Cadena del Gas Natural en Colombia - Unidad de Planeación ...

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12.07.2015 Views

LA CADENA DEL GAS NATURAL EN COLOMBIAvariable, lo que indica que el riesgo recae totalmente en el transportador por cuanto éste recibe el pagode su servicio únicamente cuando se transporta el gas.La característica de esta metodología está en la señal de distancia, que se aproxima a lo que ocurriría enun mercado de competencia donde las tarifas reflejan los costos de prestación de los servicios. El efectoes que el gas cuesta más a medida que los centros de demanda están localizados a distancias mayores delos campos de producción como ocurre con los mercados de Bogotá, Medellín y particularmente Occidente.A continuación se presentan sobre el tema:1. La expansión del sistema de transporte se basa en el esquema de contratos o “contract carriage”mientras que el sistema eléctrico de transporte se basa en el concepto de “common carriage” otransportador común donde la expansión se planifica centralmente y el servicio de transporte se pagamediante una tarifa tipo estampilla. El sistema de transporte de gas natural se ampliará cuando loscontratos brinden las garantías necesarias al transportador y este cuente con volumen que justifiquelas ampliaciones en la capacidad de transporte de tal manera que entren en servicio cuando el balancede la oferta y demanda de gas lo requiera. Esta consideración es crítica en tramos que puedencoparse rápidamente como El Porvenir-Vasconia, el cual no permite la evacuación total del gas deCusiana y la producción de La Guajira disminuye rápidamente.En consecuencia, es necesario evaluar la efectividad de la señal de expansión vía contratos teniendoen cuenta hechos sucedidos en el presente año, como el retiro de compresoras y su impacto en elabastecimiento de gas al interior del país.2. La regulación actual flexibilizó la contratación del transporte al introducir el concepto de las parejasde cargos, la cual permite que el remitente proponga la combinación de cargo fijo y variable que másse ajusta a su curva de carga. Sin embargo, cada pareja de cargos debería ser indiferente para eltransportador, por cuanto si bien el nivel de riesgos cambia de una pareja a la otra, éste se vecompensado por la tarifa, la cual se incrementa a medida que se tiene una pareja de cargos con unacomponente variable mayor en porcentaje. Además, se observa que la regulación vigente permite altransportador acogerse al procedimiento de aproximación ordinal, el cual converge en un puntointermedio que no le conviene a los intereses del cliente por cuanto no le permite optimizar elmanejo de su curva de carga.En síntesis, el remitente debería ser autónomo en la decisión respecto a la pareja de cargos quedesea aplicar al contrato, con base en el criterio de que el transportador debe ser neutral frente a lagama de parejas de cargos que la norma pone a consideración de los agentes.3. Por su parte, las tarifas de transporte en el interior del país se convirtieron en un mecanismo dearbitraje de la oferta de gas al determinar cuál de los dos campos principales es competitivo en la zonacentro, sur y occidente. En esas condiciones un campo de producción con un costo económico mayorpero cuyo transporte a los centros de consumo es relativamente más bajo, se utiliza a expensas deotro campo con costo económico más bajo, pero con tarifas de transporte mayores.En el centro de esta disquisición están las opciones para definir las tarifas de transporte: señal pordistancia y cargo estampilla. En el último caso, el transporte tiene un efecto neutro frente a losdiferentes campos de producción y se dan las señales que permiten optimizar los recursos del país alutilizar primero los campos de costo económico menor y posteriormente aquellos de mayor costo.Sin embargo, en un mercado de gas natural en vías de maduración como el nuestro con dos grandescampos de producción, la implementación de una tarifa estampilla antes que un esquema basado enseñales de distancia, posiblemente permitiría una mayor penetración del gas natural.90

