Volumen 2 - Auditoría Superior de la Federación
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Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2007numeral 17, segundo párrafo, de las Reglas Generales, modificadas el 18 de julio de 2007, como semuestra a continuación:ESTÍMULOS OTORGADOS A LOS CONTRIBUYENTES QUE RECIBIERON APOYO DE OTROS FONDOS YPROGRAMAS(Miles de pesos)Contribuyente /proyectoMonto totalelegibleMonto delfondo recibidoBase delestímuloEstímulosolicitado(C*30.0%)EstímulootorgadoEstímulootorgado vs.solicitado(A)(B)C=(A-B)(A*30.0%)1 / 2 21,472.2 4,526.2 16,946.0 5,083.8 6,441.7 1,357.92 / 1 4,869.9 1,546.9 3,323.0 996.9 1,461.0 464.1Totales: 26,342.1 6,073.1 20,269.0 6,080.7 7,902.7 1,822.0FUENTE: CONACYT, solicitudes tomadas del sistema informático integral denominado "People Soft".Se considera que el CONACYT otorgó el estímulo fiscal por 7,902.7 miles de pesos, sin descontar losapoyos otorgados al amparo de la Ley de Ciencia y Tecnología; no obstante, mediante el oficio núm.DEF/D200/011/2009 del 15 de enero de 2009, la entidad fiscalizada informó que "[...] en el formato dela solicitud se presentan campos en la sección 'Proyectos IDT' y la pantalla de montos finales, queincluyen un renglón para el registro de los apoyos otorgados por otros programas. Dicho valor esinformativo y no se incluye para este efecto dentro del desglose financiero del proyecto, por lo que noforma parte de los gastos elegibles."En el mismo formato se calcula y despliega de manera automática el resultado de restar al monto totalelegible, el monto de los apoyos provenientes de otros programas."Dicha operación no debe realizarse debido a que el monto de otros apoyos no se considera dentro delmonto elegible del proyecto."Por lo anterior, se concluye que el sistema informático integral del CONACYT denominado "PeopleSoft" debiera modificarse en cuanto al apartado de "Monto Total Proyecto", toda vez que si el apartado"$ del Fondo para Tec IDT" es sólo de carácter informativo podría ubicarse en otro apartado de lasolicitud, a efecto de evitar interferir en el cálculo del monto del estímulo fiscal solicitado y otorgado.278
Sector Ciencia Y TecnologíaAcción Emitida07-1-3890X-06-1066-07-001RecomendaciónLa Auditoría Superior de la Federación, con fundamento en lo establecido en los artículos 31, últimopárrafo, y 77, fracción VII, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, recomienda que elConsejo Nacional de Ciencia y Tecnología, en su calidad de Representante en el ComitéInterinstitucional para la Aplicación del Estímulo Fiscal a los Gastos e Inversiones en Investigación yDesarrollo de Tecnología, reubique en las solicitudes de estímulos fiscales el campo denominado "$del Fondo para Tec IDT" que se encuentra en el apartado de "Monto Total Proyecto", a efecto de evitarel cálculo de los estímulos fiscales a contribuyentes que recibieron apoyos de otros programas yfondos al amparo de la Ley de Ciencia y Tecnología, en cumplimiento del numeral 17, segundopárrafo, del "Acuerdo que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Reglas Generalespara la aplicación del Estímulo Fiscal a la Investigación y Desarrollo de Tecnología y creación yfuncionamiento del Comité Interinstitucional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 dejulio de 2007.El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología informará a la Auditoría Superior de la Federación sobrelos resultados de su gestión.Resultado Núm. 11Sin ObservacionesManifestación bajo protesta de decir verdadEl numeral 12, último párrafo, de las Reglas Generales, modificadas el 18 de julio de 2007, señala que“la solicitud a que se refiere este numeral, deberá contener la manifestación bajo protesta de decirverdad de que los datos y documentos anexos son legales, ciertos y comprobables, debiéndose enviaral Secretario Técnico el documento impreso que al efecto se determine en la propia solicitud con firmaautógrafa".El numeral 13 de las citadas Reglas Generales dispone que "para tener derecho al beneficio delestímulo fiscal, el contribuyente o su representante legal deberá suscribir en su solicitud la declaraciónen la que manifieste bajo protesta de decir verdad, lo siguiente:"a) Que es contribuyente del impuesto sobre la renta y se encuentra inscrito en el Registro Federal deContribuyentes con una antigüedad mayor a dos ejercicios fiscales. Tratándose de empresasconstituidas en fecha posterior a la antigüedad mencionada, podrán solicitar el estímulo siempre que279
