13.07.2015 Views

LA INVENCIÓN PATENTABLE.pdf

LA INVENCIÓN PATENTABLE.pdf

LA INVENCIÓN PATENTABLE.pdf

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

sido más acertado denominar a este capítulo con una expresión más amplia,como sucede en la Ley española, que utiliza la de patentabilidad” 101Concuerdo con el criterio del Dr. Otero Lastres, el Art. 15 solamente se refiere a lamateria que por su naturaleza no tiene el carácter de invención. En definitiva, no sediferencia a la simple invención de los requisitos de patentabilidad. Siendo así,siguiendo la línea de pensamiento del doctrinario mencionado, me inclino por lanecesidad de estructurar una denominación más amplia, susceptible de acaparar todaslas cuestiones relacionadas con la patentabilidad (requisitos objetivos, exclusiones yprohibiciones de tutela). Consecuentemente, a mi juicio, la denominación adecuadapor las consideraciones expuestas sería la de patentabilidad.Cabe destacar que existe una cerrada discusión respecto de la naturaleza de losobjetos encasillados dentro del Art. 15 de la Decisión 486. Para algunos doctrinariosestamos frente a simples descubrimientos, objetos que no podrían ser consideradoscomo invenciones bajo ningún concepto. Este era el criterio del propio Tribunal deJusticia de la Comunidad Andina que, dentro del Proceso 1-IP-1996, manifestó:“En consecuencia la interpretación sistemática, funcional y teleológica delartículo 6 nos lleva a la clara conclusión, de que el listado en él establecidoes lo que se considera como invenciones, o sea es una norma de calificación,por la que se establecen las excepciones a la calidad de inventos.”Empero, años después, el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina varió suconcepción e hizo un alcance a la sentencia antes mencionada; advirtamos:“Las exclusiones del concepto de invención establecidas en el Art. 6 de laDecisión 344 son la consecuencia de la aplicación de los tres requisitosobjetivos de patentabilidad (novedad, nivel inventivo y aplicación industrial),por lo que las hipótesis determinadas en la referida norma comunitaria, deuna u otra forma atentan contra la exigencia de novedad, no son el resultado101 Ibíd., OTERO <strong>LA</strong>STRES, P. 73.117

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!