sup-jdc-12665-2011 lazaro daniel leal villarel y otros 1 de 3

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13.07.2015 Views

TRIBUNALELECTORALdel Poder Judicial de la FederaciónSALASUPERIOR·1 , I89 SUP-JDC-12665/2011y ACUMULADOSTamaulipas hubieran sido tomadas por más de veinte días, locierto es ~que no se advierte que a la fecha en que la.90misión Nacional de Elecciones propuso el métodoextraordinario para la selección de candidatos,' en estaentidad federativa, esta circunstancia prevaleciera nitampoco' se' precisa. cómo· es .que la aludida·. toma· deinstalaciones vulneró la unidad en el partido o· que sea elresultado de diferencias políticas entre algún comitémunicipaly el estatal.En atención a todo lo anteriormente vértfdo por la 'SalaSuperior, se' hace la propuesta que' nos ocupa en lossiguientes términos: .. '1.- Es menester señalar que este Instituto Político; que encumplimientota lo ordenado',~por la H. Sala Superior, debefundary motivas de forma ,exhaustiva, las causas que llevana la decisión de designar de manera, directa a los candidatosa. Senadores y Diputados de, mayoría relativa yrepresentación proporcional, para el proceso electoral federal2011-2012, ya que este Órgano considera que no existenJascondiciones necesarias para la implementación del método'ordinario, señalado en el artículo 43, apartado, A de. losEstatutos del Partido Acción Nacional, ya que se sostiene: no.existen las garantías para lIevarlo a cabo. de esta forma, .envirtud de que, en la Entidad Federativa que nos ocupa, no seconstituyó ni se ha constituido el órqano coleaiado paraorqanizar los procesos electorales internos, el cual es laComisión Electoral Estatal y. como consecuenci~ directatampoco se constituyeron las Comisiof'}es Distritales ya queestas solo podían ser nombradas por la primera mencionf3da;por lo cual la causa es clara dado que hasta la fecha, no hanexistido propuestas para' intearar dicha comisión, nocumpliélidose con lo previsto por los artículos 15 al 25 delReglamento de Selección' de Candidatos a Cargos deElecci6n Popular, lo cual se acredita con las actas de sesióndel Comité Directivo Estatal de fecha ocho de Octubre ycuatro de Noviembre del año Dos Mil 'Diez, que se' tuvif!ron ala vista, lo cual es consecuencia evidente de la faltá decolaboración, coordinación ycom'plementación de lamiliiancia en esta entidad federativa, y la falta de interés de. sus militantes para registrarse 'a fin de integrár la CómisiónElectoral Estatal a pesar de las convocatorias emitidas por el. Comité Directivo Estatal, para tal efecto, con lo que se tiéneun elemento tangible de la falta de unidad entre la militanciadel Estado de Tamaulipas. Aunado a lo anteriormentedescrito, debe mencionarse que el artículo,36 bis de' los

""¡'C'.'1, .. (.90SUP-JDC-12665/2011y ACUMULADOSEstatutos Generales del Partido Acción Nacional, señala quela Comisión Nacional de Elecciones será la autoridad internadel partido, responsable de organizar los procesos deselección de candidatos a cargo de elección popular de nivelfederal, estatal y municipal, además en su apartado c), dichoartículo señala que sus atribuciones serán ejercidas a través,de las Comisiones Electorales Estatales, del Distrito Federal,Municipales, Delegacionales o Distritales, por lo tanto, al noexistir el Órqano Electoral Estatal en el. Estado deTamaulipas, resulta material V iurídicamente imposible quese determine el método de selección ordinario señalado en elnumeral 43 apartado A. de los Estatutos Generales deAcción Nacional, por lo cual, es' evidente que la unidad entrelos miembros del partido en esa entidad se ve afectada porlas circunstancias antes descritas al no tener la debidacolaboración, coordinación y complementación de susmilitantes y órganos partidistas; lo anterior conindependencia de que el Comité Directivo Estatal del PartidoAcción Nacional en Tamaulipas, Órgano máximo deDirección del Partido en la Entidad, ha manifestado'expresamente que los candidatos a cargos de elección parael proceso electoral federal del año 2012 en dicho Estado, seelijan mediante el método extraordinario de designacióndirecta.2.;. Asimismo, es menester señalar que las instalaciones delComité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional enTamaulipas, fueron tomadas por miembros activos yadherentes del partido, los cuales desalojaron con todaviolencia al personal operativo de dicho comité, que, en esosmomentos se encontraban laborando, para posteriormenteposesionarse de manera ilegal del Bien Inmueble antesreferido, mismo que es propiedad del Partido Acciónnacional; lo que derivó en la denuncia penal, misma que seencuentra radicada en el Juzgado Tercero Penal del fuero'común, bajo el número de expediente 125/2011, lo que seacredita fehaciente mente con las copias certificadas que dela averiguación previa señalada, se tuvieron a la vista,asimismo con el escrito inicial de denuncia de Robo y Dañoen Propiedad y los que resultan presentado ante la Agencia"Tercera del Ministerio Público Investigador, con sede enCiudad Victoria, Tamaulipas, misma que se encuentraradicada bajá número de Averiguación Previa 0991/2011, Yque, ,tamhién se tuvo a la vista, se desprende que se haafectado de manera grave no solo las funciones que debedesarrollár' el .Comité Estatal para alcanzar los fines delPartido sino\también la unidad entre los miembros del mismo,ya que tal acto ha dividido a la militancia en dos grandesgrupos, aquel/os que hicieron la toma de las instalaciones y

