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Tecsa - Grupo ACS

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F. Grado de Seguimiento de las Recomendaciones de Gobierno Corporativo12. Que dentro de los consejeros externos, la relación entre el número de consejeros dominicales y el deindependientes refleje la proporción existente entre el capital de la sociedad representado por los consejerosdominicales y el resto del capital.Este criterio de proporcionalidad estricta podrá atenuarse, de forma que el peso de los dominicales sea mayorque el que correspondería al porcentaje total de capital que representen:1 ° En sociedades de elevada capitalización en las que sean escasas o nulas las participaciones accionariales quetengan legalmente la consideración de significativas, pero existan accionistas, con paquetes accionariales deelevado valor absoluto.2 ° Cuando se trate de sociedades en las que exista una pluralidad de accionistas representados en el Consejo, yno tengan vínculos entre sí.Ver epígrafes: B.1.3, A.2 y A.3CumpleExpliqueXEntendemos que la distribución de los distintos tipos Consejeros, (ejecutivos, dominicales e independientes), es la adecuadaa las características de la sociedad, de elevada capitalización bursátil y con cuatro accionistas significativos con distinto pesoaccionarial (con participaciones que van desde el 23% al 5%).13. Que el número de consejeros independientes represente al menos un tercio del total de consejeros.Ver epígrafe: B.1.3CumpleExpliqueXEl número de Consejeros independientes es de 5, siendo inferior en 1 al tercio del total del Consejo de Administración.Nos remitimos en este epígrafe a las explicaciones recogidas en los apartados anteriores 9 y 12.14. Que el carácter de cada consejero se explique por el Consejo ante la Junta General de Accionistas que debaefectuar o ratificar su nombramiento, y se confirme o, en su caso, revise anualmente en el Informe Anual de GobiernoCorporativo, previa verificación por la Comisión de Nombramientos. Y que en dicho Informe también se expliquen lasrazones por las cuales se haya nombrado consejeros dominicales a instancia de accionistas cuya participaciónaccionarial sea inferior al 5% del capital; y se expongan las razones por las que no se hubieran atendido, en su caso,peticiones formales de presencia en el Consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial sea igualo superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales.Ver epígrafes: B.1.3 y B.1.4Cumple Cumple parcialmente ExpliqueX15. Que cuando sea escaso o nulo el número de consejeras, el Consejo explique los motivos y las iniciativasadoptadas para corregir tal situación; y que, en particular, la Comisión de Nombramientos vele para que alproveerse nuevas vacantes:Informe Anual 2008 <strong>Grupo</strong> <strong>ACS</strong>62

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