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James E. Bernard V. - Ministerio Público de Panamá

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Justicia Penal Internacional y Derechos Humanos<strong>de</strong>tención no es la indicada en la solicitud; oc) Que el cumplimiento <strong>de</strong> la solicitud en su forma actual obligare al Estadorequerido a no cumplir una obligación preexistente en virtud <strong>de</strong> un tratadocon otro Estado.Artículo 98. Cooperación con respecto a la renuncia a la inmunidad y consentimientoa la entrega1. La Corte podrá negarse a dar curso a una solicitud <strong>de</strong> entrega o <strong>de</strong> asistenciaen virtud <strong>de</strong> la cual el Estado requerido <strong>de</strong>ba actuar en forma incompatiblecon las obligaciones que le imponga el <strong>de</strong>recho internacional con respectoa la inmunidad <strong>de</strong> un Estado o la inmunidad diplomática <strong>de</strong> una persona oun bien <strong>de</strong> un tercer Estado, salvo que obtenga la cooperación <strong>de</strong> esetercer Estado para la renuncia a la inmunidad.2. La Corte no dará curso a una solicitud <strong>de</strong> entrega en virtud <strong>de</strong> la cual elEstado requerido <strong>de</strong>ba actuar en forma incompatible con las obligacionesque le imponga un acuerdo internacional conforme al cual se requiera elconsentimiento <strong>de</strong>l Estado que envíe para entregar a la Corte a una personasujeta a la jurisdicción <strong>de</strong> ese Estado, a menos que ésta obtenga primerola cooperación <strong>de</strong>l Estado que envíe para que dé su consentimiento a laentrega.Artículo 99. Cumplimiento <strong>de</strong> las solicitu<strong>de</strong>s a que se hace referencia en losartículos 93 y 961. Las solicitu<strong>de</strong>s <strong>de</strong> asistencia se cumplirán <strong>de</strong> conformidad con el procedimientoaplicable en el <strong>de</strong>recho interno <strong>de</strong>l Estado requerido y, salvo si ese<strong>de</strong>recho lo prohíbe, en la forma especificada en la solicitud, incluidos losprocedimientos indicados en ella y la autorización a las personasespecificadas en ella para estar presentes y prestar asistencia en el trámite.2. En el caso <strong>de</strong> una solicitud urgente y cuando la Corte lo pida, los documentoso pruebas incluidos en la respuesta serán transmitidos con urgencia.3. Las respuestas <strong>de</strong>l Estado requerido serán transmitidas en su idioma y261

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