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LA INVENCIÓN PATENTABLE.pdf

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patrón establecido (estado de la técnica) puede conducir a que unexaminador técnico si una patente es o no nueva.” 67Mientras que la doctrina comunitaria ha expresado:“Novedad: Todo lo que no forma parte del estado de la técnica” 68Pude apreciar que la definición de novedad está estrechamente vinculada con lasconsideraciones relativas al “estado de la técnica”. Sin embargo, quiero expresar mipropio concepto de novedad, requisito positivo de patentabilidad que conceptúo de lasiguiente manera: “La novedad es todo lo que estaba oculto ante la razón humana,son aquellos conocimientos y objetos únicos e inexplorados que no se adscribendentro del estado de la técnica”.Siendo así, tomando en cuenta la estrecha vinculación del requisito de novedad conel “estado de la técnica” es menester desentrañar que abarca este último concepto. Alrespecto el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina expresa:“El concepto de novedad se lo formula desde el punto de vista negativo enrelación al “estado de la técnica”; al respecto, cabe indicar que este últimoconcepto comprende el conjunto de conocimientos tecnológicos que hayansido accesibles al público antes de la fecha de presentación de la solicitud depatente o, en su caso, de la prioridad reconocida. Por lo que se consideraque toda invención deja de ser nueva si ha sido accesible al público porcualquier medio, sin que tenga relevancia el lugar en el que se ha producido,ni el número de personas a las que ha alcanzado dicha accesibilidad. Alcomprender generalmente toda invención varios componentes, la novedad encada uno de ellos no es un requisito indispensable ya que pueden serconocidos individualmente en el estado de la técnica, por lo que se exige que67 Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, Proceso 12-IP-1998.68 Ibíd., MANUAL ANDINO DE PATENTES, P. 64.91

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