Memoria y planos - Ayuntamiento de Tres Cantos

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PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN Y DIVISIÓN DE LA PARCELA RU.1 SECTOR AR “NUEVO TRES CANTOS”.TRES CANTOS, MADRID.2. MARCO LEGAL A CONSIDERAR.2.1. ÁMBITO DE ACTUACIÓNEl Plan Especial que se redacta se circunscribe a la totalidad de la Parcela RU.1 del PlanParcial AR Nuevo Tres Cantos, cuya titularidad corresponde en proindiviso a las siguientessociedades:• FCC CONSTRUCCIÓN S.A., con una cuota de participación del 38,0566%.• PROCEPARSA, con una cuota de participación del 38,4553%• PROMOCIONES PRAU S.A., con una cuota de participación del 23,4881%.Todo ello en virtud de la adjudicación realizada en el Proyecto de Reparcelación del Sector ARNuevo Tres Cantos, aprobado por el Ayto. de Tres Cantos el 17 de Mayo de 2.007, ymodificado con posterioridad en escritura de Permuta inscrita en el Registro de la Propiedadde Colmenar Viejo número Uno, el 19 de Marzo de 2.011 con número 1.312.La parcela es de nueva creación, en virtud del mencionado proyecto de Reparcelación y de laexpropiación previa realizada por el Ayuntamiento de Tres Cantos de todas las fincasintegrantes del Expediente de Expropiación AC-315/06, aprobado por la Comisión deUrbanismo de la Comunidad de Madrid con fecha 26 de Septiembre de 2.006.El vigente Plan General de Ordenación Urbana de Tres Cantos fue aprobado por la Comisiónde Urbanismo de Madrid en su sesión de 7 de Mayo de 2.003, acuerdo nº 153/03 (publicadopor resolución de 26 de Mayo de 2.003, de la Secretaría General Técnica de la Consejería deObras Públicas y Urbanismo y Transporte, B.O.C.M. nº 156 de 3 de Julio de 2.003). En elmismo, se delimita un Sector y Área de Reparto del Suelo Urbanizable Sectorizado,denominado AR Nuevo Tres Cantos (Área de Reparto nº 1 del Suelo Urbanizable), con unasuperficie total de 3.292.813m². Las Normas Urbanísticas Pormenorizadas del planeamientodisponen, en el apartado 1.3 del capítulo I del título II Regulación del Suelo Urbanizable, que elsistema de ejecución del sector sea el de expropiación.2.2. ANTECEDENTESLa finca objeto de este Plan Especial está afectad por:• La Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid de 17 de Julio de 2.001.• La Ley 3/2007, de 26 de Julio, de Medidas Urgentes de Modernización del Gobierno yla Administración de la Comunidad de Madrid.• La Ley 8/2007, de 27 de Mayo, de suelo.• El Plan General de Tres Cantos, aprobado por acuerdo de la Comisión de Urbanismode Madrid de fecha 7 de Mayo de 2.003.• El Plan Parcial del Sector y Área de Reparto del Suelo Urbanizable Sectorizadodenominado AR Nuevo Tres Cantos (Tres Cantos Norte, Área de Reparto nº 1 delSuelo Urbanizable), aprobado definitivamente por acuerdo del Pleno Municipal delCOL 16.703Página 3 de 16

PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN Y DIVISIÓN DE LA PARCELA RU.1 SECTOR AR “NUEVO TRES CANTOS”.TRES CANTOS, MADRID.Ayuntamiento de Tres Cantos celebrado, en sesión extraordinaria, el día 16 de Febrerode 2.006.• El Proyecto de Reparcelación del Sector y Área de Reparto del Suelo UrbanizableSectorizado denominado AR Nuevo Tres Cantos (Tres Cantos Norte, Área de Repartonº 1 del Suelo Urbanizable), aprobado definitivamente por acuerdo de la Junta deGobierno Local de Ayuntamiento de Tres Cantos celebrado, en sesión extraordinaria,el día 17 de Mayo de 2.007.• El Proyecto de Urbanización del Sector AR Nuevo Tres Cantos, aprobado por elAyuntamiento de Tres Cantos con fecha 17 de Mayo de 2.007, contando conresolución favorable previa al informe de Evaluación Ambiental de Actividades, defecha 15 de Marzo de 2.007.• El Plan Especial de iniciativa municipal para actualización y mejora de la ordenaciónurbanística en el Municipio de Tres Cantos, aprobado definitivamente por el Pleno delAyuntamiento de Tres Cantos con fecha 25 de Noviembre de 2.010 y publicado en elB.O.C.M. de 13 de Enero de 2.011.2.3. FACULTADES DE UN PLAN ESPECIALComo recoge el Art. 3 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M. de 17de Julio de 2.001), entre los principios rectores de la ordenación urbana se encuentra, entreotros, el de la participación ciudadana en cuanto a los derechos de iniciativa en la formulación,gestión y ejecución de la actividad urbanística. Este derecho es el que se ejerce con estedocumento.La finalidad y el alcance de los Planes Especiales viene definido en los artículos 50, 51 y 52 dela misma Ley 9/2001 del Suelo. Se establece por lo tanto que:“El Plan Especial podrá modificar o mejorar la ordenación pormenorizada previamenteestablecida por cualquier otra figura de planeamiento urbanístico, debiendo justificarsuficientemente en cualquier caso su coherencia con la ordenación estructurante.”El presente Plan Especial mantiene los parámetros urbanísticos establecidos en el vigentePlan Parcial del ámbito para la totalidad de la parcela RU.1 en lo referente a los siguientesparámetros:• Uso, clasificación del suelo y ordenanza de aplicación.• Alineaciones y rasantes exteriores de la actuación al viario público.• Superficie total de suelo de la manzana• Edificabilidad total y usos permitidos asignados a la manzana.• Altura máxima permitida.La propuesta solamente modifica algunos aspectos, distribuyendo la superficie, edificabilidady usos permitidos totales entre las parcelas resultantes, con la adecuación necesaria paracumplir las ordenanzas de las alineaciones, retranqueos y áreas de movimiento de laedificación.COL 16.703Página 4 de 16

PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN Y DIVISIÓN DE LA PARCELA RU.1 SECTOR AR “NUEVO TRES CANTOS”.TRES CANTOS, MADRID.<strong>Ayuntamiento</strong> <strong>de</strong> <strong>Tres</strong> <strong>Cantos</strong> celebrado, en sesión extraordinaria, el día 16 <strong>de</strong> Febrero<strong>de</strong> 2.006.• El Proyecto <strong>de</strong> Reparcelación <strong>de</strong>l Sector y Área <strong>de</strong> Reparto <strong>de</strong>l Suelo UrbanizableSectorizado <strong>de</strong>nominado AR Nuevo <strong>Tres</strong> <strong>Cantos</strong> (<strong>Tres</strong> <strong>Cantos</strong> Norte, Área <strong>de</strong> Repartonº 1 <strong>de</strong>l Suelo Urbanizable), aprobado <strong>de</strong>finitivamente por acuerdo <strong>de</strong> la Junta <strong>de</strong>Gobierno Local <strong>de</strong> <strong>Ayuntamiento</strong> <strong>de</strong> <strong>Tres</strong> <strong>Cantos</strong> celebrado, en sesión extraordinaria,el día 17 <strong>de</strong> Mayo <strong>de</strong> 2.007.• El Proyecto <strong>de</strong> Urbanización <strong>de</strong>l Sector AR Nuevo <strong>Tres</strong> <strong>Cantos</strong>, aprobado por el<strong>Ayuntamiento</strong> <strong>de</strong> <strong>Tres</strong> <strong>Cantos</strong> con fecha 17 <strong>de</strong> Mayo <strong>de</strong> 2.007, contando conresolución favorable previa al informe <strong>de</strong> Evaluación Ambiental <strong>de</strong> Activida<strong>de</strong>s, <strong>de</strong>fecha 15 <strong>de</strong> Marzo <strong>de</strong> 2.007.• El Plan Especial <strong>de</strong> iniciativa municipal para actualización y mejora <strong>de</strong> la or<strong>de</strong>naciónurbanística en el Municipio <strong>de</strong> <strong>Tres</strong> <strong>Cantos</strong>, aprobado <strong>de</strong>finitivamente por el Pleno <strong>de</strong>l<strong>Ayuntamiento</strong> <strong>de</strong> <strong>Tres</strong> <strong>Cantos</strong> con fecha 25 <strong>de</strong> Noviembre <strong>de</strong> 2.010 y publicado en elB.O.C.M. <strong>de</strong> 13 <strong>de</strong> Enero <strong>de</strong> 2.011.2.3. FACULTADES DE UN PLAN ESPECIALComo recoge el Art. 3 <strong>de</strong> la Ley 9/2001 <strong>de</strong>l Suelo <strong>de</strong> la Comunidad <strong>de</strong> Madrid (B.O.C.M. <strong>de</strong> 17<strong>de</strong> Julio <strong>de</strong> 2.001), entre los principios rectores <strong>de</strong> la or<strong>de</strong>nación urbana se encuentra, entreotros, el <strong>de</strong> la participación ciudadana en cuanto a los <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> iniciativa en la formulación,gestión y ejecución <strong>de</strong> la actividad urbanística. Este <strong>de</strong>recho es el que se ejerce con estedocumento.La finalidad y el alcance <strong>de</strong> los Planes Especiales viene <strong>de</strong>finido en los artículos 50, 51 y 52 <strong>de</strong>la misma Ley 9/2001 <strong>de</strong>l Suelo. Se establece por lo tanto que:“El Plan Especial podrá modificar o mejorar la or<strong>de</strong>nación pormenorizada previamenteestablecida por cualquier otra figura <strong>de</strong> planeamiento urbanístico, <strong>de</strong>biendo justificarsuficientemente en cualquier caso su coherencia con la or<strong>de</strong>nación estructurante.”El presente Plan Especial mantiene los parámetros urbanísticos establecidos en el vigentePlan Parcial <strong>de</strong>l ámbito para la totalidad <strong>de</strong> la parcela RU.1 en lo referente a los siguientesparámetros:• Uso, clasificación <strong>de</strong>l suelo y or<strong>de</strong>nanza <strong>de</strong> aplicación.• Alineaciones y rasantes exteriores <strong>de</strong> la actuación al viario público.• Superficie total <strong>de</strong> suelo <strong>de</strong> la manzana• Edificabilidad total y usos permitidos asignados a la manzana.• Altura máxima permitida.La propuesta solamente modifica algunos aspectos, distribuyendo la superficie, edificabilidady usos permitidos totales entre las parcelas resultantes, con la a<strong>de</strong>cuación necesaria paracumplir las or<strong>de</strong>nanzas <strong>de</strong> las alineaciones, retranqueos y áreas <strong>de</strong> movimiento <strong>de</strong> laedificación.COL 16.703Página 4 <strong>de</strong> 16

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