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Nov. Dic. Nº 356-357 - Biblioteca Virtual El Dorado

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~vano al año siguiente se creaba la Audiencia y poco después llegabanlos primeros Oidores: la vecindad de estos hechos no es, por supuesto,mera casualidad).Durante ese período se crearon cargos nuevos, como la Tenenciade Gobernad~r, un cargo que en principio debía recaer en UñlëtTiI.~'ãõ-yé-'prctendía reforzar el poder de los Gobernadores a la vezque hacer innecesarias las Alcaldías Ordinarias, cargos de primera importanciaen los Cabildos. De hecho las Alcaldías fueron suprimi~das varias veces para decapitar a los cabildos de sus cabezas más visi~bles y coartar su capacidad política. Los vecinos, sin embargo, semostraron con suficiente capacidad de lucha como para no dejarsevencer, recurriendo repetidas veces a la acción violenta.A esta situación, en extremo peligrosa para los intereses de laCorona, no se le pudo poner punto final hasta la creación de laAudiencia en 1563, con lo que el Estado dejaba caer sobre la sociedadpanameña de manera definitiva todo el peso del poder central,Las funciones gubernativas recayeron colegiadamente en los Oidores,se suprimió la conflctiva Tenencia de Gobernación, y se restituyeronal Cabildo las Alcaldías Ordinarias y el derecho de elección,con lo que sus funciones al nivel local pudieron desarrollarsedentro de la normalidad, aunque subordinadas al Estado metropolitano,en el que queda incrustado como un órgano político más.La instauración de la Audiencia significó, así, la consolidacióndel poder central de la metrópoli sobre la lejana colonia, pero a lavez, el afianzamiento de la corporación municipal, ya que, si bienel Cabildo queda engranado al sistema estatal como parte de la granmaquinaria cuyos hilos se dirigían desde la cabeza del Imperio,también aseguraba la conquista de ciertas metas largo tiempo anhe~ladas. De hecho se trataba de medidas que formaban parte de unvasto programa institucional y que fueron una de las grandes materializacionesdel gobierno de Felipe II (recordemos rápidamente elsistema de flotas, la creación de otras Audiencias, la reglamentación,sobre bases más racionalistas, de las nuevas fundaciones de ciudades,nuevas conquistas y poblamientos, y un largo etcétera). Enel propio Cabildo panameño, a las conquistas ya mencionadas, luegose .a n otras como 1 incorporación al Municipio del cargo deAlguacil Mayor de a ciuda , que hasta entonces había formado partede gObierno supmõr"y estaba directamente subordinado al Gobernador.(Con la implantación de la Audiencia se crearon dos. AlguacilazgosMayores -uno para la Cancilería y otro para la ciudad. <strong>El</strong>primero tendría jurisdiccinn policíaca sobre todo el país, mientrasque el segundo limitaba su jurisdicción al ámbito municipal.) Este105

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