ASPECTOS REGULATORIOS Y NORMATIVOS5.6 Regulación de la Actividad de DistribuciónEl esquema que entró en vigencia mediante la Resolución 011 de 2003, le permite al distribuidorestructurar tarifas diferenciales por rangos de consumo de manera que los ingresos totales no superenlos que corresponden al cargo promedio de distribución.Según las normas vigentes, el distribuidor (aunque está obligado a procesos públicos para la compra degas al mercado regulado) puede hacer compras discriminadas para el mercado tanto regulado como noregulado. En el primer caso puede manejar precios de gas más altos que el segundo por el nivel deprecio de los sustitutos: esto puede conducir a que el sector regulado termine “apalancando” losprecios del sector no regulado debido a que éste último tiene una limitante mucho mas estrecha envirtud de los precios de los sustitutos (carbón, crudos pesados).Es posible que esta manera de discriminar las compras entre los usuarios regulados y no regulados, seala única forma de asegurar una razonable penetración del gas natural en un sector tan competido.En términos generales, la posibilidad de contar con amplia competencia en la prestación del servicio anivel de usuarios finales regulados y no regulados entre distribuidores y comerciales, se dificulta por dosconsideraciones a saber:La discriminación tarifaria por volumenLa carencia de información de los usuarios sobre las prácticas comerciales de los distribuidores y enparticular sobre las escalas de tarifas con respecto a volumen.En la práctica es difícil verificar el cumplimiento del principio de neutralidad hacia los consumidorespor parte del distribuidor. Un consumidor en particular no tiene los elementos para verificar si estásiendo tratado en igualdad de condiciones con respecto a otros usuarios de características similares, amenos que disponga de la información sobre las escalas de tarifas del distribuidor que le permitanllegar a conclusiones sobre el tratamiento que recibe frente al universo del mercado.De igual manera, para un comercializador externo, ingresar a un mercado en estas condiciones le imponeunas barreras de acceso muy difíciles por la restricción de información, salvo en aquellos casos de usuariosno regulados que pueden conectarse directamente al sistema de transporte haciendo by-pass a la red dedistribución.En términos generales y no sólo para el caso de la distribución, la falta de información para la toma dedecisiones por parte de los agentes comerciales impone barreras al mercado. Esta información deberíaser de divulgación obligatoria por parte de los agentes en aquellos casos que defina la CREG y que noconlleven el conocimiento público de información que pueda ser calificada como de reserva.En la práctica, la información que se presenta es bastante diversa y con vacíos que hace difícil tener loselementos de juicio para la toma de decisiones.5.7 Propiedad accionaria y competenciaCon base en la información de la propiedad accionaria de las empresas, se efectuó un análisis en lasmismas en las actividades de producción, transporte, distribución y comercialización de gas natural.Los resultados señalan la presencia de tres grandes grupos en el “downstream” del gas natural que controlanlas actividades antes descritas. Este análisis efectuado por la UPME en 2004-2005 midió la concentración91

