especificaciones para la construcción de carreteras y puentes ...

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Podrán hacerse pagos parciales por materiales para ser incorporados en la obra,siempre que esos materiales cumplan los requisitos del contrato y seanentregados en o en las inmediaciones del lugar del proyecto o almacenados enlugares aceptables.Estos pagos parciales no excederán el 85 por ciento del precio de oferta delcontrato para cada partida o la cantidad justificada con copias de facturas, notasde flete u otros documentos de apoyo requeridos por el Ingeniero, incluyendo unacertificación de pago debidamente efectuada, en lugar de las facturas de pago. Lacantidad pagada no excedela cantidad correspondiente estimada en el contrato.La aprobación de pago parcial por materiales almacenados no constituirá unaaceptación final de dichos materiales para su uso la obra.No se efectuará pago alguno por plantas vivientes o perecederas hasta que hayansido sembradas según se especifica en el contrato.110.09 Pago Final. Todas las estimaciones y pagos de progreso previos estaránsujetos a ser corregidos en cualquier estimado subsiguiente, (incluyendo laestimación y pago finales).El Contratante, luego de la aceptación final del proyecto y la verificación de losregistros finales de pago, enviará al Contratista, los siguientes documentosdebidamente certificados:(a) Una estimación última de cantidades que autorice el pago final.(b) Una declaración que establezca la exoneración por parte del contratista detoda reclamación contra el Contratante que surja en virtud del contrato.El Contratista firmará ambos documentos y los devolverá al Contratante para queéste realice el pago final. La fecha de aprobación por parte del Contratante de laestimación final para pago, constituye la fecha final de liquidación del contrato.100-73

Sección 111.) DISPOSICIONES AMBIENTALESGENERALES111.01 Aspectos Generales. La presente sección contiene disposicionesambientales generales válidas para todo contrato de obra que celebre elContratante, cualquiera que sea su naturaleza.El objetivo de las disposiciones ambientales generales es minimizar el impactoambiental que las labores propias de la construcción o conservación de las obrasviales ocasionan a las condiciones del espacio físico, tanto natural como artificial,que circunda la obra. Con ello se evitan modificaciones innecesarias del medio,contaminación con residuos derivados de la construcción y otros efectos queatenten contra el ambiente.Son aplicables al contrato todas las disposiciones que correspondan de lalegislación nacional vigente y sus reglamentos. Estos cuerpos legales establecenuna serie de exigencias para un determinado grupo de proyectos y sus actividadesrelacionadas. En este contexto, las presentes disposiciones ambientalesgenerales regulan todas las obras viales, sin exclusión alguna, y conforman uncuerpo normativo específico complementario a la legislación ambiental existente ya sus reglamentos.El Contratista, al margen de su propia responsabilidad legal y contractual, deberáacatar las instrucciones que imparta el Contratante con relación a la protección delmedio ambiente, instrucciones que se efectuarán siempre por escrito y conforme alos términos y condiciones del Contrato.Al igual que el resto de las exigencias del proyecto, el cumplimiento de lasdisposiciones ambientales generales será controlado por el Contratante. Cuandose requieran autorizaciones de otros organismos técnicos, el Contratista deberá,antes de iniciar cualquier actividad, obtener dichas autorizaciones y presentarlas alContratante.Las obras que requieran de protección ambiental, según se indica en laspresentes disposiciones ambientales generales, o en especificaciones ambientalesespeciales si las hubiere, sólo podrán iniciarse una vez aprobadas las accionesnecesarias por el Contratante.El costo en que el Contratista incurra para cumplir con las exigencias establecidasen las especificaciones ambientales, deberá incluirse en los gastos generales delcontrato, salvo que en el proyecto se haya contemplado en otra forma.En caso de incumplimiento de cualquiera de estas disposiciones, el Contratantepodrá ordenar su ejecución con cargo a las garantías del Contrato, sin perjuicio dela aplicación de las sanciones que correspondan.100-748

Podrán hacerse pagos parciales por materiales <strong>para</strong> ser incorporados en <strong>la</strong> obra,siempre que esos materiales cump<strong>la</strong>n los requisitos <strong>de</strong>l contrato y seanentregados en o en <strong>la</strong>s inmediaciones <strong>de</strong>l lugar <strong>de</strong>l proyecto o almacenados enlugares aceptables.Estos pagos parciales no exce<strong>de</strong>rán el 85 por ciento <strong>de</strong>l precio <strong>de</strong> oferta <strong>de</strong>lcontrato <strong>para</strong> cada partida o <strong>la</strong> cantidad justificada con copias <strong>de</strong> facturas, notas<strong>de</strong> flete u otros documentos <strong>de</strong> apoyo requeridos por el Ingeniero, incluyendo unacertificación <strong>de</strong> pago <strong>de</strong>bidamente efectuada, en lugar <strong>de</strong> <strong>la</strong>s facturas <strong>de</strong> pago. Lacantidad pagada no exce<strong>de</strong>rá <strong>la</strong> cantidad correspondiente estimada en el contrato.La aprobación <strong>de</strong> pago parcial por materiales almacenados no constituirá unaaceptación final <strong>de</strong> dichos materiales <strong>para</strong> su uso <strong>la</strong> obra.No se efectuará pago alguno por p<strong>la</strong>ntas vivientes o perece<strong>de</strong>ras hasta que hayansido sembradas según se especifica en el contrato.110.09 Pago Final. Todas <strong>la</strong>s estimaciones y pagos <strong>de</strong> progreso previos estaránsujetos a ser corregidos en cualquier estimado subsiguiente, (incluyendo <strong>la</strong>estimación y pago finales).El Contratante, luego <strong>de</strong> <strong>la</strong> aceptación final <strong>de</strong>l proyecto y <strong>la</strong> verificación <strong>de</strong> losregistros finales <strong>de</strong> pago, enviará al Contratista, los siguientes documentos<strong>de</strong>bidamente certificados:(a) Una estimación última <strong>de</strong> cantida<strong>de</strong>s que autorice el pago final.(b) Una <strong>de</strong>c<strong>la</strong>ración que establezca <strong>la</strong> exoneración por parte <strong>de</strong>l contratista <strong>de</strong>toda rec<strong>la</strong>mación contra el Contratante que surja en virtud <strong>de</strong>l contrato.El Contratista firmará ambos documentos y los <strong>de</strong>volverá al Contratante <strong>para</strong> queéste realice el pago final. La fecha <strong>de</strong> aprobación por parte <strong>de</strong>l Contratante <strong>de</strong> <strong>la</strong>estimación final <strong>para</strong> pago, constituye <strong>la</strong> fecha final <strong>de</strong> liquidación <strong>de</strong>l contrato.100-73

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