Clasificación de obras audiovisuales - IIN

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Capítulo 5135Guía de contenidosEn el 2000, el Comfer firmó un acuerdo con representantesde los medios de radiodifusión, en el que se buscaba garantizarlos derechos de los niños y, al mismo tiempo, asegurarel respeto a la libertad de expresión. El acuerdo recibió elnombre de Guía de Contenidos y pretende incorporar lasmodificaciones de las leyes realizadas a lo largo de los años ysu reglamentación, así como dejarlas armónicas en relacióncon lo establecido por la Convención de los Derechos de losNiños y la reforma de la Constitución Nacional (1994).Argentina vive, actualmente, un contexto de debatesobre el control de la televisión en busca de la protecciónde la infancia. Según el estudio coordinado por el profesorjubilado de la Universidad Federal de Rio Grande do Sul(UFRGS), Sérgio Capparelli, de modo general las críticasrecaen sobre la calidad de la programación destinada paralos niños y la defensa de una legislación que enfoque loscontenidos educativos en la televisión y que lleve a la disminuciónde la cantidad de escenas de violencia y sexo en laprogramación de las emisoras.Una de las polémicas existentes guarda relación con elcambio entre lo que en la década de 1980 se considerabacomo “no apto para el público infantil” y las transformacionessufridas por la televisión y por la sociedad argentinaa lo largo de esos años. También de acuerdo con el profesorde la UFRGS, se critica el nivel establecido como horariode protección a los niños y a los adolescentes, puesto que elauge de la audiencia infantil va, según los estudios realizados,de las 10:00 p. m. a las 11:00 p. m., y no de las 8:00 a.m. a las 10:00 p. m., conforme establece la legislación.ChileEn Chile, el Consejo Nacional de Televisión es responsablede garantizar el buen funcionamiento de los serviciosde televisión y ejerce la vigilancia y la fiscalizaciónde los contenidos e imágenes que se retransmiten. Esoscontenidos, por ley, deben respetar los valores moralesy culturales chilenos, la dignidad de las personas, laprotección de la familia, el pluralismo, la democracia,la paz, la protección del medio ambiente y la formaciónespiritual e intelectual del niño y de la juventud.Este Consejo, definido como un servicio público autónomo,es descentralizado, compuesto por personalidadesjurídicas y cuenta con patrimonio propio. Lo componen11 integrantes: un consejero indicado por el presidentede la República y otros diez, designados por el presidentede la República y aprobados por el Senado, que deben, ensu conjunto, presentar una composición pluralista.Clasificaciónde Audiovisualesen ChileTodo espectadorMayores de 14 añosMayores de 18 años

136Clasificación de obras audiovisuales: construyendo la ciudadanía en la pequeña pantallaEn cuanto el primer indicado, tiene su mandato aseguradohasta 30 días después de la substitución del presidenteque lo designó, los demás miembros del Consejotienen un mandato de ocho años, y, cada cuatro años, sehace la substitución de la mitad de ellos. El Consejo puedeformar comités asesores en materia de televisión e incorporara su actuación la contribución de representantes delos Ministerios de Educación Pública y de Transportes yTelecomunicaciones, de los concesionarios y operadoresde televisión, de organizaciones de padres, de educadoresy de entidades asociadas a la actividad cultural.Las Normas Generales sobre los Contenidos de lasEmisiones de Televisión en Chile – establecidas en el1993 por el Consejo Nacional de Televisión – disponensobre las prohibiciones de la difusión de programasque se caractericen por presentar “violencia excesiva”,“truculencia”, “pornografía” o “participación de niños yadolescentes en actos considerados ofensivos a la moraly las buenas costumbres”.En el texto, la violencia excesiva se comprende como“el ejercicio de la fuerza o coacción de modo intenso”,especialmente cuando se realiza con el uso de seres vivoso que “inciten a las conductas agresivas”. Se entiende portruculencia “toda conducta ostensivamente cruel o queexalte la crueldad o abuse del sufrimiento, del pánico ydel horror”. Es considerada pornografía la “explotaciónde imágenes sexuales obscenas y degradantes, de comportamientossexuales aberrantes o que inciten a conductasdesviadas y cualquier exposición abusiva o groserade la sexualidad”.Protección de la infanciaFinalmente, la participación de niños y adolescentesen actos considerados ofensivos a la moral y a las buenascostumbres se entiende como la “actuación de menoresde edad en escenas de extrema violencia o crueldado de sexualidad explícita y otras circunstancias queinciten a comportamientos contrarios a la moral y a lasbuenas costumbres”.En las normas especiales sobre los contenidos de lasretransmisiones televisivas, también de 1993, se presentanorientaciones complementarias para garantizarla importancia del interés público. Del conjunto de susdirectrices, destacamos los artículos 1º, 2º, 3º y 4º, porsus contribuciones a la protección de la infancia.Estos establecen que las películas cinematográficasno recomendadas para menores de 18 años por el Consejode Clasificación Cinematográfica solo podrán serexhibidas en el horario comprendido entre las 10:00 p.m. y las 12:00 p. m. Sus patrocinios y tráilers, en caso deque se retransmitan antes de las 10:00 p. m., no podránpresentar imágenes o hacer menciones que puedan serconsideradas inapropiadas para niños y adolescentes.Lo mismo vale para películas que no fueron clasificadas,pero que presenten contenidos inadecuados.Además de eso, aunque los programas sean exhibidosdespués de las 10:00 p. m., tienen que presentar advertenciasal público acerca de la existencia de contenidos inadecuadospara niños y adolescentes. Finalmente, la normaprevé que todo ciudadano puede denunciar el serviciode televisión en caso de que ocurra el incumplimiento de

