Volumen 2 - Auditoría Superior de la Federación

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Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2007Por otro lado, se observó que la DGAF, mediante el oficio núm. DGAF/0061/08 del 15 de enero de2008, solicitó a la DGPOP el trámite de sus ADEFAS, incluido el correspondiente al estado deMichoacán, en contravención del artículo 175 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria, que señala: “Los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de lasentidades federativas y, en su caso, de los municipios, se considerarán devengados a partir de laentrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno.”No existe una coordinación adecuada entre la DGPOP y el SESNSP, ya que el titular de la DGAF, através del oficio núm. DGAF/0061/08 del 15 de enero de 2008, solicitó a la DGPOP información sobrela situación del trámite para el pago de ADEFAS, entre otros, el correspondiente al estado deMichoacán; sin embargo, la DGPOP no contestó, por lo que nuevamente, mediante el oficio númeroDGAF/0322/2008 de marzo de 2008, la DGAF solicitó información sobre la situación que guardabanlas transferencias de recursos, la DGPOP, con el oficio núm. DGPOP/DT/0127/2008 del 13 de marzode 2008, le notificó que ya se había emitido la CLC con núm. de folio SIAFF 7128 con fecha de pago29 de enero de 2008. Lo anterior contravino los artículos 7, primer párrafo, de la Ley Federal dePresupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 18, fracción X, del Reglamento Interior de la Secretaríade Seguridad Pública.Acción Emitida07-0-36D00-02-0475-01-002RecomendaciónLa Auditoría Superior de la Federación, con fundamento en lo establecido en los artículos 31, últimopárrafo, y 77, fracción VII, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, recomienda que elSecretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en la celebración de conveniospara el otorgamiento de un subsidio entre el ejecutivo federal y el estatal, publique dichos convenios,en lo subsecuente, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico oficial de la entidadfederativa, de conformidad con lo que establezca el Convenio para el otorgamiento de subsidioscorrespondientes.El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública informará a la Auditoría Superiorde la Federación sobre los resultados de su gestión.220

Sector Seguridad PúblicaAcción Emitida07-0-36D00-02-0475-01-003RecomendaciónLa Auditoría Superior de la Federación, con fundamento en lo establecido en los artículos 31, últimopárrafo, y 77, fracción VII, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, recomienda que elSecretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública solicite, en el caso de lacelebración de convenios para el otorgamiento de un subsidio entre el ejecutivo federal y el estatal, lainformación sobre el número y tipo de cuenta bancaria en que se depositen los recursos transferidos alEstado y los estados de cuenta correspondientes que permitan verificar el manejo de los recursos;asimismo que, supervise las acciones ejecutadas por la entidad federativa conforme a lo pactado en elconvenio y establezca mecanismos de control y supervisión que permitan garantizar que se cuente conla información sobre la ejecución de los trabajos o adquisiciones de bienes o servicios, objeto delconvenio, y realice la evaluación trimestral en coordinación con la entidad federativa del avance en elcumplimiento de los objetivos, metas e indicadores previstos, así como el impacto de las accionesllevadas a cabo, de conformidad con las cláusulas correspondientes de los Convenios para elotorgamiento de subsidios que se suscriban.El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública informará a la Auditoría Superiorde la Federación sobre los resultados de su gestión.Acción Emitida07-9-36D00-02-0475-08-001Promoción de Responsabilidad Administrativa SancionatoriaLa Auditoría Superior de la Federación, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 77, fracción XI,de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, solicita que el Órgano Interno de Control en elSecretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en el ámbito de sus atribuciones,realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo para elfincamiento de las responsabilidades administrativas sancionatorias que se deriven de los actos uomisiones de los servidores públicos que en su gestión no supervisaron las acciones ejecutadas por laentidad federativa conforme a lo pactado en el convenio, ni solicitaron información sobre la ejecuciónde los trabajos o adquisiciones de bienes o servicios, objeto del convenio, con la finalidad de reportarla aplicación de los recursos federales otorgados, en incumplimiento de las cláusulas primera, segundopárrafo; segunda, incisos a, b, y c, y quinta, fracción III, del Convenio para el otorgamiento de unsubsidio.221

