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NORMA XIX SUBPRODUCTOS DE OLEAGINOSOS 1.- Se entiende ...

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Expellers: Mínimo CUARENTA POR CIENTO (40%).Harina de extracción y Pellets: Mínimo TREINTA Y CINCO / TREINTA Y SEIS PORCIENTO (35/36%).Pellets de girasol integral: Máximo VEINTINUEVE / TREINTA POR CIENTO(29/30%).3.<strong>1.</strong>4. Maní:Expellers: Mínimo CINCUENTA Y UNO / CINCUENTA Y DOS POR CIENTO(51/52%).Harina de extracción y Pellets: Mínimo CUARENTA Y SEIS / CUARENTA Y SIETEPOR CIENTO (46/47%).3.2. Proteína (sobre muestra "tal cual"): <strong>Se</strong> fijan los siguientes valores mínimos:3.2.<strong>1.</strong> Soja:Expellers: TREINTA Y NUEVE POR CIENTO (39%).Harina de extracción y Pellets: CUARENTA Y TRES POR CIENTO (43%).3.2.2. Girasol:Harina de extracción y Pellets: TREINTA Y DOS / TREINTA Y TRES POR CIENTO(32/33%).3.2.3. Maní:Harina de extracción y Pellets: CUARENTA Y CUATRO / CUARENTA Y CINCOPOR CIENTO (44/45%).3.3. Humedad: <strong>Se</strong> fijan los siguientes valores máximos:3.3.<strong>1.</strong> Maní y lino: DIEZ POR CIENTO (10%).3.3.2. Soja y Algodón: DOCE COMA CINCO POR CIENTO (12,5%).3.3.3. Girasol: ONCE POR CIENTO (11%).3.4. Cenizas insolubles en ácido clorhídrico: <strong>Se</strong> fijan los siguientes valores máximos:3.4.<strong>1.</strong> Lino: UNO COMA CINCO POR CIENTO (1,5%).


3.4.2. Maní: DOS COMA CINCO POR CIENTO (2,5%).3.4.3. Algodón, Soja y Girasol: CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5%).3.5. Desmenuzado: <strong>Se</strong> fijan los siguientes valores máximos:3.5.<strong>1.</strong> Expellers: TREINTA POR CIENTO (30%) (para Lino, Maní, Algodón, Soja yGirasol).3.5.2. Pellets:Soja: VEINTE POR CIENTO (20%).Girasol, Maní, Lino y Algodón: DIEZ POR CIENTO (10%).3.6. Cuerpos extraños (propios del grano): <strong>Se</strong> fijan los siguientes valores máximos.3.6.<strong>1.</strong> Algodón: CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5%).3.6.2. Lino, Girasol, Maní y Soja: DOS POR CIENTO (2%).3.7. Cuerpos extraños (impropios del grano): UNO POR CIENTO (1%).3.8. Fibra:Soja: Máximo SIETE POR CIENTO (7%).3.9. Actividad ureásica:Soja: Máximo CERO COMA VEINTE (0,20) unidades de pH.4.- TOLERANCIA <strong>DE</strong> RECIBO:4.<strong>1.</strong> Para operaciones realizadas en base al contenido de proteína y materia grasa: (sobremuestra "tal cual").4.<strong>1.</strong><strong>1.</strong> Expellers de Lino: Suma de proteína y materia grasa: Mínimo: TREINTA Y DOSPOR CIENTO (32%).4.<strong>1.</strong>2. Harina de extracción y Pellets de Algodón: Proteína: Mínimo: TREINTA Y DOSPOR CIENTO (32%).4.<strong>1.</strong>3. Harina de extracción y Pellets de Girasol: Materia grasa: Máximo: TRES PORCIENTO (3%).


