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Descargar (1426Kb) - Universidad de El Salvador

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cualquier conducta <strong>de</strong> los órganos <strong>de</strong>l Estado, que causare daños y/operjuicios al gobernado. Es pertinente aclarar que en este documentointeresa <strong>de</strong>sarrollar la responsabilidad extracontractual; por lo tanto laspróximas líneas están orientadas a este objetivo.Bien, la responsabilidad extracontractual pue<strong>de</strong> originarse <strong>de</strong> un acto ohecho legislativo, judicial o administrativo. Asimismo es <strong>de</strong> muchaimportancia advertir que la responsabilidad estatal por actos legislativos yjudiciales violatorios <strong>de</strong>l <strong>de</strong>recho a la salud en estricto sentidos es mínima oprácticamente inexistente en nuestro país. En cuanto a la responsabilidad porhechos y actos administrativos po<strong>de</strong>mos <strong>de</strong>cir que es la causa principal <strong>de</strong>violaciones” 126 <strong>de</strong>l <strong>de</strong>recho a la salud <strong>de</strong> los salvadoreños usuarios <strong>de</strong>lservicio público <strong>de</strong> salud.4.3.1 PRESUPUESTOS PARA LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO Y DESUS FUNCIONARIOS POR VIOLACION DEL DERECHO A LA SALUD.De acuerdo con el or<strong>de</strong>namiento jurídico constitucional, el Estado y susfuncionarios son responsables por las violaciones cometidas contra el<strong>de</strong>recho a la salud <strong>de</strong> cualquier gobernado, este <strong>de</strong>recho a la salud seencuentra tipificado en el título II, sección cuarta artículos sesenta y cinco alsetenta <strong>de</strong> la Constitución; en este sentido pues “sólo cabe hablar <strong>de</strong>responsabilidad <strong>de</strong> los funcionarios públicos única y exclusivamente cuandoestos trasgredan <strong>de</strong>rechos concedidos, y <strong>de</strong> ninguna manera <strong>de</strong>rechos queaún no lo estén, a menos que el or<strong>de</strong>namiento subconstitucional lo implanteo alguna interpretación jurispru<strong>de</strong>ncial lo <strong>de</strong>rive <strong>de</strong> algún <strong>de</strong>recho ya126 Juan Francisco Linares, “ Estudio <strong>de</strong> Derecho Administrativo” Cf. Cáp. XX y XXI.151

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