código de procedimiento - Biblioteca Digital
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- XXIX -prenta, en nuestros días. Se fundan grandes diarios decarácter político, en donde gana en acústica, en eficacia¡y en permanencia, la efímera arenga que el viento lleva"junto con la melena. y la corbata del tribuno de los mitinescívicos. Fué desalojada luego la oratoria de la cátedra,donde el profesor medido, claro, frío, crea un nuevométodo didáctico, libre de énfasis, que sustituyera la frondaverbal. de Michelet. Y ahora, cuando abandona su últimoreducto, que es la banca parlamentaria, para sersuplantada por la expresión sencilla, precisa, casi familiar,a. lo Justo, querer llenar el país 'de «oradores» es contrariarr designio manifiesto de la evolución.Si el juicio oral sirviera. para crear expositores, bien venidosea. Expositores, vale decir, hombres que tienen eldon de expresarse con las palabras necesarias, ineludibles,fatales, - porque hay un fatalismo de las palabras, como lohay de los hombres, - pero dicho como una cosa normal,sin acento, sin gesto, sin teatralidad. La palabra es enestos casos como una secreción expontánea, natural, sincera,algo así como el sudor, modesta. agua que bendicela frente de los trabajadores, sencillamente.Creo, pues, que por sus efectos que llamaré literariosy por sus efectos jurídicos, la implantación del juicio orales una buena idea...**La amplitud de' la libertad provisoría, generosamen.teooneedída, tiene UD8J restricción deplorable. Es un de.talle sintomático. No gozarán de los beneficios de la excarcelación- dice el artículo 172 - los acusados de roboo hurto. ::::'1 lLoe demás delincuentes, siempre que 'se trate di' delitoscorreccionales, pueden salir excarcelados. Entre és-
- xxxtoese encuentran loe que atacan la integridad personal.Loe que la ley no perdona, por lo visto, son los acusadosde delitos contra la propiedad. Sobre ellos cae todo elpeso de la más pesada severidad Según esto, la propiedadresulta un bien más precioso que la vida,Ello demuestra dos cosas igualmente lamentables: elmaterialismo de la época y el gobierno de clase. La curiosadisposición no estaba en su proyecto, según he conatatado,La agregó una Legislatura de hacendados, creándoseun privilegio odioso. Es el caso inesperado de una.ley ad usum delphini dictada en una democracia.Fuera de ese lunar, de cuya responsabilidad, como hedicho, lo eximo, la simplificación del trámite de la liberta!provisoria, la facilidad otorgada en cuanto puede sustanciárseIesin necesidad de que el sumario esté ya en manosdel juez, la supresión de la intervención del fiscal, todoesto constituye una reforma beneficiosa.* * *Me ha interesado especialmente la extensión dada aJ.recurso de habeas corpus. No sé lo que piense de algunoscasos nuevos creados por la ley, tal o cual juez de NorteAmérica o de Inglaterra. Me agradaría que usted hubieraprecedido sin ir a buscar el beneplácito de aquellas jurisprudenciasextrañas. Hace mucho mal al país esa pesadaservidumbre jurídica. Evita la formación de uncriterio nacional. Los que crearon el habeas corpusno tuvieron ninguna [urisprudencia, que consultar, y sinembargo lo crearon. Es doloroso ver el acatamientode nuestra Corte a la Corte americana. Un fallo del Tribunalde la gran República agota cualquier discusión .y~ el punto final de la más agria contienda. Nuestrosabogados abren de cuando en cuando esos grandes mamotretos,con unción, como libros sagrados. ¿Para qué pen-
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- xxxtoese encuentran loe que atacan la integridad personal.Loe que la ley no perdona, por lo visto, son los acusados<strong>de</strong> <strong>de</strong>litos contra la propiedad. Sobre ellos cae todo elpeso <strong>de</strong> la más pesada severidad Según esto, la propiedadresulta un bien más precioso que la vida,Ello <strong>de</strong>muestra dos cosas igualmente lamentables: elmaterialismo <strong>de</strong> la época y el gobierno <strong>de</strong> clase. La curiosadisposición no estaba en su proyecto, según he conatatado,La agregó una Legislatura <strong>de</strong> hacendados, creándoseun privilegio odioso. Es el caso inesperado <strong>de</strong> una.ley ad usum <strong>de</strong>lphini dictada en una <strong>de</strong>mocracia.Fuera <strong>de</strong> ese lunar, <strong>de</strong> cuya responsabilidad, como hedicho, lo eximo, la simplificación <strong>de</strong>l trámite <strong>de</strong> la liberta!provisoria, la facilidad otorgada en cuanto pue<strong>de</strong> sustanciárseIesin necesidad <strong>de</strong> que el sumario esté ya en manos<strong>de</strong>l juez, la supresión <strong>de</strong> la intervención <strong>de</strong>l fiscal, todoesto constituye una reforma beneficiosa.* * *Me ha interesado especialmente la extensión dada aJ.recurso <strong>de</strong> habeas corpus. No sé lo que piense <strong>de</strong> algunoscasos nuevos creados por la ley, tal o cual juez <strong>de</strong> NorteAmérica o <strong>de</strong> Inglaterra. Me agradaría que usted hubieraprecedido sin ir a buscar el beneplácito <strong>de</strong> aquellas jurispru<strong>de</strong>nciasextrañas. Hace mucho mal al país esa pesadaservidumbre jurídica. Evita la formación <strong>de</strong> uncriterio nacional. Los que crearon el habeas corpusno tuvieron ninguna [urispru<strong>de</strong>ncia, que consultar, y sinembargo lo crearon. Es doloroso ver el acatamiento<strong>de</strong> nuestra Corte a la Corte americana. Un fallo <strong>de</strong>l Tribunal<strong>de</strong> la gran República agota cualquier discusión .y~ el punto final <strong>de</strong> la más agria contienda. Nuestrosabogados abren <strong>de</strong> cuando en cuando esos gran<strong>de</strong>s mamotretos,con unción, como libros sagrados. ¿Para qué pen-