4.<strong>1.</strong>4. Harina de extracción y Pellets de Maní: Materia grasa: Máximo: TRES PORCIENTO (3%).4.2. Para operaciones realizadas en base al contenido de proteína:4.2.<strong>1.</strong> Expellers de Soja: Materia grasa: Máximo NUEVE POR CIENTO (9%).4.2.2. Harina de extracción y Pellets de Girasol: Proteína: Mínimo: TREINTA PORCIENTO (30%).4.2.3. Harina de extracción y Pellets de Maní: Proteína: Mínimo: CUARENTA Y DOSPOR CIENTO (42%).4.2.4. Harina de extracción y Pellets de Soja: Proteína: Mínimo: CUARENTA Y UNOPOR CIENTO (41%) Materia grasa: Máximo TRES POR CIENTO (3%).4.3. Humedad: <strong>Se</strong> fijan los siguientes valores máximos:4.3.<strong>1.</strong> Maní y Lino: ONCE POR CIENTO (11%).4.3.2. Soja y Algodón: TRECE POR CIENTO (13%).4.3.3. Girasol: DOCE POR CIENTO (12%).4.4. Cenizas insolubles en ácido clorhídrico: <strong>Se</strong> fijan los siguientes valores máximos:4.4.<strong>1.</strong> Lino: DOS COMA CINCO POR CIENTO (2,5%).4.4.2. Maní: CINCO POR CIENTO (5%).4.4.3. Algodón, Soja y Girasol: UNO COMA CINCO POR CIENTO (1,5%).4.5. Desmenuzado: <strong>Se</strong> fijan los siguientes valores máximos:4.5.<strong>1.</strong> Expellers de Lino, Maní, Algodón, Soja y Girasol: CINCUENTA POR CIENTO(50%).4.5.2. Pellets de Lino, Maní, Algodón y Girasol: VEINTE POR CIENTO (20%).Pellets de Soja: TREINTA POR CIENTO (30%).4.6. Cuerpos extraños (propios del grano): <strong>Se</strong> fijan los siguientes valores máximos:4.6.<strong>1.</strong> Algodón: UNO COMA CINCO POR CIENTO (1,5%).4.6.2. Lino, Girasol, Soja y Maní: CUATRO POR CIENTO (4%).


4.7. Actividad ureásica:Soja: Máximo CERO COMA TREINTA (0,30 unidades) de pH.4.8. Temperatura: Cuando la temperatura tomada en distintos puntos de la mercaderíaindique la formación de focos de calentamiento, la mercadería será de rechazo.4.9. Insectos y/o arácnidos vivos: Libre.4.10. Cuerpos extraños (impropios del grano): TRES POR CIENTO (3%).4.1<strong>1.</strong> Carbonizado (quemado): Máximo CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5%).4.12. Moho: Libre.4.13. <strong>Se</strong>millas de Datura ferox: Máximo CERO COMA UNO POR CIENTO (0,1 %).4.14. <strong>Se</strong>millas de ricino: Libre.5.- <strong>DE</strong>FINICIONES Y ESPECIFICACIONES:Las determinaciones deberán ajustarse a las normas que a continuación se especifican o acualquier otra que dé resultados equivalentes:5.<strong>1.</strong> Proteína: Es el valor expresado en por ciento al décimo, obtenido en las condicionesdel ensayo. Su determinación se efectuará de la siguiente forma: DOS (2) gramos másmenos CERO COMA CERO CERO UN (0,001) gramo de la muestra molida de manera talque no menos del NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%) de la molienda pase a travésde zaranda con orificios de UN (1) milímetro, se digestan con VEINTICINCO (25)mililitros de ácido sulfúrico concentrado NOVENTA Y OCHO POR CIENTO (98%) yaproximadamente QUINCE (15) gramos de mezcla catalizadora (sulfato de sodioNOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%), óxido mercúrico CINCO POR CIENTO(5%) en DOS (2) etapas, una de calentamiento suave, durante aproximadamente QUINCE(15) minutos y otra de calentamiento intenso durante aproximadamente SESENTA (60)minutos -TREINTA (30) minutos después que el líquido se haya decolorado-.Paralelamente realizar un blanco utilizando UN (1) gramo de sacarosa. <strong>Se</strong> enfría y seagregan TRESCIENTOS (300) mililitros de agua y VEINTICINCO (25) mililitros desolución de sulfuro de sodio al CUATRO POR CIENTO (4%) y aproximadamenteSESENTA (60) mililitros de solución alcalina al CUARENTA POR CIENTO (40%) -densidad: UNO COMA QUINCE (1,15)-, destilándose y recogiendo sobre VEINTICINCO(25) mililitros de solución de ácido sulfúrico CERO COMA CINCO (0,5) N utilizando rojode metilo como indicador. <strong>Se</strong> titula con solución de hidróxido de sodio CERO COMAVEINTICINCO (0,25) N y el valor se expresa como proteína utilizando como factor N x6,25. Las determinaciones se realizarán por duplicado y el promedio resultante no deberádiferir en más de UNO COMA CINCO (1,5%) respecto a los valores parciales obtenidos.


