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Manual de Contabilidad Gubernamental 2012-12-10 - Secretaria de ...

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pública, así como los relativos a las investigaciones, asesorías y consultorías especializadas,la dirección o supervisión <strong>de</strong> la ejecución <strong>de</strong> las obras, la verificación <strong>de</strong>l control <strong>de</strong> calidad<strong>de</strong> los materiales <strong>de</strong> construcción y los estudios que tengan por objeto rehabilitar, corregir oincrementar la eficiencia <strong>de</strong> las instalaciones, cuando el costo <strong>de</strong> éstas sea superior al <strong>de</strong> losbienes muebles que <strong>de</strong>ban adquirirse;III. Los proyectos integrales, que compren<strong>de</strong>rán <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el diseño <strong>de</strong> la obra hasta suterminación total;IV. Los trabajos <strong>de</strong> infraestructura agropecuaria;V. Los trabajos <strong>de</strong> exploración, localización y perforación, que tengan por objeto la explotacióny <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> los recursos naturales que se encuentren en el suelo o en el subsuelodistintos a los <strong>de</strong>stinados a la fe<strong>de</strong>ración; y,VI. Todos aquellos <strong>de</strong> naturaleza análoga que se realicen con fondos exclusivamente estatales omunicipales.LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE OAXACAARTÍCULO 1.- La presente Ley es <strong>de</strong> or<strong>de</strong>n público e interés social y tiene como objeto regular larevisión y fiscalización superior <strong>de</strong> las Cuentas Públicas <strong>de</strong>l Estado y <strong>de</strong> los Municipios <strong>de</strong> Oaxaca,así como su gestión financiera y establecer las bases para la organización, procedimientos yfuncionamiento <strong>de</strong> la Auditoría Superior <strong>de</strong>l Estado, en los términos previstos por la ConstituciónPolítica <strong>de</strong>l Estado Libre y Soberano <strong>de</strong> Oaxaca.ARTÍCULO 4.- Son sujetos <strong>de</strong> fiscalización, los Po<strong>de</strong>res <strong>de</strong>l Estado, los Municipios, los entespúblicos estatales y municipales que ejerzan recursos públicos y, en general, cualquier entidad,persona física o moral, pública o privada que haya recaudado, administrado, manejado o ejercidorecursos públicos estatales o municipales.ARTÍCULO 8.- El Ejecutivo <strong>de</strong>l Estado presentará al Congreso, o en los recesos <strong>de</strong> éste a laDiputación Permanente, a más tardar el treinta <strong>de</strong> abril, la Cuenta Pública <strong>de</strong>l Estadocorrespondiente al año inmediato anterior. Por lo que se refiere a la relativa al último año <strong>de</strong>gobierno <strong>de</strong> cada administración, ésta <strong>de</strong>berá presentarse al Congreso en los siguientes plazos: lacorrespondiente al periodo comprendido <strong>de</strong> los meses <strong>de</strong> enero a junio <strong>de</strong> ese año, <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> lostreinta y un días <strong>de</strong>l mes <strong>de</strong> julio; la correspondiente a los meses <strong>de</strong> julio y agosto, <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> lostreinta días <strong>de</strong>l mes <strong>de</strong> septiembre; la correspondiente a los meses <strong>de</strong> septiembre y octubre<strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los primeros cinco días <strong>de</strong>l mes <strong>de</strong> noviembre; y las <strong>de</strong> noviembre y diciembre, a mástardar al día treinta <strong>de</strong> abril <strong>de</strong>l año siguiente.Asimismo, los Po<strong>de</strong>res <strong>de</strong>l Estado y los entes públicos estatales rendirán a la Auditoría Superior <strong>de</strong>lEstado, a más tardar al día 31 <strong>de</strong> agosto <strong>de</strong>l año en que se ejerza el presupuesto respectivo, elMANUAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL <strong>20<strong>12</strong></strong>13

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