Volumen 2 - Auditoría Superior de la Federación

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Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2007Cabe señalar que, a pesar de que no se emitieron convocatorias aun cuando existían recursosdisponibles, en 2007, el CONACYT transfirió recursos a los fondos INMUJERES, SEMAR, SAGARPAy SEMARNAT por 1,000.0, 20,000.0, 23,284.1 y 50,000.0 miles de pesos, respectivamente. Por otraparte, no aportó recursos a los fondos con CFE, SEDESOL, SRE ni SEGOB, porque no se formularonlos Anexos de Ejecución, en los cuales se establece el calendario propuesto para las convocatorias,con el fin de otorgar apoyos para proyectos de investigación en incumplimiento de la cláusula octavade los convenios de colaboración suscritos entre CONACYT y las secretarías de Estado y lasentidades de la Administración Pública Federal que establece que las partes celebraran dentro de lostres primeros meses del año un Anexo de Ejecución que determinará las aportaciones de las partes alfideicomiso para el año correspondiente que ya estén aprobadas en sus respectivos presupuestos, lostipos de proyectos de investigación científica y tecnológica que serán apoyados y el calendariopropuesto para la o las convocatorias.Acción Emitida07-1-3890X-02-0350-01-006RecomendaciónLa Auditoría Superior de la Federación, con fundamento en lo establecido en los artículos 31, últimopárrafo, y 77, fracción VII, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, recomienda que elConsejo Nacional de Ciencia y Tecnología promueva ante la Comisión Federal de Electricidad, elInstituto Nacional de las Mujeres, y las secretarías de Marina, de Desarrollo Social, de RelacionesExteriores, de Gobernación, de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y deMedio Ambiente y Recursos Naturales que los secretarios técnicos y administrativos de los fondossectoriales elaboren y difundan conjuntamente las convocatorias e invitaciones necesarias para lograrlos objetivos del fondo, a fin de dar cumplimiento al contrato de fideicomiso.El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología informará a la Auditoría Superior de la Federación sobrelos resultados de su gestión.Resultado Núm. 8 Observación Núm. 1En la cláusula octava de los convenios de colaboración suscritos entre el CONACYT y las secretaríasde Estado y entidades de la Administración Pública Federal se estableció que anualmente las partescelebrarán dentro de los primeros tres meses del año un Anexo de Ejecución, que determinará lasaportaciones de las partes al Fondo para el año correspondiente que ya estén aprobadas en sus352

Sector Ciencia Y Tecnologíarespectivos presupuestos, los tipos de proyectos de investigación científica y tecnológica que seránapoyados y el calendario propuesto para la o las convocatorias.En el caso de los fondos sectoriales de Investigación para la Educación y de Investigación y DesarrolloINMUJERES-CONACYT los Anexos de Ejecución no fueron firmados por las partes; no obstante, elCONACYT les transfirió recursos presupuestales por 300,000.0 y 1,000.0 miles de pesos,respectivamente, por lo que se incumplieron los requisitos establecidos en la cláusula octava delconvenio de colaboración celebrado entre CONACYT y la SEP e INMUJERES.Acción Emitida07-1-3890X-02-0350-01-007RecomendaciónLa Auditoría Superior de la Federación, con fundamento en lo establecido en los artículos 31, últimopárrafo, y 77, fracción VII, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, recomienda que elConsejo Nacional de Ciencia y Tecnología celebre, dentro de los tres primeros meses de cada año, unanexo de ejecución con las secretarías de Estado y las entidades de la Administración Pública Federal,en el que se establezcan las aportaciones de las partes; las modalidades de apoyo que bajo concursose aprueben, y el calendario propuesto para las convocatorias y las modalidades de apoyo de losFondos Sectoriales, a fin de cumplir con los Convenios de Colaboración celebrados por el ConsejoNacional de Ciencia y Tecnología, las secretarías de Estado y las entidades de la AdministraciónPública Federal.El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología informará a la Auditoría Superior de la Federación sobrelos resultados de su gestión.Resultado Núm. 9 Observación Núm. 1El 30 de agosto de 2007, el CONACYT transfirió al Fondo Sectorial de Ciencia y Tecnología para elDesarrollo Económico 5,829.0 miles de pesos, de conformidad con el anexo de ejecución para el año2007; sin embargo, esta aportación no se encuentra registrada en la balanza de comprobación delfondo en la cuenta de patrimonio 4201-0001-0001-0000 “CONACYT” como aportación del CONACYT,en incumplimiento al artículo 28, fracción II, del Código Fiscal de la Federación.353

