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LA INVENCIÓN PATENTABLE.pdf

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4.2.1.2) <strong>LA</strong> “UTILIDAD DE <strong>LA</strong> INVENCION DENTRO DEL TRATADO DELIBRE COMERCIO” TLC:Después de lo expuesto, me dispongo a analizar las modificaciones del mencionadocondicionamiento -aplicabilidad industrial- al amparo del Tratado de Libre Comercio“TLC”. Estados Unidos de Norteamérica propuso a los países andinos lamodificación del requisito de aplicabilidad industrial. Dentro del texto del TLC -suscrito por Perú con EEUU- se aprecia lo siguiente:“Se dispondrá que una supuesta invención sea aplicable industrialmente siposee una utilidad específica, sustancial y creíble.” 147El tema en estudio puede generar confusiones, situación que compruebo si se verificala nota (5), del párrafo (1) del Art. 27 del ADPIC, en donde las expresionesaplicación industrial y utilidad son utilizadas de manera indiscriminada y sinónima.Siendo así, a criterio del Dr. Marco Matías Alemán 148 , los diferentes Estados, aladherir al ADPIC, pueden utilizar cualquiera de las dos expresiones dentro de suslegislaciones.A mi juicio, resulta muy difícil diferenciar a las expresiones en estudio, inclusive elTribunal de Justicia de la Comunidad Andina y la doctrina pertinente -segúndemostré con anterioridad- adscriben dentro del requisito de aplicabilidad industrial ala utilidad técnica de la invención. Sin embargo, a pesar de que parece por decirlomenos contundente la analogía entre las expresiones (Aplicabilidad Industrial yUtilidad), a mi criterio existen sutiles diferencias; las cuales, desde mi perspectivason las que a continuación enuncio:º Si una invención es repetible se cumpliría con el requisito de aplicación industrial;es decir, la invención debe ser practicable en cualquier industria, inclusive en laprestación de servicios. En definitiva, lo que se busca es llegar a un determinadoproducto de manera independiente a su utilidad. No obstante, el requisito de utilidaddebe ser demostrado, no basta la simple consecución del producto pues, loverdaderamente importante es la utilidad específica del mismo. Mi análisiscomparativo-doctrinario está teóricamente respaldado; advirtamos:147 www.tlcperu-usa.pe148 Dr. Marco Matías Alemán, “TALLER NACIONAL SOBRE ASPECTOS TÉCNICOS DEPATENTES RE<strong>LA</strong>TIVOS AL EXAMEN SUSTANTIVO”, Memorias de la conferencia: “LosRequisitos Objetivos de Patentabilidad”, Quito-Ecuador, 9 de Agosto de 2006.154

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