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LA INVENCIÓN PATENTABLE.pdf

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“…si no contamos con un inventario de plantas y animales podríanpatentarse simples descubrimientos” 160SEGUNDA RAZON.- El patentamiento de plantas y animales podría afectar a lasvariedades (plantas) y razas (animales) preexistentes en la naturaleza Ecuatoriana. Acriterio de varios tratadistas, la existencia de plantas o animales, cuyas condicionesgenéticas sean superiores en virtud de un mejoramiento científico, pondría en riesgola salud y vida de especies silvestres. Un ejemplo hipotético y personal sería laexistencia de un animal creado, similar a una vaca que pueda producir cien litros deleche diarios, mientras que el común del ganado vacuno causa 15 litros de leche pordía, situación que a mi juicio, pensando lógicamente, haría que los productores deleche utilicen el animal creado dejando a un lado a la especie natural, situación quepodría generar la extinción del mamífero silvestre. Mi razonamiento estádoctrinariamente respaldado:“El patentamiento de plantas y animales pone en riesgo de extinción aplantas y animales existentes en la naturaleza, los individuos vegetales yanimales creados en laboratorio son más eficaces y su utilización más idóneadesde el punto de vista comercial.” 161RECOMENDACIÓN.- Recomiendo al Gobierno Ecuatoriano, en atención a laexperiencia causada en otros países, dos situaciones:1.- Se delimité con exactitud las variedades y razas susceptibles de patentamiento,excluyendo a aquellas cuya protección por causa de su eficacia podría afectar a lasespecies existentes en la naturaleza, para lo cual se debe elaborar un listado taxativode animales y plantas no susceptibles de alteraciones genéticas o mejorassustanciales;2.- Bajo ningún concepto los Estados Unidos de Norteamérica podrían desconocer elRégimen Común de Acceso a Recursos Genéticos, de la Comunidad Andina deNaciones -Decisión 391-. El Gobierno Ecuatoriano, en atención a la experienciaColombo-Peruana debe exigir: “El reconocimiento de la importancia de los recursosgenéticos y los conocimientos tradicionales, el consentimiento informado previo y ladistribución justa de los beneficios derivados de su uso.” 162 . Es decir, mediante160 Ibíd., Wilber Moreno Miranda, Conferencia: “La Propiedad Intelectual en el TLC”.161 Dr. Martín Uribe Arbeláez, “Las Patentes de Invención en el TLC, Riesgos e Inconvenientes en suAplicación”, Ediciones: ECOJURIDICA MECACOL, 2004, Bogotá-Colombia, P. 87.162 TLC Perú-Estados Unidos, Mesa de Propiedad Intelectual, Capítulo: “La Propiedad Intelectual yla Biodiversidad”.163

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