Educación - Vicerrectoría de Docencia - Universidad de Antioquia

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FACULTAD DE EDUCACIÓNCONSEJO DE FACULTADACUERDO 148Abril 1de 2004Por el cual se establece el reglamento interno y de funcionamiento de la Práctica pedagógicaen los programas de Pregrado de la Facultad de Educación de la Universidad de Antioquiaen las modalidades presencial y semipresencial.El Consejo de la Facultad de Educación de la Universidad de Antioquia, en uso de susatribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas por el parágrafo del artículo 13del Acuerdo Superior 124 de septiembre de 1997.CONSIDERANDO:1. Que según la Constitución Política de Colombia la educación es “un derecho de lapersona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso alconocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura” (Art.67).2. Que la ley 30 de 1992 en sus artículos 28, 29, 57 y 120 reconoce la AutonomíaUniversitaria consagrada en la constitución Política de Colombia y el derecho de lasUniversidades a dar y modificar sus estatutos, designar sus autoridades académicas,docentes, científicas y culturales, definir y organizar sus labores formativas, académicas,adoptar el régimen de alumnos y docentes, arbitrar y aplicar sus recursos para elcumplimiento de su misión social y de su función institucional.3. Que el artículo 109 de la Ley 115 de 1994, establece la formación de un educador de lamás alta calidad científica y ética; el desarrollo de la teoría y la práctica pedagógica comoparte fundamental del saber del educador; y, el fortalecimiento de la investigación en elcampo pedagógico y en el saber específico, para los programas de pregrado y postgrado enlos diferentes niveles y formas de prestación del servicio educativo.4. Que el Plan Decenal de Educación de 1996, traza unos lineamientos para la formación yactualización permanente de los docentes, la pertinencia de los programas educativos, y elestímulo del desarrollo científico y tecnológico apoyados en la investigación, y a ésta laconcibe como un componente transversal de la formación del maestro que busca generarproyectos de práctica, y experimentar y aplicar propuestas de intervención pedagógica.5. Que el Acuerdo Superior 1 de 1994 (Estatuto General de la Universidad), define la misión,identidad y filosofía de la Institución, orientadas a los principios de la investigación, la

FACULTAD DE EDUCACIÓNCONSEJO DE FACULTADACUERDO 148Abril 1<strong>de</strong> 2004Por el cual se establece el reglamento interno y <strong>de</strong> funcionamiento <strong>de</strong> la Práctica pedagógicaen los programas <strong>de</strong> Pregrado <strong>de</strong> la Facultad <strong>de</strong> Educación <strong>de</strong> la <strong>Universidad</strong> <strong>de</strong> <strong>Antioquia</strong>en las modalida<strong>de</strong>s presencial y semipresencial.El Consejo <strong>de</strong> la Facultad <strong>de</strong> Educación <strong>de</strong> la <strong>Universidad</strong> <strong>de</strong> <strong>Antioquia</strong>, en uso <strong>de</strong> susatribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas por el parágrafo <strong>de</strong>l artículo 13<strong>de</strong>l Acuerdo Superior 124 <strong>de</strong> septiembre <strong>de</strong> 1997.CONSIDERANDO:1. Que según la Constitución Política <strong>de</strong> Colombia la educación es “un <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> lapersona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso alconocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los <strong>de</strong>más bienes y valores <strong>de</strong> la cultura” (Art.67).2. Que la ley 30 <strong>de</strong> 1992 en sus artículos 28, 29, 57 y 120 reconoce la AutonomíaUniversitaria consagrada en la constitución Política <strong>de</strong> Colombia y el <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> lasUniversida<strong>de</strong>s a dar y modificar sus estatutos, <strong>de</strong>signar sus autorida<strong>de</strong>s académicas,docentes, científicas y culturales, <strong>de</strong>finir y organizar sus labores formativas, académicas,adoptar el régimen <strong>de</strong> alumnos y docentes, arbitrar y aplicar sus recursos para elcumplimiento <strong>de</strong> su misión social y <strong>de</strong> su función institucional.3. Que el artículo 109 <strong>de</strong> la Ley 115 <strong>de</strong> 1994, establece la formación <strong>de</strong> un educador <strong>de</strong> lamás alta calidad científica y ética; el <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> la teoría y la práctica pedagógica comoparte fundamental <strong>de</strong>l saber <strong>de</strong>l educador; y, el fortalecimiento <strong>de</strong> la investigación en elcampo pedagógico y en el saber específico, para los programas <strong>de</strong> pregrado y postgrado enlos diferentes niveles y formas <strong>de</strong> prestación <strong>de</strong>l servicio educativo.4. Que el Plan Decenal <strong>de</strong> Educación <strong>de</strong> 1996, traza unos lineamientos para la formación yactualización permanente <strong>de</strong> los docentes, la pertinencia <strong>de</strong> los programas educativos, y elestímulo <strong>de</strong>l <strong>de</strong>sarrollo científico y tecnológico apoyados en la investigación, y a ésta laconcibe como un componente transversal <strong>de</strong> la formación <strong>de</strong>l maestro que busca generarproyectos <strong>de</strong> práctica, y experimentar y aplicar propuestas <strong>de</strong> intervención pedagógica.5. Que el Acuerdo Superior 1 <strong>de</strong> 1994 (Estatuto General <strong>de</strong> la <strong>Universidad</strong>), <strong>de</strong>fine la misión,i<strong>de</strong>ntidad y filosofía <strong>de</strong> la Institución, orientadas a los principios <strong>de</strong> la investigación, la


2docencia y la extensión. Así mismo plantea como uno <strong>de</strong> los objetivos <strong>de</strong> la <strong>Universidad</strong><strong>de</strong> <strong>Antioquia</strong> <strong>de</strong>sarrollar e implementar métodos pedagógicos que fomenten elrazonamiento, el pensamiento crítico y creativo, y que propicien hábitos <strong>de</strong> disciplina y <strong>de</strong>trabajo productivo.6. Que el Acuerdo Superior 124 <strong>de</strong> 1997, Estatuto Básico <strong>de</strong> Extensión <strong>de</strong> la <strong>Universidad</strong>,inscribe las prácticas académicas como la materialización <strong>de</strong>l compromiso <strong>de</strong> la<strong>Universidad</strong> con la sociedad.7. Que el Consejo Superior mediante el Acuerdo 125 <strong>de</strong> 1997, adoptó las políticas <strong>de</strong>Extensión en la <strong>Universidad</strong> <strong>de</strong> <strong>Antioquia</strong> y consagra la obligatoriedad para las unida<strong>de</strong>sacadémicas, <strong>de</strong> <strong>de</strong>sarrollar programas, proyectos y activida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> extensión <strong>de</strong> naturalezasolidaria.8. La Facultad <strong>de</strong> Educación requiere crear un reglamento <strong>de</strong> Prácticas Académicas(Pedagógicas) que se aplique a todos los programas acreditados acor<strong>de</strong> con las normasconstitucionales, legales, reglamentarias y con los compromisos para con la sociedad comouniversidad pública.9. Que la Práctica pedagógica en la Facultad <strong>de</strong> Educación en su carácter teórico y prácticohace parte <strong>de</strong> la formación <strong>de</strong> maestros (as) y se apoya en la pedagogía como disciplinafundante y en las didácticas específicas.ACUERDA:Aprobar el reglamento interno y <strong>de</strong> funcionamiento <strong>de</strong> la Práctica pedagógica en losprogramas <strong>de</strong> Pregrado <strong>de</strong> la Facultad <strong>de</strong> Educación <strong>de</strong> la <strong>Universidad</strong> <strong>de</strong> <strong>Antioquia</strong> en lasmodalida<strong>de</strong>s presencial y semipresencial.TÍTULO PRIMEROFUNDAMENTOS FILOSÓFICOSCAPÍTULO IMISIÓN DE LA PRÁCTICA PEDAGÓGICAArtículo 1. En concordancia con la misión <strong>de</strong> la <strong>Universidad</strong> y la misión <strong>de</strong> la Facultad <strong>de</strong>Educación, la Práctica pedagógica en la Facultad <strong>de</strong> Educación, tiene como misión contribuira la formación <strong>de</strong> profesionales <strong>de</strong> la pedagogía y <strong>de</strong> la educación, <strong>de</strong> la más alta calidad, cuyoobjeto es la búsqueda, la experimentación, la aplicación, la innovación y el cambio <strong>de</strong> losconocimientos en los campos <strong>de</strong> la pedagogía, los saberes disciplinares específicos y ladidáctica.


3CAPÍTULO IIPRINCIPIOS DE LA PRÁCTICA PEDAGÓGICAArtículo 2. En concordancia con los principios consagrados en el Estatuto Básico <strong>de</strong>Extensión <strong>de</strong> la <strong>Universidad</strong> <strong>de</strong> <strong>Antioquia</strong>, son principios <strong>de</strong> las Práctica pedagógica:Formación. La práctica pedagógica es un espacio <strong>de</strong> formación personal, académica, docente einvestigativa <strong>de</strong> todos los actores involucrados en estos procesos.Cooperación. La práctica pedagógica <strong>de</strong> la Facultad se proyecta social y culturalmente a lasinstituciones educativas o comunitarias <strong>de</strong>l medio local y regional que ofrecen programas eneducación formal, no formal e informal.Producción <strong>de</strong> Saber Pedagógico. La práctica pedagógica es un espacio para la producción <strong>de</strong>saber pedagógico mediante la reflexión y la sistematización <strong>de</strong> las experiencias docentes,didácticas e investigativas.Impacto Académico, Social y Cultural. La práctica pedagógica ofrece servicios a lascomunida<strong>de</strong>s educativas que obe<strong>de</strong>cen a criterios <strong>de</strong> calidad, cobertura, innovación,pertinencia e i<strong>de</strong>ntidad cultural, sobrepasando los límites <strong>de</strong>l aula y <strong>de</strong> la escuela y se proyectaa las comunida<strong>de</strong>s locales, regionales y nacionales.CAPÍTULO IIIOBJETIVOS DE LA PRÁCTICA PEDAGÓGICAArtículo 3. En concordancia con los objetivos <strong>de</strong>l Estatuto Básico <strong>de</strong> Extensión <strong>de</strong> la<strong>Universidad</strong> <strong>de</strong> <strong>Antioquia</strong>, los objetivos <strong>de</strong> la Práctica pedagógica son:a. Dimensionar el papel cultural que <strong>de</strong>ben cumplir los maestros (as) en formación, en losprocesos <strong>de</strong> práctica pedagógica para que con el conocimiento que poseen <strong>de</strong> la educacióny la pedagogía, y teniendo en cuenta los avances teóricos, tecnológicos y científicos,propongan alternativas que redun<strong>de</strong>n en beneficio <strong>de</strong> la calidad <strong>de</strong> las instituciones y poren<strong>de</strong> <strong>de</strong>l sistema educativo colombiano.b. Obtener una a<strong>de</strong>cuada interrelación entre los aspectos teóricos y prácticos <strong>de</strong> los distintoscampos <strong>de</strong> conocimiento articulados al saber pedagógico y didáctico.c. Posicionar al maestro (a) como sujeto <strong>de</strong> saber pedagógico, como enseñante <strong>de</strong> lasciencias, como sujeto <strong>de</strong> <strong>de</strong>seo y como hombre público y en sus relaciones entre elconocimiento por enseñar, la enseñanza, las disciplinas, el saber pedagógico y didáctico, lavida pública y la cultura.d. Fortalecer el rol <strong>de</strong> maestro-investigador en el estudio <strong>de</strong> problemáticas pedagógicas,didácticas o educativas, a través <strong>de</strong>l <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> proyectos <strong>de</strong> investigación, <strong>de</strong>innovación, <strong>de</strong> intervención o <strong>de</strong> apoyo pedagógico y <strong>de</strong> docencia.e. Generar condiciones que posibiliten la profundización en la formación disciplinar <strong>de</strong> losmaestros (as) y a su vez, el replanteamiento <strong>de</strong> concepciones epistemológicas respecto a laciencia y al conocimiento.