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Sector Ciencia Y TecnologíaAcción Emitida07-1-3890X-06-1066-07-001RecomendaciónLa <strong>Auditoría</strong> <strong>Superior</strong> <strong>de</strong> <strong>la</strong> Fe<strong>de</strong>ración, con fundamento en lo establecido en los artículos 31, últimopárrafo, y 77, fracción VII, <strong>de</strong> <strong>la</strong> Ley <strong>de</strong> Fiscalización <strong>Superior</strong> <strong>de</strong> <strong>la</strong> Fe<strong>de</strong>ración, recomienda que elConsejo Nacional <strong>de</strong> Ciencia y Tecnología, en su calidad <strong>de</strong> Representante en el ComitéInterinstitucional para <strong>la</strong> Aplicación <strong>de</strong>l Estímulo Fiscal a los Gastos e Inversiones en Investigación yDesarrollo <strong>de</strong> Tecnología, reubique en <strong>la</strong>s solicitu<strong>de</strong>s <strong>de</strong> estímulos fiscales el campo <strong>de</strong>nominado "$<strong>de</strong>l Fondo para Tec IDT" que se encuentra en el apartado <strong>de</strong> "Monto Total Proyecto", a efecto <strong>de</strong> evitarel cálculo <strong>de</strong> los estímulos fiscales a contribuyentes que recibieron apoyos <strong>de</strong> otros programas yfondos al amparo <strong>de</strong> <strong>la</strong> Ley <strong>de</strong> Ciencia y Tecnología, en cumplimiento <strong>de</strong>l numeral 17, segundopárrafo, <strong>de</strong>l "Acuerdo que reforma, adiciona y <strong>de</strong>roga diversas disposiciones <strong>de</strong> <strong>la</strong>s Reg<strong>la</strong>s Generalespara <strong>la</strong> aplicación <strong>de</strong>l Estímulo Fiscal a <strong>la</strong> Investigación y Desarrollo <strong>de</strong> Tecnología y creación yfuncionamiento <strong>de</strong>l Comité Interinstitucional", publicado en el Diario Oficial <strong>de</strong> <strong>la</strong> Fe<strong>de</strong>ración el 18 <strong>de</strong>julio <strong>de</strong> 2007.El Consejo Nacional <strong>de</strong> Ciencia y Tecnología informará a <strong>la</strong> <strong>Auditoría</strong> <strong>Superior</strong> <strong>de</strong> <strong>la</strong> Fe<strong>de</strong>ración sobrelos resultados <strong>de</strong> su gestión.Resultado Núm. 11Sin ObservacionesManifestación bajo protesta <strong>de</strong> <strong>de</strong>cir verdadEl numeral 12, último párrafo, <strong>de</strong> <strong>la</strong>s Reg<strong>la</strong>s Generales, modificadas el 18 <strong>de</strong> julio <strong>de</strong> 2007, seña<strong>la</strong> que“<strong>la</strong> solicitud a que se refiere este numeral, <strong>de</strong>berá contener <strong>la</strong> manifestación bajo protesta <strong>de</strong> <strong>de</strong>cirverdad <strong>de</strong> que los datos y documentos anexos son legales, ciertos y comprobables, <strong>de</strong>biéndose enviaral Secretario Técnico el documento impreso que al efecto se <strong>de</strong>termine en <strong>la</strong> propia solicitud con firmaautógrafa".El numeral 13 <strong>de</strong> <strong>la</strong>s citadas Reg<strong>la</strong>s Generales dispone que "para tener <strong>de</strong>recho al beneficio <strong>de</strong>lestímulo fiscal, el contribuyente o su representante legal <strong>de</strong>berá suscribir en su solicitud <strong>la</strong> <strong>de</strong>c<strong>la</strong>raciónen <strong>la</strong> que manifieste bajo protesta <strong>de</strong> <strong>de</strong>cir verdad, lo siguiente:"a) Que es contribuyente <strong>de</strong>l impuesto sobre <strong>la</strong> renta y se encuentra inscrito en el Registro Fe<strong>de</strong>ral <strong>de</strong>Contribuyentes con una antigüedad mayor a dos ejercicios fiscales. Tratándose <strong>de</strong> empresasconstituidas en fecha posterior a <strong>la</strong> antigüedad mencionada, podrán solicitar el estímulo siempre que279