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CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ...

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Subdirección de Administración y FinanzasGerencia de Recursos MaterialesSubgerencia de Abastecimientolos servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para ejecutar losservicios a que se refiere este contrato.El responsable del PROVEEDOR previamente a su intervención en los servicios, deberáser aceptado por PEMEX-GAS quien determinará si reúne los requisitos señalados.En cualquier momento o por razones justificadas, PEMEX-GAS podrá solicitar el cambiodel responsable del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna losrequisitos señalados en esta cláusula.Para este contrato aplicará el siguiente procedimiento de calibración: IPROCEXX-0007269 el área que realizará lainspección será: la superintendencia general de la terminalesa través de la superintendencia de mantenimiento , los lugares donde se llevará a cabo será: Tula, Tepeji del Rio,Terrestre Salina Cruz, Cactus, Abasolo, Zapopan, Cd. Juárez, Puebla, Poza Rica y Topolobampo.Al término de la calibración, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalarque, en su caso, los servicios fueron realizados de conformidad con este contrato.DÉCIMA QUINTA.- RESPONSABILIDAD <strong>LA</strong>BORALEl PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de estecontrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demásordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores.Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamentecomo proveedor independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la prácticacomercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la LeyFederal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivosfuncionarios o empleados, y PEMEX-GAS.Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con lossupuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de cualquiera de laspersonas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de PEMEX-GAS o seinvolucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, elPROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación odemanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de susOrganismos Subsidiarios, de cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto.DÉCIMA SEXTA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOREl PROVEEDOR será el único responsable cuando los servicios objeto de este contrato, nose hayan realizado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a lasinstrucciones dadas por escrito por parte de PEMEX-GAS; por lo que en estos casos35

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