PEMEX GAS Y PETROQUIMICA BASICASubdirección <strong>de</strong> Administración y FinanzasGerencia <strong>de</strong> Recursos MaterialesSubgerencia <strong>de</strong> Contratación <strong>de</strong> Bienes y Servicios0S5B090/12VII.9.2. Acatar y cumplir con la responsabilidad <strong>de</strong> los residuos que genere durante sus activida<strong>de</strong>s, cumpliendocon lo previsto en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral <strong>de</strong> los Residuos, su Reglamento, y laNormatividad vigente.VII.9.3. Al arrendar u operar equipos o instalaciones a Petróleos Mexicanos u Organismos Subsidiarios,proporcionar al inicio <strong>de</strong>l contrato, el programa <strong>de</strong> manejo <strong>de</strong> sus residuos que genere en la instalacióncorrespondiente.VII.9.4. Contar con una bitácora mensual, para registrar la generación y manejo <strong>de</strong> los residuos peligrosos oresiduos <strong>de</strong> manejo especial que genere en cualquier instalación <strong>de</strong> Petróleos Mexicanos u OrganismosSubsidiarios.VII.9.5. Al realizar activida<strong>de</strong>s en instalaciones <strong>de</strong> Petróleos Mexicanos u Organismos Subsidiarios,adicionalmente a la bitácora establecida en el requerimiento anterior, contar con una bitácora para registrar lageneración y movimientos <strong>de</strong> los residuos sólidos urbanos que genere, en el caso <strong>de</strong> las embarcaciones llevarel control mediante el Libro Registro <strong>de</strong> Basuras (Anexo V.- MARPOL 73/78).VII.9.6. No quemar residuos a cielo abierto en las instalaciones <strong>de</strong> Petróleos Mexicanos u OrganismosSubsidiarios. En el caso <strong>de</strong> las embarcaciones sólo se permite incinerar los residuos conforme al Anexo V <strong>de</strong>lConvenio Inter<strong>nacional</strong> para Prevenir la Contaminación por los Buques (MARPOL 73/78), a través <strong>de</strong>incineradores específicos para ese fin, el volumen estimado <strong>de</strong> basuras incineradas <strong>de</strong>be anotarse en el LibroRegistro <strong>de</strong> Basuras.VII.9.7. Al utilizar dispositivos para el tratamiento o disposición <strong>de</strong> residuos en instalaciones <strong>de</strong> PetróleosMexicanos u Organismos Subsidiarios, tales como incineradores, lavadores <strong>de</strong> gases o vapores, entre otros, nocontravenir lo dispuesto en el requerimiento anterior y <strong>de</strong>mostrar técnicamente que no existe generación <strong>de</strong>subproductos o residuos peligrosos.VII.9.8. No verter residuos no alimenticios al mar.VII.9.9. Antes <strong>de</strong> arrojar residuos alimenticios al mar, triturarlos en piezas <strong>de</strong> 25 mm o menores, <strong>de</strong> acuerdo a lorequerido en la Regla 4, Anexo V <strong>de</strong>l Convenio Inter<strong>nacional</strong> para Prevenir la Contaminación por los Buques(MARPOL 73/78).VII.9.10. Al transportar residuos peligrosos o residuos <strong>de</strong> manejo especial, cumplir con lo que establecen paratal fin la Secretaría <strong>de</strong> Comunicaciones y Transportes, la Secretaría <strong>de</strong> Marina o la Secretaría <strong>de</strong> MedioAmbiente y Recursos Naturales, según corresponda; las Normas <strong>de</strong> Referencia <strong>de</strong> Petróleos Mexicanos yOrganismos Subsidiarios que sean aplicables y la Normatividad Ambiental Oficial vigente.VII.9.11. Al manejar residuos peligrosos o residuos <strong>de</strong> manejo especial, cumplir con lo requerido en la LeyGeneral para la Prevención y Gestión Integral <strong>de</strong> los Residuos (LGPGIR), su Reglamento, y la Normatividadvigente en la materia y entregar a Petróleos Mexicanos u Organismos Subsidiarios copia <strong>de</strong>l registro comoempresa generadora <strong>de</strong> residuos peligrosos, los manifiestos <strong>de</strong> entrega, transporte, recepción y disposiciónfinal <strong>de</strong> los residuos peligrosos, así como la Cedula <strong>de</strong> Operación Anual correspondiente (COA) cuandoaplique, y los planes <strong>de</strong> manejo <strong>de</strong> residuos peligrosos o <strong>de</strong> manejo especial que así lo requieran.VII.10. Seguros contra daños ambientales.VII.10.1. Al realizar activida<strong>de</strong>s altamente riesgosas, contar con un seguro <strong>de</strong> riesgo ambiental conforme alArtículo 147 BIS <strong>de</strong> la Ley General <strong>de</strong>l Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Las activida<strong>de</strong>saltamente riesgosas son las que establece la SEMARNAT (actualmente se tienen dos listados que fueronpublicados en el Diario Oficial <strong>de</strong> la Fe<strong>de</strong>ración el 28 <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong> 1990 y el 4 <strong>de</strong> mayo <strong>de</strong> 1992), en tanto quePágina 72 <strong>de</strong> 193
PEMEX GAS Y PETROQUIMICA BASICASubdirección <strong>de</strong> Administración y FinanzasGerencia <strong>de</strong> Recursos MaterialesSubgerencia <strong>de</strong> Contratación <strong>de</strong> Bienes y Servicios0S5B090/12las características y alcance <strong>de</strong> dicho seguro, <strong>de</strong>ben ser conforme a la Legislación y Normatividad aplicables.Este seguro pue<strong>de</strong> ser in<strong>de</strong>pendiente o formar parte <strong>de</strong> los otros seguros que Petróleos Mexicanos uOrganismos Subsidiarios le solicite al Proveedor o Contratista en el contrato.VII.11. Planes <strong>de</strong> contingencia ambiental.VII.11.1. Al realizar activida<strong>de</strong>s que impliquen un riesgo ambiental, contar <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el inicio <strong>de</strong>l contrato con unPlan <strong>de</strong> contingencia ambiental basado en un análisis <strong>de</strong> riesgo. Dicho Plan <strong>de</strong>be establecer las medidas yequipos a utilizar en caso <strong>de</strong> una contingencia ambiental, estar vigente, cumplir con lo que establece laNormatividad Oficial vigente, los lineamientos o guías correspondientes <strong>de</strong> Petróleos Mexicanos y/uOrganismos Subsidiarios y ser acor<strong>de</strong>s a los planes <strong>de</strong> contingencia ambiental <strong>de</strong> Petróleos Mexicanos y/uOrganismos Subsidiarios, los cuales <strong>de</strong>ben someterse a revisión <strong>de</strong> Petróleos Mexicanos u OrganismosSubsidiarios para su aprobación, y una vez aprobados, <strong>de</strong>be firmarlo el Representante Legal <strong>de</strong>l Proveedor oContratista.VII.12. Auditorías ambientales.VII.12.1. Previo al inicio <strong>de</strong> operaciones <strong>de</strong> las instalaciones o equipos que se arrien<strong>de</strong>n u operen a PetróleosMexicanos u Organismos Subsidiarios, iniciar los trámites para incorporarlos al Programa Nacional <strong>de</strong> AuditoríaAmbiental, con el fin <strong>de</strong> obtener el Certificado <strong>de</strong> Industria Limpia (Certificado <strong>de</strong> Cumplimiento Ambiental)correspondiente, en los términos que le establezca la Autoridad, sin que esto sea un criterio <strong>de</strong> EvaluaciónTécnica <strong>de</strong>l Procedimiento <strong>de</strong> Contratación.VII.12.2. Para efectos <strong>de</strong>l requerimiento anterior, antes <strong>de</strong> finiquitar el contrato, el Proveedor o Contratista <strong>de</strong>beentregar evi<strong>de</strong>ncias documentales que <strong>de</strong>muestren el registro en el Programa Nacional <strong>de</strong> Auditoría Ambientalmencionado y que ha cumplido con los requisitos y recomendaciones que la Autoridad le haya emitido enfechas comprendidas <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l plazo <strong>de</strong> vigencia <strong>de</strong>l contrato.VIII. FORMATOSFORMATO 1RESUMEN ESTADÍSTICO MENSUAL SOBREINCIDENTES/ACCIDENTES DE TRABAJOLOGOTIPO DELPROVEEDOR OCONTRATISTAPROVEEDOR O CONTRATISTA:NÚMERO DE CONTRATO:RFC:DIRECCIÓN:TELÉFONO:FAX:CORREO ELECTRÓNICO:INFORME CORRESPONDIENTE AL MES DE:AÑO:Página 73 <strong>de</strong> 193