13.07.2015 Views

ANÁLISIS JURÍDICO DE LA DESPENALIZACIÓN.pdf

ANÁLISIS JURÍDICO DE LA DESPENALIZACIÓN.pdf

ANÁLISIS JURÍDICO DE LA DESPENALIZACIÓN.pdf

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

132ajustarlo a las exigencias del Código de Procedimiento Penal, para el efecto, que seencuentran establecidas en el artículo 98.“Examen médico legal: es conveniente tener presente lo siguiente:1) Que todos los detalles relevantes sean aportados por la persona reconocida;2) Que todos los detalles sean informados por escrito, adjuntando fotografías,diagramas, etc.;3) Que todas las muestras sean etiquetadas.El examen debe ser llevado a cabo en circunstancias apropiadas, es decir en unconsultorio médico, con buena luz y con todo el equipo médico requerido (solicitar lapresencia de la enfermera o auxiliar).En el reconocimiento médico legal de los delitos sexuales no puede estar presenteningún Juez de Instrucción 174 o de Derecho, ni su secretario.Orden del examen: nosotros sintetizamos así:a) Interrogatorio de la víctima.b) Examen de la víctima.c) Potencial examen del autor.La historia clínica: es recomendable un diálogo clínico entre médico y paciente. Estopuede favorecer una mejor cooperación para el examen de áreas tan delicadas.Se debe ser cuidadoso.Preguntar elementos adicionales a la violación: ¿cuándo?, ¿quién o quienes?,¿cómo?, ¿dónde?174 El actual Código de Procedimiento Penal no considera la existencia de los llamados Jueces deInstrucción, que eran los Intendentes de Policía, Comisarios Nacionales y Tenientes Políticos. Tampocohace la distinción entre jueces de Derecho y de Instrucción. Actualmente se podría hablar de juecespenales o tribunales penales, dependiendo la etapa en la que se encuentre el proceso.Cabe señalar que ni el Fiscal, ni su secretario, ni el Juez o miembro de algún Tribunal Penal, ni sussecretarios, podrán estar presentes en el examen pericial realizado a la víctima de violación, según loestablece el segundo inciso del Artículo 103 del Código de Procedimiento Penal.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!