANSPLANTES X XURGENCIAS X X X X X X X XURGENCIAS PEDIATRICAS X X X X X XXX** Incluye una seccion o peine de citologìa exfoliativa*** En HR de Nivel Operativo 3.1 y el CMN se realizan procedimientos de electrofisiologìa**** Incluye radiologìa y ultrasonografìa en todos los tipos de hospitales, tomografìa axial computada y ortopantomografìa a partir <strong>del</strong> HG Nivel Operativo 2.8 y mastografìa a partir de la CH Nivel Operativo 2.6


8.4 Cuadros de Niveles Operativos8.4.1 Descripción de Unidades de primer nivel según su nivel operativoNivel Operativo Servicios RecursosTipo deUnidadNivel deAtenciónGrado deComplejidadMedicinaGeneralMedicinaFamiliarConsultoriosMedicinaPreventivaOdontologíaUrgenciasRayos“X”Laboratorio(peines)QuirófanoSala deexpulsión/curacionesCamasnocensablesConsultorioAuxiliar1 1UE-ETEE 1UMF “A” 1 1 1UMF “B” 1 1 2UMF “C” 1 2 2 1UMF “D” 1 3 3 1 1UMF “E” 1 3 4 1 1UMF+MR1 1 4 (a) (a) (a) 1UMF+MR2 1 5 (a) (a) (a) 1 1 1 1 3UMF+MR3 1 8 (a) (a) (a) 1 1 2 1 5CMF “A” 1 6 8 1 1 1 2CMF “B” 1 6 12 1 1 1 2CMF “C” 1 6 16 1 2 1 2CMF “D” 1 6 20 1 2 1 2CMF “E” 1 6 24 1 3 1 3 ó másUE-CAD 1 7 1 6 (b) 6(a)(b)Los Módulos Resolutivos pueden instalarse en cualquier tipo de Unidad de Medicina Familiar, por lo que el número de consultorios dependeráde la infraestructura inicial de la UMF, previa autorización de la Subdirección General Médica.La cifra se refiere al número de salas de imagenología.


8.4.2 Descripción de Unidades de segundo nivel según su nivel operativoPara el segundo nivel, el nivel operativo corresponde a la infraestructura de la Unidad Médica.Las letras de la Clínica Hospital corresponden al número de camas (A = 10 a 24 camas, B = 25 a 50 camas y C = 51 a 75 camas).Para Hospital General las letras también corresponden al número de camas (A = 76 a 120 camas, B = 121 a 200 camas).Nivel Operativo Servicios RecursosTipo de UnidadNivelGrado deComplejidadEspecialidades(1)CECISServicios de Apoyo(2)Camas no censables(3)Camascensables (4)Clínica deDetección yDiagnósticoAutomatizadoClínica deEspecialidadesCentro deCirugíaAmbulatoriaClínica deEspecialidades21 4 62 1 11 72 2 8 5 X2 3 1 ó más (a) X XClínica Hospital“A”2 4 11 10 X 10 a 24Clínica Hospital“B”2 5 14 11 X 25 a 50Clínica Hospital“C”2 6 24 18 X 51 a 75Hospital General“A”2 7 32 18 X 76 a 120Hospital General“B”2 8 35 19 X 121 a 200(1) La cifra corresponde al número de especialidades que se ofrecen en la unidad.(2) Las cifras corresponden al número de servicios de apoyo con los que cuenta la unidad(3) La cifra indica el número de camas no censables que tiene la unidad(4) La cifra se refiere al número de camas censables con las que cuenta la unidad(a) En este caso el número de especialidades está en función de la capacidad física instalada en la unidad


8.4.3 Descripción de Unidades de tercer nivel según su nivel operativoPara el tercer nivel, el nivel operativo corresponde a la infraestructura de la Unidad Médica.Las letras <strong>del</strong> Hospital Regional corresponden al número de camas (A = 101 a 200 camas, B = 201 a 400 camas.Nivel Operativo Servicios RecursosTipo de UnidadNivelGrado deComplejidadEspecialidades(1)Servicios de Apoyo(2)Camas nocensables (3)Camas censables(4)HospitalRegional “A”3 38 20 X 101 a 200HospitalRegional “B”3 1 43 27 X 201 a 400Centro MédicoNacional3 2 45 29 X 380(1) La cifra corresponde al número de especialidades que se ofrecen en la unidad.(2) Las cifras corresponden al número de servicios de apoyo con los que cuenta la unidad(3) La cifra indica el número de camas no censables que tiene la unidad(4) La cifra se refiere al número de camas censables con las que cuenta la unidad

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