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ANÁLISIS JURÍDICO DE LA DESPENALIZACIÓN.pdf

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145Pero, un aborto que más se ajusta a la realidad de las mujeres que desean perder elfruto de la concepción, es el aborto Honoris Causa, considerado como derivación delaborto consentido, en el que prima el honor y la honra de la mujer que se lo practica; esun aborto que tiene un trato especial, en virtud de que tiene una pena más benévola;pero resulta singular un hecho que el legislador no ha tomado en cuenta, que lamayoría de abortos, tienen como una premisa práctica, una relación causal con elhonor, con subjetividades.En definitiva, el tipo penal que considera al aborto como una actividad delictiva, seajusta a la realidad social imperante en el Ecuador, y, trata de una manera directa deconsiderar todas las circunstancias fácticas que puedan presentarse en la práctica. Elhecho de no considerar al honor, como presente en todos los abortos, constituye unhecho que, más que atentar en contra del fondo del aborto mismo, atenta sobre todo ala forma, no es sustancialOtro punto a considerar es, que si el aborto es en sí, un delito contra la vida o es otrotipo de delito, que afecta a otro bien jurídico protegido. En este caso se debe acudir a lafilosofía y a los hechos que fueron analizados al principio de este trabajo; desdecuando se debe considerar vivo a un ser; cuándo está viva una persona.La vida para unos, empieza el momento de la fusión óvulo-espermatozoide, para otros,luego del tercer mes de gestación, o el momento del nacimiento. Estos factores sonesenciales, al momento de considerar al aborto como un delito contra la vida, o comoun delito que atenta contra la familia o el matrimonio, o como delito que atenta encontra de la integridad de las mujeres embarazadas que merecen atención y cuidado, osimplemente sirven para legalizar al aborto.El Código Civil considera persona al nacido, al que sobrevive después de separado delvientre de su madre, y en virtud de esta aseveración el aborto no debería serconsiderado un delito contra la vida, a pesar que el mismo Código Civil y laConstitución manifiesten la obligación de cuidado al no nacido.¿Pero en qué clase de delitos se debería incluir al aborto?, si se considera válida laapreciación hecha en el párrafo anterior. Es muy difícil ubicarlo y considerarlo dentro

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