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NUEVO CONCEPTO DE INTERSOBERANÍA Las relaciones ...

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<strong>NUEVO</strong> <strong>CONCEPTO</strong> <strong>DE</strong> INTERSOBERANÍA<strong>Las</strong> <strong>relaciones</strong> internacionales han entrado en una nueva fase, caracterizada porsu globalización, en el sentido de que la magnitud global de los problemas que seenfrenta la humanidad no pueden tener más que una solución también global.El plano bilateral seguirá constituyendo un primer nivel de negociación entre losEstados, y el multilateral, en grado todavía mayor, será el marco utilizado para que lospaíses presenten sus reivindicaciones, intercambien sus puntos de vista y lleguen aarreglos que siempre son una mezcla de compromiso e imposición por parte de los que seencuentran en una posición más fuerte.Sin embargo, la concepción misa de la negociación multilateral deberá serrevisada, y dejar de ser un mecanismo de regateo con un derecho de veto por cadaEstado individual, consecuencia de la soberanía en su concepción actual, para convertirseen un proceso que permita, en un número creciente de casos, decisiones mayoritarias.A esa conclusión llegamos por dos razones: a) Porque los problemas a los que seenfrenta lo humanidad son gravísimos y exigen soluciones que aseguren susupervivencia. b) Porque la fragmentación de autoridad derivada de la actual concepciónde soberanía, impide las soluciones de conjunto, que en muchos casos son las únicasefectivas.Como en otras ocasiones de la historia, y muy particularmente de la historiareciente, el dilema del hombre es esperar a que las fuerzas sociales mismas seencarguen de ir poniendo las soluciones, de acuerdo con las reglas del juego propias dela política de poder, o realizar un planteamiento racional en el que, partiendo del análisisobjetivo de la problemática, se anticipen las soluciones más lógicas.Desde el último punto de vista nos parece inevitable concluir que unatransformación esencial del sistema económico internacional envuelve decisiones de talnaturaleza que no es concebible, al punto en que estamos, sin aceptar que debesimultanearse con la transformación del sistema político internacional; de tal modo que elplanteamiento de un nuevo orden económico internacional es inconcebible sin un nuevoorden político, al que se llegará en forma gradual, mitad por las imposiciones físicas. loanterior lleva a una revisión del concepto de soberanía, dado que habrá que aceptar quemuchas de las decisiones hasta ahora reservadas al Estado en su propio ámbito depoder, interno y externo, deberán ser compartidas, en la medida en que afectan a otrosEstados, que por consiguiente tienen un interés directo en ellas. Podría pensar que setrata de una simple limitación más al concepto de soberanía, tal corno se habían venidopresentando en el pasado, pero en realidad, se trata de un punto de ruptura con laconcepción tradicional de soberanía, y ello por que las limitaciones eran entoncesaceptadas voluntariamente y el mismo acto de autolimitación constituía un acto desoberanía. mientras que en el nuevo enfoque la limitación proviene de circunstanciasobjetivas que se imponen a la voluntad de Estado. No es, por otra parte, una simpleimposición externa, que produzca efectos similares a los que por ejemplo, producía lainstitución del protectorado. En efecto no se trata de que un Estado, o un grupo deEstados restrinja mediante el uso de la amenaza del uso de la fuerza, las facultadessoberanas de un Estado más débil, como ha sucedido en el ámbito de la doctrinaJohnson-Bresniev, para justificar situaciones del tipo de la intervención en la República


Dominicana en 1965 o en Checoslovaquia en 1968. La nueva concepción de laintersoberanía tiene como características que el principio de limitación es reciproco y queademás es de una aplicación universal, sin que ningún país pueda pretender serexcepción.Para los países en vías de desarrollo, muchos de ellos recientementeindependizados, puede resultar irritante la posible interferencia en sus procesos de tomaJe decisiones y en la elección de políticas; pero esa es la contrapartida a que a los paísesdesarrollados se les impongan también cortapisas, por ejemplo obligándolos a limitar 5Uconsumo de bienes escasos, o a disponer en beneficio de los países hambrientos, de losexcedentes de alimentos, que actualmente amontonan mientras mueren de hambremillones de seres humanos.También se podría interferir con las políticas armamentistas de países grandes ypequeños.La aceptación de este principio de la intersoberanía no significa sólo un pasocuantitativo, sino un salto cualitativo, con la transformación radical del concepto desoberanía.La nueva concepción podría servir de justificación para actos de intervención,unilateral o de grupos de Estados; de ahí la insistencia en que su aplicación correspondaexclusivamente a la sociedad internacional organizada, para reflejar a través de ella lavoluntad colectiva y no las ambiciones hegemónicas de algún sector.Por el camino de la intersoberanía podrán los pueblos enfrentarse a las fuerzastransnacionales, que han ido adquiriendo un poder intolerable, debido a la insuficiencia delos Estados nacionales y a su incapacidad para actuar a nivel global.Serian capaces también de prevenir el surgimiento de problemas derivados dedecisiones erróneas por Estados individuales.En fin, podrán proceder a una planificación universal, que en la justicia para todoslos pueblos del mundo lleve a una mas eficaz utilización de los recursos, para garantizarcon ellos la supervivencia de la humanidad.Pero este desarrollo del concepto de intersoberanía, que será clave en elfuncionamiento del nuevo orden económico internacional, requiere que se le inserte en elmarco de un nuevo orden político internacional, en el que se den las debidas garantías,que permitan un equilibrio entre el sometimiento a los intereses universales y el respeto alos legítimos derechos de las sociedades estatales.

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