5.2. Grasa: Es el valor expresado en por ciento al décimo obtenido en las condiciones delensayo. Su determinación se efectuará de la siguiente forma: 5g +/- 0,01 g de muestramolida de la misma manera que para la determinación de proteína, se extraen conaproximadamente CINCUENTA (50) mililitros de hexano normal, fracción 62-68º C (usotécnico) en aparato Butt durante TRES (3) horas para lino, girasol, algodón y maní yCINCO (5) horas para soja, con un ritmo de goteo no inferior a CIENTO CINCUENTA(150) gotas por minuto. <strong>Se</strong> evapora luego la mayor parte del solvente, eliminando lasúltimas porciones del mismo en estufa con circulación forzada de aire mantenida a 130º C+/- 3º C durante una hora. Las determinaciones se harán por duplicado. El promedio nodeberá diferir en más de UNO POR CIENTO (1%) respecto a los valores parcialesobtenidos.5.3. Humedad: Es el valor expresado en por ciento al décimo, obtenido en las condicionesdel ensayo. Su determinación se efectuará de la siguiente forma: CINCO (5) gramos +/-CERO COMA CERO UN (0,01) gramo de muestra molida de la misma manera que para ladeterminación de proteína, se lleva en una cápsula previamente tarada a estufa concirculación forzada de aire mantenida a 101º C +/- 1º C durante DOS (2) horas. Lasdeterminaciones se realizarán por duplicado y el promedio o constancia de peso no deberádiferir en más del DOS POR CIENTO (2%) respecto a los valores parciales obtenidos.5.4. Cenizas insolubles en ácido clorhídrico: Es el valor expresado en por ciento aldécimo obtenido en las condiciones del ensayo. Su determinación se efectuará de lasiguiente forma: 5 g +/- 0,001 g de muestra molida de la misma manera que para ladeterminación de proteína, se lleva en una cápsula o crisol de porcelana a una mufla dondela temperatura se elevará gradualmente hasta 600º C +/- 50º C manteniéndose a dichatemperatura hasta la desaparición de partículas carbonosas. Pasar a un vaso de precipitadosel residuo obtenido con DIEZ (10) mililitros de ácido clorhídrico SEIS (6) N y llevar asequedad en baño de agua. Una vez seco humedecer con ácido clorhídrico DOCE (12) N -densidad UNO COMA DIECINUEVE (1,19)-, llevar a sequedad en baño maría y colocar a110º C-115º C durante TREINTA (30) minutos. Tratar el residuo seco con agua enebullición y transferir a un papel filtro de cenizas conocidas. Lavar repetidas veces consolución caliente de ácido clorhídrico al DOS POR CIENTO (2%) hasta que el filtrado déreacción negativa al ión férrico y luego con agua destilada hasta reacción negativa decloruros. Colocar el papel de filtro con el residuo en una cápsula de platino o porcelanapreviamente tarada e introducirla en un mufla mantenida a una temperatura de 1000º C +/-100º C durante una hora, continuando hasta peso constante. Una vez enfriada pesar ycalcular. Las determinaciones se realizarán por duplicado y el promedio no deberá diferiren más del DIEZ POR CIENTO (10%) respecto a los valores parciales obtenidos.5.5. Desmenuzado: Es el valor expresado en por ciento obtenido en las condiciones delensayo. Su determinación se efectuará de la siguiente forma:El ensayo se realizará sobre el total de la muestra; pesar y separar en porciones deaproximadamente DOSCIENTOS (200) gramos y tamizar con desplazamientos circulares(malla de alambre de UNO COMA VEINTICINCO (1,25) milímetros de lado, tamizconstruido según norma IRAM 5607) hasta que la cantidad de material que pase a travésdel tamiz sea prácticamente despreciable. Las cifras analíticas se expresarán en números