4f. Propiciar el <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> competencias disciplinares, pedagógicas, investigativas,comunicativas y actitudinales que posibiliten una sólida formación en investigación yconsoli<strong>de</strong>n al maestro (a) como intelectual <strong>de</strong> la pedagogía con capacidad para integrar ladisciplina específica y pedagógica con la práctica.g. Estimular la producción y divulgación <strong>de</strong>l conocimiento pedagógico, didáctico ydisciplinar como consecuencia <strong>de</strong> las experiencias <strong>de</strong> práctica pedagógica que realizan losmaestros (as) en formación.h. Crear mecanismos <strong>de</strong> interacción entre la Facultad <strong>de</strong> Educación y la comunidad local yregional a través <strong>de</strong> la vinculación <strong>de</strong> los Centros <strong>de</strong> Práctica <strong>de</strong> carácter oficial y privadosy en las modalida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> educación formal, informal y no formal.CAPÍTULO IVCONCEPTO Y DENOMINACIÓNArtículo 4. Las Prácticas Académicas en la Facultad <strong>de</strong> Educación se <strong>de</strong>nominan Prácticapedagógica, <strong>de</strong> acuerdo con su misión, visión y fines.La práctica pedagógica compren<strong>de</strong> la docencia, la investigación y los seminarios <strong>de</strong> práctica.Artículo 5. Para los efectos <strong>de</strong>l presente reglamento se entien<strong>de</strong> por Práctica pedagógica alconjunto <strong>de</strong> relaciones teóricas y prácticas articuladas a las dimensiones pedagógica, didáctica,investigativa y disciplinar. Esta relación, dinámica y compleja, está cruzada por referenteséticos, culturales y políticos, en los cuales se involucra la lógica social, institucional y personalque le permiten al maestro (a) en formación, <strong>de</strong>s<strong>de</strong> una actitud crítica y reflexiva consolidarsecomo un intelectual <strong>de</strong> la pedagogía.Artículo 6: La Práctica es el ejercicio don<strong>de</strong> el maestro (a) en formación, centra la acciónpedagógica en la enseñanza en una institución, en unos niveles educativos, en un grado escolary en un saber por enseñar con los actores que permiten su realización y cuyo propósito esponerlo (a) en contacto con el fenómeno educativo <strong>de</strong>s<strong>de</strong> diferentes teorías, enfoques yorientaciones que convierten la práctica pedagógica en un ejercicio permanente <strong>de</strong> reflexióncrítica.Artículo 7: La Práctica Investigativa compren<strong>de</strong> propuestas <strong>de</strong> innovación, <strong>de</strong> intervencióno <strong>de</strong> apoyo pedagógico, <strong>de</strong> carácter investigativo en la que participa activamente el maestro (a)en formación y cuyo propósito es plantear soluciones a problemas propios <strong>de</strong>l contextopedagógico y educativo, en los niveles preescolar, básica, media y superior, para transformarla realidad. Su carácter es conceptual y aplicado que permite al maestro (a) en formaciónconstruir saber pedagógico.La práctica investigativa tiene su concreción en el proyecto pedagógico, en la investigaciónmonográfica, en la investigación docente y en el trabajo <strong>de</strong> grado.Artículo 8: La práctica pedagógica tiene como componente fundamental la Investigación,<strong>de</strong>finida como el proceso que busca resignificar la experiencia sobre la práctica pedagógicapara construir intencionalmente saber pedagógico y didáctico, diseñar y sistematizar


5experiencias innovadoras en educación, aplicar teorías y generar nuevos campos para ladiversidad metodológica y didáctica.En este contexto, se <strong>de</strong>sarrollan las competencias pedagógicas, actitudinales, comunicativas ycognoscitivas, necesarias para conocer y analizar la realidad, i<strong>de</strong>ntificar y aplicar estrategias<strong>de</strong> indagación sistemática y trabajar colaborativa y solidariamente, cuyo objeto es laformación en investigación <strong>de</strong> los maestros (as) en formación.Artículo 9: Todos los espacios <strong>de</strong> práctica pedagógica están apoyados por un Seminario <strong>de</strong>Práctica. Es <strong>de</strong> carácter obligatorio en todo el proceso y es orientado por el asesor <strong>de</strong> lapráctica pedagógica en cada nivel.El seminario es una actividad para el análisis, la reflexión crítica y la confrontación <strong>de</strong> lasexperiencias inherentes al proceso <strong>de</strong> práctica pedagógica y para la apropiación <strong>de</strong>l proceso <strong>de</strong>investigación.Artículo 10: En los programas presenciales, el seminario <strong>de</strong> práctica tiene una intensidadsemanal en horas teóricas y teórico - prácticas, <strong>de</strong> acuerdo a cada uno <strong>de</strong> los programas <strong>de</strong>Licenciatura. cuatro horas.En los programas semipresenciales, se realizan los seminarios <strong>de</strong> práctica semestrales <strong>de</strong>acuerdo con los criterios <strong>de</strong>finidos por el comité <strong>de</strong> práctica <strong>de</strong> la Facultad.PARÁGRAFO: El comité <strong>de</strong> práctica pedagógica reglamentará sobre el número <strong>de</strong> maestros(as) en formación asignados para los seminarios <strong>de</strong> práctica, <strong>de</strong>pendiendo <strong>de</strong>l tipo <strong>de</strong> práctica.CAPÍTULO VESTRATEGIAS METODOLÓGICAS DE FORMACIÓN EN LA FACULTAD DEEDUCACIÓNCon base en las modalida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>l sistema educativo colombiano establecidas en la Ley 115 <strong>de</strong>1994 o Ley general <strong>de</strong> Educación, la Facultad <strong>de</strong> Educación implementa dos estrategiasmetodológicas en la dinámica <strong>de</strong> sus programas: presencial y semipresencial.Artículo 11. Educación Presencial, como la formación que exige la presencia permanente <strong>de</strong>ldocente y los estudiantes en los escenarios propios <strong>de</strong> la educación formal y no formal. Se<strong>de</strong>sarrolla en espacios y tiempos <strong>de</strong>finidos y se fundamenta en principios <strong>de</strong> relación humana,pedagógica, didáctica y <strong>de</strong> producción <strong>de</strong> saber.Artículo 12. Educación Semipresencial, como la formación que se fundamenta en nuevosestilos <strong>de</strong> relación humana, pedagógica y <strong>de</strong> producción <strong>de</strong> saber al utilizar mediostecnológicos y tutorías para facilitar la enseñanza, el aprendizaje y la evaluación. Es flexible,se adapta a las necesida<strong>de</strong>s y condiciones <strong>de</strong>l estudiante y <strong>de</strong>l medio, para el <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> unaacción pedagógica, con una comprobación rigurosa <strong>de</strong> objetivos y logros.


6PARÁGRAFO: La práctica pedagógica, es un espacio <strong>de</strong> conceptualización, hace parte y se<strong>de</strong>sarrolla como un componente fundamental y obligatorio <strong>de</strong> los planes <strong>de</strong> estudio <strong>de</strong> losprogramas <strong>de</strong> licenciatura en las modalida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> educación presencial y semipresencial.TÍTULO SEGUNDOESTRUCTURA ACADÉMICA DE LA PRÁCTICA PEDAGÓGICACAPÍTULO IPROGRAMAS ACADÉMICOS DE LICENCIATURAArtículo 13. Los programas <strong>de</strong> licenciatura <strong>de</strong> la Facultad <strong>de</strong> Educación en su estructuraacadémica están aprobados por resolución <strong>de</strong>l ICFES y cuyas modificaciones a esta estructuraacadémica se producen mediante acuerdo <strong>de</strong>l Consejo <strong>de</strong> la Facultad <strong>de</strong> Educación, concibenla práctica pedagógica como un núcleo <strong>de</strong> formación académica <strong>de</strong> carácter obligatorio quehace parte <strong>de</strong>l plan <strong>de</strong> estudios <strong>de</strong> cada uno <strong>de</strong> ellos.Artículo 14. Cada uno <strong>de</strong> los programas académicos <strong>de</strong> licenciatura tiene una nominaciónpara la práctica pedagógica y en cada plan <strong>de</strong> estudios aparecen las asignaturas que la integran,los códigos, los créditos y el sistema <strong>de</strong> requisitos que <strong>de</strong>ben ser conocidos y tenidos en cuentapor los estudiantes <strong>de</strong> la Facultad para matricular cada uno <strong>de</strong> los niveles <strong>de</strong> práctica en surespectivo programa <strong>de</strong> licenciatura.Artículo 15. Los espacios <strong>de</strong> práctica pedagógica en los programas académicos <strong>de</strong> licenciaturase <strong>de</strong>scriben a continuación:LICENCIATURA EN EDUCACIÓN ESPECIAL CÓDIGO: 1604ACUERDO CONSEJO DE FACULTAD: 72 DE MARZO 13 DE 2000REGISTRO ICFES: 120143710900500111100ACREDITACIÓN PREVIA: RESOLUCIÓN MEN 2066 <strong>de</strong>l 14 <strong>de</strong> Julio <strong>de</strong> 2000CÓDIGO ASIGNATURAS REQUIS CREDHORASTEOR/TEOR/PRACTNEE 268 Seminario <strong>de</strong> Investigación Formativa y Práctica Pedagógica I. NEE 153, NEE 107 2 0/6NEE 368 Seminario <strong>de</strong> Investigación Formativa y Práctica Pedagógica II NEE 268/ NEE 253 2 0/6NEE 468 Seminario <strong>de</strong> Investigación Formativa y Práctica Pedagógica III NEE 368/ 312/353 4 2/6NEE 568 Seminario <strong>de</strong> Investigación Formativa y Práctica Pedagógica IV NEE 468/404/515 4 2/6NEE 668 Seminario <strong>de</strong> Investigación Formativa y Práctica Pedagógica V NEE 568/515 4 2/6NEE 768 Seminario <strong>de</strong> Investigación Formativa y Práctica Pedagógica VI NEE 668/620 4 2/6NEE 868 Proyecto y práctica Pedagógica I NEE 768 8 4/12NEE 968 Proyecto y práctica Pedagógica II NEE 868 8 4/12NEE 068 Proyecto y práctica Pedagógica III NEE 968 8 4/12


