Volumen 2 - Auditoría Superior de la Federación

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Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 20072008, con equipo policial integrado de origen, por un valor de 422,128.7 miles de pesos. Al respecto,se determinó que las razones para la aplicación del supuesto de excepción a la licitación pública no seacreditan, toda vez que de la revisión al sondeo de mercado efectuado no se determina que existanrazones justificadas para la adquisición de bienes de marca determinada, en contravención de losartículos 27, párrafo primero, 40, párrafo primero, y 41, fracción VIII, de la Ley de Adquisiciones,Arrendamientos y Servicios del Sector Público y numeral IV.5.1 de la Circular 01 emitida por la OficialíaMayor de la SSP, mediante el oficio núm. OM/0440/2006 del 28 de agosto de 2006, que señala: “Enlos supuestos de excepción establecidos en el artículo 41 de la LAASSP para la contratación deadquisiciones, arrendamientos y servicios, mediante invitación a cuando menos tres personas oadjudicación directa, será responsabilidad del Titular del área solicitante enviar al Secretario Ejecutivodel Comité la solicitud de presentación del caso al Comité, en el formato respectivo, el cual deberácontener, como mínimo… -Justificación en la que se acrediten las causas de excepción de licitaciónpública debidamente fundada y motivada, suscrita por el titular del área requiriente o solicitante…”.Acción Emitida07-0-36C00-02-0455-01-003RecomendaciónLa Auditoría Superior de la Federación, con fundamento en lo establecido en los artículos 31, últimopárrafo, y 77, fracción VII, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, recomienda que laPolicía Federal Preventiva no someta a consideración del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos yServicios procedimientos de contratación si antes no se verifica que en los sondeos de mercado querealicen las áreas requirentes se precisen los plazos y condiciones de entrega de éstos, precioestimado y las Normas Oficiales Mexicanas aplicables al bien que se pretende adquirir; asimismo, quecuenten con la fecha, el nombre y la firma del responsable de su elaboración; y que se determine queexisten razones justificadas para la adquisición de bienes de marca determinada, en cumplimiento delos artículos 27, párrafo primero, 40, párrafo primero, y 41, fracción VIII, de la Ley de Adquisiciones,Arrendamientos y Servicios del Sector Público;13, fracción III, párrafo tercero, del Acuerdo por el quese establecen las Normas generales de control interno en el ámbito de la Administración PúblicaFederal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de septiembre de 2006 y reformadomediante publicación en el mismo diario el 28 de marzo de 2007 y el 12 de mayo de 2008; y de laCircular 01, que emita la Oficialía Mayor de la Secretaría de Seguridad Pública.La Policía Federal Preventiva informará a la Auditoría Superior de la Federación sobre los resultadosde su gestión.26

Sector Seguridad PúblicaAcción Emitida07-9-36C00-02-0455-08-002Promoción de Responsabilidad Administrativa SancionatoriaLa Auditoría Superior de la Federación, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 77, fracción XI,de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, solicita que el Órgano Interno de Control en laPolicía Federal Preventiva, en el ámbito de sus atribuciones, realice las investigaciones pertinentes y,en su caso, inicie el procedimiento administrativo para el fincamiento de las responsabilidadesadministrativas sancionatorias que se deriven de los actos u omisiones de los servidores públicos queen su gestión dictaminaron favorablemente la celebración, por excepción a la licitación pública, de laadjudicación directa para la adquisición de 750 camionetas FORD F-150 XL, doble cabina, serviciosespeciales, 4X4, modelo 2008, con equipo policial integrado de origen, por un valor de 422,128.7 milesde pesos, sin que se acreditaran las razones para la aplicación del supuesto de excepción a lalicitación pública, toda vez que de la revisión al sondeo de mercado efectuado no se determina queexistan razones justificadas para la adquisición de bienes de marca determinada, en incumplimientode los artículos 27, párrafo primero, 40, párrafo primero, 41, fracción VIII, de la Ley de Adquisiciones,Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y numeral IV.5.1 de la Circular 01 emitida por laOficialía Mayor de la SSP, mediante el oficio núm. OM/0440/2006 del 28 de agosto de 2006.El Órgano Interno de Control en la Policía Federal Preventiva proporcionará a la Auditoría Superior dela Federación la respuesta correspondienteResultado Núm. 10 Observación Núm. 1En los documentos denominados Formato Único de Adquisiciones (FUA) núms. 000543 y 000550 y enlas Solicitudes de Suficiencia Presupuestal núms. 130-072 y 140-059, ambos del 1 de agosto de 2007,autorizados por la Dirección de Programación y Control Presupuestal de la Dirección General Adjuntade Recursos Financieros, no se describen en forma detallada las características de las 750 camionetasque se adquirieron durante el ejercicio de 2007, así como del equipo policial con el que debieranequiparse; asimismo, no se especificó el mes en que se autorizó ejercer el gasto, en contravención delos numerales III.5.2 y III.1.2. de la Circular 01 emitida por la Oficialía Mayor de la SSP, mediante eloficio núm. OM/0440/2006 del 28 de agosto de 2006, que señalan: “III.5.2. … El formato de requisiciónserá el establecido por las Unidades de Adquisiciones y deberá contener una descripción amplia ysuficiente de las especificaciones de los bienes y/o servicios solicitados,…” y “III.1.2. …Dichassolicitudes se realizarán a través de los formatos “Requisición de Compra” o “Requisición de Servicios”o su equivalente en cada OAD´s y deberán contar con la Autorización de Suficiencia Presupuestaria, la27