enteros eliminando los decimales iguales o menores de CERO COMA CINCO (0,5) oagregando una unidad en sustitución de los decimales mayores de CERO COMA CINCO(0,5).5.6. Actividad ureásica: Es el valor expresado al centésimo de unidad de pH en lascondiciones del ensayo. Su determinación se efectuará de la siguiente forma: 0,200 g +/-0,001 g de muestra molida de manera tal que el CIEN POR CIENTO (100%) de la mismapase por zaranda de orificios circulares de UN (1) milímetro de diámetro (deberán evitarseincrementos de temperatura y la molienda se homogeneizará correctamente) se llevan a untubo de ensayo de VEINTE (20) x CIENTO CINCUENTA (150) milímetros provisto contapón de goma y luego se agregan DIEZ (10) mililitros de solución buffer de urea (seprepara disolviendo QUINCE (15) gramos de urea Q.P.A.G. en QUINIENTOS (500)mililitros de solución buffer de fosfato, agregar CINCO (5) mililitros de tolueno y ajustar elpH a 7). Tapar, mezclar y colocar en baño de agua a 30º C +/- 0,5º C (no invertir el tubodurante el proceso de mezcla). Preparar además un blanco, pesando 0,2 g +/- 0,001 g demuestra molida en un tubo de ensayo igual al descripto más arriba y añadir DIEZ (10)mililitros de solución buffer de fosfato (se prepara disolviendo TRES COMACUATROCIENTOS TRES (3,403) gramos de fosfato de potasio monobásico Q.P.A.G. enaproximadamente CIEN (100) mililitros de agua destilada recientemente preparada,disolviendo aparte CUATRO COMA TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO (4,355)gramos de fosfato de potasio monobásico Q.P.A.G. en aproximadamente CIEN (100)mililitros de agua. Mezclar ambas soluciones y llevar a UN MIL (1000) mililitros; se debeajustar el pH a 7 exactamente. La vida de esta solución es menor de NOVENTA (90) días.Tapar, mezclar y colocar en baño de agua a 30º C +/- 0,5º C. Deberá haber un intervalo deCINCO (5) minutos entre la preparación de la muestra y el blanco. Agitar el contenido decada tubo a intervalos de CINCO (5) minutos. Transcurridos TREINTA (30) minutos sacarel tubo con la muestra y el blanco del baño de agua manteniendo el intervalo de CINCO (5)minutos y transferir el líquido sobrenadante a un vaso de CINCO (5) mililitros. Determinarel valor del pH de dicho líquido exactamente CINCO (5) minutos después de haberloretirado del baño. El pH se determinará en un pH -metro equipado con electrodos de vidrioy calomel y capaz de trabajar con CINCO (5) mililitros de solución: con compensador detemperatura y una sensibilidad de +/- 0,01 unidades de pH o mejor. El pH-metro secalibrará con buffer estandar de valores cercanos al rango dentro del cual se hará ladeterminación. La actividad ureásica será la diferencia de pH, expresada al centésimo entrela muestra y el blanco. Las determinaciones se deberán efectuar por duplicado.Las diferencias entre los valores parciales no deberá ser mayor de CERO COMA CEROCINCO (0,05) unidades de pH.5.7. Ricino: Moler aproximadamente CIEN (100) gramos de muestra en un molino amartillo con un grado de finura tal que el CIEN POR CIENTO (100%) pase a través de unazaranda de CUATRO (4) milímetros de diámetro. Trasvasar a un vaso de precipitados yagregar SEISCIENTOS (600) mililitros de solución de ácido sulfúrico al DIEZ PORCIENTO (10%) y llevar a ebullición QUINCE (15) minutos. Realizar varios lavados conagua y al residuo obtenido agregar CUATROCIENTO (400) mililitros de hidróxido desodio al VEINTITRES POR CIENTO (23%) y llevar a ebullición TRES (3) minutos. Lavarcon agua el residuo hasta decoloración total de las aguas de lavado. Añadir


