1445.1.1 REALIDAD SOBRE EL TIPO Y SU RE<strong>LA</strong>CIÓN CON LOS<strong>DE</strong>LITOS CONTRA <strong>LA</strong> VIDA.Al hablar sobre la realidad del tipo, se lo está haciendo sobre la inferencia de que si elaborto, consagrado en la Ley penal ecuatoriana, guarda correlación entre su texto y lanecesidad social imperante en el país.La legislación penal vigente en el Ecuador establece tres clases básicas de aborto,como ya se estudió en el Capítulo 2, en el presente trabajo. Los abortos pueden ser:sufridos o causados, consentidos y procurados. Se debe advertir, que en las formasbásicas de aborto, no se están considerando a los abortos honoris causa, agravados orealizados por un profesional de la salud y a los abortos necesarios como el terapéuticoy eugenésico.El aborto sufrido, es decir, el causado por una persona sin el consentimiento tácito oexpreso de la mujer embarazada, debe ser siempre penado, y se lo hace en todas laslegislaciones por obvias razones, es decir que se ajusta a las necesidades de la sociedaden cuanto a la existencia de norma expresa sobre este acontecimiento.El aborto consentido y el procurado, que son abortos en los que el consentimiento de lamujer embarazada existe de por medio, no son en todas las legislaciones penalizados,pero en el Ecuador al considerarse delito el aborto en general, es conveniente, que se loconceptualice como se lo hace en la Ley penal vigente.Los abortos carentes de responsabilidad penal, específicamente los necesarios, que deuna u otra manera velan por la salud de la madre, en el un caso, y, por la conservaciónde la especie en el otro, deben ser regulados, para evitar sorpresas y contratiempos,como lo hace la legislación penal en el Ecuador, pero además deben ser reglamentadospara evitar que inescrupulosos especialistas en cualquier rama de la medicina,camuflen abortos ilegales señalando que eran necesarios para precautelar la vida y lasalud de la mujer embarazada.
145Pero, un aborto que más se ajusta a la realidad de las mujeres que desean perder elfruto de la concepción, es el aborto Honoris Causa, considerado como derivación delaborto consentido, en el que prima el honor y la honra de la mujer que se lo practica; esun aborto que tiene un trato especial, en virtud de que tiene una pena más benévola;pero resulta singular un hecho que el legislador no ha tomado en cuenta, que lamayoría de abortos, tienen como una premisa práctica, una relación causal con elhonor, con subjetividades.En definitiva, el tipo penal que considera al aborto como una actividad delictiva, seajusta a la realidad social imperante en el Ecuador, y, trata de una manera directa deconsiderar todas las circunstancias fácticas que puedan presentarse en la práctica. Elhecho de no considerar al honor, como presente en todos los abortos, constituye unhecho que, más que atentar en contra del fondo del aborto mismo, atenta sobre todo ala forma, no es sustancialOtro punto a considerar es, que si el aborto es en sí, un delito contra la vida o es otrotipo de delito, que afecta a otro bien jurídico protegido. En este caso se debe acudir a lafilosofía y a los hechos que fueron analizados al principio de este trabajo; desdecuando se debe considerar vivo a un ser; cuándo está viva una persona.La vida para unos, empieza el momento de la fusión óvulo-espermatozoide, para otros,luego del tercer mes de gestación, o el momento del nacimiento. Estos factores sonesenciales, al momento de considerar al aborto como un delito contra la vida, o comoun delito que atenta contra la familia o el matrimonio, o como delito que atenta encontra de la integridad de las mujeres embarazadas que merecen atención y cuidado, osimplemente sirven para legalizar al aborto.El Código Civil considera persona al nacido, al que sobrevive después de separado delvientre de su madre, y en virtud de esta aseveración el aborto no debería serconsiderado un delito contra la vida, a pesar que el mismo Código Civil y laConstitución manifiesten la obligación de cuidado al no nacido.¿Pero en qué clase de delitos se debería incluir al aborto?, si se considera válida laapreciación hecha en el párrafo anterior. Es muy difícil ubicarlo y considerarlo dentro
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