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ANÁLISIS JURÍDICO DE LA DESPENALIZACIÓN.pdf

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71“La madre que por ocultar su deshonra matare al hijo recién nacido, será reprimidacon la pena de reclusión menor de tres a seis años.Igual pena se impondrá a los abuelos maternos que, para ocultar la deshonra de lamadre, cometieren este delito.” 97Otro aspecto importante en la cualificación de este delito, es el móvil; este es un delitoque se perpetra con un propósito, el ocultar la deshonra de la madre o de su familia,característica que será analizada más adelante. Además se puede distinguir querespecto a otros delitos contra la vida, excluyendo al aborto honoris causa, este tieneuna pena más benévola.Las prácticas infanticidas son muy antiguas, recordemos lo señalado en las primerashojas de este trabajo, cuando se explicó que los atenienses arrojaban de un monte a losinfantes con problemas físicos o mentales que se suponía no podrían resistir lasexigencias de su sociedad. Roma en sus inicios, también aniquilaba a los menores condeficiencias en la roca Tarpeya. Aunque la razón de este actuar en esa época era decarácter eugenésico, no deja de ser un antecedente digno de analizarse de este delitocontra la vida, el infanticidio.El viejo Derecho Romano daba la facultad a los Pater Familias, de disponerlibremente sobre la vida de sus hijos y descendientes, normas que no se extendíanhacia las madres, ya que las infanticidas eran castigadas. Justiniano suprime estederecho de “disposición” y empiezan a considerarse penas muy drásticas para quien lopracticaba. Posteriormente el infanticidio fue considerado delito en Roma.Por su parte, el Fuero Juzgo normalizó esta práctica delictiva y penalizaba a las madresque ocasionaban la muerte de sus hijos tiernos con la ceguera o con la muerte. Seseñala que en leyes posteriores como en las Partidas, no se encuentre disposiciónalguna acerca del infanticidio, pero a decir de Cuello Calón se penaba seguramentemuerte de la madre infanticida. 9897 CÓDIGO PENAL, R.O-S 147, 22 de Enero de 1971, art.453.98 CUELLO CALÓN EUGENIO, Derecho Penal, Ed. Bosch, Barcelona, Décimo Cuarta Edición,Tomo II, Volumen 2, Página 522.

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