James E. Bernard V. - Ministerio Público de Panamá

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Justicia Penal Internacional y Derechos HumanosEl Estatuto del Tribunal Penal Internacional, adoptado por la Comisiónde Derecho Internacional en 1994, empieza a materializarse luego de que elGrupo de Trabajo, reexaminó el proyecto preliminar de estatuto, que se adjuntaal informe de la Comisión sobre la labor del período de sesiones anterior y esenviado al pleno de la Asamblea General de las Naciones Unidas.El proyecto de Estatuto consta de 60 artículos divididos en ocho títulosreferentes a las siguientes materias: título 1, sobre la creación del tribunal; título2, sobre la composición y la administración del tribunal; título 3, sobre la competencia;título 4, sobre la instrucción y el procedimiento penal; título 5, sobre eljuicio oral; título 6, sobre la apelación y la revisión; título 7, sobre la cooperacióninternacional y la asistencia judicial; y el título 8, sobre la ejecución de las penas.Este proyecto, trató de incorparar la experiencia reunida sobre la creacióny establecimiento de una justicia penal internacional, que integrara anteriorespropuestas y que considerara el derecho internacional vigente a través dedistintos tratados, así es notable la influencia que aparece en este proyecto deEstatuto de las disposiciones adoptadas para la creación y régimen del TribunalInternacional para la Antigua Yugoslavia.Los pasos siguientes, luego de la favorable acogida del proyecto de Estatuto,en el pleno de la Asamblea General y de la aprobación de las recomendacionesque presenta la Comisión de Derecho Internacional en su Informe dela labor realizada en el 46º período de sesiones, en el año de 1995, en la Resolución50/46 de 11 de diciembre, decide establecer un “Comité Preparatorio”para el establecimiento de la Corte Penal Internacional, que discutiera los asuntosadministrativos y sustantivos que surgen del proyecto de estatuto preparadopor la Comisión de Derecho Internacional. 79El Comité Preparatorio, conocido por su abreviatura inglesa “Precom”, se79 Cfr. Report of the Preparatory Commitee on the Establishment of an International CriminalCourt. A/Conf. 183/2. April 1998. .64

Justicia Penal Internacional y Derechos Humanosreúne desde el año de 1996 hasta su última sesión de trabajo realizada de marzoa abril de 1998, revisa también el borrador de proyecto y finalmente presenta untexto consolidado de proyecto de estatuto, de mayor extensión que el elaboradopor la Comisión de Derecho Internacional. Este proyecto final se presenta con untotal de 116 artículos.La Asamblea General, en 1996, durante su 52 período de sesiones,decide la convocatoria para la celebración de la Coferencia o Diplomática dePlenipotenciarios, aceptando la propuesta del gobierno italiano, para reunirseen la ciudad de Roma, del 15 de junio al 17 de julio de 1998. Fecha en la quefinalmente queda aprobado el Estatuto para el Establecimiento del Tribunal InternacionalPenal Permanente, con el voto favorable de 120 representantesplenipotenciarios de Estados.En virtud del artículo 125 del Estatuto de Roma, éste quedará abiertopara su firma a todos los Estados, en las oficinas de la Organización de lasNaciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), el 17 de julio de1998. Después de entonces, quedará abierto para su firma en el Ministerio deRelaciones Exteriores de Italia en Roma, hasta el 17 de octubre de 1998, paraser trasladado finalmente a la sede de las Naciones Unidas, en la ciudad deNueva York, en donde permanecerá abierto para su firma hasta el 31 de diciembredel año 2000.El Estatuto de Roma exige el depósito de 60 instrumentos de ratificación,de acuerdo a su artículo 126, para que a partir de entonces, 60 días después dela última ratificación, el primer día del mes siguiente entre en pleno vigor. 80La firma del Estatuto del TPIR, es el primer paso que deben dar los Estadospara quedar obligados por el Estatuto, que para su total efecto vinculanterequiere que los Estados ratifiquen finalmente mediante sus procesos internos elEstatuto.80 Cfr. Rome Statute Signature and Ratification Chart. . (Ver anexo No. 2).65

Justicia Penal Internacional y Derechos Humanosreúne <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el año <strong>de</strong> 1996 hasta su última sesión <strong>de</strong> trabajo realizada <strong>de</strong> marzoa abril <strong>de</strong> 1998, revisa también el borrador <strong>de</strong> proyecto y finalmente presenta untexto consolidado <strong>de</strong> proyecto <strong>de</strong> estatuto, <strong>de</strong> mayor extensión que el elaboradopor la Comisión <strong>de</strong> Derecho Internacional. Este proyecto final se presenta con untotal <strong>de</strong> 116 artículos.La Asamblea General, en 1996, durante su 52 período <strong>de</strong> sesiones,<strong>de</strong>ci<strong>de</strong> la convocatoria para la celebración <strong>de</strong> la Coferencia o Diplomática <strong>de</strong>Plenipotenciarios, aceptando la propuesta <strong>de</strong>l gobierno italiano, para reunirseen la ciudad <strong>de</strong> Roma, <strong>de</strong>l 15 <strong>de</strong> junio al 17 <strong>de</strong> julio <strong>de</strong> 1998. Fecha en la quefinalmente queda aprobado el Estatuto para el Establecimiento <strong>de</strong>l Tribunal InternacionalPenal Permanente, con el voto favorable <strong>de</strong> 120 representantesplenipotenciarios <strong>de</strong> Estados.En virtud <strong>de</strong>l artículo 125 <strong>de</strong>l Estatuto <strong>de</strong> Roma, éste quedará abiertopara su firma a todos los Estados, en las oficinas <strong>de</strong> la Organización <strong>de</strong> lasNaciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), el 17 <strong>de</strong> julio <strong>de</strong>1998. Después <strong>de</strong> entonces, quedará abierto para su firma en el <strong>Ministerio</strong> <strong>de</strong>Relaciones Exteriores <strong>de</strong> Italia en Roma, hasta el 17 <strong>de</strong> octubre <strong>de</strong> 1998, paraser trasladado finalmente a la se<strong>de</strong> <strong>de</strong> las Naciones Unidas, en la ciudad <strong>de</strong>Nueva York, en don<strong>de</strong> permanecerá abierto para su firma hasta el 31 <strong>de</strong> diciembre<strong>de</strong>l año 2000.El Estatuto <strong>de</strong> Roma exige el <strong>de</strong>pósito <strong>de</strong> 60 instrumentos <strong>de</strong> ratificación,<strong>de</strong> acuerdo a su artículo 126, para que a partir <strong>de</strong> entonces, 60 días <strong>de</strong>spués <strong>de</strong>la última ratificación, el primer día <strong>de</strong>l mes siguiente entre en pleno vigor. 80La firma <strong>de</strong>l Estatuto <strong>de</strong>l TPIR, es el primer paso que <strong>de</strong>ben dar los Estadospara quedar obligados por el Estatuto, que para su total efecto vinculanterequiere que los Estados ratifiquen finalmente mediante sus procesos internos elEstatuto.80 Cfr. Rome Statute Signature and Ratification Chart. . (Ver anexo No. 2).65

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