7LICENCIATURA EN PEDAGOGÍA INFANTIL CÓDIGO: 1608ACUERDO CONSEJO DE FACULTAD: Nº 71 DE MARZO 13 DE 2000REGISTRO ICFES : 12014372000500111101ACREDITACIÓN PREVIA: RESOLUCIÓN MEN: 2066 DE 14 <strong>de</strong> Julio <strong>de</strong> 2000.CÓDIGO ASIGNATURAS REQUIS CREDHORASTEOR/TEOR/ PRACTEPN 106 Seminario Taller Integrativo I 4 3/3EPN 206 Seminario Taller Integrativo II EPN 106 4 3/3EPN 306 Seminario Taller Integrativo III EPN 206 4 3/3EPN 406 Seminario Taller Integrativo IV EPN 306 4 2/6EPN 506 Seminario Taller Integrativo V EPN 406 4 2/6EPN 606 Seminario Taller Integrativo VI EPN 506 4 2/6EPN 706 Seminario Taller Integrativo VII EPN 606 4 2/6EPN 806 Proyecto Pedagógico I EPN 706 8 4/12EPN 906 Proyecto Pedagógico II EPN 806 8 4/12EPN 016 Proyecto Pedagógico III EPN 906 8 4/12LICENCIATURA EN EDUCACIÓN BÁSICA CON ÉNFASIS EN CIENCIAS NATURALES Y EDUCACIÓNAMBIENTAL. CÓDIGO 1601ACUERDO CONSEJO DE FACULTAD: Nº 41 DE MARZO 13 DE 2000REGISTRO ICFES: 120143705000500111100ACREDITACIÓN PREVIA – RESOLUCIÓN MEN: 2066 DE 14 DE JULIO DE 2000.CÓDIGO ASIGNATURAS REQUIS CREDHORASTEOR/TEOR/ PRACTEBC 506 Seminario Historia y Epistemología <strong>de</strong> las Ciencias I EBC 302/ 203/401 03 3/0EBC 606 Seminario Historia y Epistemología <strong>de</strong> las Ciencias II EBC 505 03 3/0EBC 607Didáctica <strong>de</strong> las Ciencias IEBC 404 / 401/402-EBC 503/50604 4/0EBC 707 Didáctica <strong>de</strong> las Ciencias II EBC 607 04 4/0EBC 706 Seminario Sociología <strong>de</strong> las Ciencias EBC 606 03 3/0EBC 806 Seminario Lógica <strong>de</strong> las Ciencias EBC 706 03 3/0EBC 808 Proyecto pedagógico I EBC 707 03 1/6EBC 809 Investigación monográfica I EBC 607 03 1/6EBC 908 Proyecto Pedagógico II EBC 808 03 1/6EBC 909 Investigación monográfica II EBC 809 03 1/6EBC 918 Proyecto pedagógico III EBC 908 03 1/6EBC 919 Investigación monográfica III EBC 909 03 1/6LICENCIATURA EN EDUCACIÓN BÁSICA CON ÉNFASIS EN HUMANIDADES, LENGUA CASTELLANACÓDIGO: 1603ACUERDO CONSEJO DE FACULTAD: Nº 53 DE FEBRERO 22 / 2000REGISTRO ICFES: 1201437240000500111100ACREDITACIÓN PREVIA: RESOLUCIÓN MEN: Nº2066 DE 14 DE JULIO DE 2000. (VERSIÓN 02, A PARTIR DELSEMESTRE 2003-1)CÓDIGO ASIGNATURAS REQUISHORASCREDTEOR/TEOR/ PRACTEBL 101 Didáctica <strong>de</strong> la Adquisición <strong>de</strong> Pro. y Lectura y Escritura I 4 3/3EBL201Didáctica <strong>de</strong> la Adquisición <strong>de</strong> Procesos y Lectura y EscrituraIIEBL 101 4 3/3EBL301Didáctica <strong>de</strong> la Adquisición <strong>de</strong> Procesos y Lectura y EscrituraIIIEBL 201 4 3/3EBL 401 Didáctica <strong>de</strong> la Lengua y la Literatura I EBL 301 4 3/3EBL501 Didáctica <strong>de</strong> la Lengua y la Literatura II EBL 401 4 3/3EBL601 Didáctica <strong>de</strong> la Lengua y la Literatura III EBL 501 4 3/3EBL 701 Proyecto Didáctica <strong>de</strong> Investigación CORRE EBL 601 4 3/3EBL 801 Práctica Profesional I EBL 701 4 2/6EBL 901 Práctica Profesional II EBL 801 4 2/6EBL 001 Seminario <strong>de</strong> Trabajo <strong>de</strong> Grado EBL 901 4 4


8LICENCIATURA EN EDUCACIÓN BÁSICA CON ÉNFASIS EN CIENCIAS SOCIALES. CÓDIGO: 1602ACUERDO CONSEJO DE FACULTAD: Nº 47 DE FEBRERO 22 /2000REGISTRO ICFES: 120143723000500111100ACREDITACIÓN PREVIA: RESOLUCIÓN MEN: 2066 DE 14 DE JULIO DE 2000CÓDIGOASIGNATURASHORASREQUIS CRÉDTEOR/TEOR/ PRACTBES 101 Proyecto Didáctico I 04 2/6BES 201 Proyecto Didáctico II BES 101 04 2/6BES 301 Proyecto Didáctico III BES 201 04 2/6BES 401 Proyecto Didáctico IV BES 301 04 2/6BES 501 Proyecto Didáctico V BES 401 04 2/6BES 601 Proyecto Didáctico VI BES 501 04 2/6BES 701 Proyecto Didáctico VII BES 601 04 2/6BES 801 Proyecto Didáctico VIII: Práctica Profesional I BES 701 04 2/ 6BES 901 Proyecto didáctico IX: Práctica Profesional II BES 801 04 2/ 6BES 920 Proyecto Didáctico X: Trabajo <strong>de</strong> Grado BES 901 04 0/12LICENCIATURA EN EDUCACIÓN BÁSICA CON ÉNFASIS EN MATEMÁTICAS CÓDIGO: 1605ACUERDO CONSEJO DE FACULTAD: Nº 59 DE MARZO 13 /2000REGISTRO ICFES 120143725100500111100ACREDITACIÓN PREVIA: RESOLUCIÓN MEN: 2066 DE 14 DE JULIO DE 2000CÓDIGO ASIGNATURAS REQUIS CREDHORASTEOR/TEOR/PRACTEBM 105 Seminario Integrativo I 3 2/2EBM 205 Seminario Integrativo II EBM 105/204 CO; ECT 415 CO 3 2/2EBM 305 Seminario Integrativo III EBM 205; EBM 304 CO 3 2/2EBM 405 Seminario Integrativo IV EBM 305/ 404; CO EBM 403 CO 3 2/2EBM 505 Seminario Integrativo V EBM 405; EBM 504 3 2/2EBM 605 Seminario Integrativo VI EBM 505/604; CO EBI 703 CO 3 2/2EBM 705Seminario Integrativo VII y PrácticaProfesional IEBM 605; EBM 704 CO 6 3/9EBM 805Seminario Integrativo VIII y PrácticaProfesional IIEBM705; EBM 804 CO 7 3/ 12EBM 905Seminario Integrativo IX y PrácticaProfesional IIIEBM 805; EBM 904 CO 7 3/12EBM 005 Seminario Integrativo X y Trabajo <strong>de</strong> Grado EBM 905; EBM 004 CO 7 3/12LICENCIATURA EN MATEMÁTICAS Y FÍSICA CÓDIGO: 1607ACUERDO CONSEJO DE FACULTAD Nº 65 DE MARZO 13 /2000REGISTRO ICFES 120145106210500111100ACREDITACIÓN PREVIA: RESOLUCIÓN MEN 2066 DE 14 DE JULIO DE 2000.CÓDIGO ASIGNATURAS REQUIS CREDHORASTEOR/TEOR/ PRACTEMF 117 Integración Didáctica I 3 2/3EMF 217 Integración Didáctica II CORRE EMF 117 3 2/3EMF 317 Integración Didáctica III EMF 217. EMF 212. EMF 213 3 2/3EMF 417 Integración Didáctica IV ECT 110 Co. EMF 317 3 2/3EMF 517 Integración Didáctica V ECT 415 CORR. EMF 417 4 2/6EMF 617 Integración Didáctica VI EMF 517 – EMF 513 3 2/3EMF 717 Integración Didáctica VII EMF 617 Co. 703. 3 2/3EMF 817 Integración Didáctica VIII EMF 717 6 3/6EMF 917 Integración Didáctica IX EMF 817 Co. EMF 902 6 4/6EMF 957 Integración Didáctica X EMF 917 5 4LICENCIATURA EN BÁSICA CON ÉNFASIS EN HUMANIDADES LENGUA CASTELLANA. SEMIPRESENCIALMEDELLÍN CÓDIGO: 1633ACUERDO CONSEJO DE FACULTAD: No. 56 DEL 13 DE MARZO DE 2000REGISTRO ICFES 120143724000500113100


