Gaceta IV - Secretaría - Universidad Nacional Experimental del ...

Gaceta IV - Secretaría - Universidad Nacional Experimental del ... Gaceta IV - Secretaría - Universidad Nacional Experimental del ...

13.07.2015 Views

Artículo 27:La expedición de credenciales de identidad universitaria(carnet), o su renovación causará un derecho de:CERO COMA CUARENTA UNIDADES TRIBUTARIAS(0,40 U.T.) para personal docente, administrativo, obrero yestudiantes de Postgrado.Parágrafo Único: La pérdida de la credencial de identidad(carnet) y su correspondiente reposición tendrá un valor deCERO COMA SESENTA UNIDADES TRIBUTARIAS(0,60 U.T).CU. 098/2009Martes, 15/12/20091. Consideración de modificación de la Norma para el Otorgamiento delPremio UNET a la Investigación Científica, Humanística yTecnológica.En uso de la atribución que le confiere el Artículo 10 Numeral 11 delReglamento de la UNET, el Consejo Universitario aprobó las Normas para elOtorgamiento del Premio UNET a la Investigación Científica, Humanística yTecnológica, en los siguientes términos:CAPÍTULO IDEL PREMIOArtículo 1.- Se crea el “Premio UNET a la Investigación Científica,Humanística y Tecnológica”, que se otorgará bianualmente almejor trabajo científico de la Comunidad Universitaria de laUNET, publicado en Revistas Arbitradas nacional einternacionalmente.Artículo 2.- El premio tiene por objeto promocionar y difundir laproducción científica de la UNET, y reconocer la contribuciónde ésta al desarrollo científico, humanístico y tecnológico de laregión y del país, generado durante los dos años precedentes alotorgamiento del mismo.Artículo 3.- La evaluación de los trabajos realizados se hará de acuerdo alos criterios de interés científico-tecnológico, utilidad social yaplicabilidad de resultados. El premio se otorgará, en lasmenciones: Agropecuaria, Industrial, Socio-Económico-Cultural, y Ciencias Exactas y Naturales.Artículo 4.- Podrán optar al premio los miembros de la comunidaduniversitaria de la UNET, individualmente o por equipos,34

quienes pre-inscriban sus trabajos en el concurso y atiendan ensu debida oportunidad la convocatoria respectiva.Artículo 5.- El premio será concedido al trabajo en la persona del autor oautores, en atención a los criterios señalados en el artículo 3 deestas Normas.Artículo 6.- Para cada una de las menciones del “Premio UNET a laInvestigación Científica, Humanística y Tecnológica” elestímulo consistirá en la entrega de efectivo equivalente aSetenta y cinco (75) unidades tributarias vigente al cierre delejercicio fiscal inmediatamente anterior. “Queda suspendidopara la edición 2010.”CAPÍTULO IIDEL JURADOArtículo 7.- El jurado estará integrado por tres (03) miembros por cadamención, designados por el Consejo Académico de una lista deseis (6) candidatos por mención presentada por el Decano deInvestigación, previa consulta al Consejo de Decanato deInvestigación.Artículo 8.- Los integrantes del jurado deberán ser investigadores encualquier especialidad y podrán asesorarse con especialistas encada caso que lo considere pertinente.Artículo 9.- La concesión del premio se hará de conformidad al veredictoemitido por el jurado por la mayoría absoluta de susmiembros.Artículo 10.- La decisión del jurado será inapelable.Artículo 11.- El concurso será declarado desierto por el jurado, cuando a sujuicio no existan trabajos con méritos suficientes para hacerseacreedores al premio. En este caso, el monto correspondientedeberá destinarse para financiamiento y desarrollo de lainvestigación científica y tecnológica de la Universidad.CAPÍTULO IIIDEL PROCEDIMIENTOArtículo 12.- El Consejo de Decanato de Investigación publicarábianualmente la convocatoria al “Premio UNET a laInvestigación Científica, Humanística y Tecnológica”, la cualdebe establecer el periodo de recepción y los recaudosnecesarios.35

quienes pre-inscriban sus trabajos en el concurso y atiendan ensu debida oportunidad la convocatoria respectiva.Artículo 5.- El premio será concedido al trabajo en la persona <strong>del</strong> autor oautores, en atención a los criterios señalados en el artículo 3 deestas Normas.Artículo 6.- Para cada una de las menciones <strong>del</strong> “Premio UNET a laInvestigación Científica, Humanística y Tecnológica” elestímulo consistirá en la entrega de efectivo equivalente aSetenta y cinco (75) unidades tributarias vigente al cierre <strong>del</strong>ejercicio fiscal inmediatamente anterior. “Queda suspendidopara la edición 2010.”CAPÍTULO IIDEL JURADOArtículo 7.- El jurado estará integrado por tres (03) miembros por cadamención, designados por el Consejo Académico de una lista deseis (6) candidatos por mención presentada por el Decano deInvestigación, previa consulta al Consejo de Decanato deInvestigación.Artículo 8.- Los integrantes <strong>del</strong> jurado deberán ser investigadores encualquier especialidad y podrán asesorarse con especialistas encada caso que lo considere pertinente.Artículo 9.- La concesión <strong>del</strong> premio se hará de conformidad al veredictoemitido por el jurado por la mayoría absoluta de susmiembros.Artículo 10.- La decisión <strong>del</strong> jurado será inapelable.Artículo 11.- El concurso será declarado desierto por el jurado, cuando a sujuicio no existan trabajos con méritos suficientes para hacerseacreedores al premio. En este caso, el monto correspondientedeberá destinarse para financiamiento y desarrollo de lainvestigación científica y tecnológica de la <strong>Universidad</strong>.CAPÍTULO IIIDEL PROCEDIMIENTOArtículo 12.- El Consejo de Decanato de Investigación publicarábianualmente la convocatoria al “Premio UNET a laInvestigación Científica, Humanística y Tecnológica”, la cualdebe establecer el periodo de recepción y los recaudosnecesarios.35

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!