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PEMEX GAS Y PETROQUIMICA BASICASubdirección de Administración y FinanzasGerencia de Recursos MaterialesSubgerencia de Contratación de Bienes y Servicios0S5B090/12mensajería que asegure su recepción, al domicilio señalado en el numeral (indicar numeral)del apartado de declaraciones de este contrato.VIGÉSIMA SEGUNDA.- SEGUROSEl PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que estimenecesario.VIGÉSIMA TERCERA.- REPRESENTANTES DE LAS PARTES(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a través del Área Responsable de laAdministración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, supervisará la ejecución delpresente contrato, a través de su representante, que será el (Director de proyecto / o lafigura que se determine) dará al PROVEEDOR, por escrito, las instrucciones que estimepertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida y con las modificacionesque, en su caso, ordene (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).CUANDO APLIQUECuando la supervisión se realice por terceras personas, el Área Responsable de laAdministración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, podrá establecerla conposterioridad al inicio del contrato.El PROVEEDOR se obliga a designar por escrito a un representante para la ejecución delcontrato, quien contará con todas las facultades técnicas, administrativas, operativas, dedecisión y para oír y recibir toda clase de comunicaciones relacionadas con la ejecución delcontrato, aún las de carácter personal, así como contar con las facultades suficientes para latoma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento del contrato y sus anexos, las cualesdeberán constar en instrumento público.En cualquier momento, por causas justificadas, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)podrá solicitar el cambio de cualquiera de los representantes del PROVEEDOR y éste seobliga a designar a otra persona que reúna los requisitos correspondientesVIGÉSIMA CUARTA.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓNEl PROVEEDOR, sus subcontratistas o los empleados de éstos, se abstendrán de incurrir enactos que se tipifiquen en materia penal como robo, fraude, cohecho o tráfico de influenciaen perjuicio de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).EL PROVEEDOR acuerda que durante la ejecución de este contrato no ofrecerá, prometeráo dará por sí o por interpósita persona, dinero, objetos de valor o cualquier otra dádiva, aservidor público alguno ya sea federal, estatal o municipal, que puedan constituir unincumplimiento a la ley tales como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencias.Página 158 de 193

PEMEX GAS Y PETROQUIMICA BASICASubdirección de Administración y FinanzasGerencia de Recursos MaterialesSubgerencia de Contratación de Bienes y Servicios0S5B090/12En caso de que dichos actos sean decretados en resolución definitiva por autoridadjurisdiccional competente en territorio nacional, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)podrá optar por la rescisión conforme a lo establecido en la cláusula RESCISIÓN DELCONTRATO.Por lo anterior, la Administradora del Proyecto dará aviso a la Subdirección de Suministrosde la Dirección Corporativa de Operaciones para que se hagan las anotaciones en el registrode proveedores y contratistas de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.VIGÉSIMA QUINTA.- IDIOMALa versión en español del contrato prevalecerá sobre cualquiera de sus traducciones.Las partes se obligan a utilizar exclusivamente el idioma español en todas lascomunicaciones relativas al contrato.VIGÉSIMA SEXTA.- CONCILIACIÓNLas partes podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación,por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, el cual se substanciará conformea lo dispuesto en las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público yde Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en cumplimiento con loestablecido en el artículo 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos.En el supuesto de que las partes lleguen a una conciliación, el convenio respectivo obligará alas mismas y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía correspondiente. En casocontrario, quedarán a salvo sus derechos, para que los hagan valer ante la instanciarespectiva.VIGÉSIMA SÉPTIMA.- TOTALIDAD DEL CONTRATOEste contrato es una compilación de los términos y condiciones que rigen el acuerdo entrelas partes con respecto al objeto del mismo y reemplaza y substituye cualquier convenio oentendimiento sobre dicho objeto. Ninguna declaración de agentes, empleados orepresentantes de las partes que pudiera haberse hecho antes de la celebración del contratotendrá validez en cuanto a la interpretación de los términos del Contrato.VIGÉSIMA OCTAVA.- ANEXOSAcompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por quienessuscriben el presente contrato o por quienes éstos designen. (SE RECOMIENDA QUE LOS ANEXOS SEAN FIRMADOS POR QUIEN SUSCRIBA ELCONTRATO EN EL APARTADO DE REVISIÓN TÉCNICA)Página 159 de 193

