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ANÁLISIS JURÍDICO DE LA DESPENALIZACIÓN.pdf

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135La prueba de fosfatasa ácida es conveniente practicarla en caso de azoospermia osimplemente para determinar presencia de líquido seminal presencia de líquidoseminal en cualquier parte del organismo de la persona ofendida.Revisar asimismo la estructuras de ano e indagar presencia de hematomas, desgarroso procesos hemorrágicos.” 175Es muy importante señalar, que el Código de Procedimiento Penal establece que lavíctima de violación, en caso de que fuere mujer, podrá exigir un perito de su mismosexo, para que le realice el examen pericial. Al respecto, el inciso tercero del artículo95 del Código de Procedimiento Penal ordena: “El imputado o acusado, podrádesignar un perito, mediante petición al Fiscal, sin que por tal motivo se retarde lapráctica del reconocimiento. Si se tratare de exámenes corporales, la mujer a la cualdeban practicárselos, podrá exigir que quienes actúan como peritos sean personas desu mismo sexo.” 176Puede darse el caso que la víctima de violación no concurra al Departamento deMedicina Legal, como comúnmente suele ocurrir, sino que acuda de manera rápida aalguna casa asistencial u hospitalaria; en ese caso, el mismo artículo 95 del Código deProcedimiento Penal en su quinto inciso manifiesta: “Si hubiere peligro de destrucciónde huellas o vestigios de cualquier naturaleza en las personas o en las cosas, losprofesionales en medicina, enfermeros o dependientes del establecimiento de salud adonde hubiere concurrido la persona agraviada, tomarán las evidenciasinmediatamente y las guardarán hasta que el Fiscal o la Policía Judicial disponganque pasen al cuidado de peritos para su examen.” 177Es muy discutible esta disposición, en el sentido de que, el riesgo de alteraciones nointencionales en las evidencias es latente, debido a que pueden ser recogidas porpersonas no especializadas en el trato y manejo de las mismas, lo que pondría enpeligro el valor probatorio de éstas en un proceso judicial, en virtud de lo que estableceel artículo 83 del Código de Procedimiento Penal.175 VÁSCONEZ LUIS, Medicina Legal, Ed. Casa de la Cultura Ecuatoriana, Quito, 1983, Págs. 27–30.176 CÓDIGO <strong>DE</strong> PROCEDIMIENTO PENAL, R.O. 360, 13 de enero del 2000, Art. 95.177 Ídem.

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