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ANÁLISIS JURÍDICO DE LA DESPENALIZACIÓN.pdf

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32la criatura. 39 Por ejemplo si un niño nace en Ecuador, aunque sea hijo de padresextranjeros, se aplicará para su caso le Ley ecuatoriana, y así se manejaba incluso conel texto antiguo del artículo 60.Análisis del artículo 61 del Código Civil.- Este artículo en particular tiene granrelación con la legislación existente del aborto. “ La Ley protege la vida del que estápor nacer. El juez, en consecuencia, tomará, a petición de cualquiera persona o deoficio, todas las providencias que le parezcan convenientes para proteger la existenciadel no nacido, siempre que crea que de algún modo peligra.Toda sanción a la madre, por la cual pudiera peligrar la vida o la salud de la criaturaque tiene en su seno, deberá diferirse hasta después del nacimiento.” 40El legislador en este caso ha tomado una decisión acertada, al incluir este texto dentrodel Código Civil. En definitiva está protegiendo a fetos, es decir, seres que aún nonacen, por cualquier acto provocado por su madre u otras personas, o que se tema quepueda provocarse en desmedro o atentando contra la vida del no nacido.Se puede asociar las decisiones judiciales tomadas, con la de las providenciaspreventivas, contenidas en el Código de Procedimiento Civil. Estas medidas, al igualque las señaladas en el artículo 61 del Código Civil, tienden a evitar un daño o lainoperancia de sujetos que tienen una responsabilidad respecto de otro.Estas providencias pueden ser solicitadas a petición de parte, aunque también el juezpuede dictarlas de oficio cuando crea que la vida de una criatura que se encuentra en elclaustro materno peligre. “...el juez puede disponer cualquiera otra que le parezcaconveniente. Tales podrían ser, a modo de ejemplo. Internamiento de la mujer en unaclínica u hospital, el señalamiento de una pensión alimenticia suficiente para que lamujer mantenga su salud y la de la criatura, etc.” 4139 SÁNCHEZ <strong>DE</strong> BUSTAMANTE ANTONIO, Código de Derecho Internacional Privado, art. 28.40 CÓDIGO CIVIL ECUATORIANO, R.O-S 104, 20 de Noviembre de 1970, Séptima EdiciónCodificada, art. 61.41 <strong>LA</strong>RREA JUAN, Derecho Civil del Ecuador, Tomo I Parte General y Personas, Ed. Corporación deEstudios y Publicaciones, Quinta Edición, Quito, 1991, pág 401.

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