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James E. Bernard V. - Ministerio Público de Panamá

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Justicia Penal Internacional y Derechos Humanos<strong>de</strong>l Tribunal <strong>de</strong> Nuremberg, como diferencia notable se ha señalado que losinicios <strong>de</strong> sus funciones tienen lugar sobre territorios y condiciones en los quelos autores <strong>de</strong> los crímenes señalados aún mantienen el control político. Másaún, <strong>de</strong>s<strong>de</strong> los inicios <strong>de</strong>l conflicto, las negociaciones para poner fin al mismo,impulsadas por representantes <strong>de</strong> las Naciones Unidas, la Unión Europea, losEstados Unidos y la Fe<strong>de</strong>ración Rusa, han requerido encuentros y discusionescon los dirigentes <strong>de</strong> las partes en conflicto, al mismo tiempo que estos eranseñalados como responsables <strong>de</strong> los graves crímenes cometidos. 37En síntesis, las principales características <strong>de</strong>l Tribunal Internacional parala Antigua Yugoslavia, según su propio fundamento jurídico constitutivo, la Resolución808 <strong>de</strong>l Consejo <strong>de</strong> Seguridad, son que éste es un órgano judicialinternacional, colegiado, Ad Hoc, especializado, para juzgar personas físicasno a Estados. 38Competencia Ratione Loci.Ya en el propio texto <strong>de</strong> la Resolución 827 (1993), el Consejo <strong>de</strong> Seguridad<strong>de</strong>stacaría la limitación geográfica <strong>de</strong> la competencia <strong>de</strong>l Tribunal <strong>de</strong>ntro<strong>de</strong>l territorio comprendido por la Antigua Yugoslavia, por lo que el tenor <strong>de</strong>lEstatuto que rige el Tribunal, en su artículo 8, mantiene esta <strong>de</strong>finición.Competencia Ratione Temporis y el Carácter Subsidiario <strong>de</strong>l Tribunal.Otra cuestión importante se presenta al examinar la competencia <strong>de</strong>lTribunal, Ratione Temporis, tomando el 1 <strong>de</strong> enero <strong>de</strong> 1991, como punto <strong>de</strong>partida para el ejercicio <strong>de</strong> la jurisdicción por parte <strong>de</strong>l Tribunal Internacional.Se discute si la posibilidad <strong>de</strong> actuación retroactiva <strong>de</strong> este Tribunal Internacional,creado por un mecanismo excepcional, como órgano subsidiario <strong>de</strong>l Con-37 SHRAGA, Daphna. ZACKLIN, Ralph. The International Criminal Tribunal for the FormerYugoslavia. European Joural of Iternational Law. Law Books in Europe. Vol 5 No. 3. 1994. p. 36138 ODIO BENITO, Elizabeth. Ob. Cit. p. 143.37

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