9ACREDITACIÓN PREVIA: RESOLUCIÓN MEN 2066 DE 14 DE JULIO DE 2000CÓDIGO ASIGNATURAS REQUIS CREDHORASTEOR/TEOR/PRACTEBL 201 Didáctica <strong>de</strong> la Adquisición <strong>de</strong> Procesos y Lectura y Escritura I ECT 110 4 3/3EBL 301 Didáctica <strong>de</strong> la Adquisición <strong>de</strong> Procesos y Lectura y Escritura II EBL 201 4 3/3EBL 401 Didáctica <strong>de</strong> la Adquisición <strong>de</strong> Procesos y Lectura y Escritura III EBL 301 4 3/3EBL 501 Didáctica <strong>de</strong> la Lengua y la Literatura I EBL 401 4 3/3EBL 601 Didáctica <strong>de</strong> la Lengua y la Literatura II EBL 501 4 3/3EBL 701 Didáctica <strong>de</strong> la Lengua y la Literatura III EBL 601 4 3/3EBL 701 Proyecto Didáctico <strong>de</strong> Investigación EBL 701 CO 4 3/3EBL 801 Práctica Profesional I EBL 701 4 2/6EBL 901 Práctica Profesional II EBL 801 4 2/6EBL 001 Seminario <strong>de</strong> Trabajo <strong>de</strong> Grado EBL 901 4 4LICENCIATURA EN EDUCACIÓN BÁSICA CON ÉNFASIS EN CIENCIAS NATURALES Y EDUCACIÓNAMBIENTAL SEMIPRESENCIAL MEDELLÍN CÓDIGO: 1631ACUERDO CONSEJO DE FACULTAD: 44 DEL 13 DE MARZO DE 200REGISTRO ICFES: 120143725000500113100ACREDITACIÓN PREVIA - RESOLUCIÓN MEN 2066 DE 14 DE JULIO DE 2000.CÓDIGO ASIGNATURAS REQUIS CREDHORASTEOR/TEOR/PRACTESN 405 Seminario Historia y Epistemología <strong>de</strong> las Ciencias I ECN 101 03 3/0ESN 456 Seminario Historia y Epistemología <strong>de</strong> las Ciencias II ESN 406 03 3/0ESN 407Didáctica <strong>de</strong> las Ciencias IESN 304 – ESN 301 ESN35204 4/0ESN 457 Didáctica <strong>de</strong> las Ciencias II ESN 407 04 4/0ESN 506 Seminario Sociología <strong>de</strong> las Ciencias ESN 456 03 3/0ESN 508 Proyecto pedagógico I ESN 457. ESN 509 CO 03 1/6EBC 806 Seminario Lógica <strong>de</strong> las Ciencias ESN 706 03 3/0ESN 509 Investigación monográfica I ESN 457 . ESN 508 CO 03 1/6ESN 558 Proyecto Pedagógico II ESN 509 . ESN 558 CO 03 1/6ESN 559 Investigación monográfica II ESN 509 . ESN 558 CO 03 1/6ESN 618 Proyecto pedagógico III ESN 558 ESN 609 CO 03 1/6ESN 609 Investigación monográfica III ESN 559. ESN 608 CO 03 1/6LICENCIATURA EN EDUCACIÓN BÁSICA CON ÉNFASIS EN CIENCIAS SOCIALES SEMIPRESENCIALMEDELLÍN. CÓDIGO: 1632ACUERDO CONSEJO DE FACULTAD: Nº 50 DEL 22 DE FEBRERO DE 2000REGISTRO ICFES: 120143723000500113100ACREDITACIÓN PREVIA: RESOLUCIÓN MEN 2066 DE 14 DE JULIO DE 2000..HORASASIGNATURASCÓDIGOREQUISCRED TEOR/TEOR/PRACTESS 943 Proyecto Didáctico I 04 2/6ESS 944 Proyecto Didáctico II ESS 943 04 2/6ESS 945 Proyecto Didáctico III ESS 944 04 2/6ESS 946 Proyecto Didáctico IV ESS 945 04 2/6ESS 947 Proyecto Didáctico V ESS 946 04 2/6ESS 948 Proyecto Didáctico VI ESS 947 04 2/6ESS 949 Proyecto Didáctico VII ESS 948 04 2/6ESS 950 Proyecto Didáctico VIII: Práctica profesional I ESS 949 04 2/ 6ESS 951 Proyecto Didáctico IX: Práctica Profesional II ESS 950 04 2/ 6ESS 956 Proyecto Didáctico X: Trabajo <strong>de</strong> Grado ESS 951 04 0/12


10LICENCIATURA EN MATEMÁTICAS Y FÍSICA SEMIPRESENCIAL – MEDELLÍN CÓDIGO: 1637ACUERDO CONSEJO DE FACULTAD: No. 68 DEL 13 DE MARZO DE 2000REGISTRO ICFES 120145106210500113100ACREDITACIÓN PREVIA: RESOLUCIÓN MEN 2066 DE 14 DE JULIO DE 2000..CÓDIGO ASIGNATURAS REQUIS CREDHORASTEOR/TEOR/PRACTEMS 150 Integración Didáctica I 3 2/3EMS 200 Integración Didáctica II EMS 150 3 2/3EM2 300 Integración Didáctica III EMS 200 3 2/3EMS 350 Integración Didáctica IV EMS 300 3 2/3EMS 400 Integración Didáctica V EMS 350 4 2/6EMS 450 Integración Didáctica VI EMS 400 3 2/3EMS 500 Integración Didáctica VII EMS 450 CO. EMS 454 3 2/3EMS 550 Integración Didáctica VIII EMS 500 6 3/6EMF 600 Integración Didáctica IX EMS 550 9 3/12EMS 650 Integración Didáctica X EMS 600 CORR EMS 502 5 3/6LICENCIATURA EN EDUCACAIÓN BÁSICA CON ÉNFASIS EN MATEMÁTICAS- SEMIPRESENCIALMEDELLÍN CÓDIGO 1635ACUERDO CONSEJO DE FACULTAD: Nº 62 DE MARZO 13 DE 2000 REGISTRO ICFES120143725100500113100ACREDITACIÓN PREVIA: RESOLUCIÓN MEN 2066 DE 14 DE JULIO DE 2000CÓDIGO ASIGNATURAS REQUIS CREDHORASTEOR/TEOR/PRACTESM 176 Seminario Integrativo I 3 2/2ESM 216Seminario Integrativo IIESM 176 / 177 COESP 352 CO3 2/2ESM 276 Seminario Integrativo III ESM 216. ESM 277 CO 3 2/2ESM 316Seminario Integrativo IVESM 276. ESM 317 COESP 337 CO3 2/2ESM 376 Seminario Integrativo V ESM 316. ESM 377 CO 3 2/2ESM 416Seminario Integrativo VIESM 376. ESM 417 COESI 353 CO3 2/2ESM 516 Seminario Integrativo VII y Práctica Profesional I ESM 416. ESM 517 CO 6 3/9ESM 576 Seminario Integrativo VIII y Práctica Profesional II ESM 516. ESM 577 CO 7 3/12ESM 616 Seminario Integrativo IX y Práctica Profesional III ESM 576. ESM 617 CO 7 3/12ESM 676 Seminario Integrativo X y Trabajo <strong>de</strong> Grado ESM 616. ESM 677 CO 7 3/12PARÁGRAFO 1: Todos los créditos asignados a los espacios <strong>de</strong> práctica pedagógica en cadauno <strong>de</strong> los programas <strong>de</strong> licenciatura correspon<strong>de</strong>n a créditos teórico prácticos y la relación es<strong>de</strong> un crédito por cada tres horas.PARÁGRAFO 2: Los códigos <strong>de</strong> las asignaturas <strong>de</strong> los programas modalidad semipresencial,correspon<strong>de</strong>n a la Regional Me<strong>de</strong>llín. Cada se<strong>de</strong> regional tiene sus propios códigos.CAPÍTULO IIASISTENCIA Y CANCELACIONES DE LOS CURSOS DE PRÁCTICAPEDAGÓGICAArtículo 16. La asistencia a los seminarios <strong>de</strong> práctica y a los centros <strong>de</strong> práctica, esobligatoria. Los días y los horarios <strong>de</strong> práctica serán acordados entre los asesores, maestros


11(as) en formación y centros <strong>de</strong> práctica, sin que ello vulnere los <strong>de</strong>rechos como estudiante <strong>de</strong>la <strong>Universidad</strong>.Artículo 17. La práctica pedagógica que se <strong>de</strong>sarrolla en centros educativos e institucioneseducativas, se acogen a los calendarios escolares propios <strong>de</strong> las instituciones educativasdurante dieciocho (18) y Veinte (20) semanas, por semestre.Artículo 18: Las cancelaciones <strong>de</strong> práctica pedagógica serán objeto <strong>de</strong> estudio <strong>de</strong>l comité <strong>de</strong>práctica, el cual sugerirá al Consejo <strong>de</strong> Facultad la <strong>de</strong>cisión correspondiente según el caso.CAPÍTULO IIIMODALIDADES DE LA PRÁCTICA PEDAGÓGICAArtículo 19. Las modalida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> la práctica pedagógica en la Facultad <strong>de</strong> Educación estánrelacionadas con las categorías <strong>de</strong> asignatura, tiempo, intensida<strong>de</strong>s, requisitos y lugares parasu realización. Los programas <strong>de</strong> la Facultad <strong>de</strong> Educación tienen las siguientes modalida<strong>de</strong>s<strong>de</strong> práctica pedagógica: regular, intensiva y en el lugar <strong>de</strong> trabajo (institución educativa).Artículo 20. La Práctica Pedagógica Regular se ajusta al plan <strong>de</strong> estudios <strong>de</strong> cada uno <strong>de</strong> losprogramas presenciales y semipresenciales <strong>de</strong> la Facultad y se programa, <strong>de</strong> acuerdo con loscalendarios escolares <strong>de</strong> los centros <strong>de</strong> práctica.Los requisitos para acce<strong>de</strong>r a esta modalidad <strong>de</strong> práctica son:a. Cumplimiento <strong>de</strong> los prerrequisitos y correquisitos que exige cada programa.b. Dedicación en tiempo <strong>de</strong> acuerdo a la relación <strong>de</strong> créditos y horas teórico - prácticasestablecidas en cada programa.PARÁGRAFO: Los maestros (as) en formación <strong>de</strong> los programas <strong>de</strong> licenciatura presencialesy semipresenciales, podrán solicitar práctica pedagógica regular en su programa homólogo,previo estudio <strong>de</strong>l comité <strong>de</strong> práctica.Artículo 21. La Práctica Pedagógica Intensiva es la que realizan los maestros (as) enformación <strong>de</strong> los programas presenciales, aumentando la intensidad horaria para darcumplimiento a los objetivos <strong>de</strong> la práctica pedagógica en cada uno <strong>de</strong> los programasacadémicos.Esta práctica se conce<strong>de</strong> en las siguientes situaciones:a. Práctica pedagógica realizadas con comunida<strong>de</strong>s locales, centros e instituciones educativasque <strong>de</strong>man<strong>de</strong>n horarios <strong>de</strong> atención <strong>de</strong> mayor intensidad semanal por parte <strong>de</strong> los maestros(as) en formación.b. Maestros (as) en formación que inician los procesos <strong>de</strong> práctica pedagógica y lainterrumpen por razones excepcionales, como fuerza mayor: enfermedad certificada ocalamidad doméstica.


12PARÁGRAFO: Las solicitu<strong>de</strong>s <strong>de</strong> práctica intensiva serán estudiadas, analizadas y aprobadaspor el comité <strong>de</strong> práctica pedagógica y se recibirán hasta el 30 <strong>de</strong> abril y el 30 septiembre paracada uno <strong>de</strong> los semestres <strong>de</strong> práctica.Artículo 22. La Práctica Pedagógica en el Lugar <strong>de</strong> Trabajo es la que realiza el maestro(a) en formación docente en ejercicio, vinculado con el sector público o privado y conpoblaciones objeto <strong>de</strong> estudio <strong>de</strong>l programa académico, tanto para los programas presencialescomo los semi-presenciales.Los requisitos para acce<strong>de</strong>r a esta modalidad <strong>de</strong> práctica, son:a. Inscribirse en la práctica pedagógica regularb. Certificación <strong>de</strong> vinculación como docente en el sector público o privado, mínimo <strong>de</strong> unaño.c. Aval escrito <strong>de</strong> la instancia académica <strong>de</strong> la institución, don<strong>de</strong> el maestro (a) en formaciónestá vinculado, para la realización <strong>de</strong> la práctica pedagógica.CAPÍTULO IVLA EVALUACIÓN DE LA PRÁCTICA PEDAGÓGICAArtículo 23. La evaluación es un componente fundamental <strong>de</strong> la práctica pedagógica y por sucarácter formativo se relaciona con variables como: formación, enseñanza, aprendizaje,didáctica, investigación formativa, currículo, maestro, alumno, valores, actitu<strong>de</strong>s y propósitos<strong>de</strong> formación.Artículo 24. La evaluación formativa es el conjunto <strong>de</strong> acciones pedagógicas que favoreceny propician la interacción, la comunicación y la participación <strong>de</strong> todos los actores involucradosen la práctica pedagógica para alcanzar la comprensión y cualificación <strong>de</strong> los procesos queson objeto <strong>de</strong> transformación.Es condición esencial en el proceso <strong>de</strong> evaluación formativa, tener en cuenta laautoevaluación, la coevaluación y la heteroevaluación, así como los acuerdos básicos,logrados por consenso, entre los actores involucrados: maestros (as) en formación, asesores,coordinadores y centros <strong>de</strong> práctica.Artículo 25. Evaluación <strong>de</strong>l Maestro (a) en Formación. La evaluación <strong>de</strong>l maestro (a) enformación está a cargo <strong>de</strong>l asesor <strong>de</strong> práctica y es evaluado mediante el seguimiento, el<strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> competencias pedagógicas, disciplinares, cognitivas, comunicativas,investigativas y actitudinales que caracterizan los procesos <strong>de</strong> práctica pedagógica.Las competencias sobre los cuales se realiza la evaluación <strong>de</strong> la práctica pedagógica <strong>de</strong> losmaestros (as) en formación son:a. Pedagógicas, relacionadas con las teorías pedagógicas que contextualizan acciones como:enseñanza, aprendizaje, formación, instrucción, didáctica, maestro (a), alumno (a).


