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código de procedimiento - Biblioteca Digital

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- 316-dicíones <strong>de</strong> orador, <strong>de</strong> patriota y hombre público; y Montes<strong>de</strong> Oca, Kier, Estrada, Goyena, Obarrio; en una palabra;toda la. intelectualidad <strong>de</strong>l país, todo lo que valía oomotradición y pensamiento, todo lo que representaba experienciaen la vida y conocimiento en IOB negocios públicos ..yo digo que hombres <strong>de</strong> esa talla y <strong>de</strong> esas condiciones,no era posible que confundieran las penas corporales aflictivas,tal como existen en la legislación extranjera y en lalegislación patria, con las penas correccionales.Aun más, la interpretación que siempre se ha dado alartículo 19 <strong>de</strong> la constitución, ha sido otra <strong>de</strong> la que ledan esos magistrados a que me refiero y la que se <strong>de</strong>spren<strong>de</strong><strong>de</strong> las objeciones hechas en el senado.Si abrimos el código <strong>de</strong> <strong>procedimiento</strong> en lo criminalnos encontramos con que en la pena por calumnia no proce<strong>de</strong>la prisiór; preventiva, y sin embargo, la calumniapue<strong>de</strong> ser castigada hasta con penitenciaría, que exce<strong>de</strong><strong>de</strong> los dos años <strong>de</strong>l artículo 19.Nos encontramos que el artículo 680, que tratamos <strong>de</strong>reformar, establece que proce<strong>de</strong> la simple caución; queotro artículo, cuyo número no recuerdo en este momento,establece que el que sea absuelto por <strong>de</strong>lito correccionalrecuperará su libertad bajo la simple vigilancia <strong>de</strong> la autoridad;y otra disposición prescribe que cualquiera quesea el <strong>de</strong>lito, cualquiera que sea la gravedad <strong>de</strong> la inculpación,se pondrá en libertad al procesado bajo fianza;y esto ¿ por qué, señor presi<strong>de</strong>nte?; porque la legislatura.tiene perfecta facultad, perfecto <strong>de</strong>recho para establecer,en un caso dado, si una pena es corporal o no escorporal, si es c orreccional o no es correocional. Ella esel único juez <strong>de</strong> sus atribuciones <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el momento que elcongreso nacional, al dictar el código penal, no ha hechouso <strong>de</strong> la facultad que tenía para enumerar las penas encorreccionales, en corporales o aflictivas. En la RepúblicaOriental <strong>de</strong>l Uruguay, se ha discutido esta misma cuestiónque encuentro tratada en el proyecto redactado por PabloDe-María, Brito <strong>de</strong>l Pino y otros.

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