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LA INVENCIÓN PATENTABLE.pdf

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derecho es primario y pleno, y no, como en los jura in re aliena, derivado ylimitado.Se concreta así mismo en los referidos derechos el concepto del destinoexclusivo y permanente del bien, sea material o inmaterial, en provecho de lapersona, en antítesis con el concepto de los jura in re aliena, en los que eldestino está limitado sea en orden al contenido o a la duración.En lo que respecta a la tutela jurídica que se le dispensa al titular de un bienincorporal, dado que es protegido, como en la propiedad de un modoabsoluto (in rem) y no solamente en forma relativa (in personam), como enlas obligaciones.Quien quiera darse cuenta de que el derecho acuerda la misma protección ala relación exclusiva que recaiga sobre un objeto inmaterial que a laexistente entre el propietario y las cosas materiales, no vacilará, a pesar dela naturaleza inmaterial de la primera, en admitirla. No es exigir demasiadodel pensamiento jurídico para trasladarlo de la noción del derecho sobreobjetos corporales a la de los objetos incorporales. Aquel cuya concepciónno puede llegar a esto deja de ser jurista. El pensamiento jurídico debe poderdesprenderse de los lazos de la naturaleza sensible” 54Conforme puede apreciar los derechos inmateriales han sido considerados por variosdoctrinarios como derechos de propiedad desde tiempos antiguos. Es que no puedeser de otra manera, pues recalco en el hecho de que una vez concedida la patentesobre la invención la relación entre el inventor -que originalmente concibió una ideasedesliga del ámbito personalísimo y otorga un derecho que puede ser ejercidoconforme disponga la legislación.En la misma línea de obrar, el tratadista Ramella, al referirse a la propiedad y a losbienes inmateriales dice:54Ihering, Rudolf Von: ACTIO INJURIARUM, DES LESIONS INJURIEUSES EN DROITROMANI ET EN DROIT FRANCAIS. P. 148, París 1888.81

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