13b. Disciplinares: dan cuenta <strong>de</strong>l saber por enseñar representado en su epistemología,comprensión analítica <strong>de</strong>l proceso <strong>de</strong> construcción <strong>de</strong> la disciplina, relacionesinterdisciplinarias.c. Cognitivas: compren<strong>de</strong>n las capacida<strong>de</strong>s para observar, analizar, sintetizar, procesarinformación, crear, solucionar problemas, monitorear, planificar y evaluar estrategias.d. Comunicativas: representadas en las habilida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> escuchar, hablar, leer y escribircomprensivamente, comunicación <strong>de</strong> los saberes en contextos educativos.e. Investigativas: implican procesos para explorar problemáticas, indagar contextos,reconocer estrategias y, formular, diseñar, ejecutar, sistematizar y socializar proyectos <strong>de</strong>investigación y <strong>de</strong> aula.f. Actitudinales: relacionadas con la responsabilidad, la cooperación, la participación, elcumplimiento, las relaciones <strong>de</strong> civilidad y respeto, la construcción <strong>de</strong> colectivosacadémicos y el trabajo solidario.PARÁGRAFO: La evaluación <strong>de</strong> la práctica pedagógica es un proceso que implica unseguimiento permanente en cada uno <strong>de</strong> los niveles. Este proceso es acordado con losmaestros (as) en formación, con base en los criterios presentados y las activida<strong>de</strong>s, las fechas<strong>de</strong> cumplimiento y los porcentajes asignados para pon<strong>de</strong>rar la nota <strong>de</strong>finitiva (<strong>de</strong> uno a cinco).Artículo 26. La práctica pedagógica, es un curso <strong>de</strong> carácter teórico práctico no habilitable,no validable, no homologable.Artículo 27. Evaluación <strong>de</strong>l Asesor. La evaluación <strong>de</strong>l asesor está a cargo <strong>de</strong>l coordinador <strong>de</strong>práctica pedagógica <strong>de</strong>l programa, cada semestre y es complementada con el informe <strong>de</strong>autoevaluación <strong>de</strong>l asesor y la evaluación <strong>de</strong> los estudiantes, consi<strong>de</strong>rando lo siguientescriterios:a. Aspecto Conceptual, representado por los conocimientos, la claridad, la precisión, lapertinencia, la relación con la propuesta y la dimensión investigativa.b. Aspecto Pedagógico y Didáctico, evi<strong>de</strong>nciado en los objetivos, los contenidos, las formas<strong>de</strong> organización y concertación, las estrategias, los medios <strong>de</strong> enseñanza y las asesorías.c. Relaciones Personales, manifestadas en el respeto, el cumplimiento, el reconocimiento <strong>de</strong>lestudiante como un interlocutor válido, la generación <strong>de</strong> posibilida<strong>de</strong>s para entablarrelaciones, mediadas por el saber y la postura ética.d. Evaluación formativa que vincule la participación, la visión holística y la transformaciónen sus principios <strong>de</strong> autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación.PARÁGRAFO: El comité <strong>de</strong> práctica pedagógica <strong>de</strong>fine el instrumento cualitativo ycuantitativo <strong>de</strong> evaluación para los asesores <strong>de</strong> práctica pedagógica, ajustado a las normasvigentes en la <strong>Universidad</strong>.Artículo 28. Evaluación <strong>de</strong> los Centros <strong>de</strong> Práctica. La evaluación se llevará a cabo por losmaestros (as) en formación, el asesor y el coordinador <strong>de</strong> práctica pedagógica <strong>de</strong>l programa,<strong>de</strong> acuerdo con las funciones propias <strong>de</strong>l centro <strong>de</strong> práctica y los parámetros establecidos en elconvenio <strong>de</strong> cooperación.


14La evaluación <strong>de</strong> los centros <strong>de</strong> práctica se hará en la etapa <strong>de</strong> finalización <strong>de</strong>l convenio y sereportará al comité <strong>de</strong> práctica pedagógica.TÍTULO TERCEROORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVACAPÍTULO IINSTANCIAS ORGANIZATIVASArtículo 29 La estructura organizacional <strong>de</strong> la práctica pedagógica en la Facultad <strong>de</strong>Educación se configura con las siguientes instancias: Comité <strong>de</strong> Práctica pedagógica,Coordinador General <strong>de</strong> Práctica Pedagógica, Coordinador <strong>de</strong> Práctica Pedagógica porPrograma, un Profesor representante <strong>de</strong> los asesores <strong>de</strong> práctica, un estudiante <strong>de</strong> práctica y unrepresentante <strong>de</strong> los Centros <strong>de</strong> Práctica y Cooperadores.CAPÍTULO IICOMITÉ DE PRÁCTICA PEDAGÓGICAArtículo 30. El Comité <strong>de</strong> Práctica Pedagógica. Es un organismo asesor <strong>de</strong>l Comité <strong>de</strong>Currículo y consultor en el or<strong>de</strong>n académico, administrativo y normativo <strong>de</strong> la prácticapedagógica <strong>de</strong> la Facultad <strong>de</strong> Educación. Este comité está integrado por: el CoordinadorGeneral quien lo presi<strong>de</strong>, un Coordinador <strong>de</strong> Práctica Pedagógica por programa, un ProfesorAsesor <strong>de</strong> Cátedra y un Representante Estudiantil <strong>de</strong> práctica, elegidos por un período <strong>de</strong> unaño.Artículo 31. Objetivos <strong>de</strong>l Comité <strong>de</strong> Práctica Pedagógica.a. Orientar los procesos relacionados con la práctica pedagógica en aspectos como:organización, distribución, criterios <strong>de</strong> calidad y <strong>de</strong>sarrollo.b. Velar por el cumplimiento <strong>de</strong> las disposiciones legales que rigen la práctica pedagógica enlos programas <strong>de</strong> licenciatura <strong>de</strong> la Facultad <strong>de</strong> Educación.c. Acompañar a los comités <strong>de</strong> carrera <strong>de</strong> los programas <strong>de</strong> licenciatura en los aspectosacadémicos, administrativos y normativos inherentes a la práctica pedagógica.d. Participar en la resolución <strong>de</strong> los conflictos generados en el transcurso <strong>de</strong> la práctica, entrelas diferentes instancias comprometidas, preservando el <strong>de</strong>recho a la igualdad y al <strong>de</strong>bidoproceso.Artículo 32. Funciones <strong>de</strong>l Comité <strong>de</strong> Práctica Pedagógica.a. Sugerir innovaciones pedagógicas, proponer ajustes y divulgar enfoques y ten<strong>de</strong>ncias <strong>de</strong>las práctica pedagógica, que consulten las necesida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>l medio, la realidad escolar, losobjetivos y el perfil <strong>de</strong> las licenciaturas en educación.


15b. Hacer recomendaciones precisas y puntuales a los comités <strong>de</strong> carrera <strong>de</strong> los programas <strong>de</strong>licenciaturas, con base en las necesida<strong>de</strong>s reales <strong>de</strong> la escuela y la educación, en elcontexto <strong>de</strong> las práctica pedagógica.c. Unificar criterios académicos, administrativos y normativos relacionados con las prácticapedagógica.d. Analizar las propuestas <strong>de</strong> práctica pedagógica presentadas por los coordinadores <strong>de</strong>práctica por programa.e. Establecer los criterios para la selección <strong>de</strong> propuestas <strong>de</strong> práctica pedagógica y tomar<strong>de</strong>cisiones sobre la continuidad, <strong>de</strong> acuerdo con el impacto disciplinar, pedagógico,didáctico y social.f. Programar reuniones con profesores coordinadores <strong>de</strong> programa y coordinadores <strong>de</strong>práctica por programa, para el análisis conjunto <strong>de</strong> los enfoques teóricos y los lineamientos<strong>de</strong> las prácticas pedagógicas.g. Participar en la selección <strong>de</strong> los profesores asesores <strong>de</strong> práctica pedagógica.h. Analizar las propuestas, solicitu<strong>de</strong>s, sugerencias, problemas y dificulta<strong>de</strong>s <strong>de</strong> losestudiantes, profesores asesores, coordinadores y centros <strong>de</strong> práctica.i. Determinar los criterios para la selección <strong>de</strong> los centros <strong>de</strong> práctica, y elegirlos <strong>de</strong> acuerdocon las políticas sobre formación <strong>de</strong> maestros en la Facultad <strong>de</strong> Educación <strong>de</strong> la<strong>Universidad</strong> <strong>de</strong> <strong>Antioquia</strong>.j. Impulsar experiencias <strong>de</strong> práctica pedagógica en el Centro <strong>de</strong> Servicios Pedagógicos paralos diferentes programas <strong>de</strong> licenciatura <strong>de</strong> la Facultad <strong>de</strong> Educación.k. Servir como órgano asesor en la dirección, <strong>de</strong>sarrollo y evaluación <strong>de</strong> los diferentesproyectos e investigaciones presentadas por los asesores <strong>de</strong> los diferentes programas.l. Desarrollar e impulsar activida<strong>de</strong>s académicas e investigativas relacionadas con la prácticapedagógica.m. Divulgar experiencias <strong>de</strong> práctica pedagógica realizadas por los maestros (as) enformación.n. Estudiar los casos <strong>de</strong> estudiantes que ingresan por transferencias o cambios <strong>de</strong> programarelacionados con las práctica pedagógica.o. Autoevaluar en forma constante y crítica su gestión.p. Establecer re<strong>de</strong>s con comités y pares académicos <strong>de</strong> otras universida<strong>de</strong>s o institucionesformadoras <strong>de</strong> maestros.CAPÍTULO IIICOORDINADOR GENERAL DE PRÁCTICA PEDAGÓGICAArtículo 33. El Coordinador General <strong>de</strong> Práctica pedagógica. Es un profesor <strong>de</strong> tiempocompleto <strong>de</strong> planta u ocasional, con título <strong>de</strong> pregrado en educación y estudios <strong>de</strong> posgrado,con experiencia profesional en el campo <strong>de</strong> la pedagogía, <strong>de</strong> la investigación y la prácticapedagógica.Artículo 34. Funciones <strong>de</strong>l Coordinador General <strong>de</strong> Práctica pedagógica.a. Dirigir y coordinar todas las activida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> la práctica pedagógica <strong>de</strong> los programas <strong>de</strong>educación en sus modalida<strong>de</strong>s presencial y semipresencial, <strong>de</strong> acuerdo con las


