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El Mundo Indígena 2013.pdf - Fondo Indigena

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AMERICA DEL SUR189y Jujuy frente a la actividad de empresas forestales y mineras que desconocen laposesión tradicional indígena y los derechos al control de sus recursos naturales.Enfrentamientos con terratenientes y sus guardianes privados han provocado muertosindígenas en las provincias de Santiago del Estero y Tucumán, que también registrangraves retrasos en el reconocimiento estatal de las tierras de posesión comunitaria.Nuevas medidas legislativasDurante gran parte del año 2012 el movimiento indígena estuvo concentrado en lareflexión interna y toma de posición respecto de una nueva iniciativa de la presidenciade la república: la incorporación de la propiedad comunitaria indígena en el proyectode unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación.<strong>El</strong> 8 de junio, el Poder Ejecutivo Nacional envió al Senado de la Nación un proyectode reforma de los Códigos, constituyéndose inmediatamente en el Congresouna Comisión especial integrada por representantes de ambas cámaras legislativaspara dictaminar en el plazo de 90 días sobre el contenido de la misma. Cabe resaltarque este documento se elaboró sin consulta con las autoridades de los pueblos ycomunidades; que contiene múltiples restricciones del derecho constitucional a lapropiedad del territorio y al ejercicio de la libre determinación; que desconoce el caráctercolectivo del sujeto indígena y la especial relación que mantienen estos puebloscon la tierra y sus recursos; y que, a pesar de las demandas de las organizacionesindígenas de participar en la Bicameral para expresar sus opiniones al respecto,las mismas no fueron escuchadas en las audiencias públicas celebradas en el Congresode la Nación.<strong>El</strong> proyecto propone incorporar la propiedad comunitaria indígena al texto del CódigoCivil bajo la forma de un nuevo derecho real y establece como titular del dominio alas comunidades indígenas registradas como personas jurídicas de derecho privado. 2Por otro lado, la propuesta de reforma se presenta a meses del futuro vencimientode la ley de Emergencia de la Propiedad Comunitaria Indígena (26.160) aprobadaen 2006, vencida en el año 2010 y prorrogada con el número 26.554 hasta diciembrede 2013. Esta ley, que suspende el desalojo judicial de los territorios ancestrales ydecreta la realización de un relevamiento de los mismos, no se ha respetado en lapráctica; numerosas comunidades han sido ya desalojadas y el relevamiento sólo sellevó a cabo en muy pocas provincias, en parte debido a la resistencia de los gobiernosprovinciales a acatar la ley pero, sobre todo, por la impotencia y pasividad del

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