especificaciones para la construcción de carreteras y puentes ...

especificaciones para la construcción de carreteras y puentes ... especificaciones para la construcción de carreteras y puentes ...

krause.jasmin49
from krause.jasmin49 More from this publisher
12.07.2015 Views

hasta dejar el área completamente limpia y despejada. Los materiales de desechodeberán trasladarse a botaderos autorizados.b. En cauces naturales de aguaEl uso de cauces naturales para extraer material árido, relleno integral u orgánico,deberá enmarcarse dentro de la normativa legal existente. El Contratista deberásolicitar previamente a las instituciones correspondientes los requisitos técnicospara la explotación de los cauces naturales.Para la extracción mecanizada de material fluvial, que considere la remoción de unvolumen significativo con relación a las condiciones hidráulicas del escurrimientodel cauce, situación que será evaluada por el Contratante, el Contratista deberápresentar necesariamente un plan de extracción del material fluvial. Dicho plandeberá demostrar, mediante procedimientos de hidráulica fluvial aceptables, que lamodalidad de extracción y el volumen son compatibles con el normal escurrimientodel cauce. El plan deberá basarse en un levantamiento topográfico del cauce ydel área propuesta para la extracción.No deberán efectuarse excavaciones que profundicen sólo parcialmente un caucey que dejen depresiones localizadas, o cualquier trabajo que, en alguna forma,pueda impedir, desviar o entorpecer el normal escurrimiento de las aguas.Tampoco deberán usarse sitios de préstamo en las cercanías de puentes, tomasde canales, riberas protegidas u otras estructuras que pudieran verse afectadaspor las excavaciones, tanto desde el punto de vista de su estabilidad como de suoperación, o debido a incrementos de la turbidez del agua. En lo posible, debeevitarse la introducción de maquinaria en las corrientes de agua para evitar lacontaminación por aceites y otras sustancias contaminantes. La extracción noestá permitida en una longitud de cauce de 50 metros a ambos lados de lospuentes para evitar daños a la estructura o aumentos en su vulnerabilidad. Elacceso al sitio de la extracción debe cerrarse al finalizar la obra.c. En cortes de caminosNo se permitirá la extracción de materiales de los siguientes sitios, salvo que elContratante lo apruebe expresamente por escrito:(a) Ensanche de un corte del camino fuera de los límites definidos por el perfiltipo del proyecto; y(b) Explotaciones existentes contiguas a la faja del camino, salvo que no hayaotro préstamo alternativo, y que esta extracción genere una mejoradefinitiva del área (drenaje o paisaje).100-79

En cambio, se podrán utilizar como préstamos los vestigios remanentes de cerrosoriginados en la apertura original de faja, y que generen un impacto visualsignificativo.Será de cuenta y cargo del Contratista la adquisición de los terrenos adicionalesque se requieran, así como el diseño y construcción de todas las obras derivadasque resulten necesarios para dejar el área perfectamente drenada y para evitar losriesgos de deslizamientos y erosión, mediante plantaciones, drenes, cunetas,escalonamiento del talud u otro tipo de tratamiento. Será también de cuenta delContratista la instalación de cercos y otras obras de seguridad, una vez terminadala explotación, o la habilitación de miradores o barreras visuales entre otros, comoparte del plan de mejoramiento ambiental, si ese fuera el caso.d. En áreas de préstamoCuando el Contratista desee abrir una zona de explotación cercana al camino enconstrucción o cercana a un camino ya existente, ésta deberá ubicarse a unadistancia no inferior a 200 m del eje de la calzada, de tal modo que no pueda servista desde el camino, y a una distancia no inferior a 500 m del eje de la calzada,si corresponde a zonas de relieve muy plano, donde no se pueda evitar su visión.No se aceptará, sin autorización, la explotación de préstamos en áreasespecialmente sensibles, tales como suelos agrícolas, bosques y áreas convegetación autóctona. En estos casos, el Contratista deberá presentar alContratante, la clasificación del tipo de suelo por explotar junto con la autorizacióndel organismo respectivo.Será de responsabilidad y cargo del Contratista diseñar y construir todas las obrasque permitan, una vez terminados los trabajos de explotación, que el lugar quedecon adecuadas condiciones estéticas y de drenaje, de tal modo que no se generenzonas indeseables de aguas estancadas y se evite el riesgo de deslizamiento yerosión de los taludes de la explotación. Asimismo, será de cuenta del Contratistala instalación de obras de seguridad, de modo que las explotaciones norepresenten peligro para personas y animales.Al finalizar la obra, no deben dejarse en condición precaria viviendas o terrenosque podrían causar erosión y obstruir el paso de corrientes de agua.El Contratista debe remover suelo fértil antes de comenzar la extracción yreemplazarlo después de finalizar la obra para facilitar la regeneración natural delárea o su uso posterior para cultivos.El dueño del terreno debe recibir compensación justa por el uso de su propiedad ydebe garantizársele el derecho a que el terreno quede en las condiciones que éldesea al finalizar el trabajo.100-80