16disposiciones vigentes sin perjuicio <strong>de</strong> las competencias <strong>de</strong>l comité <strong>de</strong> prácticapedagógica.b. Hacer parte <strong>de</strong>l comité <strong>de</strong> currículo e informar sobre las <strong>de</strong>cisiones <strong>de</strong>l comité <strong>de</strong> prácticapedagógica.c. Diseñar y ejecutar un plan <strong>de</strong> acción anual para la práctica pedagógica en la Facultad <strong>de</strong>Educación.d. Gestionar los Convenios <strong>de</strong> Cooperación entre los Centros <strong>de</strong> Práctica y la Facultad <strong>de</strong>Educación.e. Informar a la instancia respectiva sobre las necesida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> contratación <strong>de</strong> las horascátedra <strong>de</strong> los profesores asesores <strong>de</strong> todos los programas, en lo que respecta al núcleo <strong>de</strong>práctica pedagógica.f. Realizar la inducción general a los coordinadores <strong>de</strong> práctica <strong>de</strong> cada programa.g. Gestionar la consecución <strong>de</strong> los recursos físicos, tecnológicos y humanos que se requierenpara el funcionamiento <strong>de</strong> la práctica pedagógica <strong>de</strong> los programas <strong>de</strong> licenciatura.h. Organizar y vigilar el procedimiento para la elección <strong>de</strong> los representantes estudiantilesante el Comité <strong>de</strong> práctica pedagógica.i. Participar y promover el trabajo colaborativo en las instancias propias <strong>de</strong> la prácticapedagógica.j. Reportar ante el Jefe <strong>de</strong>l Departamento las horas <strong>de</strong> participación <strong>de</strong> los coordinadores oasesores <strong>de</strong> práctica pedagógica en el comité.CAPÍTULO IVCOORDINADOR DE PRÁCTICA PEDAGÓGICA POR PROGRAMAArtículo 35. El Coordinador <strong>de</strong> Práctica Pedagógica por Programa. Es un profesor <strong>de</strong>tiempo completo o medio tiempo <strong>de</strong> planta u ocasional, con título <strong>de</strong> pregrado en educación ytítulo <strong>de</strong> posgrado, con conocimiento y experiencia profesional en el saber pedagógico, en elsaber específico, en la investigación y en la práctica pedagógica y que esté ubicado en lacategoría <strong>de</strong> asistente en el escalafón docente.Artículo 36. Funciones <strong>de</strong>l Coordinador <strong>de</strong> Práctica Pedagógica <strong>de</strong> Programa.a. Preinscribir los maestros (as) en formación en el proceso <strong>de</strong> práctica pedagógica en cadauno <strong>de</strong> los niveles.b. Revisar el cumplimiento <strong>de</strong> los requisitos para la inscripción <strong>de</strong> la práctica pedagógica enlos diferentes niveles.c. Realizar la inducción a los maestros (as) en formación <strong>de</strong>l programa, cuando inician elproceso <strong>de</strong> la práctica pedagógica.d. Presentar ante el comité <strong>de</strong> práctica pedagógica las propuestas <strong>de</strong> innovación, intervencióno apoyo pedagógico para ser <strong>de</strong>sarrolladas en los diferentes momentos <strong>de</strong>l proceso <strong>de</strong> laspráctica pedagógica.e. Proponer las necesida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> asesores <strong>de</strong> práctica pedagógica ante el comité <strong>de</strong> prácticapedagógica.f. Dar inducción a los asesores nuevos, sobre los lineamientos <strong>de</strong> la práctica pedagógica en elrespectivo programa.


17g. Reportar al Coordinador General los listados informativos sobre asesores, niveles <strong>de</strong>práctica, número <strong>de</strong> estudiantes, intensida<strong>de</strong>s horarias, aulas, horarios, centros <strong>de</strong> prácticay matrícula <strong>de</strong> los estudiantes.h. Programar y coordinar reuniones con los asesores <strong>de</strong> práctica pedagógica <strong>de</strong>l programa.i. Asesorar y acompañar a los asesores <strong>de</strong> práctica pedagógica <strong>de</strong>l programa.j. Orientar a los maestros (as) en formación sobre inquietu<strong>de</strong>s relacionadas con la prácticapedagógica.k. Establecer comunicación permanente con los Centros <strong>de</strong> Práctica Pedagógica.l. Participar en la resolución <strong>de</strong> conflictos entre los maestros (as) en formación y lasinstancias relacionadas con las práctica pedagógica.m. Conformar un archivo con las propuestas <strong>de</strong> práctica pedagógica <strong>de</strong>l programa, hojas <strong>de</strong>vida <strong>de</strong> los asesores, informes <strong>de</strong> práctica, reportes <strong>de</strong> notas y otros documentos.n. Participar en las reuniones programadas por el comité <strong>de</strong> práctica pedagógica.o. Velar por el cumplimiento <strong>de</strong> los conductos regulares en los procesos <strong>de</strong> comunicaciónpara la atención <strong>de</strong> situaciones relacionadas con la práctica pedagógica.p. Hacer cumplir las normas que reglamentan la práctica pedagógica <strong>de</strong> la Facultad <strong>de</strong>Educación <strong>de</strong> la <strong>Universidad</strong> <strong>de</strong> <strong>Antioquia</strong> <strong>de</strong>ntro y fuera <strong>de</strong> ella.q. Organizar y sugerir criterios para la evaluación <strong>de</strong> asesores, maestros (as) en formación ycentros <strong>de</strong> práctica.CAPÍTULO VEL ASESOR DE PRÁCTICA PEDAGÓGICAArtículo 37. El Asesor <strong>de</strong> Práctica Pedagógica. Es un profesor <strong>de</strong> cátedra, <strong>de</strong> medio tiempoo <strong>de</strong> tiempo completo <strong>de</strong> planta u ocasional, con título <strong>de</strong> pregrado en educación y título <strong>de</strong>posgrado en educación, con experiencia profesional en educación, en investigación, en elsaber específico, en el saber pedagógico y en práctica pedagógica.Artículo 38. Funciones Generales <strong>de</strong>l Asesor <strong>de</strong> Práctica Pedagógica.a. Sugerir al Comité <strong>de</strong> práctica pedagógica los centros <strong>de</strong> práctica don<strong>de</strong> los maestros (as)en formación podrán realizar la práctica pedagógica.b. Programar y planear los seminarios <strong>de</strong> práctica según las políticas y los criteriosestablecidos por el comité <strong>de</strong> práctica pedagógica y el comité <strong>de</strong> carrera.c. Dejar constancia escrita <strong>de</strong>l proceso <strong>de</strong> evaluación <strong>de</strong> cada estudiante.d. Realizar acompañamiento al maestro (a) en formación en su lugar <strong>de</strong> práctica por lo menostres veces en el semestre.e. Asesorar y orientar al maestro (a) en formación en cada una <strong>de</strong> las funciones y activida<strong>de</strong>spropias <strong>de</strong> la práctica pedagógica.f. Asistir a reuniones programadas por la coordinación general <strong>de</strong> práctica pedagógica, <strong>de</strong>lnúcleo o <strong>de</strong> los centros <strong>de</strong> práctica con administradores y/o cooperadores.g. Formar parte <strong>de</strong> las comisiones <strong>de</strong> trabajo que le sean asignadas.h. Presentar por escrito y sustentar ante el comité <strong>de</strong> carrera o los núcleos respectivos, lapropuesta <strong>de</strong> práctica pedagógica.


18i. Presentar un informe semestral <strong>de</strong> carácter evaluativo sobre la práctica pedagógica y su<strong>de</strong>sempeño en la misma.j. Participar en la elección como representante ante el comité <strong>de</strong> práctica pedagógica.k. Reportar oportunamente las notas correspondientes <strong>de</strong> cada estudiante ajustado a losperíodos académicos.Artículo 39. Funciones <strong>de</strong>l Asesor <strong>de</strong> Práctica Pedagógica en los Centros <strong>de</strong> Práctica.a. Informar al centro <strong>de</strong> práctica sobre los lineamientos académicos, administrativos ynormativos <strong>de</strong> las práctica pedagógica.b. Concertar y organizar con las directivas <strong>de</strong>l centro <strong>de</strong> práctica la inducción <strong>de</strong> los maestros(as) en formación.c. Presentar y ubicar al practicante en el centro <strong>de</strong> práctica seleccionado.d. Coordinar el empalme entre el profesor cooperador y el maestro (a) en formación.e. Servir como intermediario entre los centros <strong>de</strong> práctica y la <strong>Universidad</strong>.f. Conocer el funcionamiento y la organización <strong>de</strong>l centro <strong>de</strong> práctica.g. Dialogar cuando sea necesario, con las directivas, el coordinador académico y elcooperador sobre el <strong>de</strong>sempeño docente <strong>de</strong> los maestros (as) en formación en el centro <strong>de</strong>práctica.h. Realizar un seguimiento evaluativo que permita i<strong>de</strong>ntificar las fortalezas, así como analizarlas situaciones problemáticas <strong>de</strong> los procesos en el centro <strong>de</strong> práctica.Artículo 40. Funciones Adicionales <strong>de</strong>l Asesor <strong>de</strong> Práctica Pedagógica en los ProgramasSemipresenciales.a. Servir como intermediario entre la Facultad <strong>de</strong> Educación y los centros <strong>de</strong> práctica enasuntos académicos relacionados con la práctica pedagógica.b. Participar en el diseño y elaboración <strong>de</strong> la guía y los materiales correspondientes a lapráctica pedagógica, propios <strong>de</strong> los programas semipresenciales.c. Proponer y diseñar materiales multimediales y escritos que sirvan <strong>de</strong> apoyo a la prácticapedagógica.d. Acompañar, <strong>de</strong> manera presencial, al maestro (a) en formación en su centro <strong>de</strong> práctica porlo menos una vez en el semestre.CAPÍTULO VILOS MAESTROS (AS) EN FORMACIÓN DE PRÁCTICA PEDAGÓGICAArtículo 41. Los maestros (as) en Formación <strong>de</strong> Práctica Pedagógica. Son aquellosestudiantes que se encuentran matriculados en un programa académico <strong>de</strong> pregrado eneducación, en las asignaturas correspondientes a la práctica pedagógica, a través <strong>de</strong> la cual sevinculan a los procesos <strong>de</strong> docencia, investigación y extensión en centros <strong>de</strong> práctica.Artículo 42. Derechos. A<strong>de</strong>más <strong>de</strong> los contemplados en el Acuerdo Superior N° 1 <strong>de</strong> 1981,los maestros (as) en formación tienen <strong>de</strong>recho a:


