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El Mundo Indígena 2013.pdf - Fondo Indigena

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170 IWGIA – EL MUNDO INDIGENA – 2013“V. el usufructo de los indios no se sobrepone a los intereses de la política de defensanacional: la instalación de bases, unidades y puestos militares y demás intervencionesmilitares, a la expansión de la red vial y la explotación de energías de cuño estratégico.<strong>El</strong> resguardo de riquezas estratégicas, a criterio de los órganos competentes (Ministeriode Defensa y Consejo de Defensa Nacional), serán implementados independientementede la consulta a las comunidades indígenas involucradas o la Funai”.“VI. la actuación de las Fuerzas Armadas y la Policía Federal en el área indígena, enel ámbito de sus atribuciones, quedará asegurada y se hará independientemente dela consulta a las comunidades indígenas involucradas o la Funai”.“VII. el usufructo de los indios no impide la instalación, por la Unión Federal, deequipos públicos, redes de comunicación, carreteras y vías de transporte, aparte delas construcciones necesarias para la prestación de servicios públicos de la Unión,especialmente los de salud y educación”.“XVII. está vedada la ampliación de la tierra indígena ya demarcada”. “XVIII. los derechos de los indios relacionados a sus tierras son imprescriptibles yson inalienables e inembargables (art. 231,§ 4º, CR/88)”.“XIX. está asegurada la participación de los entes federados en el procedimientoadministrativo de demarcación de tierras indígenas”. Art. 2º Los procedimientos en curso, que estén en desacuerdo con las condicionantesindicadas en el artículo 1, serán revisados en el plazo de ciento veinte días, contandodesde la fecha de la publicación de este Decreto.Art. 3º Los procedimientos finalizados serán revisados y adecuados al presente Decreto.Art. 4º <strong>El</strong> procedimiento relativo al condicionante XVII en lo que se refiere al veto a laampliación de la tierra indígena mediante revisión de la demarcación concluida, no seaplica a los casos de nulidad absoluta.Art. 5º <strong>El</strong> procedimiento relativo al condicionante XIX está fijado por el Decreto delMinisterio de Justicia.

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