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LA INVENCIÓN PATENTABLE.pdf

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RECOMENDACIONES GENERALES DEL CAPÍTULO IVLas recomendaciones en este caso serán más específicas, y se detallaran según lamateria en disertación:i) REQUISITO DE UTILIDAD.- Recomendaría al Gobierno Ecuatoriano obrarcomo lo hicieron Colombia y Perú. Es decir, aceptar la validez del requisito de“utilidad”, empero manteniendo la “nota al pie” referida y descrita en el Capítulo IVde la presente tesis doctoral.ii) PATENTAMIENTO DE P<strong>LA</strong>NTAS Y ANIMALES.- En este punto el GobiernoEcuatoriano debería llevar adelante las siguientes acciones:1.- Comprometerse a realizar “sus mejores esfuerzos” para proteger a las plantas yanimales dentro del territorio nacional.2.- Elaborar un inventario de biodiversidad del que consten los individuos botánicosy animales que forman parte de nuestro medio ambiente. Se debe evitar a toda costala protección de meros hallazgos.3.- Debe enlistarse a los individuos botánicos y animales que no podrían sermejorados o creados científicamente al poner en riesgo a la fauna silvestre.4.- Es fundamental que Estados Unidos de Norteamérica reconozca la validez delRégimen Andino de Acceso a Recursos Genéticos -Decisión 391-.5.- Las semillas no deben ser patentadas, situación que debe constar expresamentedentro del texto del TLC. El pantentamiento de semillas podría generar problemasalimenticios para el común de los Ecuatorianos.6.- Como lo dije en el Capítulo final del presente trabajo doctrinario, debe elaborarseuna disposición transitoria dentro de la Decisión 486. Con la citada disposición sefacultará a los Estados de la CAN para proteger a las plantas y -de ser el caso- a los208

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