19a. Expresar libremente planteamientos o alternativas <strong>de</strong> cambio en forma oportuna yrespaldada con argumentos lógicos ante las instancias organizativas <strong>de</strong> la práctica.b. Fortalecer su formación pedagógica y en el saber específico que asegure el pleno<strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> su profesión.c. Ser respetado en su integridad y dignidad personal y profesional.d. Participar en las activida<strong>de</strong>s académicas pedagógicas y socioculturales en el centro <strong>de</strong>práctica.e. Recibir orientación y asesoría oportuna.f. Conocer el reglamento <strong>de</strong> las práctica pedagógica.g. Recibir trato igualitario.h. Ser orientado, mediante objetivos y activida<strong>de</strong>s que le permitan una plena i<strong>de</strong>ntificacióncon su profesión.i. Participar en los procesos <strong>de</strong> evaluación, atendiendo a los criterios establecidos en estereglamento.j. Conocer el resultado <strong>de</strong> la evaluación <strong>de</strong> la práctica <strong>de</strong> acuerdo con las normasestablecidas en el reglamento estudiantil, cada vez que se realice.k. Elegir y ser elegido como representante estudiantil ante comité <strong>de</strong> práctica pedagógica .l. Proponer estrategias y acciones <strong>de</strong> mejoramiento, propias <strong>de</strong>l proceso <strong>de</strong> formación.m. Recibir estímulos por la calidad <strong>de</strong> su práctica pedagógica.Artículo 43. Deberes. Son <strong>de</strong>beres <strong>de</strong> los maestros (as) en formación:a. Desempeñar con eficiencia las tareas académicas, administrativas, pedagógicas yculturales que le sean encomendadas, <strong>de</strong> acuerdo a los diferentes niveles <strong>de</strong> la prácticapedagógica.b. Respetar las normas <strong>de</strong> convivencia, los principios y la filosofía presentes en el ProyectoEducativo Institucional (PEI) <strong>de</strong>l Centro <strong>de</strong> práctica.c. Dar un trato cortés y respetuoso a los compañeros, subalternos y superiores.d. Conservar documentos, materiales didácticos, equipos, muebles y bienes que le seanencomendados.e. Facilitar el <strong>de</strong>senvolvimiento <strong>de</strong> las activida<strong>de</strong>s inherentes a su práctica.f. Tener en cuenta las sugerencias y recomendaciones <strong>de</strong> transformación para la formaciónprofesional y personal dadas por el asesor <strong>de</strong> práctica y el maestro cooperador.g. Conservar una presentación personal acor<strong>de</strong> con su labor docente y el lugar <strong>de</strong> práctica.h. Asistir puntualmente al centro <strong>de</strong> práctica los días y horarios acordados entre las partes.i. Guardar sigilo con la información <strong>de</strong> los centros <strong>de</strong> práctica.j. Utilizar los canales <strong>de</strong> comunicación regulares para la solución <strong>de</strong> conflictos a saber:asesor, coordinador, comité <strong>de</strong> práctica pedagógica y Consejo <strong>de</strong> Facultad.Artículo 44. Los Estímulos. La Facultad <strong>de</strong> Educación estimulará los logros académicosalcanzados por los maestros (as) en formación en su proceso <strong>de</strong> práctica pedagógica, conreconocimientos y servicios <strong>de</strong> diversa índole que otorgará a sus estudiantes, <strong>de</strong> acuerdo conlas disposiciones que se establecen en el acuerdo N° 1 <strong>de</strong>l Consejo Superior <strong>de</strong> 1981 y los quela Facultad en particular establezca.


20Artículo 45. El Consejo <strong>de</strong> facultad otorgará por recomendación <strong>de</strong>l Comité <strong>de</strong> prácticapedagógica los siguientes estímulos a los maestros (as) en formación <strong>de</strong> práctica pedagógica:a. Reconocer públicamente las experiencias <strong>de</strong> práctica pedagógica que sobresalen por suimpacto social, educativo y académico en el campo <strong>de</strong> la pedagogía y el saber disciplinar,ante la comunidad académica universitaria, el centro <strong>de</strong> práctica y con copia a la hoja <strong>de</strong>vida <strong>de</strong>l estudiante, según los criterios establecidos por el comité <strong>de</strong> práctica pedagógica.b. Publicar una síntesis <strong>de</strong> las experiencias <strong>de</strong> práctica según los criterios <strong>de</strong> calidad <strong>de</strong>finidospor el comité <strong>de</strong> práctica pedagógica, en publicaciones como: Cua<strong>de</strong>rnos Pedagógicos,Gaceta didáctica, Revista <strong>de</strong> la Facultad o en otros medios <strong>de</strong> divulgación <strong>de</strong>ntro o fuera<strong>de</strong> la <strong>Universidad</strong>.c. Replicar las experiencias <strong>de</strong> práctica pedagógica a las que se les haya otorgadoreconocimiento público, en otros ambientes y contextos sociales y geográficos, según lasnecesida<strong>de</strong>s educativas.d. Conce<strong>de</strong>r una mención honorífica <strong>de</strong> exaltación <strong>de</strong> méritos a los maestros (as) enformación <strong>de</strong>stacados en la práctica pedagógica en el acto <strong>de</strong> graduación.e. Asistir y participar en eventos científicos y pedagógicos para presentar las experiencias <strong>de</strong>práctica pedagógica, siempre y cuando cuenten con el apoyo económico o el avalacadémico <strong>de</strong> la Facultad <strong>de</strong> Educación.CAPÍTULO VIICENTROS DE PRÁCTICAArtículo 46. Los Centros <strong>de</strong> Práctica. Son aquellas Instituciones educativas <strong>de</strong> carácterformal, no formal e informal, oficiales o privadas, <strong>de</strong>l medio local o regional, que por sufilosofía y organización facilitan el <strong>de</strong>sarrollo y la aplicación <strong>de</strong> experiencias pedagógicasinherentes a los propósitos <strong>de</strong> formación <strong>de</strong> cada uno <strong>de</strong> los programas <strong>de</strong> licenciatura <strong>de</strong> laFacultad <strong>de</strong> Educación.Artículo 47. La Facultad <strong>de</strong> Educación a través <strong>de</strong>l Departamento <strong>de</strong> Educación Infantilcuenta, a<strong>de</strong>más <strong>de</strong> los centros <strong>de</strong> práctica, con el Centro <strong>de</strong> Servicios Pedagógicos como uncentro <strong>de</strong> prácticas que sirve <strong>de</strong> apoyo a los programas <strong>de</strong> Educación Especial y PedagogíaInfantil para la atención <strong>de</strong> niños, niñas y jóvenes con y sin discapacidad, a través <strong>de</strong> lavinculación <strong>de</strong> los maestros (as) en formación, y que hace parte <strong>de</strong> los programas <strong>de</strong> extensióna la comunidad.PARÁGRAFO: La práctica pedagógica en el Centro <strong>de</strong> Servicios Pedagógicos dará lugar aun convenio <strong>de</strong> cooperación entre el centro y el programa académico que lo solicite comocentro <strong>de</strong> prácticas, don<strong>de</strong> se acordarán las funciones y compromisos <strong>de</strong> las partes.Artículo 48. Funciones <strong>de</strong> los Centros <strong>de</strong> Práctica.a. Conocer y apoyar la propuesta <strong>de</strong> práctica pedagógica presentada por cada uno <strong>de</strong> losprogramas.


21b. Dar a conocer a la comunidad educativa las propuestas <strong>de</strong> práctica pedagógica que se<strong>de</strong>sarrollarán en el centro, los grados o grupos involucrados y su disponibilidad.c. Propiciar espacios para que el maestro (a) en formación, a través <strong>de</strong> la observaciónparticipante, recoja información sobre el contexto filosófico, social, cultural y académico<strong>de</strong>l centro <strong>de</strong> práctica.d. Facilitar el <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> experiencias pedagógicas y didácticas a través <strong>de</strong>l diseño,ejecución y evaluación <strong>de</strong> propuestas <strong>de</strong> intervención que atiendan las necesida<strong>de</strong>s eintereses <strong>de</strong> la población objeto <strong>de</strong> estudio, por el tiempo <strong>de</strong>terminado en el programa paracada uno <strong>de</strong> estos procesos <strong>de</strong> práctica.e. Posibilitar la participación <strong>de</strong> los maestros (as) en formación en activida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> extensiónque programe la institución.f. Facilitar la planta física e instalaciones <strong>de</strong>l centro, con talento humano, tecnológico ymateriales necesarios para el <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> las práctica pedagógica, <strong>de</strong> acuerdo con susposibilida<strong>de</strong>s.g. Intercambiar experiencias, información y estudios con la Facultad <strong>de</strong> Educación queredun<strong>de</strong>n en el cumplimiento <strong>de</strong> los objetivos propuestos.h. Presentar alternativas <strong>de</strong> solución que eventualmente surjan entre las partes.i. Rendir semestralmente un informe a los asesores <strong>de</strong> práctica y <strong>de</strong> las activida<strong>de</strong>s<strong>de</strong>sarrolladas en la práctica pedagógica.j. Recibir el número <strong>de</strong> maestros (as) en formación, establecido en el convenio <strong>de</strong>cooperación.k. Facilitar el acceso <strong>de</strong> los maestros (as) en formación y asesores <strong>de</strong> la universidad al PEI, alos archivos que posea la institución y a la documentación que se requiera para el buenfuncionamiento <strong>de</strong> la práctica, atendiendo al sigilo profesional, en el manejo <strong>de</strong> lainformación.l. Respetar la autonomía académica y administrativa <strong>de</strong> la <strong>Universidad</strong> y <strong>de</strong> la Facultad <strong>de</strong>Educación.m. Informar oportunamente a la Facultad <strong>de</strong> Educación, a través <strong>de</strong>l asesor, sobre lasdificulta<strong>de</strong>s que se presenten con los maestros (as) en formación.n. Informar oportunamente a la Facultad <strong>de</strong> Educación, a través <strong>de</strong>l asesor, sobre las<strong>de</strong>cisiones administrativas que puedan afectar el <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> las práctica pedagógica.o. Organizar las activida<strong>de</strong>s pedagógicas y curriculares <strong>de</strong> la institución <strong>de</strong> tal forma que nointerfieran con el normal <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> las práctica pedagógica.p. Respetar los acuerdos establecidos en el convenio <strong>de</strong> cooperación.PARÁGRAFO 1: Los compromisos y funciones <strong>de</strong> la <strong>Universidad</strong> y concretamente <strong>de</strong> laFacultad <strong>de</strong> Educación serán explicitados en el convenio <strong>de</strong> cooperación que se firma entre laspartes.PARÁGRAFO 2: Los resultados académicos <strong>de</strong> los proyectos y programas, a<strong>de</strong>lantados entreel Centro <strong>de</strong> Práctica y la Facultad, son <strong>de</strong> propiedad intelectual <strong>de</strong> los maestros (as) enformación y <strong>de</strong> ambas entida<strong>de</strong>s siempre y cuando se <strong>de</strong>muestre la participación y el aporte <strong>de</strong>la institución; y en cualquier publicación así se hará constar.