Sector Ciencia Y Tecnologíarespectivos presupuestos, los tipos <strong>de</strong> proyectos <strong>de</strong> investigación científica y tecnológica que seránapoyados y el calendario propuesto para <strong>la</strong> o <strong>la</strong>s convocatorias.En el caso <strong>de</strong> los fondos sectoriales <strong>de</strong> Investigación para <strong>la</strong> Educación y <strong>de</strong> Investigación y DesarrolloINMUJERES-CONACYT los Anexos <strong>de</strong> Ejecución no fueron firmados por <strong>la</strong>s partes; no obstante, elCONACYT les transfirió recursos presupuestales por 300,000.0 y 1,000.0 miles <strong>de</strong> pesos,respectivamente, por lo que se incumplieron los requisitos establecidos en <strong>la</strong> cláusu<strong>la</strong> octava <strong>de</strong>lconvenio <strong>de</strong> co<strong>la</strong>boración celebrado entre CONACYT y <strong>la</strong> SEP e INMUJERES.Acción Emitida07-1-3890X-02-0350-01-007RecomendaciónLa <strong>Auditoría</strong> <strong>Superior</strong> <strong>de</strong> <strong>la</strong> Fe<strong>de</strong>ración, con fundamento en lo establecido en los artículos 31, últimopárrafo, y 77, fracción VII, <strong>de</strong> <strong>la</strong> Ley <strong>de</strong> Fiscalización <strong>Superior</strong> <strong>de</strong> <strong>la</strong> Fe<strong>de</strong>ración, recomienda que elConsejo Nacional <strong>de</strong> Ciencia y Tecnología celebre, <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los tres primeros meses <strong>de</strong> cada año, unanexo <strong>de</strong> ejecución con <strong>la</strong>s secretarías <strong>de</strong> Estado y <strong>la</strong>s entida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> <strong>la</strong> Administración Pública Fe<strong>de</strong>ral,en el que se establezcan <strong>la</strong>s aportaciones <strong>de</strong> <strong>la</strong>s partes; <strong>la</strong>s modalida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> apoyo que bajo concursose aprueben, y el calendario propuesto para <strong>la</strong>s convocatorias y <strong>la</strong>s modalida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> apoyo <strong>de</strong> losFondos Sectoriales, a fin <strong>de</strong> cumplir con los Convenios <strong>de</strong> Co<strong>la</strong>boración celebrados por el ConsejoNacional <strong>de</strong> Ciencia y Tecnología, <strong>la</strong>s secretarías <strong>de</strong> Estado y <strong>la</strong>s entida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> <strong>la</strong> AdministraciónPública Fe<strong>de</strong>ral.El Consejo Nacional <strong>de</strong> Ciencia y Tecnología informará a <strong>la</strong> <strong>Auditoría</strong> <strong>Superior</strong> <strong>de</strong> <strong>la</strong> Fe<strong>de</strong>ración sobrelos resultados <strong>de</strong> su gestión.Resultado Núm. 9 Observación Núm. 1El 30 <strong>de</strong> agosto <strong>de</strong> 2007, el CONACYT transfirió al Fondo Sectorial <strong>de</strong> Ciencia y Tecnología para elDesarrollo Económico 5,829.0 miles <strong>de</strong> pesos, <strong>de</strong> conformidad con el anexo <strong>de</strong> ejecución para el año2007; sin embargo, esta aportación no se encuentra registrada en <strong>la</strong> ba<strong>la</strong>nza <strong>de</strong> comprobación <strong>de</strong>lfondo en <strong>la</strong> cuenta <strong>de</strong> patrimonio 4201-0001-0001-0000 “CONACYT” como aportación <strong>de</strong>l CONACYT,en incumplimiento al artículo 28, fracción II, <strong>de</strong>l Código Fiscal <strong>de</strong> <strong>la</strong> Fe<strong>de</strong>ración.353

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