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Instituciones familiares

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Historia e instituciones de Derecho Romano PrivadoPeculio cuasi-castrense: es equiparable al anterior. Prolifera en la época del BajoImperio. Es una consecuencia de la burocratización del Estado. Son los bienes queobtiene el hijo que trabaja para el Estado, respecto a los cuales se le reconocen lasmismas facultades que en el peculio castrense.Peculio adventicio: se desarrolla a partir de Constantino, el cual establece que losbienes maternos que el hijo hereda no pasan al patrimonio del padre sino que sereservan al hijo aunque el padre tuviera facultades de administración. Por estavía, la capacidad patrimonial y adquisitiva de los filii se acrecienta de tal manera queya con Justiniano se invierte el sistema de los peculios. Así, Justiniano declara queson propiedad del hijo todos los bienes que adquiera este de cualquier modo.Así, este peculio adventicio es ya un auténtico patrimonio del hijo siendo suyala propiedad. A la muerte del hijo estos bienes serán objeto de una sucesióntestamentaria o bien abintestato. Fallecido el hijo puede ocurrir que haya hechotestamento (sucesión testamentaria) o que no haya hecho testamento (sucesiónabintestato) por lo que los bienes del hijo pasan a las personas que determina la ley.TEMA 3 – Ideas clave

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