Informe <strong>de</strong>l Resultado <strong>de</strong> <strong>la</strong> Revisión y Fiscalización <strong>Superior</strong> <strong>de</strong> <strong>la</strong> Cuenta Pública 20072008, con equipo policial integrado <strong>de</strong> origen, por un valor <strong>de</strong> 422,128.7 miles <strong>de</strong> pesos. Al respecto,se <strong>de</strong>terminó que <strong>la</strong>s razones para <strong>la</strong> aplicación <strong>de</strong>l supuesto <strong>de</strong> excepción a <strong>la</strong> licitación pública no seacreditan, toda vez que <strong>de</strong> <strong>la</strong> revisión al son<strong>de</strong>o <strong>de</strong> mercado efectuado no se <strong>de</strong>termina que existanrazones justificadas para <strong>la</strong> adquisición <strong>de</strong> bienes <strong>de</strong> marca <strong>de</strong>terminada, en contravención <strong>de</strong> losartículos 27, párrafo primero, 40, párrafo primero, y 41, fracción VIII, <strong>de</strong> <strong>la</strong> Ley <strong>de</strong> Adquisiciones,Arrendamientos y Servicios <strong>de</strong>l Sector Público y numeral IV.5.1 <strong>de</strong> <strong>la</strong> Circu<strong>la</strong>r 01 emitida por <strong>la</strong> OficialíaMayor <strong>de</strong> <strong>la</strong> SSP, mediante el oficio núm. OM/0440/2006 <strong>de</strong>l 28 <strong>de</strong> agosto <strong>de</strong> 2006, que seña<strong>la</strong>: “Enlos supuestos <strong>de</strong> excepción establecidos en el artículo 41 <strong>de</strong> <strong>la</strong> LAASSP para <strong>la</strong> contratación <strong>de</strong>adquisiciones, arrendamientos y servicios, mediante invitación a cuando menos tres personas oadjudicación directa, será responsabilidad <strong>de</strong>l Titu<strong>la</strong>r <strong>de</strong>l área solicitante enviar al Secretario Ejecutivo<strong>de</strong>l Comité <strong>la</strong> solicitud <strong>de</strong> presentación <strong>de</strong>l caso al Comité, en el formato respectivo, el cual <strong>de</strong>berácontener, como mínimo… -Justificación en <strong>la</strong> que se acrediten <strong>la</strong>s causas <strong>de</strong> excepción <strong>de</strong> licitaciónpública <strong>de</strong>bidamente fundada y motivada, suscrita por el titu<strong>la</strong>r <strong>de</strong>l área requiriente o solicitante…”.Acción Emitida07-0-36C00-02-0455-01-003RecomendaciónLa <strong>Auditoría</strong> <strong>Superior</strong> <strong>de</strong> <strong>la</strong> Fe<strong>de</strong>ración, con fundamento en lo establecido en los artículos 31, últimopárrafo, y 77, fracción VII, <strong>de</strong> <strong>la</strong> Ley <strong>de</strong> Fiscalización <strong>Superior</strong> <strong>de</strong> <strong>la</strong> Fe<strong>de</strong>ración, recomienda que <strong>la</strong>Policía Fe<strong>de</strong>ral Preventiva no someta a consi<strong>de</strong>ración <strong>de</strong>l Comité <strong>de</strong> Adquisiciones, Arrendamientos yServicios procedimientos <strong>de</strong> contratación si antes no se verifica que en los son<strong>de</strong>os <strong>de</strong> mercado querealicen <strong>la</strong>s áreas requirentes se precisen los p<strong>la</strong>zos y condiciones <strong>de</strong> entrega <strong>de</strong> éstos, precioestimado y <strong>la</strong>s Normas Oficiales Mexicanas aplicables al bien que se preten<strong>de</strong> adquirir; asimismo, quecuenten con <strong>la</strong> fecha, el nombre y <strong>la</strong> firma <strong>de</strong>l responsable <strong>de</strong> su e<strong>la</strong>boración; y que se <strong>de</strong>termine queexisten razones justificadas para <strong>la</strong> adquisición <strong>de</strong> bienes <strong>de</strong> marca <strong>de</strong>terminada, en cumplimiento <strong>de</strong>los artículos 27, párrafo primero, 40, párrafo primero, y 41, fracción VIII, <strong>de</strong> <strong>la</strong> Ley <strong>de</strong> Adquisiciones,Arrendamientos y Servicios <strong>de</strong>l Sector Público;13, fracción III, párrafo tercero, <strong>de</strong>l Acuerdo por el quese establecen <strong>la</strong>s Normas generales <strong>de</strong> control interno en el ámbito <strong>de</strong> <strong>la</strong> Administración PúblicaFe<strong>de</strong>ral, publicado en el Diario Oficial <strong>de</strong> <strong>la</strong> Fe<strong>de</strong>ración el 27 <strong>de</strong> septiembre <strong>de</strong> 2006 y reformadomediante publicación en el mismo diario el 28 <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong> 2007 y el 12 <strong>de</strong> mayo <strong>de</strong> 2008; y <strong>de</strong> <strong>la</strong>Circu<strong>la</strong>r 01, que emita <strong>la</strong> Oficialía Mayor <strong>de</strong> <strong>la</strong> Secretaría <strong>de</strong> Seguridad Pública.La Policía Fe<strong>de</strong>ral Preventiva informará a <strong>la</strong> <strong>Auditoría</strong> <strong>Superior</strong> <strong>de</strong> <strong>la</strong> Fe<strong>de</strong>ración sobre los resultados<strong>de</strong> su gestión.26

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