PEMEX GAS Y PETROQUIMICA BASICASubdirección <strong>de</strong> Administración y FinanzasGerencia <strong>de</strong> Recursos MaterialesSubgerencia <strong>de</strong> Contratación <strong>de</strong> Bienes y Servicios0S5B090/12mensajería que asegure su recepción, al domicilio señalado en el numeral (indicar numeral)<strong>de</strong>l apartado <strong>de</strong> <strong>de</strong>claraciones <strong>de</strong> este contrato.VIGÉSIMA SEGUNDA.- SEGUROSEl PROVEEDOR será el único responsable <strong>de</strong> contar con las pólizas <strong>de</strong> seguros que estimenecesario.VIGÉSIMA TERCERA.- REPRESENTANTES DE LAS PARTES(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a través <strong>de</strong>l Área Responsable <strong>de</strong> laAdministración y Supervisión <strong>de</strong> la Ejecución <strong>de</strong>l Contrato, supervisará la ejecución <strong>de</strong>lpresente contrato, a través <strong>de</strong> su representante, que será el (Director <strong>de</strong> proyecto / o lafigura que se <strong>de</strong>termine) dará al PROVEEDOR, por escrito, las instrucciones que estimepertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida y con las modificacionesque, en su caso, or<strong>de</strong>ne (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).CUANDO APLIQUECuando la supervisión se realice por terceras personas, el Área Responsable <strong>de</strong> laAdministración y Supervisión <strong>de</strong> la Ejecución <strong>de</strong>l Contrato, podrá establecerla conposterioridad al inicio <strong>de</strong>l contrato.El PROVEEDOR se obliga a <strong>de</strong>signar por escrito a un representante para la ejecución <strong>de</strong>lcontrato, quien contará con todas las faculta<strong>de</strong>s técnicas, administrativas, operativas, <strong>de</strong><strong>de</strong>cisión y para oír y recibir toda clase <strong>de</strong> comunicaciones relacionadas con la ejecución <strong>de</strong>lcontrato, aún las <strong>de</strong> carácter personal, así como contar con las faculta<strong>de</strong>s suficientes para latoma <strong>de</strong> <strong>de</strong>cisiones en todo lo relativo al cumplimiento <strong>de</strong>l contrato y sus anexos, las cuales<strong>de</strong>berán constar en instrumento público.En cualquier momento, por causas justificadas, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)podrá solicitar el cambio <strong>de</strong> cualquiera <strong>de</strong> los representantes <strong>de</strong>l PROVEEDOR y éste seobliga a <strong>de</strong>signar a otra persona que reúna los requisitos correspondientesVIGÉSIMA CUARTA.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓNEl PROVEEDOR, sus subcontratistas o los empleados <strong>de</strong> éstos, se abstendrán <strong>de</strong> incurrir enactos que se tipifiquen en materia penal como robo, frau<strong>de</strong>, cohecho o tráfico <strong>de</strong> influenciaen perjuicio <strong>de</strong> (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).EL PROVEEDOR acuerda que durante la ejecución <strong>de</strong> este contrato no ofrecerá, prometeráo dará por sí o por interpósita persona, dinero, objetos <strong>de</strong> valor o cualquier otra dádiva, aservidor público alguno ya sea fe<strong>de</strong>ral, estatal o municipal, que puedan constituir unincumplimiento a la ley tales como robo, frau<strong>de</strong>, cohecho o tráfico <strong>de</strong> influencias.Página 158 <strong>de</strong> 193

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