22CAPÍTULO VIIIEL COOPERADOR DE PRÁCTICA PEDAGÓGICAArtículo 49. El Cooperador. Es un profesor titular <strong>de</strong> grupo o asignatura <strong>de</strong>l Centro <strong>de</strong>Práctica, que por <strong>de</strong>cisión personal o asignación <strong>de</strong> las directivas <strong>de</strong>l centro, acompañará yfacilitará el <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> las experiencias <strong>de</strong> práctica pedagógica <strong>de</strong> los maestros (as) enformación.Artículo 50. Requisitos para ser Cooperador <strong>de</strong> Práctica pedagógica.a. Licenciado en el campo profesional en el cual va a cooperar.b. Profesor <strong>de</strong> tiempo completo y titular <strong>de</strong> la asignatura en la cual va a practicar el maestro(a) en formación.c. Experiencia profesional docente, mínima <strong>de</strong> dos años.Artículo 51. Funciones <strong>de</strong>l Cooperador.a. Analizar con el asesor y el maestro (a) en formación la propuesta <strong>de</strong> práctica que se<strong>de</strong>sarrollará en el centro.b. Observar y analizar el <strong>de</strong>senvolvimiento académico, pedagógico y actitudinal <strong>de</strong>l maestro(a) en formación en las activida<strong>de</strong>s pedagógicas y didácticas que le corresponda<strong>de</strong>sarrollar.c. Orientar los procesos pedagógicos y didácticos <strong>de</strong>l maestro (a) en formación que lepermitan fortalecer su formación como maestro (a) .d. Participar en los procesos <strong>de</strong> evaluación formativa orientados hacia el maestro (a) enformación, a través <strong>de</strong> una pauta <strong>de</strong> evaluación.PARÁGRAFO: El compromiso <strong>de</strong>l profesor cooperador con el maestro (a) en formación ycon los procesos <strong>de</strong> la práctica pedagógica se ajustan a las funciones establecidas en el estatutodocente como profesor <strong>de</strong> tiempo completo <strong>de</strong> una Institución Educativa y aquellas que seanacordadas en el convenio <strong>de</strong> cooperación.TÍTULO CUARTOPROCESOS DISCIPLINARIOS SOBRE LA PRÁCTICA PEDAGÓGICACAPÍTULO ÚNICOPROCESOS DISCIPLINARIOS Y SANCIONESArtículo 52. Principio. Los procesos disciplinarios se aplican a los maestros (as) enformación <strong>de</strong> la Facultad <strong>de</strong> Educación que incurran en faltas señaladas en este reglamento.Tiene por objeto asegurar a la sociedad y las instituciones en convenio, la eficiencia, la ética yla responsabilidad <strong>de</strong> los maestros (as) en formación <strong>de</strong> las funciones inherentes a la prácticapedagógica, bajo el amparo <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos que les correspon<strong>de</strong>n. Se tendrán en cuenta losprincipios <strong>de</strong> imparcialidad, igualdad y equidad en el <strong>de</strong>bido proceso.


23Artículo 53. Clases <strong>de</strong> Sanciones. Los maestros (as) en formación que incurran en faltas lesserán aplicadas sanciones <strong>de</strong> carácter académico y disciplinario.Artículo 54. Sanciones Académicas. Son aquellas que se aplican a los maestros (as) enformación, relacionadas con los <strong>de</strong>beres y funciones académicas, establecidas en estereglamento.Artículo 55. Conductas que dan lugar a sanciones académicas:a. Incumplimiento injustificado <strong>de</strong> los <strong>de</strong>beres que aparecen en este reglamento.b. Engaño comprobado en la información suministrada al asesor <strong>de</strong> práctica pedagógica, sobrelos asuntos a su cargo.c. Negligencia comprobada en el cumplimiento <strong>de</strong> sus funciones, relacionadas con la prácticapedagógica.d. Apropiación in<strong>de</strong>bida <strong>de</strong> la producción intelectual <strong>de</strong> otros.e. Trasgresión <strong>de</strong> los <strong>de</strong>beres que aparecen en el presente reglamento y que no <strong>de</strong>n lugar asanciones disciplinarias.f. Retiro injustificado <strong>de</strong>l proceso <strong>de</strong> práctica pedagógica.Artículo 56: Quienes incurran en conductas que <strong>de</strong>n lugar a sanción académica y <strong>de</strong> acuerdocon el <strong>de</strong>bido proceso, les será afectada su nota parcial o <strong>de</strong>finitiva.Artículo 57. Sanciones Disciplinarias. Son aquellas que se aplican a los maestros (as) enformación, relacionadas con acciones que incurran en causal <strong>de</strong> incumplimiento <strong>de</strong> las normas<strong>de</strong>l presente reglamento.Artículo 58. Conductas que dan lugar a sanciones disciplinarias:a. Recibir remuneración por las activida<strong>de</strong>s propias <strong>de</strong> la práctica pedagógica.b. Realizar funciones que no son <strong>de</strong> su competencia ni le han sido asignadas por el asesor o elcooperador.c. Transgredir los <strong>de</strong>beres que aparecen en el presente reglamento y que no <strong>de</strong>n lugar asanciones académicas.Artículo 59. A los maestros (as) en formación <strong>de</strong> práctica pedagógica que incurran en faltasdisciplinarias, <strong>de</strong> acuerdo con su gravedad, les serán aplicadas las siguientes sanciones (Art.155 <strong>de</strong>l reglamento estudiantil):a. Amonestación privada.b. Amonestación pública.c. Matrícula condicional.d. Inadmisión <strong>de</strong> matrícula.e. Cancelación temporal <strong>de</strong> matrícula.f. Suspensión temporal o <strong>de</strong>finitiva <strong>de</strong>l <strong>de</strong>recho a optar el título.g. Expulsión <strong>de</strong>finitiva <strong>de</strong> la <strong>Universidad</strong>.


24PARÁGRAFO: Las sanciones en la práctica pedagógica se aplicarán en armonía con losprincipios generales <strong>de</strong>l régimen disciplinario, Título IV <strong>de</strong>l Acuerdo N° 1 <strong>de</strong> 1981 <strong>de</strong>lConsejo Superior, reglamento estudiantil, el cual está orientado a prevenir y corregirconductas contrarias a la vida institucional, o sea, aquellas que atentan contra el or<strong>de</strong>nacadémico, la ley, los estatutos y los reglamentos universitarios.TÍTULO QUINTODISPOSICIONES ESPECIALESCAPÍTULO ISERVICIOS PARA LA PRÁCTICA PEDAGÓGICAArtículo 60. Los Servicios. Son los distintos beneficios que la Facultad <strong>de</strong> Educación leofrece a sus maestros (as) en formación <strong>de</strong> práctica pedagógica, con el propósito <strong>de</strong> promoverel <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> sus activida<strong>de</strong>s académicas y pedagógicas. A<strong>de</strong>más <strong>de</strong> los servicios quereglamenta el Acuerdo Superior No 1 <strong>de</strong> 1981 (Titulo cuatro, Capitulo dos: servicios), laFacultad <strong>de</strong> Educación por intermedio <strong>de</strong>l Comité <strong>de</strong> práctica pedagógica, ofrecerá lossiguientes servicios:a. Un centro <strong>de</strong> servicios didácticos y tecnológicos para brindar asistencia en producción <strong>de</strong>medios didácticos y tecnológicos a los maestros (as) en formación y asesores <strong>de</strong> prácticapedagógica, <strong>de</strong> acuerdo con las necesida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> la práctica pedagógica.b. Aulas fijas en la Facultad, con dotación mínima <strong>de</strong> recursos tecnológicos y didácticos, parael <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> los seminarios <strong>de</strong> práctica pedagógica.CAPÍTULO IIPRÁCTICA PEDAGÓGICA PARA LOS EGRESADOS DE LAS ESCUELASNORMALES SUPERIORESArtículo 61. Los maestros (as) egresados <strong>de</strong>l ciclo complementario <strong>de</strong> las Escuelas NormalesSuperiores, en convenio con la Facultad <strong>de</strong> Educación y que continúen con los estudios <strong>de</strong>licenciatura, realizarán su práctica pedagógica en las líneas, los grupos y los proyectos <strong>de</strong>investigación formativa, correspondientes a innovaciones educativas en el campo aplicado <strong>de</strong>la pedagogía, que sean orientados por los asesores <strong>de</strong> práctica bajo las normas expresadas eneste reglamento.CAPÍTULO IIIPRÁCTICA PEDAGÓGICA PARA POBLACIÓN CON DISCAPACIDADArtículo 62. La Facultad <strong>de</strong> Educación y cada uno <strong>de</strong> los programas académicos, permitirán el<strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> experiencias, contenidos y práctica pedagógica relacionadas con la atención


25educativa <strong>de</strong> las personas con limitaciones o con capacida<strong>de</strong>s o talentos excepcionales,explícitamente programadas en sus planes <strong>de</strong> estudio, buscando las estrategias más a<strong>de</strong>cuadaspara su aplicación, como lo establece el Decreto 2082 <strong>de</strong> 1996.CAPÍTULO IVCONVENIOS DE COOPERACIÓNArtículo 62. Los convenios <strong>de</strong> cooperación son acuerdos <strong>de</strong> voluntad entre la universidad <strong>de</strong><strong>Antioquia</strong>, Facultad <strong>de</strong> Educación y un Centro <strong>de</strong> Práctica <strong>de</strong>l sector oficial o privado <strong>de</strong>carácter formal, no formal e informal, motivados por propósitos <strong>de</strong> colaboración en loacadémico, pedagógico, investigativo y profesional.Artículo 63. Los convenios <strong>de</strong> cooperación estarán firmados por el Decano <strong>de</strong> la Facultad <strong>de</strong>Educación o el Coordinador General <strong>de</strong> Práctica pedagógica y el representante legal <strong>de</strong>lCentro <strong>de</strong> Práctica.CAPÍTULO VDISPOSICIÓN FINALArtículo 64. Este reglamento rige para los programas <strong>de</strong> licenciatura <strong>de</strong> la Facultad <strong>de</strong>Educación <strong>de</strong> la <strong>Universidad</strong> <strong>de</strong> <strong>Antioquia</strong>, acreditados por el Consejo Nacional <strong>de</strong>Acreditación en el semestre 2000-01.Lo resuelto en el presente acuerdo se comunica a la Vicerrectoría <strong>de</strong> <strong>Docencia</strong> <strong>de</strong> la<strong>Universidad</strong> y rige a partir <strong>de</strong> su promulgación.Firmado en Me<strong>de</strong>llín, a los 19 días <strong>de</strong>l mes <strong>de</strong> abril <strong>de</strong>l 2004QUEIPO F. TIMANÁ V. JOSÉ RAMIRO GALEANO L.Presi<strong>de</strong>nteSecretario

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