Sector Seguridad PúblicaAcción Emitida07-0-36D00-02-0475-01-003RecomendaciónLa <strong>Auditoría</strong> <strong>Superior</strong> <strong>de</strong> <strong>la</strong> Fe<strong>de</strong>ración, con fundamento en lo establecido en los artículos 31, últimopárrafo, y 77, fracción VII, <strong>de</strong> <strong>la</strong> Ley <strong>de</strong> Fiscalización <strong>Superior</strong> <strong>de</strong> <strong>la</strong> Fe<strong>de</strong>ración, recomienda que elSecretariado Ejecutivo <strong>de</strong>l Sistema Nacional <strong>de</strong> Seguridad Pública solicite, en el caso <strong>de</strong> <strong>la</strong>celebración <strong>de</strong> convenios para el otorgamiento <strong>de</strong> un subsidio entre el ejecutivo fe<strong>de</strong>ral y el estatal, <strong>la</strong>información sobre el número y tipo <strong>de</strong> cuenta bancaria en que se <strong>de</strong>positen los recursos transferidos alEstado y los estados <strong>de</strong> cuenta correspondientes que permitan verificar el manejo <strong>de</strong> los recursos;asimismo que, supervise <strong>la</strong>s acciones ejecutadas por <strong>la</strong> entidad fe<strong>de</strong>rativa conforme a lo pactado en elconvenio y establezca mecanismos <strong>de</strong> control y supervisión que permitan garantizar que se cuente con<strong>la</strong> información sobre <strong>la</strong> ejecución <strong>de</strong> los trabajos o adquisiciones <strong>de</strong> bienes o servicios, objeto <strong>de</strong>lconvenio, y realice <strong>la</strong> evaluación trimestral en coordinación con <strong>la</strong> entidad fe<strong>de</strong>rativa <strong>de</strong>l avance en elcumplimiento <strong>de</strong> los objetivos, metas e indicadores previstos, así como el impacto <strong>de</strong> <strong>la</strong>s accionesllevadas a cabo, <strong>de</strong> conformidad con <strong>la</strong>s cláusu<strong>la</strong>s correspondientes <strong>de</strong> los Convenios para elotorgamiento <strong>de</strong> subsidios que se suscriban.El Secretariado Ejecutivo <strong>de</strong>l Sistema Nacional <strong>de</strong> Seguridad Pública informará a <strong>la</strong> <strong>Auditoría</strong> <strong>Superior</strong><strong>de</strong> <strong>la</strong> Fe<strong>de</strong>ración sobre los resultados <strong>de</strong> su gestión.Acción Emitida07-9-36D00-02-0475-08-001Promoción <strong>de</strong> Responsabilidad Administrativa SancionatoriaLa <strong>Auditoría</strong> <strong>Superior</strong> <strong>de</strong> <strong>la</strong> Fe<strong>de</strong>ración, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 77, fracción XI,<strong>de</strong> <strong>la</strong> Ley <strong>de</strong> Fiscalización <strong>Superior</strong> <strong>de</strong> <strong>la</strong> Fe<strong>de</strong>ración, solicita que el Órgano Interno <strong>de</strong> Control en elSecretariado Ejecutivo <strong>de</strong>l Sistema Nacional <strong>de</strong> Seguridad Pública, en el ámbito <strong>de</strong> sus atribuciones,realice <strong>la</strong>s investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo para elfincamiento <strong>de</strong> <strong>la</strong>s responsabilida<strong>de</strong>s administrativas sancionatorias que se <strong>de</strong>riven <strong>de</strong> los actos uomisiones <strong>de</strong> los servidores públicos que en su gestión no supervisaron <strong>la</strong>s acciones ejecutadas por <strong>la</strong>entidad fe<strong>de</strong>rativa conforme a lo pactado en el convenio, ni solicitaron información sobre <strong>la</strong> ejecución<strong>de</strong> los trabajos o adquisiciones <strong>de</strong> bienes o servicios, objeto <strong>de</strong>l convenio, con <strong>la</strong> finalidad <strong>de</strong> reportar<strong>la</strong> aplicación <strong>de</strong> los recursos fe<strong>de</strong>rales otorgados, en incumplimiento <strong>de</strong> <strong>la</strong>s cláusu<strong>la</strong>s primera, segundopárrafo; segunda, incisos a, b, y c, y quinta, fracción III, <strong>de</strong>l Convenio para el otorgamiento <strong>de</strong> unsubsidio.221

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