13.07.2015 Views

James E. Bernard V. - Ministerio Público de Panamá

James E. Bernard V. - Ministerio Público de Panamá

James E. Bernard V. - Ministerio Público de Panamá

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Justicia Penal Internacional y Derechos Humanos4. Las <strong>de</strong>liberaciones <strong>de</strong> la Sala <strong>de</strong> Primera Instancia serán secretas.5. El fallo constará por escrito e incluirá una exposición fundada y completa<strong>de</strong> la evaluación <strong>de</strong> las pruebas y las conclusiones. La Sala <strong>de</strong> PrimeraInstancia dictará un fallo. Cuando no haya unanimidad, el fallo <strong>de</strong> la Sala<strong>de</strong> Primera Instancia incluirá las opiniones <strong>de</strong> la mayoría y <strong>de</strong> la minoría.La lectura <strong>de</strong>l fallo o <strong>de</strong> un resumen <strong>de</strong> éste se hará en sesión pública.Artículo 75. Reparación a las víctimas1. La Corte establecerá principios aplicables a la reparación, incluidas la restitución,la in<strong>de</strong>mnización y la rehabilitación, que ha <strong>de</strong> otorgarse a lasvíctimas o a sus causahabientes. Sobre esta base, la Corte, previa solicitudo <strong>de</strong> oficio en circunstancias excepcionales, podrá <strong>de</strong>terminar en su <strong>de</strong>cisiónel alcance y la magnitud <strong>de</strong> los daños, pérdidas o perjuicios causados alas víctimas o a sus causahabientes, indicando los principios en que sefunda.2. La Corte podrá dictar directamente una <strong>de</strong>cisión contra el con<strong>de</strong>nado en laque indique la reparación a<strong>de</strong>cuada que ha <strong>de</strong> otorgarse a las víctimas,incluidas la restitución, la in<strong>de</strong>mnización y la rehabilitación. Cuandoproceda, la Corte podrá or<strong>de</strong>nar que la in<strong>de</strong>mnización otorgada a título <strong>de</strong>reparación se pague por conducto <strong>de</strong>l Fondo Fiduciario previsto en elartículo 79.3. La Corte, antes <strong>de</strong> tomar una <strong>de</strong>cisión con arreglo a este artículo, tendráen cuenta las observaciones formuladas por el con<strong>de</strong>nado, las víctimas,otras personas o Estados que tengan un interés, o las que se formulen ensu nombre.4. Al ejercer sus atribuciones <strong>de</strong> conformidad con el presente artículo, laCorte, una vez que una persona sea <strong>de</strong>clarada culpable <strong>de</strong> un crimen <strong>de</strong>su competencia, podrá <strong>de</strong>terminar si, a fin <strong>de</strong> dar efecto a una <strong>de</strong>cisión238

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!