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código de procedimiento - Biblioteca Digital

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- 306-~ una medida <strong>de</strong> seguridad, un medio para mejor instruirlos procesos y una garantía <strong>de</strong> que se cumplirá la pena.Solamente reuniendo esos requisitos pue<strong>de</strong> justificarse. (1)a) Es una medida <strong>de</strong> seguridad. Antiguamente se <strong>de</strong>cía:«el que no comienza por la captura, pier<strong>de</strong> su malhechoI'».La afirmación parte <strong>de</strong> una petición <strong>de</strong> principio: es claroque si se trata <strong>de</strong> un malhechor es necesario capturarlo;pero precisamente el problema final que se propone resolverel juicio penal, es averiguar si el acusado es o no culpable.La experiencia nos <strong>de</strong>muestra que más <strong>de</strong> la mitad <strong>de</strong> losacusados son absueltos <strong>de</strong>spués <strong>de</strong> haber sufrido prisiónpreventiva, lo que quiere <strong>de</strong>cir que no se trata siempre<strong>de</strong> malhechores.Se explica que en el pasado la prisión preventiva fueseuna medida <strong>de</strong> seguridad porque, producida la con<strong>de</strong>na,era muy difícil la ejecución <strong>de</strong> la sentencia si el acusadofugaba. La extradición no se conocía casi, las vías <strong>de</strong> comunicacióneran escasas y el telégrafo no' había hecho suaparición. Por otra parte, las más insignificantes infraccionesestaban castigadas con pena corporal gravísima yhasta con la <strong>de</strong> muerte. El acusado tenía verda<strong>de</strong>ro interésen escapar a las consecuencias <strong>de</strong> la pena. En cambio, enla actualidad, ha <strong>de</strong>saparecido el tormento, los azotes, laspenas inhumanas, y las cárceles son sanas y limpias, paraseguridad y no para castigo <strong>de</strong> los reos <strong>de</strong>tenidos en ellas.La fuga tiene que ser, entonces, mucho menos frecuente.Corno medida <strong>de</strong> seguridad sólo se impone, pues, la prisiónpreventiva en las causas graves.b) Es un medio <strong>de</strong> instrucción. Como medio para mejorinstruir los procesos, es evi<strong>de</strong>nte que no pue<strong>de</strong> legitimarsela prisión preventiva. Es natural que mientras se recibe1') En la edad media, laprisiOn preventinera la regl" coando le trataba <strong>de</strong> <strong>de</strong>litoealtl«ado con la pérdida <strong>de</strong> Javidao <strong>de</strong>no miembro; pero ellaalcansaba ala vezal acnlador y al acusado. Elto le explica por el caréeter general <strong>de</strong>l <strong>procedimiento</strong>aeolatorio qae tien<strong>de</strong> a mantener una Igualdad IIblolotaen'relal d08partel. Esmein,Hhtolre <strong>de</strong> la prooédare criminell. ea France, pAg. 5'1.

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