CUATROCIENTOS (400) mililitros de hipoclorito de sodio DIEZ (10) gramos de cloroactivo por litro- y descansar TREINTA (30) minutos. Lavar varias veces y separar lostrozos que presumiblemente correspondan a cáscara de ricino. Colocar los mismos en papelde filtro y llevar a estufa a 100º C durante TREINTA (30) minutos. Confirmar la presenciade ricino con un microscopio de CINCUENTA (50) aumentos, separar y pesar con unaaproximación de CERO COMA CERO CERO CERO UN (0,0001) gramos.5.8. Fibra: Es el valor expresado en por ciento al décimo obtenido en las condiciones delensayo según Norma IRAM Nº 5587.5.9. Cuerpos extraños propios del grano: <strong>Se</strong> consideran como tales, a los granos, restosvegetales y materias inertes que habitualmente se encuentran como acompañantes de lamateria prima del subproducto. Su determinación se efectuará por microscopía.5.10. Cuerpos extraños impropios del grano: <strong>Se</strong> consideran como tales a toda materia,cuya presencia se determine como no común, tanto por su calidad como por su cantidad enla materia prima del subproducto. Su determinación se efectuará por microscopía.5.1<strong>1.</strong> Método para determinación de cuerpos extraños (microscopía): Realizar unexamen visual previo de VEINTICINCO (25) a CUARENTA (40) gramos de la muestra.Mezclar la muestra cuidadosamente y reducir la misma, mediante cuarteo manual, a DIEZ /QUINCE (10-15) gramos aproximadamente. Desmenuzar en un mortero hasta obtener ungrado de finura tal que todo el material pase a través de una zaranda de DIEZ (10) mesh.Pesar 2 g +/- 0,001 g de muestra, introducir en la probeta y realizar la separación de la partemineral y extracción de materia grasa usando cloroformo o tetracloruro de carbono. Pesarlas fracciones obtenidas. Dejar evaporar el solvente del sobrenadante para tamizarlo con eltamiz de VEINTE (20) mesh. Pesar las DOS (2) fracciones obtenidas y realizar laseparación y análisis cuantitativo de la fracción que quedó sobre el tamiz, pesando con unaprecisión de +/- 0,001 g. Con la fracción restante realizar una estimación por observaciónde TRES (3) a CUATRO (4) campos de la lupa. Para ello se cuentan las partículas bienidentificables de cada uno de los componentes y se calcula el porcentaje presente. Elcontenido de materia extrañas total se expresa en por ciento al décimo.En caso de considerarlo necesario verificar con análisis químicos.6.- MECANICA OPERATIVA PARA EL RECIBO <strong>DE</strong> LA MERCA<strong>DE</strong>RIA:A fin de evaluar la calidad de la mercadería de cada entrega se extraerá una muestrarepresentativa de acuerdo al procedimiento establecido en la <strong>NORMA</strong> XXII (Muestreo engranos) o la que en el futuro la reemplace.Una vez extraída la muestra original representativa del lote se procederá a realizar losanálisis correspondientes.


7.- BONIFICACIONES Y REBAJAS:La compra-venta de subproductos oleaginosos queda sujeta a las siguientes bonificacionesy rebajas.7.<strong>1.</strong> Suma de proteína y grasa: Por un porcentaje menor que la base establecida serebajará por los TRES (3) primeros por cientos a razón del UNO COMA VEINTICINCOPOR CIENTO (1,25%) por cada por ciento o fracción proporcional y los siguientes a razóndel DOS COMA VEINTICINCO POR CIENTO (2,25%) por cada por ciento o fracciónproporcional.Nota: Cuando el contenido de proteína y materia grasa se garantice con un margen, porejemplo CUARENTA Y CUATRO / CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (44/45%), nocorresponderá rebaja si el análisis no resulta estar por debajo del mínimo, pero si fuesemenor que el mínimo garantizado, la rebaja se aplicará partiendo del promedio del margengarantizado.7.2. Proteína: Con excepción de los subproductos de soja se rebajará de igual forma que enel punto 7.<strong>1.