136<strong>Clasificación</strong> <strong>de</strong> <strong>obras</strong> <strong>audiovisuales</strong>: construyendo la ciudadanía en la pequeña pantallaEn cuanto el primer indicado, tiene su mandato aseguradohasta 30 días <strong>de</strong>spués <strong>de</strong> la substitución <strong>de</strong>l presi<strong>de</strong>nteque lo <strong>de</strong>signó, los <strong>de</strong>más miembros <strong>de</strong>l Consejotienen un mandato <strong>de</strong> ocho años, y, cada cuatro años, sehace la substitución <strong>de</strong> la mitad <strong>de</strong> ellos. El Consejo pue<strong>de</strong>formar comités asesores en materia <strong>de</strong> televisión e incorporara su actuación la contribución <strong>de</strong> representantes <strong>de</strong>los Ministerios <strong>de</strong> Educación Pública y <strong>de</strong> Transportes yTelecomunicaciones, <strong>de</strong> los concesionarios y operadores<strong>de</strong> televisión, <strong>de</strong> organizaciones <strong>de</strong> padres, <strong>de</strong> educadoresy <strong>de</strong> entida<strong>de</strong>s asociadas a la actividad cultural.Las Normas Generales sobre los Contenidos <strong>de</strong> lasEmisiones <strong>de</strong> Televisión en Chile – establecidas en el1993 por el Consejo Nacional <strong>de</strong> Televisión – disponensobre las prohibiciones <strong>de</strong> la difusión <strong>de</strong> programasque se caractericen por presentar “violencia excesiva”,“truculencia”, “pornografía” o “participación <strong>de</strong> niños yadolescentes en actos consi<strong>de</strong>rados ofensivos a la moraly las buenas costumbres”.En el texto, la violencia excesiva se compren<strong>de</strong> como“el ejercicio <strong>de</strong> la fuerza o coacción <strong>de</strong> modo intenso”,especialmente cuando se realiza con el uso <strong>de</strong> seres vivoso que “inciten a las conductas agresivas”. Se entien<strong>de</strong> portruculencia “toda conducta ostensivamente cruel o queexalte la crueldad o abuse <strong>de</strong>l sufrimiento, <strong>de</strong>l pánico y<strong>de</strong>l horror”. Es consi<strong>de</strong>rada pornografía la “explotación<strong>de</strong> imágenes sexuales obscenas y <strong>de</strong>gradantes, <strong>de</strong> comportamientossexuales aberrantes o que inciten a conductas<strong>de</strong>sviadas y cualquier exposición abusiva o grosera<strong>de</strong> la sexualidad”.Protección <strong>de</strong> la infanciaFinalmente, la participación <strong>de</strong> niños y adolescentesen actos consi<strong>de</strong>rados ofensivos a la moral y a las buenascostumbres se entien<strong>de</strong> como la “actuación <strong>de</strong> menores<strong>de</strong> edad en escenas <strong>de</strong> extrema violencia o crueldado <strong>de</strong> sexualidad explícita y otras circunstancias queinciten a comportamientos contrarios a la moral y a lasbuenas costumbres”.En las normas especiales sobre los contenidos <strong>de</strong> lasretransmisiones televisivas, también <strong>de</strong> 1993, se presentanorientaciones complementarias para garantizarla importancia <strong>de</strong>l interés público. Del conjunto <strong>de</strong> susdirectrices, <strong>de</strong>stacamos los artículos 1º, 2º, 3º y 4º, porsus contribuciones a la protección <strong>de</strong> la infancia.Estos establecen que las películas cinematográficasno recomendadas para menores <strong>de</strong> 18 años por el Consejo<strong>de</strong> <strong>Clasificación</strong> Cinematográfica solo podrán serexhibidas en el horario comprendido entre las 10:00 p.m. y las 12:00 p. m. Sus patrocinios y tráilers, en caso <strong>de</strong>que se retransmitan antes <strong>de</strong> las 10:00 p. m., no podránpresentar imágenes o hacer menciones que puedan serconsi<strong>de</strong>radas inapropiadas para niños y adolescentes.Lo mismo vale para películas que no fueron clasificadas,pero que presenten contenidos ina<strong>de</strong>cuados.A<strong>de</strong>más <strong>de</strong> eso, aunque los programas sean exhibidos<strong>de</strong>spués <strong>de</strong> las 10:00 p. m., tienen que presentar advertenciasal público acerca <strong>de</strong> la existencia <strong>de</strong> contenidos ina<strong>de</strong>cuadospara niños y adolescentes. Finalmente, la normaprevé que todo ciudadano pue<strong>de</strong> <strong>de</strong>nunciar el servicio<strong>de</strong> televisión en caso <strong>de</strong> que ocurra el incumplimiento <strong>de</strong>

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