CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ...
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Subdirección de Administración y FinanzasGerencia de Recursos MaterialesSubgerencia de AbastecimientoEl PROVEEDOR podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un Intermediario Financieromediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y PEMEX-GAS otorga suconsentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuentapor Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, noexista impedimento legal o administrativo.En virtud de lo anterior, las Partes se obligan al procedimiento establecido en las“Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las dependencias y entidades de laAdministración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivasde Nacional Financiera, S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo”, publicadas en el DiarioOficial de la Federación el 28 de febrero de 2007.DÉCIMA PRIMERA.- OBLIGACIONES FISCALESLas partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a lasleyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación decubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuiciode que PEMEX-GAS realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan lasleyes de la materia.CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES EXTRANJERAS, DEBERÁ SUSTITUIRSE EL PÁRRAFO ANTERIOR POR LASIGUIENTE REDACCIÓN E INVARIABLEMENTE DEBERÁ SOLICITARSE LA SANCIÓN FISCAL DE LA GERENCIA FISCAL O REPRESENTACIÓN FISCAL QUECORRESPONDA, EN CUYO CASO, LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PUEDE VARIARCada una de las partes cumplirá con las obligaciones fiscales que le corresponda, y pagarátodas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyesfederales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos y (país de residenciadel otro contratante), tengan obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución ycumplimiento del presente contrato y sus anexos. Lo anterior, sin perjuicio de lasretenciones que PEMEX-GAS esté obligado a efectuar de acuerdo con las leyes de lamateria.DÉCIMA SEGUNDA.- INDICAR EL ENCABEZADO DE LA CLÁUSULA QUE APLIQUE AL CASO CONCRETO,SELECCIONANDO LA OPCIÓN QUE CORRESPONDA.GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATOEl PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadasdel contrato, deberá presentar a PEMEX-GAS, dentro de los diez días naturales siguientesa la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento delplazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL.28
Subdirección de Administración y FinanzasGerencia de Recursos MaterialesSubgerencia de AbastecimientoPóliza de fianza que se constituirá por el 10 % del importe máximo del contrato, con unavigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadoralegalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal deInstituciones de Fianzas y a favor de PEMEX-GAS.El PROVEEDOR manifiesta expresamente:(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX-GAS, derenunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civilaplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto deincumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva lagarantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX-GAS.(B) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato,permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientosjudiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación alcontrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por partede la autoridad o tribunal competente.(C) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidadreclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización pormora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas,aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento anteautoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y elfiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo,en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunalarbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas hayapagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidadpagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que laresolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.(D) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta quelas obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en lainteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada medianteescrito suscrito por PEMEX-GAS.(E) Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora porincumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación:1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.5. La rescisión del contrato y su notificación.6. Copia del finiquito29
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Subdirección de Administración y FinanzasGerencia de Recursos MaterialesSubgerencia de AbastecimientoPóliza de fianza que se constituirá por el 10 % del importe máximo del contrato, con unavigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadoralegalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal deInstituciones de Fianzas y a favor de PEMEX-GAS.El PROVEEDOR manifiesta expresamente:(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX-GAS, derenunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civilaplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto deincumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva lagarantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX-GAS.(B) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato,permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientosjudiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación alcontrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por partede la autoridad o tribunal competente.(C) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidadreclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización pormora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas,aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento anteautoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y elfiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo,en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunalarbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas hayapagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidadpagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que laresolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.(D) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta quelas obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en lainteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada medianteescrito suscrito por PEMEX-GAS.(E) Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora porincumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación:1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.5. La rescisión del contrato y su notificación.6. Copia del finiquito29