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LA INVENCIÓN PATENTABLE.pdf

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aplicación industrial. Nada se decía respecto de las patentes de perfeccionamiento, adiferencia de lo que ocurría en la Decisión 85.DECISION 344.- En el Art. 1 de la Decisión 344, se estableció la necesidad deotorgar patentes sobre inventos de producto o procedimiento, siempre y cuando secumpla con las condiciones positivas de patentabilidad: novedad, nivel inventivo yaplicación industrial.Para mi forma de ver, el aporte fundamental de la Decisión 344 es delimitar elespectro de patentabilidad a invenciones de producto y procedimiento, lo cual noestaba debidamente diferenciado dentro de los textos de sus antecesoras -Decisión 85y 313-. Es menester destacar que la clasificación de patentes de producto yprocedimiento se mantiene dentro de la Decisión 486 y Ley de Propiedad IntelectualEcuatoriana. Sobre las Patentes de Producto y Procedimiento, en concordancia con loanteriormente expresado, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la ComunidadAndina manifiesta:“En consecuencia, las invenciones susceptibles de patentamiento, pueden serde productos o de procedimientos. La invención de productos “comprendetodas las variedades de entidades estructurales hechas por el ser humano. …puede referirse principalmente a cosas, substancias y medios de trabajo (enparticular aparatos y dispositivos)...” (Fernández-Novoa, Carlos. Lamodernización del Derecho español de patentes. Editorial Montecorvo S.A.,Madrid, p. 64). La invención de procedimientos consiste en que “su objetoverse sobre un modo de obrar constituido por una serie de operaciones oactuaciones para obtener un resultado. ‘Es decir, se trata de una sucesión deoperaciones o actuaciones a realizar con determinadas materias o energías’(Horacio Rangel Ortiz, Usurpación de Patentes, Universidad Panamericana,México DF, 1994, pág. 85)” (Metke Méndez, Ricardo. Ob.cit., p. 32). Alrespecto, el Tribunal ha dicho: “La invención puede recaer sobre unaentidad física (producto, dispositivo, máquina, sustancia, composición) osobre una actividad (procedimiento, método, utilización)” 2020 Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, Proceso 175-IP-2005.29

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