""¡'C'.'1, .. (.90SUP-JDC-<strong>12665</strong>/<strong>2011</strong>y ACUMULADOSEstatutos Generales <strong>de</strong>l Partido Acción Nacional, señala quela Comisión Nacional <strong>de</strong> Elecciones será la autoridad interna<strong>de</strong>l partido, responsable <strong>de</strong> organizar los procesos <strong>de</strong>selección <strong>de</strong> candidatos a cargo <strong>de</strong> elección popular <strong>de</strong> nivelfe<strong>de</strong>ral, estatal y municipal, a<strong>de</strong>más en su apartado c), dichoartículo señala que sus atribuciones serán ejercidas a través,<strong>de</strong> las Comisiones Electorales Estatales, <strong>de</strong>l Distrito Fe<strong>de</strong>ral,Municipales, Delegacionales o Distritales, por lo tanto, al noexistir el Órqano Electoral Estatal en el. Estado <strong>de</strong>Tamaulipas, resulta material V iurídicamente imposible quese <strong>de</strong>termine el método <strong>de</strong> selección ordinario señalado en elnumeral 43 apartado A. <strong>de</strong> los Estatutos Generales <strong>de</strong>Acción Nacional, por lo cual, es' evi<strong>de</strong>nte que la unidad entrelos miembros <strong>de</strong>l partido en esa entidad se ve afectada porlas circunstancias antes <strong>de</strong>scritas al no tener la <strong>de</strong>bidacolaboración, coordinación y complementación <strong>de</strong> susmilitantes y órganos partidistas; lo anterior conin<strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncia <strong>de</strong> que el Comité Directivo Estatal <strong>de</strong>l PartidoAcción Nacional en Tamaulipas, Órgano máximo <strong>de</strong>Dirección <strong>de</strong>l Partido en la Entidad, ha manifestado'expresamente que los candidatos a cargos <strong>de</strong> elección parael proceso electoral fe<strong>de</strong>ral <strong>de</strong>l año 2012 en dicho Estado, seelijan mediante el método extraordinario <strong>de</strong> <strong>de</strong>signacióndirecta.2.;. Asimismo, es menester señalar que las instalaciones <strong>de</strong>lComité Directivo Estatal <strong>de</strong>l Partido Acción Nacional enTamaulipas, fueron tomadas por miembros activos yadherentes <strong>de</strong>l partido, los cuales <strong>de</strong>salojaron con todaviolencia al personal operativo <strong>de</strong> dicho comité, que, en esosmomentos se encontraban laborando, para posteriormenteposesionarse <strong>de</strong> manera ilegal <strong>de</strong>l Bien Inmueble antesreferido, mismo que es propiedad <strong>de</strong>l Partido Acciónnacional; lo que <strong>de</strong>rivó en la <strong>de</strong>nuncia penal, misma que seencuentra radicada en el Juzgado Tercero Penal <strong>de</strong>l fuero'común, bajo el número <strong>de</strong> expediente 125/<strong>2011</strong>, lo que seacredita fehaciente mente con las copias certificadas que <strong>de</strong>la averiguación previa señalada, se tuvieron a la vista,asimismo con el escrito inicial <strong>de</strong> <strong>de</strong>nuncia <strong>de</strong> Robo y Dañoen Propiedad y los que resultan presentado ante la Agencia"Tercera <strong>de</strong>l Ministerio Público Investigador, con se<strong>de</strong> enCiudad Victoria, Tamaulipas, misma que se encuentraradicada bajá número <strong>de</strong> Averiguación Previa 0991/<strong>2011</strong>, Yque, ,tamhién se tuvo a la vista, se <strong>de</strong>spren<strong>de</strong> que se haafectado <strong>de</strong> manera grave no solo las funciones que <strong>de</strong>be<strong>de</strong>sarrollár' el .Comité Estatal para alcanzar los fines <strong>de</strong>lPartido sino\también la unidad entre los miembros <strong>de</strong>l mismo,ya que tal acto ha dividido a la militancia en dos gran<strong>de</strong>sgrupos, aquel/os que hicieron la toma <strong>de</strong> las instalaciones y

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