hasta <strong>de</strong>jar el área completamente limpia y <strong>de</strong>spejada. Los materiales <strong>de</strong> <strong>de</strong>secho<strong>de</strong>berán tras<strong>la</strong>darse a bota<strong>de</strong>ros autorizados.b. En cauces naturales <strong>de</strong> aguaEl uso <strong>de</strong> cauces naturales <strong>para</strong> extraer material árido, relleno integral u orgánico,<strong>de</strong>berá enmarcarse <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> <strong>la</strong> normativa legal existente. El Contratista <strong>de</strong>berásolicitar previamente a <strong>la</strong>s instituciones correspondientes los requisitos técnicos<strong>para</strong> <strong>la</strong> explotación <strong>de</strong> los cauces naturales.Para <strong>la</strong> extracción mecanizada <strong>de</strong> material fluvial, que consi<strong>de</strong>re <strong>la</strong> remoción <strong>de</strong> unvolumen significativo con re<strong>la</strong>ción a <strong>la</strong>s condiciones hidráulicas <strong>de</strong>l escurrimiento<strong>de</strong>l cauce, situación que será evaluada por el Contratante, el Contratista <strong>de</strong>berápresentar necesariamente un p<strong>la</strong>n <strong>de</strong> extracción <strong>de</strong>l material fluvial. Dicho p<strong>la</strong>n<strong>de</strong>berá <strong>de</strong>mostrar, mediante procedimientos <strong>de</strong> hidráulica fluvial aceptables, que <strong>la</strong>modalidad <strong>de</strong> extracción y el volumen son compatibles con el normal escurrimiento<strong>de</strong>l cauce. El p<strong>la</strong>n <strong>de</strong>berá basarse en un levantamiento topográfico <strong>de</strong>l cauce y<strong>de</strong>l área propuesta <strong>para</strong> <strong>la</strong> extracción.No <strong>de</strong>berán efectuarse excavaciones que profundicen sólo parcialmente un caucey que <strong>de</strong>jen <strong>de</strong>presiones localizadas, o cualquier trabajo que, en alguna forma,pueda impedir, <strong>de</strong>sviar o entorpecer el normal escurrimiento <strong>de</strong> <strong>la</strong>s aguas.Tampoco <strong>de</strong>berán usarse sitios <strong>de</strong> préstamo en <strong>la</strong>s cercanías <strong>de</strong> <strong>puentes</strong>, tomas<strong>de</strong> canales, riberas protegidas u otras estructuras que pudieran verse afectadaspor <strong>la</strong>s excavaciones, tanto <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el punto <strong>de</strong> vista <strong>de</strong> su estabilidad como <strong>de</strong> suoperación, o <strong>de</strong>bido a incrementos <strong>de</strong> <strong>la</strong> turbi<strong>de</strong>z <strong>de</strong>l agua. En lo posible, <strong>de</strong>beevitarse <strong>la</strong> introducción <strong>de</strong> maquinaria en <strong>la</strong>s corrientes <strong>de</strong> agua <strong>para</strong> evitar <strong>la</strong>contaminación por aceites y otras sustancias contaminantes. La extracción noestá permitida en una longitud <strong>de</strong> cauce <strong>de</strong> 50 metros a ambos <strong>la</strong>dos <strong>de</strong> los<strong>puentes</strong> <strong>para</strong> evitar daños a <strong>la</strong> estructura o aumentos en su vulnerabilidad. E<strong>la</strong>cceso al sitio <strong>de</strong> <strong>la</strong> extracción <strong>de</strong>be cerrarse al finalizar <strong>la</strong> obra.c. En cortes <strong>de</strong> caminosNo se permitirá <strong>la</strong> extracción <strong>de</strong> materiales <strong>de</strong> los siguientes sitios, salvo que elContratante lo apruebe expresamente por escrito:(a) Ensanche <strong>de</strong> un corte <strong>de</strong>l camino fuera <strong>de</strong> los límites <strong>de</strong>finidos por el perfiltipo <strong>de</strong>l proyecto; y(b) Explotaciones existentes contiguas a <strong>la</strong> faja <strong>de</strong>l camino, salvo que no hayaotro préstamo alternativo, y que esta extracción genere una mejora<strong>de</strong>finitiva <strong>de</strong>l área (drenaje o paisaje).100-79

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!