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D.S. 081-2007-EM - osinergmin

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Esta Resolución podrá ser apelada ante el Vice Ministro de Energía del MIN<strong>EM</strong>, dentro de unplazo de quince (15) Días de notificada.El Viceministro de Energía resolverá la apelación en última instancia administrativa dentro de losdiez (10) Días de presentada, emitiendo la respectiva Resolución Vice Ministerial.En caso que la oposición fuera declarada infundada, la DGH ejecutará la fianza bancaria otorgadapor el opositor.Artículo 25º.- Suspensión del plazo del procedimiento de otorgamiento de ConcesiónEl tiempo que se requiera para el trámite y solución de oposiciones y el que requieran otrasautoridades de acuerdo a las normas pertinentes, se suspenderá el plazo a que se refieren losArtículos 10º y 16º, es decir, no será computado para los efectos de dicho plazo.Concordancias:D.S. Nº <strong>081</strong>-<strong>2007</strong>-<strong>EM</strong>: Arts. 10º y 16º.Artículo 26º.- Evaluación de la solicitud de ConcesiónDe no haberse formulado oposición o ésta haya sido resuelta a favor del solicitante, la DGHprocederá a evaluar dentro del plazo a que se refiere el Artículo 16º, el contenido de losdocumentos presentados, procediendo a emitir un informe técnico-legal, sobre la procedencia oimprocedencia del otorgamiento de la Concesión. En caso de declararse improcedente la solicitud,la DGH dispondrá la devolución de la respectiva fianza.Concordancias:D.S. Nº <strong>081</strong>-<strong>2007</strong>-<strong>EM</strong>: Art. 16º.Artículo 27º.- Otorgamiento de la ConcesiónLa Resolución Suprema de otorgamiento de la Concesión aprobará el respectivo Contrato deConcesión y designará al funcionario que debe intervenir en la celebración del mismo a nombredel Estado.La referida Resolución deberá ser notificada al solicitante dentro de los cinco (5) Días siguientes asu expedición y entrará en vigor si el solicitante cumple con aceptarla por escrito dentro de los diez(10) Días siguientes a su notificación.Tratándose de Concesiones otorgadas por licitación o concurso público, la referida ResoluciónSuprema deberá ser aceptada dentro del plazo previsto en las bases para que se lleve a cabo elcierre de la licitación o concurso público. En tal caso, la Resolución Suprema entrará en vigor sólocuando el adjudicatario acepte la Resolución Suprema, cumpla con los requisitos exigidos por lasbases para la fecha de cierre, y firme en tal fecha el Contrato de Concesión.Concordancias:D.S. Nº 018-2004-<strong>EM</strong>: Art. 3º.Artículo 28º.- Publicación de la resolución de otorgamiento de la ConcesiónEl MIN<strong>EM</strong> hará publicar la Resolución de otorgamiento de la Concesión por una sola vez en elDiario Oficial El Peruano, en un plazo de cinco (5) Días contados a partir de su aceptación.Artículo 29º.- Suscripción del Contrato de ConcesiónPublicada la Resolución Suprema que aprueba el Contrato de Concesión y autoriza sususcripción, se firmará el Contrato de Concesión, el cual deberá elevarse a Escritura Pública en unplazo máximo de sesenta (60) Días desde la publicación.

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