ASPECTOS REGULATORIOS Y NORMATIVOS5.6 Regulación <strong>de</strong> la Actividad <strong>de</strong> DistribuciónEl esquema que <strong>en</strong>tró <strong>en</strong> vig<strong>en</strong>cia mediante la Resolución 011 <strong>de</strong> 2003, le permite al distribuidorestructurar tarifas difer<strong>en</strong>ciales por rangos <strong>de</strong> consumo <strong>de</strong> manera que los ingresos totales no super<strong>en</strong>los que correspond<strong>en</strong> al cargo promedio <strong>de</strong> distribución.Según las normas vig<strong>en</strong>tes, el distribuidor (aunque está obligado a procesos públicos para la compra <strong>de</strong>gas al mercado regulado) pue<strong>de</strong> hacer compras discriminadas para el mercado tanto regulado como noregulado. En el primer caso pue<strong>de</strong> manejar precios <strong>de</strong> gas más altos que el segundo por el nivel <strong>de</strong>precio <strong>de</strong> los sustitutos: esto pue<strong>de</strong> conducir a que el sector regulado termine “apalancando” losprecios <strong><strong>de</strong>l</strong> sector no regulado <strong>de</strong>bido a que éste último ti<strong>en</strong>e una limitante mucho mas estrecha <strong>en</strong>virtud <strong>de</strong> los precios <strong>de</strong> los sustitutos (carbón, crudos pesados).Es posible que esta manera <strong>de</strong> discriminar las compras <strong>en</strong>tre los usuarios regulados y no regulados, seala única forma <strong>de</strong> asegurar una razonable p<strong>en</strong>etración <strong><strong>de</strong>l</strong> gas natural <strong>en</strong> un sector tan competido.En términos g<strong>en</strong>erales, la posibilidad <strong>de</strong> contar con amplia compet<strong>en</strong>cia <strong>en</strong> la prestación <strong><strong>de</strong>l</strong> servicio anivel <strong>de</strong> usuarios finales regulados y no regulados <strong>en</strong>tre distribuidores y comerciales, se dificulta por dosconsi<strong>de</strong>raciones a saber:La discriminación tarifaria por volum<strong>en</strong>La car<strong>en</strong>cia <strong>de</strong> información <strong>de</strong> los usuarios sobre las prácticas comerciales <strong>de</strong> los distribuidores y <strong>en</strong>particular sobre las escalas <strong>de</strong> tarifas con respecto a volum<strong>en</strong>.En la práctica es difícil verificar el cumplimi<strong>en</strong>to <strong><strong>de</strong>l</strong> principio <strong>de</strong> neutralidad hacia los consumidorespor parte <strong><strong>de</strong>l</strong> distribuidor. Un consumidor <strong>en</strong> particular no ti<strong>en</strong>e los elem<strong>en</strong>tos para verificar si estási<strong>en</strong>do tratado <strong>en</strong> igualdad <strong>de</strong> condiciones con respecto a otros usuarios <strong>de</strong> características similares, am<strong>en</strong>os que disponga <strong>de</strong> la información sobre las escalas <strong>de</strong> tarifas <strong><strong>de</strong>l</strong> distribuidor que le permitanllegar a conclusiones sobre el tratami<strong>en</strong>to que recibe fr<strong>en</strong>te al universo <strong><strong>de</strong>l</strong> mercado.De igual manera, para un comercializador externo, ingresar a un mercado <strong>en</strong> estas condiciones le imponeunas barreras <strong>de</strong> acceso muy difíciles por la restricción <strong>de</strong> información, salvo <strong>en</strong> aquellos casos <strong>de</strong> usuariosno regulados que pued<strong>en</strong> conectarse directam<strong>en</strong>te al sistema <strong>de</strong> transporte haci<strong>en</strong>do by-pass a la red <strong>de</strong>distribución.En términos g<strong>en</strong>erales y no sólo para el caso <strong>de</strong> la distribución, la falta <strong>de</strong> información para la toma <strong>de</strong><strong>de</strong>cisiones por parte <strong>de</strong> los ag<strong>en</strong>tes comerciales impone barreras al mercado. Esta información <strong>de</strong>beríaser <strong>de</strong> divulgación obligatoria por parte <strong>de</strong> los ag<strong>en</strong>tes <strong>en</strong> aquellos casos que <strong>de</strong>fina la CREG y que noconllev<strong>en</strong> el conocimi<strong>en</strong>to público <strong>de</strong> información que pueda ser calificada como <strong>de</strong> reserva.En la práctica, la información que se pres<strong>en</strong>ta es bastante diversa y con vacíos que hace difícil t<strong>en</strong>er loselem<strong>en</strong>tos <strong>de</strong> juicio para la toma <strong>de</strong> <strong>de</strong>cisiones.5.7 Propiedad accionaria y compet<strong>en</strong>ciaCon base <strong>en</strong> la información <strong>de</strong> la propiedad accionaria <strong>de</strong> las empresas, se efectuó un análisis <strong>en</strong> lasmismas <strong>en</strong> las activida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> producción, transporte, distribución y comercialización <strong>de</strong> gas natural.Los resultados señalan la pres<strong>en</strong>cia <strong>de</strong> tres gran<strong>de</strong>s grupos <strong>en</strong> el “downstream” <strong><strong>de</strong>l</strong> gas natural que controlanlas activida<strong>de</strong>s antes <strong>de</strong>scritas. Este análisis efectuado por la UPME <strong>en</strong> 2004-2005 midió la conc<strong>en</strong>tración91

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