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ANÁLISIS JURÍDICO DE LA DESPENALIZACIÓN.pdf

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150Las ideas y pensamientos, no constituyen delito en materia penal, la investigacióntampoco; las acciones si. Mientras en el Ecuador se siga considerando al aborto comodelito, los médicos aborteros seguirán siendo delincuentes y merecerán sanción;mientras tanto, médicos que investigan, estudian o incluso tienen ideas dedespenalización, no son responsables mientras no materialicen tales ideas. Ojalá elColegio Médico a través del Tribunal de Honor tome cartas al respecto.5.1.3 EL ANTECE<strong>DE</strong>NTE <strong>DE</strong>L ABORTO EUGENÉSICOComo ya se analizó en el capítulo anterior, debido a que es un sujeto pasivo calificadola persona que tiene un trastorno mental, constituirá la cópula carnal con esta persona,en todos los casos y sin excepción alguna, violación. En el caso que se trate de untrastorno temporal, la cópula carnal para que constituya violación debe ser efectuadaen tiempos en que la persona se vea afectada por tal trastorno.Cuando la persona que sufre el trastorno mental es mujer, y no tiene ningún problemafisiológico a nivel de sus órganos genitales u hormonal concomitante o ajeno a suenfermedad, tiene el mismo riesgo de embarazo que una mujer normal. En pocaspalabras, una mujer con trastorno mental que haya sido violada, puede quedarembarazada y la Ley prevé esta condición.El embarazo de una mujer con trastorno mental, no sólo puede ser difícil en el sentidoque pudiera en ciertos casos, presentar complicaciones, sino que es riesgoso para lanormal evolución de la especie humana; la Ley considera, como ocurre, que existenenfermedades mentales hereditarias, es por esta razón y para evitar taras, que la Leyconsidera legal un aborto practicado a una mujer alienada mentalmente, cuyoembarazo se produjo por una violación, siempre que lo realice un médico, con elconsentimiento del representante legal de la mujer y se presenten los informesrespectivos, según lo reza el numeral segundo del artículo 447 del Código Penal.Entonces, el aborto por causa de violación, es permitido en el Ecuador, o sea eseximente de responsabilidad penal, única y exclusivamente, si la víctima de violaciónes mujer idiota o demente como lo manifiesta la misma Ley. Constituye un

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