</strong>7.3. Proteína: Para los subproductos de soja se bonificará por un porcentaje mayor que labase establecida a razón del UNO COMA VEINTICINCO POR CIENTO (1,25%) por cadapor ciento o fracción proporcional. Por un porcentaje menor que la base establecida serebajará a razón del UNO COMA VEINTICINCO POR CIENTO (1,25%) por cada porciento o fracción proporcional.7.4. Humedad: Por el excedente de la base y hasta la tolerancia de recibo se rebajará arazón del UNO COMA CINCO POR CIENTO (1,5%) por cada por ciento o fracciónproporcional.7.5. Cenizas insolubles en ácido clorhídrico: Por el excedente de la base y hasta latolerancia de recibo, para soja y maní la rebaja será del UNO COMA VEINTICINCO PORCIENTO (1,25%) por cada por ciento o fracción proporcional.Para lino, algodón y girasol la rebaja será del UNO COMA CINCUENTA POR CIENTO(1,50%) por cada por ciento o fracción proporcional.7.6. Desmenuzado:7.6.<strong>1.</strong> Expellers: Por el excedente del TREINTA POR CIENTO (30%) y hasta elCUARENTA POR CIENTO (40%) se rebajará a razón del CERO COMA CIENTOVEINTICINCO POR CIENTO (0,125%) por cada por ciento o fracción proporcional y porarriba del CUARENTA POR CIENTO (40%) y hasta el CINCUENTA POR CIENTO(50%) del CERO COMA CIENTO VEINTICINCO POR CIENTO (0,125%) por cada porciento o fracción proporcional.


7.6.2. Pellets: Para Maní, Lino, Algodón y Girasol por el excedente del DIEZ PORCIENTO (10%) y hasta el VEINTE POR CIENTO (20%) se rebajará a razón del CEROCOMA VEINTICINCO POR CIENTO (0,25%) por cada por ciento o fracciónproporcional.Para Soja por el excedente del VEINTE POR CIENTO (20%) y hasta el TREINTA PORCIENTO (30%) se rebajará a razón del CERO COMA DIEZ POR CIENTO (0,10%) porcada por ciento o fracción proporcional.7.7. Cuerpos extraños: Para valores que exceden las bases establecidas de cuerposextraños propios de cada grano, se rebajará a razón del UNO POR CIENTO (1%) por cadapor ciento o fracción proporcional.Los cuerpos extraños impropios de cada grano, se castigarán del siguiente modo:Desde el UNO POR CIENTO (1%) hasta el TRES POR CIENTO (3%) a razón del UNOPOR CIENTO (1%) por cada por ciento o fracción proporcional.Desde el TRES POR CIENTO (3%) hasta el CINCO POR CIENTO (5%) a razón del UNOCOMA CINCO POR CIENTO (1,5%) por cada por ciento o fracción proporcional.Para valores mayores al CINCO POR CIENTO (5%), el CINCO POR CIENTO (5%) dedescuento fijo más el DOS COMA CINCO POR CIENTO (2,5%) por cada por ciento ofracción proporcional.7.8. <strong>Se</strong>millas de Datura ferox y ricino: Para valores que excedan las toleranciasestablecidas se establecen las siguientes rebajas:Ricino: CINCO POR CIENTO (5%) por presencia, más DOS COMA CINCO PORCIENTO (2,5 %) por cada por ciento o fracción proporcional.Datura ferox: Del CERO COMA UNO POR CIENTO (0,1%) al CERO COMA TRESPOR CIENTO (0,3%) se rebajará a razón del DOS COMA CINCO POR CIENTO (2,5%)por cada por ciento o fracción proporcional. Para valores que superen el CERO COMATRES POR CIENTO (0,3%) se rebajará el CINCO POR CIENTO (5%) fijo, más el DOSCOMA CINCO POR CIENTO (2,5%) por cada por ciento o fracción proporcional.7.9. Actividad ureásica: Por el excedente de CERO COMA VEINTE (0,20) unidades yhasta CERO COMA VEINTICINCO (0,25) unidades se rebajará el UNO POR CIENTO(1%) total; de CERO COMA VEINTISEIS (0,26) unidades y hasta CERO COMATREINTA (0,30) unidades el DOS POR CIENTO (2%).8.- Los subproductos de oleaginosos que excedan las tolerancias establecidas, que acusenolores comercialmente objetables o que por cualquier otra causa presenten una calidadinferior, deberán considerarse fuera de la presente normativa.

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